ARTÍCULO Nº 28 (CVE: BOME-AX-2019-28) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 15 - miércoles, 15 de mayo de 2019 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA - Dirección General de la Sociedad de la Información
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 8 de mayo de 2019, relativo a la aprobación de la política de firma electrónica y de certificados de la Ciudad Autónoma de Melilla.
ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO NÚMERO 201000339 DE 08 DE
MAYO DE 2019 QUE APRUEBA LA POLÍTICA DE FIRMA ELECTRÓNICA Y DE CERTIFICADOS DE
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
El Consejo de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en sesión extraordinaria celebrada el
24 de abril de 2019 adoptó el siguiente Acuerdo registrado al número 2109000339
de fecha 08 de mayo de 2019:
I.- Según la definición recogida en el Real Decreto 4/2010, de
8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el
ámbito de la Administración Electrónica (B.O.E. 29 de enero de 2010), una
política de firma electrónica es el “conjunto
de normas de seguridad, de organización, técnicas y legales para determinar cómo
se generan, se verifican y se gestionan firmas electrónicas, incluyendo las
características exigibles a los certificados de firma”.
II.- Con carácter general, una política de firma electrónica es
un documento legal que contiene una serie de normas relativas a la firma
electrónica, organizadas alrededor de los conceptos de generación y validación
de firma, en un contexto particular (contractual, jurídico, legal) definiendo
las reglas y obligaciones de todos los actores involucrados en el proceso. Su
objetivo es determinar la validez de la firma electrónica para una transacción
en particular, especificando la información que debe incluir la persona
firmante en el proceso de generación de la firma y la información que se debe
comprobar en el proceso de validación.
III.- El apartado 1 del artículo 18 del citado Real Decreto
4/2010, en el apartado relativo a la “Interoperabilidad en la política de firma
electrónica y de certificados” dispone que: “La Administración General del Estado definirá una política de firma
electrónica y de certificados que servirá de marco general de interoperabilidad
para la autenticación y el reconocimiento mutuo de firmas electrónicas dentro
de su ámbito de actuación. No obstante, dicha política podrá ser utilizada como
referencia por otras Administraciones Públicas para definir las políticas de
certificados y firmas a reconocer dentro de sus ámbitos competenciales”.
IV.- En desarrollo de dicha norma, con fecha 30 de mayo de
2012, la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica
aprobó la versión 1.9 de la Política de Firma electrónica y de Certificados de
la Administración General del Estado y de sus organismos públicos.
V.- Por su parte, en fecha 13 de diciembre de 2012 se publicó
en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 29 de noviembre de 2012, de
la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el
Acuerdo de aprobación de la Política de Firma Electrónica y de Certificados de
la Administración General del Estado y se anuncia su publicación en la sede
correspondiente.
VI.- En este contexto normativo, la Norma Técnica de
Interoperabilidad de Política de Firma Electrónica y de Certificados de la
Administración General del Estado, aprobada por Resolución de 27 de octubre de
2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, en su sección
II, sobre interacción con otras políticas, establece que: “cada organización valorará la necesidad y conveniencia de desarrollar
una política propia frente a la posibilidad de utilizar una política marco
existente”.
VII.- Pues bien, la Ciudad Autónoma de Melilla se encuentra en
disposición técnica para adoptar la referida “Política de Firma Electrónica y de Certificados de la Administración
General del Estado”, lo que conviene a los efectos de una adecuada
interoperabilidad entre los sistemas de información de las diferentes
administraciones públicas.
VIII.- Que, de acuerdo con el
vigente Decreto de Distribución de Competencias de la Ciudad Autónoma de
Melilla, le corresponde a la Consejería de Presidencia y Salud Pública entre
otras atribuciones: la Automatización de procedimientos y procesos de gestión;
las actuaciones en el ámbito de la Administración Electrónica; y la
coordinación e interlocución con la AGE en la implantación de iniciativas de
e-Administración, Interoperabilidad y cualquiera otra en el ámbito de las TIC.
IX.- Que con fecha 28 de marzo de 2019 se emite informe
justificativo de la necesidad de la aprobación de la Política de Firma
Electrónica y Certificados de la Ciudad Autónoma de Melilla por parte de la
Dirección General de la Sociedad de la Información.
X.- Que con fecha 09 de abril
de 2019 se procede a dar el visto bueno a la Política de Firma Electrónica y
Certificados de la Ciudad Autónoma de Melilla por parte del Comité de Seguridad
en Tecnologías de la Información y la Comunicación.
XI.- Que con fecha 10 de abril de 2019 se procede a
emitir informe de legalidad favorable por parte de la Secretaría Técnica de
Presidencia y Salud Pública.
En virtud de
lo anteriormente expuesto, visto informe de la Dirección General de la Sociedad
de la Información, visto bueno favorable del Comité de Seguridad en Tecnologías
de la Información y la Comunicación e Informe de la Secretaría Técnica de
Presidencia y Salud Pública, y de acuerdo con el artículo 33.5 h) del
Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, VENGO EN DISPONER:
Primero.- La aprobación de la POLÍTICA DE FIRMA ELECTRÓNICA Y CERTIFICADOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA, que se incluye en la
presente disposición.
Segundo.- Que se proceda a la publicación del texto de la
Política de Seguridad de la Información de la Ciudad Autónoma de Melilla en el
BOME y en la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla. La presente
Política de Seguridad tendrá efectos desde la publicación en el BOME.
POLÍTICA DE FIRMA ELECTRÓNICA Y DE CERTIFICADOS DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
Primero.- Adoptar como Política de Firma Electrónica y
de Certificados de la Ciudad Autónoma de Melilla la Política de Firma
Electrónica y de Certificados de la Administración General del Estado, de fecha
29 de noviembre de 2012 y publicada en el B.O.E. de 13 de diciembre de 2012,
así como sus posteriores modificaciones.
Con tal motivo se ordena
la publicación íntegra de los documentos de la Política de Firma Electrónica y
de Certificados en la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla
(https://sede.melilla.es), constituidos por los Anexos I, Política de firma
electrónica y de certificados de la Administración General del Estado, y II,
Perfiles de certificados electrónicos (OID 2.16.724.1.3.1.1.2.1.9). Los cambios
que pudieran producirse se harán públicos en dicha sede.
Concretamente se
aplicará lo que se refiere al formato XAdES, su descripción técnica, así como
todas las características generales que se establecen en la citada Política
(sellado de tiempo, firma longeva, etc).
Los citados anexos
pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica: https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/LaSedePAG/PoliticaFirmaElectronicaYCertificadosAGE.html.
Segundo.- Esta política marco podrá convivir junto a
otras políticas particulares de firma electrónica admitidas por la Ciudad
Autónoma de Melilla. La relación de políticas de firma electrónica admitidas
por la Ciudad Autónoma de Melilla se encuentra publicada en su Sede Electrónica
(https://sede.melilla.es ).
Concretamente, esta
administración, a fecha de la aprobación de la presente Política, tiene
contemplado y aprobado las especificaciones de la utilización del Sello
Electrónico de la Ciudad Autónoma de Melilla, las actuaciones administrativas
automatizadas y las características del CSV, mediante el Decreto de la Presidencia registrado al número 2018000034,
de fecha 01 de marzo de 2018 de creación del Sello Electrónico de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME 5527 de 06 de marzo de 2018), que se
incluye como parte de esta Política de Firma Electrónica y Certificados.
Tercero.- Se autoriza a la Consejería competente en
materia de informática a dictar cuantas instrucciones, circulares y
especificaciones de esta Política de Firma Electrónica y de Certificados de la
Ciudad Autónoma de Melilla, que deberán ser publicadas en la Sede Electrónica
(https://sede.melilla.es ).
Cuarto.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día
siguiente al de su Publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla,
asimismo deberá publicarse en la Sede Electrónica (https://sede.melilla.es).
Melilla a 09 de mayo de 2019
El Secretario del Consejo de
Gobierno
José Antonio Jiménez
Villoslada
CSV: 12441160201730345107