ARTÍCULO Nº 95 (CVE: BOME-AX-2019-95) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 25 - martes, 30 de julio de 2019 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PRESIDENCIA - PRESIDENCIA


Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 30 de julio de 2019, relativo a tramitación de la iniciativa de participación ciudadana "Presupuestos participativos Melilla 2020" de la Ciudad Autónoma de Melilla.

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D I L I G E N C I A:

 

El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Extraordinaria celebrada el día 30 de julio de 2019, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

PUNTO PRIMERO.-  TRAMITACIÓN DE LA INICIATIVA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA “PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2020” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana, que literalmente dice:

 

PROPUESTA DE LA CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA DE APROBACIÓN POR PARTE DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE LA INSTRUCCIÓN PARA LA TRAMITACIÓN DE LA INICIATIVA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA “PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2020” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

 

Mediante Decreto de la Presidencia núm. 253, de 4 de julio de 2019 (BOME extraordinario núm. 21 de 4 de julio de 2019) se establecieron las distintas Consejerías en las que se estructura la Ciudad Autónoma de Melilla así como sus titulares, designándose como titular de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana a Dª Dunia AlMansouri Umpiérrez.

 

Por Decreto del Consejo de Gobierno, aprobado en sesión extraordinaria celebrada el pasado 16 de Julio de 2019 (BOME extraordinario núm. 22 de igual fecha) se establece la distribución de competencias entre las diferentes Consejerías, constando en el apartado séptimo las atribuidas a la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana, incluyendo, en materia de participación ciudadana, entre otras “el impulso de propuestas para la elaboración del Presupuesto, sin menoscabo de las funciones que correspondan al Gobierno y a la Administración de la Ciudad Autónoma”.

 

Establecida por dicho Decreto la figura de la propuesta participativa para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla, correspondiendo a esta Consejería las facultades de impulso, conforme a lo establecido en el artículo 33.5 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, VENGO EN PROPONER al Consejo de Gobierno la aprobación de la siguiente instrucción que concreta aspectos procedimentales y técnicos de aplicación a la elaboración de los PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2020:

 

“La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 133 “Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos” establece: “1. Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública (…) 4. Podrá prescindirse de los trámites de consulta, audiencia e información públicas previstos en este artículo en el caso de normas presupuestarias u organizativas de la Administración General del Estado, la Administración autonómica, la Administración local o de las organizaciones dependientes o vinculadas a éstas, o cuando concurran razones graves de interés público que lo justifiquen.”

 

Pese a la exclusión de la obligatoriedad de consulta pública para la aprobación de normas presupuestarias que establece el apartado 4 del artículo 133 transcrito, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, para la elaboración del proyecto de Presupuestos Generales de la Ciudad para el ejercicio 2020, tiene a bien la puesta en marcha de una fase de consulta al ciudadano, para la aportación de ideas y proyectos a través de los “Presupuestos Participativos Melilla  2020”, consistentes en la apertura de un plazo para dar cabida a aportaciones por parte de la ciudadanía, conforme a la siguiente instrucción, dirigida a establecer las pautas de actuación por las que habrán de dirigirse las distintas unidades implicadas en el proceso de consulta, que se dictan conforme a lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 2 Lunes, 30 de enero de 
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2017), en relación con el artículo 6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

 

Se considera asimismo conveniente la publicación de esta instrucción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, sin perjuicio de su difusión en el Portal de Transparencia de la Ciudad, conforme al Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla para su conocimiento por los ciudadanos y por el resto de los órganos de la Administración de la Ciudad.

 

Los Presupuestos Participativos son un instrumento democrático mediante el que la ciudadanía decide de manera directa a qué se destina una parte del Presupuesto de la Administración.

 

Con el fin de fomentar la participación de los ciudadanos en la gestión de nuestra Ciudad y concretamente en lo relativo a la elaboración de sus Presupuestos de Gastos, el Consejo de Gobierno, en ejercicio de sus competencias de elaboración del Proyecto de Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2020, tiene a bien incluir los Presupuestos Participativos Melilla 2020, para la presentación de proyectos de gasto e inversión, que habrán de pasar por diferentes fases para su selección, aprobación e inclusión en el Proyecto de Presupuestos, dotándolos presupuestariamente, al objeto de que puedan ser ejecutados y cuya tramitación se llevará a cabo conforme a la instrucción que se adjunta como anexo al presente acuerdo.

 

Sobre la base de lo anteriormente expuesto se acuerda lo siguiente:

 

PRIMERO.- La aprobación de la INSTRUCCIÓN PARA LA TRAMITACIÓN DE LA INICIATIVA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA “PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2020” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que se adjunta como ANEXO al presente acuerdo, su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla y en el Portal de Transparencia de la Ciudad, para su conocimiento por los ciudadanos y por el resto de los órganos de la Administración de la Ciudad.

SEGUNDO.- Que en el Proyecto de Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2020, se destinará hasta un máximo de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS MIL EUROS (4.600.000 €) para el desarrollo de los PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2020.

 

Las cuantías de las aplicaciones presupuestarias en el Proyecto de Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2020 resultantes de esta iniciativa se determinarán, en cuanto a su clasificación económica y por programas, en función de la naturaleza de los proyectos que resulten finalmente aprobados y en cuanto a la clasificación orgánica, se imputarán a la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana.

 

TERCERO.- Se habilita a la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana para la resolución de dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación de la INSTRUCCIÓN PARA LA TRAMITACIÓN DE LA INICIATIVA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA “PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2020”, sin perjuicio de la necesaria  colaboración de las Consejerías de Hacienda, Economía y Empleo y la de Presidencia, Administración Pública y Regeneración Democrática, como competentes en materia de “confección del proyecto de Presupuesto General de la Ciudad Autónoma” y en lo relativo al “Área de Sistemas de Información”, respectivamente.”

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ANEXO

 

INSTRUCCIÓN PARA LA TRAMITACIÓN DE LA INICIATIVA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA “PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2020” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA

 

1.             OBJETO.

La presente instrucción tiene por objeto concretar los aspectos procedimentales y técnicos de aplicación a la elaboración de los PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2020 que formarán parte del Proyecto de Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

2.             TRAMITACIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS, APOYO O VOTO A PROYECTOS.

1.             Se establecerán los cauces necesarios para que cualquier persona mayor de 16 años, empadronada en la ciudad de Melilla pueda presentar, apoyar o votar un proyecto de presupuestos participativos. Toda la información referente al proceso podrá ser consultada en la web institucional.

2.             Asimismo, podrá presentar un proyecto cualquier asociación, fundación, organización u otro tipo de entidad que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, tenga atribuida personalidad jurídica. En este caso, estarán obligadas a nombrar un único representante que deberá cumplir los mismos requisitos del apartado anterior.

3.             FASES DEL PROCESO DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2020

Las fases del proceso son las siguientes:

 

Fase 1ª: Presentación de proyectos: 1 de agosto de 2019 - 30 de septiembre de 2019.

Fase 2ª: Revisión inicial de proyectos: 1 de octubre de 2019 - 31 de octubre de 2019.

Fase 3ª: Apoyo de proyectos: 1 de noviembre de 2019 - 15 de noviembre de 2019.

Fase 4ª: Evaluación de proyectos: 16 de noviembre de 2019 - 30 de noviembre de 2019.

Fase 5ª: Votación final de proyectos: Entre el 1 de diciembre de 2019 - 15 de diciembre de 2019.

Fase 6ª: Resultado final tras la votación de los presupuestos participativos: Primer trimestre de 2020.

 

4.             DESARROLLO DE LAS FASES DEL PROCESO

 

a) Fase 1ª: Presentación de proyectos

En la fase de presentación de proyectos, cualquier persona que reúna los requisitos establecidos en al apartado 1 de la presente instrucción, podrá presentar proyectos de gasto o inversión, tanto para toda la Ciudad como para algún distrito o barrio, referido a cualquiera de las siguientes materias:

 

-              Cultura.

-              Infancia y Juventud.

-              Mantenimiento vía pública, parques y otros.

-              Obras Públicas.

-              Medio Ambiente.

 

Los proyectos se presentarán a través de la web institucional de Melilla, en el apartado de “Presupuestos participativos Melilla 2020” o en cualquiera de las Oficinas que conforman la Red de Oficinas de Información y Atención al Ciudadano (OIAC) de la Ciudad, mediante el correspondiente formulario disponible para este proceso.

 

El espacio web “Presupuestos Participativos Melilla 2020” contendrá toda la información relativa a la fecha de presentación de las propuestas, similitud de proyectos, plazos, progreso de actuaciones y demás información relativa al proceso.

 

b)            Fase 2ª. Revisión inicial de proyectos

El personal técnico especializado del área sobre el que verse el proyecto, a requerimiento de la Comisión de Valoración, procederá a revisar inicialmente los proyectos de presupuestos participativos presentados, al objeto de detectar posibles deficiencias subsanables. En el supuesto de detectarse similitud de proyectos lo trasladará a la Comisión al objeto de que se informe a sus autores, ofreciéndoles la posibilidad de presentar proyectos conjuntos, abriéndose la posibilidad de acumular expedientes al amparo de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 39/2015.

 

c)            Fase 3ª: Apoyo de proyectos

La fase de apoyo de proyectos se instrumenta como una fase intermedia que sirve para priorizar los proyectos revisados por el personal técnico de la Ciudad.

 

Los proyectos se podrán apoyar por cualquier ciudadano mayor de 16 años y empadronado en Melilla a través de los instrumentos que se determinen por la administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, de 
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modo que se garantice el voto individual, ya sea de forma presencial en la Red de OIAC o de forma telemática, en su caso.

 

d)            Fase 4ª: Evaluación de proyectos

En la fase de evaluación de proyectos, la Ciudad Autónoma de Melilla seleccionará los proyectos más apoyados, excluyéndose aquellos que no alcancen el porcentaje de apoyos que previamente determine la Comisión de Valoración, todo ello bajo la coordinación de la Dirección General de Atención y Participación Ciudadana, en colaboración con las Direcciones Generales de Hacienda y Presupuestos y la Dirección General de Sistemas de Información.

 

A tal efecto, se creará una Comisión de Valoración con la siguiente composición: Presidente: Consejera de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana.

 

              Vocales:

 

o    DG de Atención y Participación Ciudadana.

o    DG de Hacienda y Presupuestos.

o    DG del área competente en la materia sobre la que verse el proyecto.

 

              Secretaría: Secretaría Técnica de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana.

              A la Comisión podrán asistir los Diputados Locales que lo consideren conveniente, así como aquel personal técnico que la Comisión de Valoración estime oportuno en aras al enriquecimiento de las deliberaciones.

 

La evaluación tendrá como objeto que los proyectos sean técnicamente válidos, viables y legales y que son competencia de la Ciudad Autónoma de Melilla y que, por tanto, puedan ser incluidos en el Proyecto de Presupuestos Generales de la Ciudad.

 

Se llevará a cabo una estimación de costes de todas las propuestas seleccionadas, siendo excluidas aquellas que superen la dotación presupuestaria establecida. Igualmente serán excluidas aquellas propuestas que no se refieran al ámbito competencial de la Ciudad Autónoma de Melilla o que sean inviables técnica o legalmente.

 

Si los miembros de la Comisión tuvieran dudas sobre algún proyecto o necesitasen información adicional, se requerirá a su promotor para la aportación de datos y en su caso el esclarecimiento de dudas y defensa del proyecto.

 

La Comisión de Valoración, previa la emisión de los informes técnicos y/o estudios de viabilidad y estimación de costes de cada uno de los proyectos más apoyados, seleccionará de manera independiente y neutral, aquellos que, dentro de los límites presupuestarios indicados, resulten más acordes con los criterios de evaluación que a continuación se indican, haciéndose pública la lista provisional de proyectos seleccionados:

 

Criterios de evaluación:

 

1.             Coste: la cuantificación económica de los proyectos presentados.

2.             Legalidad: En ningún caso se incluirán proyectos cuya ejecución sea contraria a la legalidad vigente.

3.             Viabilidad: durante todo el proceso se estudiará si el proyecto es viable técnicamente y no se prevé algún impedimento para llevarlo a cabo.

4.             Relevancia, interés general y eficiencia: Se estudiará la amplitud del sector de población al que va dirigido el proyecto, la relación entre el coste del proyecto y el beneficio que espera obtenerse del mismo y las características del sector al que beneficia (menores, juventud, mayores, personas en riesgo de exclusión social, etc.) con la exclusión de aquellos proyectos que persigan intereses particulares. Asimismo, se velará porque los proyectos no versen sobre materias y actuaciones que sean objeto de contratos que la Administración de la Ciudad ya tenga suscritos.

5.             Competencia propia: los proyectos deberán versar sobre actuaciones y materias que sean competencia de la Ciudad Autónoma de Melilla, excluyéndose todos aquellos que competan a otras Administraciones Públicas.

 

Los ciudadanos podrán solicitar la revisión de los expedientes correspondientes a cada uno de los proyectos valorados, en caso de no estar conformes, abriéndose un plazo de alegaciones. Tras el estudio de las mismas, la Comisión de Valoración decidirá los proyectos que pasarán a la fase de votación final de proyectos.

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La Ciudad publicará la relación de todos los proyectos, tanto aprobados como rechazados, con la información y datos técnicos más relevantes de los mismos.

 

e)            Fase 5ª: Votación final de proyectos

La votación final es la decisión sobre los proyectos evaluados que deberán llevarse a cabo.

 

En la fase de votación final, todas las personas mayores de 16 años de edad empadronadas en Melilla podrán votar los proyectos seleccionados para esta fase, en la forma que se determine.

 

La Administración de la Ciudad establecerá los procedimientos oportunos para garantizar el voto único e individual.

 

f)             Fase 6ª: Resultado final tras la votación de los presupuestos participativos

El resultado final del proceso se obtendrá tras la votación de todos los proyectos ordenados por número de votos obtenidos en cada una de las materias indicadas en el apartado 4. a) precedente.

 

La selección final se trasladará a la Consejería competente para la confección del proyecto de Presupuesto General de la Ciudad Autónoma, para su inclusión en el mismo como Presupuestos Participativos Melilla 2020. 

 

Una vez aprobados los Presupuestos por el Pleno de la Asamblea, se publicarán todos los proyectos seleccionados con la descripción de las actuaciones que contemplan.

 

5. INCOMPATIBILIDAD ENTRE PROYECTOS

Si se diese la circunstancia de que dos o más de los proyectos elegidos fuesen incompatibles entre sí, se decidirá conforme a lo siguiente:

 

Si fueran incompatibles por las características de las actuaciones a llevar a cabo, de manera que la realización efectiva de todos ellos fuera imposible (por suponer la utilización de un mismo espacio físico para dos proyectos distintos o circunstancias similares) se optará por el proyecto que haya obtenido mayor número de votos en la fase 5ª. Si hubieran empatado en el número de votos en dicha fase, el desempate se llevará a cabo a favor del que cuente con mayor número de apoyos en la fase 3ª de preselección. Si persistiese el empate, se seleccionará el primer proyecto presentado.

 

Si dos o más proyectos obtienen el mismo número de votos en la fase 5ª y no existiera dotación presupuestaria suficiente para la realización de todos ellos, el desempate se llevará a cabo a favor del que cuente con mayor número de apoyos en la fase de preselección. Si persistiese el empate, se seleccionará el primer proyecto presentado.

 

Melilla 30 de julio de 2019,

El Secretario,

José Antonio Jiménez Villoslada