ARTÍCULO Nº 43 (CVE: BOME-AX-2020-43) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 29 - viernes, 26 de junio de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Resolución nº 1728 de fecha 25 de junio de 2020, relativa al archivo por desistimiento de solicitudes de la convocatoria de ayudas económicas para el pago de matrícula de estudios universitarios y de acceso a la universidad para mayores de veinticinco y cuarenta y cinco años, correspondientes al curso 2019 - 2020.
PROPUESTA DE RESOLUCIÓN
ARCHIVO POR DESESTIMIENTO DE SOLICITUDES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS
ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A
LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO Y CUARENTA Y CINCO AÑOS,
CORRESPONDIENTES AL CURSO 2019-2020.
I.- Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de
diciembre de 2019, se procede a la aprobación de la CONVOCATORIA DE AYUDAS
ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A
LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO Y CUARENTA Y CINCO AÑOS, publicada
en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) número 5712 de 13 de
diciembre de 2019.
II.- Mediante Orden de la Consejera de Presidencia y
Administración Pública registrada al número 1432 de 15 de mayo de 2020, se
procede al “levantamiento de la suspensión y la continuación del procedimiento
correspondiente a la CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE
MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD,
CORRESPONDIENTES AL CURSO 2019/2020.”
III.- El apartado 11 de la Convocatoria establece: “(…)
El órgano instructor emitirá informe, que se incorporará al expediente, y en el
que se hará constar que de la información que obra en su poder se desprende que
los posibles beneficiarios de las ayudas cumplen todos los requisitos para
acceder a las mismas (…)”.
Habiendo
transcurrido en exceso el plazo otorgado mediante la citada publicación de
requerimiento de aporte de documentación, sin que se haya cumplimentado en
forma y plazo y en los términos legalmente establecidos.
Se procede a
proponer al órgano competente, por si tiene a bien, adoptar la siguiente
RESOLUCIÓN:
PRIMERO.- Declarar el archivo de las actuaciones a
las que hubiere dado lugar las solicitudes que se relacionan a continuación, al
entender que el solicitante ha desistido de la misma, al haber transcurrido en
exceso el plazo otorgado mediante requerimiento de aporte de documentación, sin
que se haya cumplimentado en forma y plazo y en los términos legalmente
establecidos, de lo cual ya había sido advertido, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
DOCUMENTO |
EXPEDIENTE |
23832400F |
06097/2020 |
26262619T |
08841/2020 |
45282486V |
07443/2020 |
45295778S |
09094/2020 |
45299150Y |
09107/2020 |
45303635y |
07866/2020 |
45306726S |
09344/2020 |
45308238D |
08971/2020 |
45310059J |
10273/2020 |
45310523V |
08261/2020 |
45310805T |
08502/2020 |
45312544Z |
06298/2020 |
45312965K |
09809/2020 |
45315240L |
07430/2020 |
45315963Y |
08758/2020 |
45316496X |
06539/2020 |
45316708S |
09077/2020 |
45317022F |
09215/2020 |
45318068H |
07861/2020 |
45318285M |
07312/2020 |
45318335D |
10303/2020 |
45318641Q |
10956/2020 |
45319212N |
09401/2020 |
45319620Y |
07158/2020 |
45319795C |
09736/2020 |
45319832B |
06058/2020 |
45320865D |
08322/2020 |
45320966H |
09153/2020 |
45321169Z |
08002/2020 |
45321541H |
09553/2020 |
45321984R |
08447/2020 |
45323422J |
10902/2020 |
45324700A |
07506/2020 |
45355764V |
09462/2020 |
45357078C |
09574/2020 |
53897653M |
10477/2020 |
77440661Y |
06338/2020 |
X8100409Q |
09326/2020 |
Y2481071Y |
10259/2020 |
Y2709930S |
08781/2020 |
SEGUNDO.- Dar traslado a los interesados de esta
Resolución, mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de
Melilla (BOME).
TERCERO.- La presente resolución
no agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso de
alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación
o publicación de la misma, o desde que se produzca la desestimación por
silencio administrativo, ante la Consejería de Presidencia y Administración
Pública o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior
jerárquico del que dictó la resolución recurrida, de conformidad con lo
establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de
30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución
será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se
podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, se podrá utilizar cualquier otro recurso
si así se cree conveniente, bajo la responsabilidad del solicitante.
Melilla 25 de junio de
2020,
La Consejera de
Presidencia y Administración Pública,
Gloria Rojas Ruiz