ARTÍCULO Nº 43 (CVE: BOME-AX-2020-43) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 29 - viernes, 26 de junio de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Resolución nº 1728 de fecha 25 de junio de 2020, relativa al archivo por desistimiento de solicitudes de la convocatoria de ayudas económicas para el pago de matrícula de estudios universitarios y de acceso a la universidad para mayores de veinticinco y cuarenta y cinco años, correspondientes al curso 2019 - 2020.

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PROPUESTA DE RESOLUCIÓN ARCHIVO POR DESESTIMIENTO DE SOLICITUDES DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO Y CUARENTA Y CINCO AÑOS, CORRESPONDIENTES AL CURSO 2019-2020.

 

I.- Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de diciembre de 2019, se procede a la aprobación de la CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD PARA MAYORES DE VEINTICINCO Y CUARENTA Y CINCO AÑOS, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME) número 5712 de 13 de diciembre de 2019.

II.- Mediante Orden de la Consejera de Presidencia y Administración Pública registrada al número 1432 de 15 de mayo de 2020, se procede al “levantamiento de la suspensión y la continuación del procedimiento correspondiente a la CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD, CORRESPONDIENTES AL CURSO 2019/2020.”

III.- El apartado 11 de la Convocatoria establece: “(…) El órgano instructor emitirá informe, que se incorporará al expediente, y en el que se hará constar que de la información que obra en su poder se desprende que los posibles beneficiarios de las ayudas cumplen todos los requisitos para acceder a las mismas (…)”.

 

Habiendo transcurrido en exceso el plazo otorgado mediante la citada publicación de requerimiento de aporte de documentación, sin que se haya cumplimentado en forma y plazo y en los términos legalmente establecidos.

 

Se procede a proponer al órgano competente, por si tiene a bien, adoptar la siguiente RESOLUCIÓN:

 

PRIMERO.- Declarar el archivo de las actuaciones a las que hubiere dado lugar las solicitudes que se relacionan a continuación, al entender que el solicitante ha desistido de la misma, al haber transcurrido en exceso el plazo otorgado mediante requerimiento de aporte de documentación, sin que se haya cumplimentado en forma y plazo y en los términos legalmente establecidos, de lo cual ya había sido advertido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

DOCUMENTO

EXPEDIENTE

23832400F

06097/2020

26262619T

08841/2020

45282486V

07443/2020

45295778S

09094/2020

45299150Y

09107/2020

45303635y

07866/2020

45306726S

09344/2020

45308238D

08971/2020

45310059J

10273/2020

45310523V

08261/2020

45310805T

08502/2020

45312544Z

06298/2020

45312965K

09809/2020

45315240L

07430/2020

45315963Y

08758/2020

45316496X

06539/2020

45316708S

09077/2020

45317022F

09215/2020

45318068H

07861/2020

45318285M

07312/2020

45318335D

10303/2020

45318641Q

10956/2020

45319212N

09401/2020

45319620Y

07158/2020

45319795C

09736/2020

45319832B

06058/2020

45320865D

08322/2020

BOME-PX-2020-383 Descargar página

45320966H

09153/2020

45321169Z

08002/2020

45321541H

09553/2020

45321984R

08447/2020

45323422J

10902/2020

45324700A

07506/2020

45355764V

09462/2020

45357078C

09574/2020

53897653M

10477/2020

77440661Y

06338/2020

X8100409Q

09326/2020

Y2481071Y

10259/2020

Y2709930S

08781/2020

 

SEGUNDO.- Dar traslado a los interesados de esta Resolución, mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla (BOME).

TERCERO.- La presente resolución no agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso de alzada, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la misma, o desde que se produzca la desestimación por silencio administrativo, ante la Consejería de Presidencia y Administración Pública o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).

 

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.

 

No obstante, se podrá utilizar cualquier otro recurso si así se cree conveniente, bajo la responsabilidad del solicitante.

 

Melilla 25 de junio de 2020,

La Consejera de Presidencia y Administración Pública,

Gloria Rojas Ruiz