Elecciones Generales 2019 - Decreto nº 1372 de fecha 13 de marzo de 2019, relativo a relación de locales oficiales y lugares públicos reservados para la realización gratuita de los actos de campaña electoral.
El Excmo. Sr. Presidente por Decreto de 13 de
marzo de 2019, registrado al número1372 del Libro Oficial de Resoluciones no
Colegiadas, ha dispuesto lo siguiente:
“De conformidad con el Real Decreto 129/2019, de 4 de marzo, de
disolución del Congreso de los Diputados y del Senado y de convocatoria de
elecciones, corresponde el 28 de abril,
la celebración de Elecciones Generales.
El artículo 54.3 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen
Electoral General, aplicable a esta Ciudad en virtud del tenor del artículo 7
de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla,
impone la obligación a los Ayuntamientos, en todo proceso electoral, de
reservar locales oficiales y lugares públicos de uso gratuito para la
celebración de actos de campaña electoral.
Una vez que se han hecho las gestiones oportunas con las autoridades a
las que se afectan los locales y lugares públicos, a los efectos mencionados, y
por todo lo expuesto es por lo que
VENGO EN DECRETAR:
PRIMERO.- La disposición o reserva de los locales
oficiales y lugares públicos de uso gratuito, se realizará para toda la campaña
electoral, del 12 al 26 de abril ambos
inclusive, en horario de las 19 a 22 horas, de lunes a sábado.
SEGUNDO.- Reservar para la celebración de actos de
campaña electoral, los locales oficiales y lugares públicos, de uso gratuito
siguientes, con la salvedad de indicación posterior por parte de los locales de
reserva anticipada a la fecha:
-
Centro Asociado a la UNED, (Salón de Actos),
sito en Calle Lope de Vega, nº 1, (Aforo 190), disponibilidad los días 23, 24,
25 y 26. -
- Palacio
de Exposiciones y Congresos, sito en
Calle Fortuny, n º21. Sala 400, (Aforo
340), excepto los días 24, 25 y 26 de abril.
- Auditorium
Carvajal, sito en Parque Lobera, Calle Cándido Lobera (Aforo
-
4.133),
- CEIP
Anselmo Pardo (Salón de Actos).
- CEIP Pintor E. Morillas (Salón de Actos).
- CEIP
León Solá (Salón de Actos).
- CEIP
Real (Salón de Actos).
- CEIP
Juan Caro Romero (Salón de Actos).
- CEIP
Reyes Católicos (Salón de Actos).
TERCERO.- Los gastos que se produzcan por la
utilización de los locales y lugares relacionados, como limpieza, desperfectos,
megafonía, etc., correrán de cuenta de la opción política que organice el acto,
en la inteligencia de que corresponderá a la Administración electoral la
autorización puntual para la utilización del local o lugar de que se trate.
CUARTO.- Dése traslado del presente Decreto a la Junta
Electoral de Zona y Provincial de Melilla, dentro de los diez días siguiente al
de la convocatoria, como prescribe el artículo 57 de la norma electoral
citada.”
Lo que le comunico para su publicación en el Boletín de la Ciudad.
Melilla 13 de marzo de 2019,
El Secretario,
José Antonio Jiménez
Villoslada