ARTÍCULO Nº 76 (CVE: BOME-AX-2019-76) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 17 - miércoles, 12 de junio de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS - Dirección General de Función Pública


Resolución nº 2021 de fecha 6 de junio de 2019, relativa a las bases de la convocatoria para la provisión en propiedad de dos plazas de arquitecto técnico, pertenecientes a la escala de administración especial, subescala técnica, por el procedimiento de concurso-oposición libre.

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De conformidad con los Acuerdos del Consejo de Gobierno de esta Ciudad Autónoma, adoptados en sesiones de fecha 24 y 31 de mayo de 2019, por el que se aprueban, las bases para la provisión definitiva de plazas vacantes en la plantilla e incluidas en la Oferta de Empleo Público para 2017 y 2018, Personal Funcionario, y en base a lo previsto en el artículo 5 del Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que deberá ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, y en uso de las competencias que me confiere el Reglamento de la Consejería de Administraciones Públicas,  y el art. 33 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, a tenor del  Orden Jurídico instaurado por la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, del Estatuto de Autonomía de Melilla,  

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 17222/2019, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

 

Convocar el proceso de selección de las plazas que más abajo se relacionan, de conformidad con las siguientes:

 

BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE DOS PLAZAS DE ARQUITECTO TÉCNICO, PERTENECIENTES A LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, SUBESCALA TÉCNICA, POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICIÓN LIBRE.

 

Es objeto de la presente convocatoria, la provisión mediante el procedimiento de concurso-oposición libre de dos plazas de Arquitecto Técnico, encuadradas en el Grupo A Subgrupo A2, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, como Personal Funcionario de Carrera, Complemento de Destino y demás emolumentos legales que correspondan con arreglo a la legislación vigente.

 

La presente provisión corresponde a plazas que se encuentran vacantes en la Plantilla y previstas en las Ofertas de Empleo Público para 2017 y 2018 (BOME núm. 5464 de 28/07/17 y BOME núm. 5580 de 07/09/18, respectivamente, así como en virtud del Acuerdo Nacional Administración-Sindicatos para la mejora del Empleo Público de fechas 29/03/17 y 06/02/18).

 

De igual modo, la creación de plazas para la reducción de empleo temporal correspondientes a los años 2017 y 2018 deviene del Acuerdo alcanzado en Madrid el 29/03/17 entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y las Organizaciones Sindicales de CCOO, UGT y CSIF, así como el Acuerdo firmado entre las partes mencionadas el día 09/03/18, continuación del anterior.

 

Las plazas objeto de esta convocatoria están identificadas con los códigos F0510005 y F0510007.

 

1.- REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LOS ASPIRANTES

Además de los requisitos exigidos en las normas generales de aplicación (BOME núm. 5594 de 26/10/18), serán los siguientes:

 

a) Estar en posesión o tener cumplidas las condiciones para obtener el título de Arquitecto Técnico o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada (Orden ECI/3855/2007, de 27 de diciembre), según establecen las Directivas Comunitarias, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

 

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

 

A la instancia deberá añadirse necesariamente y debidamente autentificado, copia de la titulación exigida.

 

b) Derechos de examen: 13 € (B.O.ME. extraordinario nº 21 de 30-12-09).

Los desempleados y miembros de familias numerosas estarán exentos de abonar los derechos de examen. Esta circunstancia se acreditará mediante certificación emitida por el Servicio Público de Empleo Estatal para el caso de los desempleados y copia compulsada del Título de Familia Numerosa para el caso de familia numerosa.

 

2.- SISTEMA SELECTIVO

La selección de los aspirantes se realizará a través del sistema de ConcursoOposición, constando las pruebas selectivas de Dos Fases:

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a)             Fase de Oposición: La fase de oposición, de carácter eliminatorio, consistirá en un único ejercicio de carácter teórico-práctico a elegir entre 3 ejercicios propuestos por el Tribunal, y determinados por el mismo inmediatamente antes del inicio de la celebración del ejercicio, sobre las materias que componen el Anexo I de esta convocatoria, siendo que el contenido guardará relación con los procedimientos, tareas y funciones habituales de la plaza objeto de esta convocatoria.

 

La duración del ejercicio ostentará un límite máximo de tres horas.

 

La valoración máxima de esta fase será de 60 puntos.

 

b)             Fase de Concurso: La fase de concurso, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar la prueba de la fase de oposición.

 

En dicha fase se valorarán los méritos alegados que sean justificados documentalmente y debidamente compulsados por los aspirantes en el momento de presentar la solicitud, con arreglo al baremo establecido en el punto 3.1 de las presentes bases específicas.

 

La valoración máxima de esta fase será de 40 puntos.

 

3.- PROCESO DE SELECCIÓN

3.1.- CALIFICACIÓN DE LA FASE DE CONCURSO

3.1.1.- Normas Generales.

Los aspirantes alegarán los méritos a que se refiere el apartado 3.1.2 en la instancia de la solicitud para tomar parte del proceso selectivo convocado, aportando para ello original o copia de los documentos debidamente compulsados y acreditativos de los méritos alegados.

 

Los méritos relativos a la experiencia profesional en la Administración Pública deberán alegarse con indicación de los períodos de tiempo de prestación de servicios. Este extremo será comprobado por las unidades de personal competentes.

 

La experiencia profesional se acreditará, para el caso de trabajo desarrollado en la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Certificación expedida por la Secretaría Técnica de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas y para el caso de trabajo desarrollado en otra Administración Pública, mediante Certificación del órgano competente en materia de personal de dicha Administración.

 

La fecha límite para la alegación de méritos así como de presentación de documentos relativos a los mismos, será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

 

La calificación de la fase de concurso se hará pública con respecto a aquellos aspirantes que hayan aprobado el ejercicio de la fase de oposición. Los aspirantes dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para presentar alegaciones, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la calificación de la fase de concurso.

 

3.1.2.- Valoración de méritos.

La valoración de los méritos se realizará de la siguiente manera:

 

              Experiencia profesional (máximo 35 puntos):

a)             Los servicios prestados en la Ciudad Autónoma de Melilla, en la plaza objeto de esta convocatoria a razón de 0,45 puntos por mes completo de servicio.

b)             Los servicios prestados en la Ciudad Autónoma de Melilla en la misma categoría profesional que la plaza objeto de esta convocatoria a razón de 0,22 puntos por mes completo de servicio.

c)             Los servicios prestados en otras Administraciones Públicas en la misma categoría profesional que la plaza objeto de esta convocatoria a razón de 0,1 puntos por mes completo de servicio.

 

A tales efectos, no se tendrán en cuenta las fracciones inferiores al mes del total de la experiencia.

 

En cualquier caso, la experiencia profesional se acreditará mediante certificación expedida por la Secretaría Técnica de la Consejería de Economía, Empleo y Administraciones Públicas o por el órgano competente de la Administración respectiva.

 

La valoración de los servicios prestados a que se refiere el apartado a) únicamente se realizará si el aspirante hubiera tenido la condición de empleado público de la Ciudad Autónoma de Melilla en la categoría objeto de la convocatoria, con anterioridad al 31 de diciembre de 2014 y la continuara poseyendo ininterrumpidamente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

 

              Formación (máximo 5 puntos):

Por cursos de formación continua realizados en la Administración Pública o centros acreditados, 0,02 puntos por hora.

 

En ningún caso la puntuación en esta fase podrá exceder de 40 puntos.

 

3.2.- CALIFICACIÓN DE LA FASE DE OPOSICIÓN

EJERCICIO ÚNICO: Este ejercicio tendrá carácter eliminatorio y se valorará de 0 a 60 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 30 puntos para superarlo.

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El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal será de 0 a 60 puntos. La puntuación de cada aspirante será le media aritmética de las calificaciones de todos los miembros del Tribunal asistentes a la sesión, excepto cuando haya 16,50 puntos de diferencia o más entre las calificaciones otorgadas por los miembros, en cuyo caso serán eliminadas la mayor y menor. Dichas calificaciones se efectuarán con tres decimales.

 

En ningún caso la puntuación por esta fase podrá exceder de 60 puntos.

 

3.3.- CALIFICACIÓN FINAL DEL PROCESO SELECTIVO

La calificación final se obtendrá del resultado de sumar las puntuaciones obtenidas en las diferentes fases del procedimiento de selección, sin que la calificación total pueda superar los 100 puntos.

 

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la siguiente relación:

 

              Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

              Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

 

Si persistiese en empate lo resolverá el Tribunal, si fuere necesario, mediante la realización de un nuevo ejercicio teórico-práctico a los aspirantes empatados, que se valorará de forma análoga a la establecida en la fase de oposición, determinándose la selección por la mayor puntuación obtenida. Si aun así persistiera el empate, se realizarán tantos ejercicios como sean necesarios hasta dirimirlo.

 

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas, siendo nulas de pleno derecho aquellas propuestas de aprobados que contravengan este límite.

 

El Tribunal, una vez realizada la valoración de los ejercicios, el propondrá a aquellos aspirantes en el mismo número que plazas convocadas considerándose como “aptos” y al resto de aspirantes como “no aptos”.

 

ANEXO I

PROGRAMA

 

 PARTE GENERAL:

TEMA 1.- La Constitución Española Principios Generales y Derechos fundamentales.

TEMA 2.-  El administrado. Concepto y Clases. La Capacidad del Administrado y sus Causas Modificativas. Situación Jurídica del Administrado: Derechos Subjetivos e Intereses Legítimos.

TEMA 3.- El acto administrativo. Concepto y Clases. Elementos del Acto Administrativo. Requisitos de Motivación y Forma. La Notificación: Contenido, Plazos y Práctica. La Notificación Defectuosa. La Publicación. La Demora y Retroactividad de los Actos Administrativos.

TEMA 4.- Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El Principio de Conservación del Acto Administrativo. La Revocación de Actos. La Rectificación de Errores Materiales o de Hecho.

TEMA 5.- El procedimiento administrativo. La Iniciación del Procedimiento: Clases, Subsanación y Mejora de Solicitudes. Presentación de Solicitudes, Escritos y Comunicaciones. Los Registros Administrativos.

TEMA 6.- Dimensión temporal del procedimiento. Términos y Plazos: Cómputo, Ampliación y Tramitación de Urgencia. Ordenación del Procedimiento. Instrucción del Procedimiento.

TEMA 7.- Terminación del procedimiento. La Obligación de Resolver. Contenido de la Resolución Expresa: Principio de Congruencia y de No Agravación de la Situación Inicial.

TEMA 8.- La potestad sancionadora. Principios de la Potestad Sancionadora y del Procedimiento Sancionador. El Procedimiento Sancionador.

TEMA 9.- El Estatuto de Autonomía de la Ciudad Autónoma de Melilla. Organización Institucional: Asamblea, Presidente y Consejo de Gobierno.

TEMA 10.- Competencias de la ciudad autónoma de melilla. Régimen Jurídico, Económico y Financiero de la Ciudad de Melilla. La Reforma del Estatuto.

TEMA 11.- La organización administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla. Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

TEMA 12.- Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres: El principio de igualdad y la tutela contra la discriminación.

 

PARTE ESPECÍFICA:

TEMA 1. El Plan General de Ordenación Urbana de Melilla (PGOU): Conceptos fundamentales. Las normas de edificación.

TEMA 2. La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. El concepto de "edificación" en la LOE y los supuestos en los que es exigible "proyecto" a efectos de su aplicación.

TEMA 3. R.D. 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación (BOE nº 74, de 28 de marzo de 2006). Fundamentos y Conceptos generales. Ámbito de aplicación. Modificaciones.

TEMA 4. Intervención en la edificación y uso del suelo: Licencias Urbanísticas. Actos sujetos a licencia y excepciones. Tipologías de licencias urbanísticas. Licencias de obra mayor y menor. Procedimiento.

TEMA 5. La Acción Pública en materia urbanística. Las infracciones urbanísticas: definición, clasificación, prescripción y sus consecuencias. Personas responsables y otros interesados. Las inspecciones urbanísticas.

TEMA 6. Deber de conservación. Ámbito de aplicación. Sujetos obligados al deber de conservación. Límite. El deber de conservación reforzado. Actuaciones e informe técnico. Medidas provisionales. La Acción Sustitutoria.

TEMA 7. Órdenes de Ejecución: Concepto. Competencia para dictar órdenes de ejecución. Requisitos. Procedimiento. Efectos.

TEMA 8. La Declaración de Ruina: Significado general. Supuestos de ruina. Procedimiento. Efectos.

TEMA 9. El Proyecto Técnico. Visado colegial. Silencio administrativo de las licencias urbanísticas.

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TEMA 10. Licencia de primera ocupación de edificaciones. Cédula de Habitabilidad. Licencia de apertura de establecimientos. Inspección e informe técnico de las obras finalizadas.

TEMA 11. Reglamento de actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas (RAMINP), de Actividades sometidas al Reglamento de Espectáculos y actividades recreativas. Autorizaciones de Espectáculos Taurinos.

TEMA 12. Reglamento de los usos y condiciones de los locales de espectáculos y reunión de la Ciudad Autónoma de Melilla.

TEMA 13. Reglamento Regulador del libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio en la Ciudad Autónoma de Melilla.

TEMA 14. Reglamento de Terrazas de la Ciudad Autónoma de Melilla: Generalidades. Licencias.

TEMA 15. Informes técnicos administrativos: diferencia con dictámenes, periciales e informes técnicos de profesionales libres. Objeto y Características de los informes técnicos administrativos según el tipo y finalidad. Plazo normal administrativo. Esquema básico y partes esenciales. Documentación anexa.

TEMA 16. Contratos del Sector Público: Objeto y ámbito de aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos del Sector Público.

TEMA 17. Preparación de los contratos de la Administración Pública: Expediente de Contratación: iniciación y contenido. Tipos de tramitación.

TEMA 18. Adjudicación de los contratos de la Administración Pública: Normas generales. Procedimientos de Selección. Ofertas anormalmente bajas.

TEMA 19. Efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos: Efectos, Ejecución, Modificación, Suspensión. Extinción y Cesión de los contratos. La subcontratación.

TEMA 20. Expediente de Contratación Menor: Concepto, clases y documentación. Actuaciones administrativas preparatorias. Formas de adjudicación. Formalización. Tipos de contratación menor de la Ciudad Autónoma de Melilla.

TEMA 21. El Proyecto de urbanización. Licencias de obras ordinarias de urbanización. Contenido y Concepto. Condiciones generales y específicas. Controles y comprobaciones técnicas en la ejecución.

TEMA 22. El Proyecto de Obras: Fases. Concepto. contenido y tipos. Condiciones generales y específicas. Controles y comprobaciones técnicas en fase de proyecto y en fase de ejecución. Supervisión de Proyectos.

TEMA 23. El contrato de obras: Concepto, clases y documentación. Actuaciones administrativas preparatorias. Formas de adjudicación. Formalización. Efectos. Extinción. La cesión del contrato y subcontrato de obras. Ejecución de obras por la propia Administración.

TEMA 24. Ejecución y modificación del contrato de obras: comprobación del replanteo, acta y modificaciones acordadas en la misma. Ocupación de los terrenos. Programa de trabajo. Medición y Presupuesto. Precios. Certificaciones y Liquidación. Abonos a cuenta de materiales, equipos e instalaciones.

TEMA 25. Formas de finalización del contrato de obras. Aviso de terminación. Acta de recepción. Recepciones parciales. Medición general y certificación final. Obligaciones del contratista durante el plazo de garantía. Ocupación o puesta en servicio de las obras sin recepción formal. Liquidación en el contrato de obras. Desistimiento y suspensión de las obras. Penalizaciones. Resolución del contrato en obras no finalizadas.

TEMA 26. Revisión de Precios en los Contratos del Sector Público. Procedencia y limites. Sistema de revisión de precios. Fórmulas. Coeficiente de revisión. Revisión en casos de demora en la ejecución. Pago del importe de la revisión.

TEMA 27. El certificado final de la obra y otra documentación exigible. La dirección de obra. La dirección de la ejecución de la obra. Otros agentes de la edificación: obligaciones y responsabilidades según el tipo de intervención (promotor. técnicos, suministradores, organismos de control, etc.).

TEMA 28. Normativa sobre Accesibilidad. Condiciones básicas de Accesibilidad y No Discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados y las edificaciones, aplicación a los entornos nuevos y existentes. Ajustes Razonables. Normalización.

TEMA 29. Accesibilidad en la Edificación. Ámbito de Aplicación. Modificación del Código Técnico de la Edificación: DB-SUUA 9 Accesibilidad. Condiciones de accesibilidad. Comparativa con la normativa local de la Ciudad de Melilla.

TEMA 30. Accesibilidad en la Espacios Públicos urbanizados. Ámbito de Aplicación. Normativa de aplicación. Condiciones generales más representativas. Comparativa con la normativa local de la Ciudad de Melilla.

TEMA 31. Ordenanza sobre Accesibilidad y Eliminación de Barreras Arquitectónicas de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4089 de 25 de mayo de 2004). Disposiciones Generales. Disposiciones sobre barreras urbanísticas y accesibilidad en espacios públicos, establecimientos e instalaciones. Comparativa con la Normativa estatal.

TEMA 32. Protección Contra Incendios en el Código Técnico de la Edificación: DB-SI. Conceptos generales. Comportamiento ante el fuego de los materiales y elementos constructivos. Las Euroclases. Tratamientos de ignifugación en los materiales.

TEMA 33. El Reglamento de Seguridad contra Incendios en los Establecimientos Industriales. Aplicación del Reglamento a locales en edificios con otros usos. Control y revisión de las instalaciones por parte de la Administración.

TEMA 34. El Reglamento de Policía de Espectáculos y Actividades Recreativas y otras normas para lugares, recintos e instalaciones de ocio. Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas. Control, inspecciones y consecuencias por incumplimiento.

TEMA 35. Estudio de Seguridad y Salud. Plan de Seguridad y Salud. Documentación y su desarrollo. Mediciones, presupuestos y otros documentos.

TEMA 36. El Coordinador en materia de Seguridad y Salud. Normativa. Funciones, competencias y responsabilidades. Otros agentes intervinientes.

TEMA 37. Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición. Estudios y planes de gestión de residuos.

TEMA 38. Concepto de ruina. Procedimientos y tramitación de la declaración de ruina. La ordenanza de edificios ruinosos de Melilla. Comprobaciones y seguimiento técnicos una vez declarada la ruina.

TEMA 39. Edificios ruinosos. Supuestos de patología e intervención técnica. Actuaciones y control por la Administración.

TEMA 40. Demoliciones de edificios, tipos procedimientos técnico. Cálculos. Medidas de seguridad en la obra y en el entorno.

TEMA 41. Materiales de construcción. Ensayos y puesta en obra. Documentación de la ejecución de la obra.

TEMA 42. Normas de control de calidad. El marcado CE de los productos de construcción. Materiales de construcción. Ensayos y puesta en obra. Verificación de la calidad en la recepción de las obras. Documentación de la ejecución de la obra. Laboratorio de control, homologación, acreditación.

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TEMA 43. Control de la Ejecución de las estructuras de hormigón armado y estructuras metálicas.

TEMA 44. Control de la ejecución de cerramientos y compartimentaciones de edificios.

Cubiertas. Elementos de aislamiento térmico y acústico.

TEMA 45. Instalación de andamios y elementos de elevación de cargas. Características, comprobaciones. Normativa vigente.

TEMA 46. Patología de edificaciones: Muros. Particiones. Revestimientos. Medidas de seguridad y control de la intervención.

TEMA 47. Responsabilidad Patrimonial de las Administraciones Públicas y de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas. Procedimiento.

TEMA 48. Posibles funciones y actuaciones del arquitecto técnico al servicio de la administración pública y en relación a otros servicios y cuerpos de seguridad o emergencias. Posibles actuaciones preventivas para seguridad de personas y/o bienes ante diferentes supuestos y riesgos: edificaciones, vías públicas o espacios libres.

 

En lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las “Bases Generales de aplicación a los procedimientos de selección de funcionarios de carrera y personal laboral fijo de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicadas en el B.O.ME. nº 5.000, de 15 de Febrero de 2013 y “Manual de Instrucciones de funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla”, publicado en el B.O.ME. nº 5018, de 19 de abril de 2013.

 

Publíquense las mismas en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, Boletín Oficial del Estado y Tablón de Edictos de la Ciudad, quedando convocado el proceso de selección para la provisión de las citadas plazas.

 

Las presentes bases y los actos que de ella deriven por parte del órgano calificador, podrán ser recurridos en la forma y plazos previstos en el art. 112 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y preceptos concordantes del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla”.

 

Melilla 6 de junio de 2019,

La Viceconsejera de Administraciones Públicas,

María Ángeles Gras Baeza