Resolución nº 395 de fecha 22 de abril de 2019, en relación al archivo por desistimiento de las solicitudes en la convocatoria de ayudas económicas para el pago de matrícula de estudios universitarios y de acceso a la universidad para mayores de veinticinco y cuarenta y cinco años, correspondientes al curso 2018 - 2019.
RESOLUCIÓN PARA EL ARCHIVO POR
DESISTIMIENTO DE LAS SOLICITUDES EN LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA
EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD
PARA MAYORES DE VEINTICINCO Y CUARENTA Y CINCO AÑOS, CORRESPONDIENTES AL CURSO
2018-2019.
I.- Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 7 de diciembre
de 2018, se procede a la aprobación de la CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS
PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A LA
UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO Y CUARENTA Y CINCO AÑOS, publicada en
el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) número 5609 de 18 de
diciembre de 2018.
II.- De acuerdo con el apartado 10 de la Convocatoria, con
fecha 22 de febrero de 2019, publicado en el BOME número 5628, se procedió a
requerir a los solicitantes relacionados a continuación, para que, en el plazo
de 10 días hábiles, subsanaran la falta o acompañaran los documentos
preceptivos, apercibiéndoles que, de no hacerlo, se entendería su desistimiento
de la solicitud presentada, previa resolución dictada en los términos del
artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Habiendo
transcurrido, en exceso, el plazo otorgado mediante la citada publicación de
requerimiento para aportación de la documentación, sin que se haya
cumplimentado en forma y plazo y en los términos legalmente establecidos, se
procede a proponer al órgano competente, por si tiene a bien, adoptar la
siguiente RESOLUCIÓN:
PRIMERO.- Declarar el
archivo, por desistimiento, de las actuaciones a las que hubieran dado lugar
las solicitudes que se relacionan a continuación, al haber transcurrido en
exceso el plazo otorgado mediante requerimiento de aporte de documentación, sin
que se haya cumplimentado en forma y plazo y en los términos legalmente
establecidos y de lo cual ya había sido advertido, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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Expediente |
DNI |
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4925/2019 |
15428958Y |
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4663/2019 |
26824375G |
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5000/2019 |
42216034V |
|
4812/2019 |
45299788T |
|
5238/2019 |
45301589F |
|
5052/2019 |
45304399B |
|
5246/2019 |
45304639K |
|
5210/2019 |
45305606E |
|
4707/2019 |
45306501C |
|
5191/2019 |
45307514K |
|
4702/2019 |
45308631B |
|
4509/2019 |
45311884K |
|
5220/2019 |
45315548M |
|
4104/2019 |
45315963Y |
|
4421/2019 |
45316658B |
|
3138/2019 |
45316982J |
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4411/2019 |
45318264F |
|
3910/2019 |
45322055A |
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3124/2019 |
45322232L |
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4982/2019 |
45350904X |
|
5225/2019 |
45604124T |
|
4959/2019 |
77190240D |
SEGUNDO.- Dar traslado
a los interesados de esta Resolución, mediante la publicación en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME).
TERCERO.- La presente resolución no agotará la vía
administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso de alzada, en el
plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación
de la misma, o desde que se produzca la desestimación por silencio administrativo,
ante la Consejería de Presidencia y Salud Pública o ante el Excmo. Sr.
Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la
resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución
será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se
podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, se podrá utilizar cualquier otro recurso
si así se cree conveniente, bajo la responsabilidad del solicitante.
Melilla,
a 22 de abril de 2019,
La
Consejera de Presidencia y Salud Pública,
María
Paz Velázquez Clavarana