ARTÍCULO Nº 57 (CVE: BOME-AX-2018-57) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 26 - miércoles, 19 de diciembre de 2018 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA - CONSEJERIA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA


Convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la Ciudad Autónoma de Melilla para la organización de las jornadas jurídicas "Profesor Sáinz Cantero".

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CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA Y LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA LA ORGANIZACIÓN DE LAS JORNADAS JURÍDICAS “PROFESOR SÁINZ CANTERO”

 

En Melilla, a de 2018

 

REUNIDOS

 

DE UNA PARTE: la Excma. Sra. Dª Pilar Aranda Ramírez, Rectora Magnífica de la Universidad de Granada, con CIF Q-1818002-F y domicilio en Hospital Real, Avenida del Hospicio s/n, 18071 Granada, actuando para este acto en nombre y representación de dicha Universidad.

 

Y DE OTRA: la Excma. Sra. Da. Paz Velázquez Clavarana, Consejera de Presidencia y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla, nombrada por Decreto del Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, no. 58 de fecha 20 de julio de 2015 (BOME extraordinario no. 28 de 20 de julio de 2015), debidamente facultada para este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de atribución de competencias de fecha 24 de julio (BOME Extraordinario, no 29 de la misma fecha) modificado por el mismo órgano con fecha 31 de julio de 2015 (BOME extraordinario no. 30, de 5 de agosto de 2015), , así como el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de abril de 2016 (BOME Nº 5331 de 19 de abril de 2016), modificado nuevamente por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 30 /09/2016 (BOME Extraordinario, no. 17, de la misma fecha), actuando para este acto en nombre y representación de la Ciudad.

 

EXPONEN

 

I.- Que por su naturaleza y objetivos, la Ciudad de Melilla y la Universidad de Granada están llamadas a promover una estrecha colaboración en beneficio de los ciudadanos de la Ciudad de Melilla, que encuentra un ámbito preciso de actuación en el desarrollo de una oferta universitaria de actividades estudiantiles, culturales, docentes y de investigación, que contribuyan al fomento de la actividad universitaria.

II.- Dada la reciente implantación en el Campus de Melilla de la Universidad de Granada tanto de una doble titulación Derecho-Administración y Dirección de Empresas como del Máster de Acceso a la Abogacía, se considera de interés para la promoción de los estudios jurídicos de alto nivel en Melilla, la implantación, con una periodicidad anual, de unas Jornadas sobre cuestiones jurídicas y criminológicas contemporáneas y de gran actualidad, que ayude a la implantación y consolidación de un foro de debate en la Ciudad Autónoma de Melilla de nivel nacional e internacional

III.- Que se ha acordado denominar a dichas Jornadas “Jornadas Jurídicas Profesor José Antonio Sáinz Cantero”, en homenaje a este prestigioso profesor de la Universidad de Granada, de la que fuera catedrático de Derecho Penal, nacido en Melilla y fallecido en Granada en 1985.

En consecuencia, ambas instituciones comparten el deseo de establecer fórmulas de colaboración que permitan promover el fomento de la mencionada actividad, para lo que deciden suscribir el presente convenio, que se regirá por las siguientes

 

CLÁUSULAS

 

PRIMERA.- Constituye el objeto del presente convenio la articulación de la colaboración entre la Consejería de Presidencia y Salud Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada, para el desarrollo de las “I Jornadas Jurídicas Profesor Sáinz Cantero”, que tendrán su continuidad con la celebración de Jornadas del mismo título anualmente dedicadas a un área jurídica diferente, en las que se abordarán las cuestiones legislativas y jurisprudenciales de actualidad en dicha área, y en la que participarán como invitados los especialistas nacionales e internacionales en la materia.

Las I Jornadas de 2018 se dedicarán al área del Derecho Penal.

 

SEGUNDA.- Ámbito Territorial

El ámbito territorial del Convenio es el de la Ciudad Autónoma de Melilla

 

TERCERA.- Régimen Jurídico

El régimen jurídico aplicable al presente Convenio, será el establecido en la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y demás normativa aplicable, así como lo establecido en las Cláusulas del Convenio. De acuerdo con lo anterior, será de aplicación el régimen de subvención directa cuando las subvenciones que se vayan a otorgar estén 
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previstas nominativamente en los Presupuestos Generales de la Ciudad, en los términos recogidos en el Convenio y en la normativa reguladora de estas subvenciones.

 

CUARTA.- Actividades a Subvencionar

En el marco del presente Convenio, serán subvencionables las actuaciones siguientes para el desempeño de la Jornadas:

 

* Desplazamiento, alojamiento y pago de los ponentes

* Las tareas de dirección y coordinación

* El material fungible necesario para la publicitación de las Jornadas.

 

La Memoria y Presupuesto de la actividad se detalla en el ANEXO I del presente convenio.

 

QUINTA.- Cuantía

El abono de la subvención se hará efectivo tras la firma del presente Convenio, y previa autorización por parte de la Intervención de la Ciudad Autónoma de Melilla, en un único pago que tendrá la naturaleza de prepagable íntegramente dadas las características de la Universidad de Granada. La cuantía máxima destinada a esta colaboración asciende durante el año 2018 a 9.620,00 €, abonados en un solo pago, con cargo a la Aplicación Presupuestaria 01/32408/42300 (Convenio UGR Seminario Profesor “José Sainz Cantero”), nº de RC 12018000006034 de fecha 1 de febrero de 2018.

 

El centro destinará esta cuantía exclusivamente a la actividad que figura en el anexo del presente convenio.

 

SÉXTA.- La percepción de esta subvención es compatible con la obtención de otras Subvenciones, ayudas e ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas, teniendo en cuenta que el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.

 

SÉPTIMA.- Justificación

La justificación de la actividad subvencionada y del cumplimiento de los objetivos previstos, se documentará a través de la rendición de la cuenta justificativa, que constituye un acto obligatorio del beneficiario, en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante, los justificantes del gasto o cualquier otro documento con validez jurídica que permitan acreditar el cumplimiento de los objetivos previstos en las actividades. Dicha justificación será única y comprensiva de la totalidad de la actividad efectivamente realizada con cargo a la subvención.

 

Las actividades subvencionadas deberán haber sido realizada durante el año natural para el que se ha recibido la subvención, que permitirá financiar gastos ya ejecutados durante el mismo.

 

La justificación, se adecuará, en todo caso, a lo establecido en la Ley General de Subvenciones y en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Su presentación se realizará ante la Consejería de Presidencia y Salud Pública, en el plazo máximo de tres meses desde la finalización de la vigencia del presente Convenio, todo ello sin perjuicio de la función última fiscalizadora que compete a la Intervención de la Ciudad Autónoma de Melilla

 

OCTAVA.- Obligaciones de la Universidad de Granada

Serán obligaciones de la Universidad de Granada:

 

a) Cumplir el objetivo y realizar las actividades que fundamentan la concesión de la subvención.

b) Justificar ante la Ciudad Autónoma el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de las actividades y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención percibida.

c) La rendición de cuentas de las cantidades aplicadas al presente Convenio.

d) Someterse a las actuaciones de comprobación, así como cualesquiera otras de control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

e) Comunicar a la Ciudad la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

f) Acreditar con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y de no tener contraída deuda alguna con la Ciudad Autónoma, así como haber justificado, en el plazo reglamentario, las subvenciones otorgadas por la Ciudad.

g) Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigibles, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

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h) Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos. incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

j) Adoptar las medidas de difusión, dando la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de las actuaciones y actividades realizadas.

k) Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.

l) Cumplir con las restantes obligaciones señaladas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.

 

NOVENA.- Vigencia del Convenio.-

El presente Convenio de Colaboración abarca las actividades relacionadas llevadas a cabo durante el año 2018 y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre del citado año.

 

DÉCIMA.- En ningún caso se establecerá relación laboral, civil o de ninguna otra índole entre la Ciudad Autónoma de Melilla y las persones o entidades que realicen actuaciones previstas en el Convenio, las cuales quedaran vinculadas única y exclusivamente a la Universidad de Granada.

 

UNDÉCIMA. Incumplimiento del Convenio.-

El incumplimiento por parte de la Universidad de Granada, determinará para ésta la obligación de restituir a la Ciudad Autónoma de Melilla las cantidades percibidas con arreglo al presente convenio y no justificadas en los términos previstos en el artículo 37 de la Ley General de Subvenciones.

 

Asimismo, será causa de resolución el mutuo acuerdo y la imposibilidad sobrevenida de cumplir las actividades descritas.

 

DUODÉCIMA.-

El presente Convenio de Colaboración se haya excluido del ámbito de aplicación del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, en virtud de lo establecido en el artículo 4.1d) de la citada Ley.

 

DECIMO TERCERA.-

La Ciudad Autónoma, a través de los órganos que por la Consejería se determinen, podrá supervisar aquellas actividades que sean realizadas en el desarrollo del programa, previo conocimiento de los responsables de la Universidad de Granada

 

DECIMO CUARTA.-

Cualquier duda que pueda persistir en la interpretación del Convenio será resuelta, previo informe no vinculante emitido por los Técnicos de la Ciudad Autónoma de Melilla, por la Excma. Sra. Consejera de Presidencia y Salud Pública.

 

Cualesquiera cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes del presente Convenio, serán resueltas por los Juzgados/Tribunales de lo Contencioso-administrativo de la Ciudad Autónoma de Melilla, renunciando ambas partes a cualquier otro fuero que le pudiera corresponder.

 

En prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes intervinientes firman el presente Convenio, por duplicado ejemplar, a un solo efecto, en el lugar y fecha señalada en el encabezamiento.

 

En prueba de conformidad de las partes interesadas, se firma el presente Convenio, en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados.

 

Por la Ciudad Autónoma de Melilla

Por la Universidad de Granada

La Consejera de Presidencia

Fdo.: Dª Mª Paz Velázquez Clavarana

La Rectora

D.ª Pilar Aranda Ramírez