ARTÍCULO Nº 29 (CVE: BOME-AX-2020-29) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 19 - viernes, 22 de mayo de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y POLÍTICAS SOCIALES
Acuerdo del pleno de la Excma. Asamblea de fecha 21 de mayo de 2020, relativo a la aprobación de ayudas y medidas extraordinarias y urgentes derivadas de la situación provocada por el COVID-19.
ANUNCIO
El Pleno de la
Excma. Asamblea, en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 21 de mayo
de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO 7.- AYUDAS Y MEDIDAS EXTRAORDINARIAS Y URGENTES DERIVADAS DE LA
SITUACIÓN PROVOCADA POR EL COVID-19
APROBACIÓN DEL EXPEDIENTE
13.079/2020, DENOMINADO DECLARACION DE GASTOS QUE SON CONSIDERADOS NECESARIOS Y
URGENTES, NO PUDIENDO DEMORARSE AL EJERCICIO SIGUIENTE.
MEMORIA
DE DECLARACIÓN DE GASTO URGENTE Y NECESARIO
EXPOSICION DE MOTIVOS
La situación
geográfica de la C.A. de Melilla, situada en el norte de África, con una
reducida extensión de 12 km2 y con una frontera terrestre con un estado que no
pertenece a la Unión Europea como es Marruecos, ha determinado una especial
estructura económica que se ha ido desarrollando durante décadas basada
principalmente en los intercambios comerciales con el norte de Marruecos.
Asimismo,
nuestra localización nos ha situado en la vanguardia en cuanto a la lucha y
control de la inmigración ilegal proveniente del continente africano, tanto de
adultos como de menores no acompañados, lo que ha provocado unos costes
económicos y sociales adicionales que no pueden ser comparables con otros
territorios del Estado.
Estos factores
han configurado una especial estructura económica y social con las siguientes
características:
-
Un reducido mercado interior, que se ve lastrado por los altos costes y
las dificultosas comunicaciones con el resto de España.
-
Un PIB que depende en gran medida
de los intercambios comerciales con Marruecos.
-
Unas de las mayores tasas de paro del país a final de 2019 (superior al
26%), unos 10 puntos por encima de la media nacional, que ha originado entre
otros factores que el porcentaje de población en riesgo de pobreza se situé por
encima del 25%.
-
Un rápido crecimiento de la población en la última década, en torno al
20%, que unido a las reducidas dimensiones de la Ciudad, las tasas de desempleo
y la presión migratoria ha contribuido a incrementar la conflictividad social.
La crisis
sanitaria producida por la evolución del COVID-19 ha supuesto la necesidad de
adoptar medidas de contención extraordinarias por las autoridades de salud
pública, dentro del actual escenario de contención reforzada, coordinadas en el
marco del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
Así, por el Gobierno de la Nación se ha aprobado
el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de
alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el
COVID-19. En dicho Real Decreto se contemplan, entre otras medidas, la
suspensión de la actividad comercial, de la actividad en establecimientos y
actividades recreativas, así como de las actividades de hostelería y
restauración.
En
consecuencia, estas medidas han paralizado sustancialmente la actividad
económica en España, y la prolongación en el tiempo de las mismas, en distinta
graduación, va a provocar un efecto económico contractivo de la economía
española que se proyecta en particular sobre determinadas empresas y sectores.
En Melilla, el
impacto recesivo derivado de esta situación, se multiplica por el cese de los
intercambios comerciales con Marruecos tras el cierre de la frontera desde el
día 13 de marzo de 2020, y sin que podamos prever la fecha de apertura de la
misma, lo que supone la pérdida del principal motor de la economía melillense.
Por tanto, la paulatina desescalada que se ha planificado, con la consiguiente
recuperación parcial de la actividad económica, no afectará en la misma medida
a esta ciudad con un limitado mercado interno. Las consecuencias más inmediatas
que podemos prever de esta significativa reducción del PIB en la ciudad, son la
destrucción de gran parte de nuestro tejido empresarial, con la consiguiente
destrucción de empleos directos y el aumento de la población en riesgo de
exclusión.
Decreto- Ley
13/2020 de 7 de abril, con nuevas medidas socio laborales y, el Real Decreto
15/2020 de 21 de abril de medidas complementarias en apoyo de la economía y el
empleo.
En Melilla se
hace necesario complementar y coadyuvar a las medidas adoptadas por el Gobierno
de la nación, centrando las actuaciones en los autónomos y en general,
microempresas de nuestra ciudad, particularmente afectadas por la situación
actual de cierre forzoso en unos casos, o de apertura al no estar incluidas las
actividades que desarrollan en el R.D. 463/2020, con lo que no pueden acogerse
directamente al mecanismo de los ERTE, pero con una demanda prácticamente
inexistente al estar limitada la libertad de circulación de las personas.
Se trata de contribuir mediante la acción de
fomento al sostenimiento de los costes producidos por este cierre y por la
caída de la actividad económica, escenario más que previsible que se producirá
en las próximas semanas y meses. Se pretende, por otra parte, que las pequeñas
empresas no cierren de forma definitiva, ni que se produzca un masivo despido.
Se trata de incentivar la conservación del capital humano formado en el seno de
las empresas, conocedores del funcionamiento de las empresas. Se trata asimismo de inyectar liquidez a
estas pequeñas empresas, en peligro de supervivencia tras la situación creada
por esta pandemia.
Asimismo, la
pandemia de COVID–19 está generando un fuerte impacto económico y social que,
entre otros ámbitos, está afectando a los ingresos de muchos ciudadanos que, en
calidad de arrendatarios, vienen ocupando sus viviendas habituales con los que
hacían frente al pago de sus alquileres. Por otro lado, a las nuevas
situaciones de vulnerabilidad como consecuencia del COVID-19 y del estado de
alarma, se suma la parálisis sobrevenida del mercado inmobiliario. Esto hace
imprescindible proporcionar aún más, si cabe, soluciones habitacionales que
puedan implementarse de forma rápida y mediante adjudicación directa cuando así
sea necesario. Por tanto, es imprescindible incluir el diseño de unas líneas
mínimas de ayudas en los aspectos sociales, dado el impacto que tendrá en las
familias la destrucción del empleo motivada por la inactividad económica. Así,
se pretende apoyar a las familias en materia de vivienda, tales como moratorias en la cuota, sin intereses, de
tres meses en el régimen de compraventa de viviendas gestionadas por EMVISMESA
y bonificaciones extraordinarias en los
arrendamientos de viviendas.
La situación
provocada por la crisis sanitaria del COVID 19, va a tener un traslado directo
hacia aquellas familias que han visto decaer sus ingresos, con motivo no sólo
de la situación de paralización de la actividad económica y del comercio,
principal actividad económica en esta Ciudad, a lo que hay que hay que sumar la
ausencia de aquellos ingresos irregulares que se venían percibiendo como
consecuencia del comercio y de la actividad transfronteriza, una vez que se
cierra la frontera. Por tanto, se considera necesario conceder ayudas
económicas complementarias destinadas a familias y otros colectivos
desfavorecidos cuyos ingresos, ya precarios de por si en algunos casos, se han
visto mermados seriamente como consecuencia de la crisis sanitarias del COVID 19.
Por otra
parte, el incremento en las entradas masivas de menores extranjeros, está
suponiendo un verdadero problema para nuestra ciudad. La administración
autonómica, responsable de su acogimiento y tutela, ha intentado gestionar esta
circunstancia de la forma más eficaz en coordinación con la Fiscalía de
Menores, pero no ha podido evitar la aglomeración insostenible de los Centros
de Acogida durante los años 2018, 2019 y principios del 2020, y provocando
asimismo el colapso en el funcionamiento del Servicio de Protección de Menores.
Además, debemos hacer mención especial a la delicada situación en la que se
encuentra sumido el país derivado de la Pandemia por Covid-19 y que hace que en
los centros donde se encuentran un gran número de personas conviviendo generen
un mayor riesgo de contagio. Por ello se ha tenido que habilitar una el Fuerte
de Rostrogordo, zona de ocio y deportiva, para rebajar la sobreocupación del
Centro Educativo y residencial “Fuerte de la Purísima” que es el que acoge al
mayor número de menores de nuestra ciudad (870 menores). Para la adecuación del
Fuerte de Rostrogordo, al que están siendo trasladados 145 menores se ha tenido que destinar una partida
importante que no se preveía, pero que por las circunstancias sobrevenidas y
por el interés superior de los menores se ha tenido que habilitar y
subvencionar por la entidad pública. Todo esto supone un coste adicional al que
ya venía sufragando esta Administración,
coste que si bien es subvencionado parcialmente por el Ministerio mediante el
Convenio de Colaboración de Menores extranjeros no acompañados no es suficiente
para atender a dicha emergencia.
Al marco
normativo antes expresado, extremadamente cambiante, se ha añadido el Plan para la Transición
hacia una Nueva Normalidad, aprobado por el Consejo de Ministros el 28 de abril
de 2020, que señala una previsión de apertura de establecimientos de forma
escalonada, en sucesivas fases, pero orientativa y sin carácter exhaustivo,
según señala el propio Plan. Así, las decisiones y fechas concretas sobre el
efectivo levantamiento de las limitaciones establecidas durante el estado de
alarma se determinarán a través de los correspondientes instrumentos jurídicos.
El régimen
común aplicable a todas las medidas también podrá ser adaptado, en función de
la evolución de la pandemia o de otras circunstancias justificadas, según
señala el propio Plan estatal.
COMPETENCIAS
El Estatuto de
Autonomía de Melilla, en su artículo
5.2, dispone que “ las instituciones de la Ciudad de Melilla, dentro del marco
de sus competencias, ejercerán sus poderes, entre otros, con los siguientes
objetivos básicos: Adoptar las medidas que promuevan la inversión y fomenten el
progreso económico y social de Melilla, facilitando el empleo y la mejora de
las condiciones de trabajo ( letra c) , así como “la mejora de las condiciones
de vida, elevación del nivel cultural y de trabajo de todos los melillenses (
letra a)”.
estatal, el
previsto en el artículo 22.1 Comercio interior (2º) e Industria, a efectos
de impulsar el desarrollo económico de la Ciudad.
El artículo 25
EA además señala que “la ciudad de Melilla ejercerá además todas las
competencias que la legislación estatal atribuye a los Ayuntamientos (…)” ,
contemplando el art 25.1 de la Ley de Bases de Régimen Local que “ el Municipio, para la gestión de sus
intereses y en el ámbito de sus competencias, puede promover actividades y
prestar los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y
aspiraciones de la comunidad vecinal en los términos previstos en este
artículo”.
El artículo
12.1 letra f) del Estatuto de Autonomía dispone que “corresponde a la Asamblea
de Melilla aprobar los planes de
fomento, ordenación y actuación de interés general para la ciudad.” A tal
efecto, el Pleno de la Asamblea, en el ejercicio de estas atribuciones, tiene
previsto aprobar el citado Plan de forma coetánea a la más abajo declaración
formal de urgente necesidad.
Cabe señalar
que los artículos 177.5 Texto Refundido de la Ley de
Haciendas Locales y 36.3 del Real Decreto 500/1990, señalan que excepcionalmente, y por acuerdo
del Pleno de la corporación adoptado por mayoría absoluta del número
legal de miembros, podrá autorizarse la concertación de operación de
crédito para financiar nuevos o mayores gastos corrientes que expresamente sean declarados
necesarios y urgentes, siendo esta última declaración un elemento formal previo e indispensable, conectado de forma
indisoluble con el meritado “Plan
de Medidas de apoyo económico destinado a las empresas y familias melillenses en relación al impacto
producido por el COVID-19”. Ante esta situación que puede llegar a ser insostenible, con cifras de
paro por encima del 40%, la Ciudad Autónoma, tienen que tomar medidas urgentes,
extraordinarias y necesarias para evitar o disminuir la posible conflictividad
social.
En su
consecuencia, se propone al PLENO DE LA ASAMBLEA, previo dictamen de la
Comisión de Hacienda, Empleo y Comercio, la adopción del siguiente ACUERDO:
DECLARACION
DE URGENTE Y NECESARIO DE LOS SIGUIENTES GASTOS:
-
Ayudas a la sostenibilidad del tejido empresarial melillenses por un
importe máximo de DOCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL EUROS (12.790.000,00 €)
-
Subvención al alquiler privado por un importe máximo de UN MILLON DE
EUROS (1.000.000,00 €)
-
Prestaciones sociales a personas y otros colectivos en riesgo de
exclusión por un importe máximo de DOS MILLONES DE EUROS (2.000.000,00 €).
-
Atención a menores y familias por un importe máximo de CUATRO MILLONES
SEISCIENTOS SIETE MIL EUROS (4.607.000,00 €).
-
Transferencias para el mantenimiento de la actividad de la sociedad
instrumental EMVISMESA por un importe máximo de UN MILLÓN TRESCIENTOS ONCE MIL
CIENTO TREINTA Y NUEVE CON OCHENTA Y DOS CENTIMOS DE EUROS (1.311.139,82 €).
Lo que comunico para conocimiento general y
efectos, advirtiendo que contra este Acuerdo del Pleno de la Asamblea de la
Ciudad Autónoma de Melilla, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con
sede en Melilla, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de
su notificación, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición de
recurso potestativo de reposición ante la propia Asamblea de la Ciudad Autónoma
de Melilla, en el plazo de un mes contando desde el día siguiente al de su
notificación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo
establecido en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas, y sin
perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen
oportuno.
Lo que se hace
público para general conocimiento.
Melilla 21 de mayo de 2020,
El Secretario,
José Antonio Jiménez
Villoslada