ARTÍCULO Nº 73 (CVE: BOME-AX-2020-73) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 51 - martes, 27 de octubre de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR
Rectificación de error material detectado en anuncio publicado en el bome nº 5803 de fecha 27 de octubre de 2020, relativa a la apertura de matriculación en los talleres de aulas culturales de mayores.
RECTIFICACION DEL ERROR MATERIAL DETECTADO EN BOME 5803 DEL 27 DE
OCTUBRE 2020
PRIMERO. - Por Resolución n.º 888 de
fecha 23 de Octubre de 2020, se aprobó la apertura del plazo de matriculación
en los talleres de Aulas Culturales para Mayores 2020/2021.
SEGUNDO.- De conformidad con lo
dispuesto en el art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estas
podrán rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho, o
aritméticos existentes en sus actos.
Por todo lo expuesto, VENGO EN DISPONER que se adopte la siguiente:
PRIMERO.- Rectificar la citada Resolución del Consejero de Distritos, Juventud,
Participación Ciudadana, Familia y Menor n.º 888 de fecha 23 de octubre de 2020
en el siguiente sentido:
PRIMERO, donde dice:
: “ 1.º Podrá solicitar la inscripción en los
Talleres de Aulas Culturales para Mayores cualquier persona mayor de 60 años,
pensionista y/o jubilado, debiendo acreditar dicha situación.”
Debe decir: 1.º Podrá
solicitar la inscripción en los Talleres de Aulas Culturales para Mayores
cualquier persona mayor de 50 años, pensionista y/o jubilado, debiendo
acreditar dicha situación.
SEGUNDO, donde dice:
“7º El plazo de apertura
para la matriculación de los Talleres será desde el día siguiente de la
publicación de las presentes bases en BOME y hasta la siguiente matriculación.
La matriculación se formalizará en los
registros de las Oficinas de Proximidad y en los de las Oficinas de Atención e
Información Ciudadana y Viceconsejería del Mayor, mediante modelo oficial, por
medio de su registro electrónico, debiéndose aportar:
-
Fotocopia del DNI o Tarjeta de residencia en vigor.
-
Acreditación de pensionista y/o jubilado/a
-
Resguardo del pago de la cantidad correspondiente a la matrícula, que
deberá ser en el número de cuenta ES68 0182 4220 82 02 01796432 BBVA.”
Debe decir:
7º El plazo de apertura para
la matriculación de los Talleres será desde el día siguiente de la publicación
de las presentes bases en BOME y hasta la siguiente matriculación.
La matriculación se formalizará en los
registros de las Oficinas de Proximidad y en los de las Oficinas de Atención e
Información Ciudadana y Viceconsejería del Mayor, mediante modelo oficial, por
medio de su registro electrónico, debiéndose aportar:
-
Fotocopia del DNI o Tarjeta de residencia en vigor.
-
Acreditación de pensionista y/o jubilado/a
-
Resguardo del pago de la cantidad correspondiente a la matrícula, que
deberá ser en el número de cuenta ES 7301824220890208020004, BANCO BILBAO
VIZCAYA ARGENTARIA S.A, Titular: Ciudad Autónoma de Melilla
SEGUNDO.- El resto de la Resolución
no sufre modificación
TERCERO.- Ordenar la publicación de
esta rectificación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la citada Ley 39/2015.
Melilla 27 de octubre de 2020,
El Consejero de Distritos, Juventud, Participación
Ciudadana, Familia y Menor,
Mohamed Ahmed Al Lal