ARTÍCULO Nº 73 (CVE: BOME-AX-2020-73) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 51 - martes, 27 de octubre de 2020 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA, FAMILIA Y MENOR


Rectificación de error material detectado en anuncio publicado en el bome nº 5803 de fecha 27 de octubre de 2020, relativa a la apertura de matriculación en los talleres de aulas culturales de mayores.

BOME-PX-2020-1131 Descargar página

 

RECTIFICACION DEL ERROR MATERIAL DETECTADO EN BOME 5803 DEL 27 DE OCTUBRE 2020

 

PRIMERO. - Por Resolución n.º 888 de fecha 23 de Octubre de 2020, se aprobó la apertura del plazo de matriculación en los talleres de Aulas Culturales para Mayores 2020/2021.

SEGUNDO.- De conformidad con lo dispuesto en el art. 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, estas podrán rectificar en cualquier momento los errores materiales, de hecho, o aritméticos existentes en sus actos.

 

Por todo lo expuesto, VENGO EN DISPONER que se adopte la siguiente:    

 

 PRIMERO.- Rectificar la citada Resolución del Consejero de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor n.º 888 de fecha 23 de octubre de 2020 en el siguiente sentido:

 

PRIMERO, donde dice:

: “ 1.º Podrá solicitar la inscripción en los Talleres de Aulas Culturales para Mayores cualquier persona mayor de 60 años, pensionista y/o jubilado, debiendo acreditar dicha situación.”

 

Debe decir: 1.º Podrá solicitar la inscripción en los Talleres de Aulas Culturales para Mayores cualquier persona mayor de 50 años, pensionista y/o jubilado, debiendo acreditar dicha situación.

 

SEGUNDO, donde dice:

“7º El plazo de apertura para la matriculación de los Talleres será desde el día siguiente de la publicación de las presentes bases en BOME y hasta la siguiente matriculación.

 

 La matriculación se formalizará en los registros de las Oficinas de Proximidad y en los de las Oficinas de Atención e Información Ciudadana y Viceconsejería del Mayor, mediante modelo oficial, por medio de su registro electrónico, debiéndose aportar:

 

-          Fotocopia del DNI o Tarjeta de residencia en vigor.

-          Acreditación de pensionista y/o jubilado/a

-          Resguardo del pago de la cantidad correspondiente a la matrícula, que deberá ser en el número de cuenta ES68 0182 4220 82 02 01796432 BBVA.”

 

Debe decir:

7º El plazo de apertura para la matriculación de los Talleres será desde el día siguiente de la publicación de las presentes bases en BOME y hasta la siguiente matriculación.

 

 La matriculación se formalizará en los registros de las Oficinas de Proximidad y en los de las Oficinas de Atención e Información Ciudadana y Viceconsejería del Mayor, mediante modelo oficial, por medio de su registro electrónico, debiéndose aportar:

 

-          Fotocopia del DNI o Tarjeta de residencia en vigor.

-          Acreditación de pensionista y/o jubilado/a

-          Resguardo del pago de la cantidad correspondiente a la matrícula, que deberá ser en el número de cuenta ES 7301824220890208020004, BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA S.A, Titular: Ciudad Autónoma de Melilla

 

SEGUNDO.- El resto de la Resolución no sufre modificación

TERCERO.- Ordenar la publicación de esta rectificación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la citada Ley 39/2015.

 

Melilla 27 de octubre de 2020,

El Consejero de Distritos, Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor,

Mohamed Ahmed Al Lal