Elecciones generales 2019-decreto nº 107 de fecha 8 de marzo de 2019, relativo a lugares especiales gratuitos reservados para la colocación de carteles, pancartas y carteles colgantes .
ANUNCIO
De conformidad con lo dispuesto en el art. 57.2 de
la L.O.R.E.G., VENGO EN DISPONER la publicación del Decreto nº 107 de esta
Presidencia, de ocho de marzo de 2019, cuyo contenido literal es el siguiente:
“Según Real Decreto 129/2019, de 4 de marzo, de
disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de
elecciones, corresponde al 28 de abril la celebración de Elecciones General.
De conformidad, con el tenor del artículo 55 de la
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, se hace
preciso que esta Ciudad ponga a disposición de la Administración electoral,
reserve, espacios especiales gratuitos para la colocación de propaganda
electoral. Esta disposición, conforme dispone el artículo 56 del invocado
Cuerpo legal, deberá comunicarse a la JEZ y P. de Melilla, dentro de los siete
días siguientes a la fecha de la convocatoria electoral.
Por los servicios operativos de la Consejería de
Medio Ambiente se me facilitan los datos precisos para poder dar cumplimiento a
la mencionada obligación legal. Por todo lo expuesto es por lo que
VENGO EN DECRETAR:
PRIMERO: Reservar los lugares especiales gratuitos para la colocación de
carteles, pancartas, y carteles colgados a postes o farolas siguientes: A) Carteles en farolas:
- García Valiño 10 soportes
- Avenida de la Juventud 10 “
- Carlos de Arellano 10 “
- Luis de Sotomayor 8 “
- Duquesa de la Victoria 10 “
- Plaza Martín de Córdoba 8 “
- Barrio de Isaac Peral 10 “
- Paseo Marítimo 10 “
- Bº del Hipódromo 10 “
- Bº Virgen de la Victoria 10 “
- Bº del Real 10 “
- Gral. Polavieja 10 “
- Crta. Alfonso XIII 20 “
- Crta. Farhana 10 “
- Cándido Lobera 8 “
- Plaza Comandante Benítez 5 “
- Gral. Astilleros 10 “
- Méjico 10 “
- Rusadir, Ciudad Málaga 10 “
- Ibáñez Marín 10 “
- Acceso al Puerto 10 “
- Plaza de Reyes Católicos 9 “
- Hípica 8 “
- Barrio Industrial 10 “
B)
Pancartas de pared a pared o entre soportes
-
Paseo Marítimo 2
-
Paseo Marítimo R.Ginel 1
C)
Emplazamientos reservados para carteles:
En paneles
-
- Plaza de España 1 panel por Partido o agrupación
política
Las dimensiones de los paneles serán de las medidas
de 1,83 x 1,83 cada uno.
SEGUNDO: La propaganda a través de las pancartas y banderolas (carteles en
farolas), sólo podrá colocarse en los lugares reservados por esta Ciudad en el
apartado primero A), de esta resolución. Los carteles y otras formas de
propaganda electoral, fuera de los espacios reservados, sólo podrá efectuarse
en los espacios comerciales autorizados.
TERCERO: Dese traslado del presente Decreto a la Junta Electoral de Zona y
Provincial de Melilla, dentro de los siete días siguientes a la convocatoria de
las aludidas elecciones, como prescribe el art. 56 de la norma electoral
aludida”.
Melilla 8 de marzo de 2019,
El Secretario,
José Antonio Jiménez
Villoslada