ARTÍCULO 108 - BOME-AX-2019-108

BOME EXTRA Nº 33 del viernes, 4 de octubre de 2019

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO

Acuerdo de Consejo de Gobierno de fecha 4 de octubre de 2019, relativo a modificación del decreto de distribución de competencias entre consejerías.


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ANUNCIO

 

El Consejo de Gobierno en sesión ordinaria celebrada el 04 de octubre de 2019, entre otros adoptó el siguiente acuerdo:

 

PUNTO QUINTO.- MODIFICACIÓN DECRETO DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE CONSEJERÍAS.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar la propuesta presentada por la Presidencia, que literalmente dice:

 

“”Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 16 de julio de 2019, se procedió a la aprobación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías (BOME extraord. núm 22, de 16 de julio de 2019).

 

El Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad establece, en su artículo 68, que el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, al tomar posesión de su cargo o cuando se produzca una modificación de las estructuras de gobierno, deberá proponer un Decreto en el que se establezcan las competencias que le correspondan a la Presidencia y a cada una de las diferentes Consejerías en las que se estructure en cada momento el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla. Asimismo, este Decreto puede ser objeto de modificación cuando, en el transcurso de la legislatura, se considere necesario modificar las competencias que se atribuyan a las distintas Áreas o se hayan observado omisiones en el mismo.

 

Habiéndose producido cambios en la estructura del Gobierno, mediante el nombramiento de la titular y la consiguiente creación de la Viceconsejería de la Vivienda, dependiente de la Consejería de Infraestructuras y Urbanismo (BOME extraord. núm. 27, de 6 de agosto de 2019), debe procederse a la modificación del Decreto de distribución de competencias, sin perjuicio de hacer igualmente otras modificaciones que afecten no sólo a la mera estructura administrativa sino también al ámbito competencial.

 

En virtud de lo anterior, VENGO EN PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO la aprobación de la MODIFICACIÓN DEL DECRETO DE DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE LAS CONSEJERÍAS, DE 16 DE JULIO DE 2019.

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Las modificaciones en el Decreto de Distribución de competencias entre las Consejerías, de fecha 16 de julio de 2019, serán las siguientes:

 

1. PRESIDENCIA

-Secretaría General

Supresión de la Secretaría General de la relación de órganos con dependencia directa de la Presidencia, no integrados en la organización jerarquizada.

 

2.- CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMNISTRACIONES PÚBLICAS Y REGENERACIÓN DEMOCRÁTICA

2.2.5- En materia de Función Pública.

 

Adición de la siguiente competencia:

z) Disponer la cobertura temporal de puestos de trabajo vacantes en los supuestos de necesidades urgentes e inaplazables mediante comisión de servicios, previa publicidad y concurrencia, constatando que el eventual adjudicatario cuenta con los requisitos para ocuparlo según la relación de puestos de trabajo y su idoneidad para desempeñar la vacante, correspondiendo al titular de la Consejería la aprobación de los plazos de convocatoria y criterios objetivos para su cobertura.

 

2.2.7- En materia de Sociedad de la Información.

Adición al apartado de la competencia en materia de investigación, desarrollo e innovación y cambio de letra f) por la g), de la competencia posterior, quedando como sigue:

 


f)      Área de investigación, desarrollo e innovación: El impulso y gestión de iniciativas de investigación, desarrollo e innovación en tecnologías de la información y las comunicaciones en la Ciudad de Melilla.

g)            Cualesquiera otras que les sean encomendadas en el ámbito de las tecnologías de la información y las telecomunicaciones.

 

- Adición de un nuevo apartado, numerado 2.2.11 y titulado “En materia de Educación”.

 

2.2.11.- En materia de Educación.

a)     Programas de ayudas al estudio a todos los niveles. Ayudas para libros y material escolar.

b)     En materia universitaria: Gestión de ayudas para matrículas universitarias.

 

5- CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTES, FESTEJOS E IGUALDAD.

5.2.3 Supresión del apartado letra b (Programas de ayudas al estudio a todos los niveles. Ayudas para libros y material escolar.) y modificación de la letra m, con la supresión de la competencia para la “Gestión de ayudas para matrículas universitarias”. Como consecuencia de la supresión de la anterior letra b, el apartado 5.2.3 integrará las competencias originarias antes de la presente modificación, desde las letras a) a la l), según el orden ya establecido. 

 

Adición del siguiente apartado:

5.2.9- Sociedad Pública INMUSA. Ejercerá las competencias señaladas en sus Estatutos.

 

8. CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y URBANISMO.

8.1 ESTRUCTURA

-Adición de la Viceconsejería de la Vivienda.

 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA: Las competencias en materia de Educación atribuidas a la Consejería de Presidencia, Administración Pública y Regeneración Democrática (apartado 2.2.11.) se refieren al curso académico 2019-2020.

 

DISPOSICIÓN FINAL: El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Lo que se publica para general conocimiento

 

Melilla 4 de octubre de 2019,

El Secretario Accidental del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany