ARTÍCULO Nº 28 (CVE: BOME-AX-2019-28) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 15 - miércoles, 15 de mayo de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y SALUD PÚBLICA - Dirección General de la Sociedad de la Información


Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 8 de mayo de 2019, relativo a la aprobación de la política de firma electrónica y de certificados de la Ciudad Autónoma de Melilla.

BOME-PX-2019-178 Descargar página

ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO NÚMERO 201000339 DE 08 DE MAYO DE 2019 QUE APRUEBA LA POLÍTICA DE FIRMA ELECTRÓNICA Y DE CERTIFICADOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

 

El Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en sesión extraordinaria celebrada el 24 de abril de 2019 adoptó el siguiente Acuerdo registrado al número 2109000339 de fecha 08 de mayo de 2019:

 

I.- Según la definición recogida en el Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica (B.O.E. 29 de enero de 2010), una política de firma electrónica es el “conjunto de normas de seguridad, de organización, técnicas y legales para determinar cómo se generan, se verifican y se gestionan firmas electrónicas, incluyendo las características exigibles a los certificados de firma”.

II.- Con carácter general, una política de firma electrónica es un documento legal que contiene una serie de normas relativas a la firma electrónica, organizadas alrededor de los conceptos de generación y validación de firma, en un contexto particular (contractual, jurídico, legal) definiendo las reglas y obligaciones de todos los actores involucrados en el proceso. Su objetivo es determinar la validez de la firma electrónica para una transacción en particular, especificando la información que debe incluir la persona firmante en el proceso de generación de la firma y la información que se debe comprobar en el proceso de validación.

III.- El apartado 1 del artículo 18 del citado Real Decreto 4/2010, en el apartado relativo a la “Interoperabilidad en la política de firma electrónica y de certificados” dispone que: “La Administración General del Estado definirá una política de firma electrónica y de certificados que servirá de marco general de interoperabilidad para la autenticación y el reconocimiento mutuo de firmas electrónicas dentro de su ámbito de actuación. No obstante, dicha política podrá ser utilizada como referencia por otras Administraciones Públicas para definir las políticas de certificados y firmas a reconocer dentro de sus ámbitos competenciales”.

IV.- En desarrollo de dicha norma, con fecha 30 de mayo de 2012, la Comisión Permanente del Consejo Superior de Administración Electrónica aprobó la versión 1.9 de la Política de Firma electrónica y de Certificados de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos.

V.- Por su parte, en fecha 13 de diciembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 29 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se publica el Acuerdo de aprobación de la Política de Firma Electrónica y de Certificados de la Administración General del Estado y se anuncia su publicación en la sede correspondiente.

VI.- En este contexto normativo, la Norma Técnica de Interoperabilidad de Política de Firma Electrónica y de Certificados de la Administración General del Estado, aprobada por Resolución de 27 de octubre de 2016, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, en su sección II, sobre interacción con otras políticas, establece que: “cada organización valorará la necesidad y conveniencia de desarrollar una política propia frente a la posibilidad de utilizar una política marco existente”.

VII.- Pues bien, la Ciudad Autónoma de Melilla se encuentra en disposición técnica para adoptar la referida “Política de Firma Electrónica y de Certificados de la Administración General del Estado”, lo que conviene a los efectos de una adecuada interoperabilidad entre los sistemas de información de las diferentes administraciones públicas.

VIII.- Que, de acuerdo con el vigente Decreto de Distribución de Competencias de la Ciudad Autónoma de Melilla, le corresponde a la Consejería de Presidencia y Salud Pública entre otras atribuciones: la Automatización de procedimientos y procesos de gestión; las actuaciones en el ámbito de la Administración Electrónica; y la coordinación e interlocución con la AGE en la implantación de iniciativas de e-Administración, Interoperabilidad y cualquiera otra en el ámbito de las TIC.

IX.- Que con fecha 28 de marzo de 2019 se emite informe justificativo de la necesidad de la aprobación de la Política de Firma Electrónica y Certificados de la Ciudad Autónoma de Melilla por parte de la Dirección General de la Sociedad de la Información.

X.- Que con fecha 09 de abril de 2019 se procede a dar el visto bueno a la Política de Firma Electrónica y Certificados de la Ciudad Autónoma de Melilla por parte del Comité de Seguridad en Tecnologías de la Información y la Comunicación.

BOME-PX-2019-179 Descargar página

XI.- Que con fecha 10 de abril de 2019 se procede a emitir informe de legalidad favorable por parte de la Secretaría Técnica de Presidencia y Salud Pública.

 

En virtud de lo anteriormente expuesto, visto informe de la Dirección General de la Sociedad de la Información, visto bueno favorable del Comité de Seguridad en Tecnologías de la Información y la Comunicación e Informe de la Secretaría Técnica de Presidencia y Salud Pública, y de acuerdo con el artículo 33.5 h) del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, VENGO EN DISPONER:

 

Primero.- La aprobación de la POLÍTICA DE FIRMA ELECTRÓNICA Y CERTIFICADOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que se incluye en la presente disposición.

Segundo.- Que se proceda a la publicación del texto de la Política de Seguridad de la Información de la Ciudad Autónoma de Melilla en el BOME y en la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla. La presente Política de Seguridad tendrá efectos desde la publicación en el BOME.

 

POLÍTICA DE FIRMA ELECTRÓNICA Y DE CERTIFICADOS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

 

Primero.- Adoptar como Política de Firma Electrónica y de Certificados de la Ciudad Autónoma de Melilla la Política de Firma Electrónica y de Certificados de la Administración General del Estado, de fecha 29 de noviembre de 2012 y publicada en el B.O.E. de 13 de diciembre de 2012, así como sus posteriores modificaciones.

 

Con tal motivo se ordena la publicación íntegra de los documentos de la Política de Firma Electrónica y de Certificados en la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla (https://sede.melilla.es), constituidos por los Anexos I, Política de firma electrónica y de certificados de la Administración General del Estado, y II, Perfiles de certificados electrónicos (OID 2.16.724.1.3.1.1.2.1.9). Los cambios que pudieran producirse se harán públicos en dicha sede.

 

Concretamente se aplicará lo que se refiere al formato XAdES, su descripción técnica, así como todas las características generales que se establecen en la citada Política (sellado de tiempo, firma longeva, etc).

Los citados anexos pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica: https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/LaSedePAG/PoliticaFirmaElectronicaYCertificadosAGE.html.

 

Segundo.- Esta política marco podrá convivir junto a otras políticas particulares de firma electrónica admitidas por la Ciudad Autónoma de Melilla. La relación de políticas de firma electrónica admitidas por la Ciudad Autónoma de Melilla se encuentra publicada en su Sede Electrónica (https://sede.melilla.es ).

 

Concretamente, esta administración, a fecha de la aprobación de la presente Política, tiene contemplado y aprobado las especificaciones de la utilización del Sello Electrónico de la Ciudad Autónoma de Melilla, las actuaciones administrativas automatizadas y las características del CSV, mediante el Decreto de la Presidencia registrado al número 2018000034, de fecha 01 de marzo de 2018 de creación del Sello Electrónico de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME 5527 de 06 de marzo de 2018), que se incluye como parte de esta Política de Firma Electrónica y Certificados.

 

Tercero.- Se autoriza a la Consejería competente en materia de informática a dictar cuantas instrucciones, circulares y especificaciones de esta Política de Firma Electrónica y de Certificados de la Ciudad Autónoma de Melilla, que deberán ser publicadas en la Sede Electrónica (https://sede.melilla.es ).

Cuarto.- El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del día siguiente al de su Publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, asimismo deberá publicarse en la Sede Electrónica (https://sede.melilla.es).

 

Melilla a 09 de mayo de 2019

El Secretario del Consejo de Gobierno

José Antonio Jiménez Villoslada

CSV: 12441160201730345107