ARTÍCULO Nº 42 (CVE: BOME-AX-2020-42) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 28 - jueves, 25 de junio de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR
Orden nº 1527 de fecha 24 de junio de 2020, relativa a la convocatoria para curso de formación intensivo de habla inglesa Melilla 2020.
PRIMERO. - Mediante Real Decreto
1385/1997, de 29 de agosto, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de asistencia
social (BOE n.º 229 de 24 de septiembre) y en virtud de la potestad normativa
que a la Ciudad de Melilla otorga el 20.1.17 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13
de marzo que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, le corresponde a esta
Administración la “promoción
del deporte y de la adecuada utilización del ocio”.
SEGUNDO.- Conforme a lo dispuesto en
el Decreto de atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad
Autónoma de Melilla, en su apartado 7.2.3 corresponde a la Consejería de
Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor, entre otras, la
competencia en materia de desarrollo el “Desarrollo político, económico,
social, cultural, deportivo y artístico de la juventud”, y concretamente, en virtud
de lo dispuesto en el punto e) de dicho apartado, la elaboración de programas
de desarrollo e integración de la juventud.
TERCERO. - La Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor reconoce la importancia de
proponer a los jóvenes con edades comprendidas entre los 16 - 30 años de edad,
pretendiendo por ello llevar a cabo diversas acciones formativas encaminadas a
preparar a los alumnos en las cuatro áreas de dominio del idioma (listening,
speaking, reading y writing) para la obtención de la certificación de los
niveles de inglés, según el Marco Común Europeo, B1, B2 y C1.
De acuerdo con
lo anterior, y visto el expediente 9859/2020, en virtud de las competencias que
tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
CONVOCATORIA
PARA CURSO DE FORMACIÓN INTENSIVO DE HABLA INGLESA MELILLA 2020.
1.- DENOMINACIÓN DEL
PROGRAMA.
“CONVOCATORIA PARA CURSO DE FORMACIÓN
INTENSIVO DE HABLA INGLESA MELILLA 2020”.
2.- OBJETIVOS DEL
PROGRAMA.
Mejorar el
nivel de inglés a nivel B1 de los jóvenes melillenses con el objeto de
conseguir un nivel de dominio que les permita superar la convocatoria de
certificación de nivel B1 correspondiente al Marco Común Europeo de Referencia
para las Lenguas.
3.- REQUISITOS
MÍNIMOS DE LOS SOLICITANTES.
1.- Tener
entre 16 y 30 años de edad, ambos inclusive, al inicio de la actividad.
2.- Ser
residente en la Ciudad Autónoma de Melilla, (certificado de empadronamiento.)
3- Se
reservará un cupo de un 30 % de plazas (18 plazas) para las personas que se
encuentren en riesgo de exclusión social, que deberá ser acreditado con el
correspondiente certificado por la administración competente, con el fin de
fomentar la integración, cultural y social a las personas que se encuentren en
este colectivo.
Podemos
definir a dicho colectivo como Familias que perciban ingresos inferiores al
salario mínimo interprofesional (SMI); perceptores del Ingreso Mínimo de
Inserción (IMI); encontrarse en situación de subsidio de desempleo; violencia
de género; o cualquier otra situación que justifique la pertenencia a dicho
colectivo, todo ellos debidamente acreditado por la administración competente.
4-En el caso
de no cubrirse las plazas por el cupo de personas en riesgo de exclusión
social, estas pasaran a formar parte del cupo general.
Una vez
cumplidos los requisitos anteriores, se realizará una prueba de nivel que
determinará si el solicitante es elegible o no lo es. Esta prueba se llevará
a cabo por la empresa adjudicataria del servicio.
4.- DESCRIPCIÓN DEL
PROGRAMA
TABLA RESUMEN |
|
CURSO: |
DOMINIO Y PREPARACIÓN PARA LA OBTENCIÓN DEL CERTIFICADO B1 DE INGLÉS DEL
MARCO COMÚN EUROPEO DE REFERENCIA PARA LAS LENGUAS |
FECHA: |
Del 27 de
julio al 18 de septiembre de 2020 (las fechas podrán variar a criterio de la
Administración y en función de la convocatoria de inscripción para acceder a
la certificación). |
PARTICIPANTES
MELILLENSES |
TOTAL 60 PLAZAS. (Se
reservarán un 30% para personas en riesgo de exclusión social) |
EDAD |
Tener entre 16
y 30 años de edad, ambos inclusive, al inicio de la actividad. |
TARIFA |
50 € (Según acuerdo de Consejo de Gobierno publicado en BOME núm. 5452 de 16 de junio de 2017). |
Esta tarifa se
abonará una vez sea seleccionado de entre los 60 alumnos para la formación de
dicha actividad, siendo la misma NO
REEMBOLSABLE. |
|
DESCUENTOS (No acumulables) |
25 % carné joven. |
30 % familia
numerosa categoría general. |
40 % familia
numerosa categoría especial. |
|
(Según acuerdo de Consejo de Gobierno publicado en BOME
núm. 5452 de 16 de junio de 2017). |
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SELECCIÓN |
El sistema de
selección será: |
A través de la prueba de nivel, que podrán realizarla
aquellos alumnos que cumplan con los requisitos mínimos establecidos. |
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|
De los todos los alumnos que hayan obtenido las mejores
calificaciones de la prueba de nivel, sesenta de ellos, pasarán a realizar el
curso. |
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En el caso de igualdad de resultados en las pruebas,
primará el número de registro de entrada de la solicitud. |
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PREINSCRIPCIÓN |
DIEZ DÍAS
naturales a partir del día
siguiente a su publicación en el BOME. |
1-.
Impartición obligada de una Acción Formativa de dominio y preparación para la
obtención del Certificado B1 de inglés con un total de 60 plazas de entre 16 y
30 años.
2.- Selección
de los aspirantes que cumplan con los requisitos correspondientes a la Convocatoria,
incluida la superación de la prueba de nivel.
3.-
Preparación e impartición teórico – práctica de la Acción Formativa con un
total de 80 horas.
4.- Evaluación
de los alumnos en las cuatro destrezas del idioma (reading, writing, listening
and speaking) mediante criterio del profesorado.
En este
apartado se mantendrá un cupo del 30% destinado a personas con riesgo de
exclusión social, que, en el caso de no cubrirse, pasarán dichas plazas al cupo
general.
-Tras el
comienzo del curso, en los primeros días, se tendrán en cuenta las listas de
espera establecidas en las dos categorías existentes, con el fin de cubrir las
plazas que pudieran quedar vacantes
5.- La empresa
adjudicataria del servicio, una vez evaluados los alumnos y según las destrezas
adquiridas por cada uno de ellos, se hará cargo de la inscripción de todos
aquellos alumnos que resulten aptos en la convocatoria más próxima para el
examen de certificación del nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para
las Lenguas, siempre y cuando se acredite una asistencia del 80% de las horas
lectivas.
6.- Los 20
alumnos que hayan obtenido las mejores calificaciones y acrediten el 80% de
asistencia al curso preparatorio para la obtención del certificado acreditativo
del nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas serán
beneficiarios con un Curso de Inmersión Lingüística en un país de habla inglesa
a desarrollar durante el año 2021, (susceptible de modificación).
5.- MARCO NORMATIVO.
- Constitución Española de
1978.
- Ley Orgánica 2/1995, de 13
de marzo que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla.
- Ley 39/2015 de 01 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
- Reglamento del Gobierno y la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.
- Acuerdo del Consejo de
Gobierno de distribución de competencias de 19 de diciembre de 2019 (BOME
extraordinario núm. 43 de igual fecha).
- Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público.
-
Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas aprobado por el
Consejo Europeo en el año 2001.
- Acuerdo del Consejo de
Gobierno de fecha 9 de junio de 2017, relativo a la aprobación de precios
públicos para la participación en Programas de Formación, Cursos de Monitores
de Ocio y Tiempo Libre, Taller de Baile Moderno, asistencia a Actividades de
Curos de Esquí y Aventura, asistencia a Campamentos Juveniles de verano,
asistencia a Campos de Actividades y Voluntariado, Carné Joven Europeo, Carné
de Alberguista, Carné Internacional de Estudiante y Carné Internacional de
Profesores ( BOME núm. 5452 de 16 de
junio de 2017).
6.- FASES DE
EJECUCIÓN.
I.Confección de la
Convocatoria para la selección de los beneficiarios del programa:
·
Descripción: Elaboración de la Convocatoria del Programa.
·
Órgano responsable/ejecutor: Consejería de Distritos, Juventud, Participación
Ciudadana, Familia y Menor apoyado por la Dirección General de Juventud y el
Mayor.
II.Selección
de los beneficiarios del Programa:
·
Descripción: Selección de los beneficiarios del Programa, ajustándose a lo
establecido en la Convocatoria.
·
Órgano responsable/ejecutor: Dirección General de Juventud y el Mayor.
·
Órgano resolutorio: Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y
Menor
III.
Contratación
de los servicios suficientes e idóneos para el PROGRAMA:
·
Descripción: Contratación de los distintos servicios programados.
·
Órgano responsable/ejecutor: Dirección General de Juventud y el Mayor.
·
Órgano resolutorio: Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor.
IV.
Desarrollo
de las actividades.
·
Descripción: Ejecución/ realización del programa.
·
Órgano responsable/ejecutor: Empresa contratada. Supervisión por la
Consejería de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor.
7.- RESPONSABLES DE
EJECUCIÓN.
La responsabilidad de la ejecución del
presente programa recae sobre:
- El Consejero de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana,
Familia y Menor en lo referente a la aprobación del Programa.
- La Dirección General de
Juventud y el Mayor, en lo referente a la ejecución del Programa, el apoyo
administrativo y coordinación general del programa.
8.- LUGAR, FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
1.- Las
solicitudes, debidamente formalizadas, se registrarán en la red de Oficinas de
Información y Atención al Ciudadano de la Ciudad (OIAC), en la sede electrónica
de la ciudad, (www.sede.melilla.es) en el apartado registro electrónico,
catálogo de tramites, seleccionando el tramite denominado “Curso de formación intensivo de habla
inglesa (DGJM)”, o en cualquiera de las
formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2.- Las
solicitudes se formalizarán en modelo oficial (www.melilla.es), y deberán ser
firmadas y cumplimentadas en su totalidad acompañada de la siguiente
documentación:
a)
Fotocopia de documento acreditativo de la identidad del participante.
b)
Autorización del padre/madre o tutor/a legal debidamente cumplimentada y
firmada (menores de edad) para participar en el programa formativo.
c)
Fotocopia del documento acreditativo de la identidad, en vigor, del
padre/madre o tutor/a legal que firme la autorización (menores de edad).
d)
Fotocopia del Carné Joven Europeo en vigor, en su caso.
e)
Fotocopia del Libro de Familia Numerosa en vigor, en su caso.
f)
Certificado de residente, en vigor.
g)
En el caso de pertenecer al colectivo de exclusión social, acreditación
de dicha situación por el órgano competente.
3.- El plazo
para presentar las nuevas solicitudes será de DIEZ DÍAS naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria
del programa. Adicionándose a las solicitudes del plazo inicial. En el supuesto
que, finalizado dicho plazo, resultaran plazas vacantes, se podrá atender
solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, siempre que el solicitante
cumpla con los requisitos establecidos en esta convocatoria.
9.- SELECCIÓN
Se procederá a
la adjudicación de las plazas mediante riguroso orden de calificaciones
obtenido en la prueba de nivel de los conocimientos del idioma realizada por la
empresa contratada, en el que las 60 primeras calificaciones consideradas
aptas, optarán por la realización del curso.
Ante igualdad
de resultados, primará el número de registro de entrada de la solicitud.
10.- PROCEDIMIENTO
1.- El
Secretario Técnico de la Consejería hará de instructor en presente
procedimiento realizando cuantas actuaciones estime necesarias para la
determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales
podrán participar en el programa.
2- Comprobadas
las solicitudes, procederá a requerir que subsanen las deficiencias y se
aporten los documentos de los que carezcan en el plazo de diez días naturales.
11.- FORMA DE PAGO DE
LA RESERVA DE PLAZA
1.- Realizada
la selección y publicada la lista definitiva, los solicitantes admitidos deberán abonar en concepto de reserva de plaza no
reembolsable un importe de 50€.
2-El pago se efectuará
al siguiente número de cuenta, ES68 0049 2506 1428 1418 0049, que se deberá
abonar en las dependencias de Hacienda, Empleo y Comercio, sito en Avda.
Duquesa De La Victoria, n.º 21.
La
justificación del pago se deberá presentar en el centro de formación en los
cinco primeros días de formación.
2.- Los
beneficiarios con Carné Joven Europeo, dado que los titulares de dicho carné
expedido por las Ciudades Autónomas de Melilla y Ceuta y restantes Comunidades
Autónomas y países firmantes del Protocolo de Lisboa de 1 de junio de 1987,
gozarán de una bonificación del 25% de la reserva de plaza.
3.- Los
beneficiarios con el título de familia numerosa categoría general, gozarán de
una bonificación del 30% de la reserva de la plaza.
4.- Los
beneficiarios con el título de familia numerosa de categoría especial, gozarán
de una bonificación del 40% de la reserva de la plaza.
5.- Los
descuentos, anteriormente descritos, no serán acumulables.
6.- La renuncia
del interesado admitido supondrá la pérdida del derecho al reintegro del abono
efectuado salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada.
De conformidad
con el artículo 121 y demás concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra
la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe recurso de
alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a
interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la
notificación de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta
Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin
perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que
estime oportuno.
Melilla 24 de junio de 2020,
El Consejero de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor,
Mohamed Ahmed Al Lal