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BOME EXTRA Nº 8 - viernes, 27 de marzo de 2020 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO
Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 27 de marzo de 2020, relativo a la celebración de las sesiones del consejo de gobierno por medios electrónicos.
ANUNCIO
El Consejo de
Gobierno, en sesión ordinaria celebrada el día 27 de marzo de 2020, adoptó,
entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO DÉCIMO SÉPTIMO: ACUERDO SOBRE LA CELEBRACIÓN DE LAS SESIONES DEL CONSEJO DE GOBIERNO
POR MEDIOS ELECTRÓNICOS.- El Consejo de Gobierno acuerda
aprobar la propuesta de presidencia que literalmente dice:
“La crisis
sanitaria mundial originada por el COVID-19 ha dado lugar a su definición como
pandemia por la Organización Mundial de la Salud y ha conllevado la adopción de
medidas por parte de los países afectados a fin de aunar esfuerzos para
combatir esta enfermedad y limitar en la medida de lo posible los daños
personales y económicos provocados.
En este escenario,
el Consejo de Ministros en su sesión celebrada el 14 de marzo aprobó el Real
Decreto 463/2020, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de
la situación de crisis sanitaria (BOE núm. 67, del 14 de marzo de 2020)
estableciendo medidas de contención que tienen como objetivo último proteger la
salud y la seguridad de los ciudadanos, tras la situación de emergencia de
salud pública generada.
Con motivo del
seguimiento de la situación y evolución del Coronavirus y en cumplimiento de
las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud y el Ministerio de
Sanidad, ante la emergencia de salud pública causada por este patógeno, también
la Ciudad Autónoma de Melilla viene adoptando, dentro de su ámbito competencial,
medidas de prevención y contención para la vigilancia y control en materia de
salud pública como, entre otras, la Orden núm. 1323 de la Consejería de
Economía y Políticas Sociales, de fecha 14 de marzo de 2020 (BOME
extraordinaria núm. 3, de la misma fecha), relativa a “la suspensión de las
actividades en el ámbito territorial de la ciudad de Melilla”, así como por
el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 15 de marzo de 2020 (BOME
extraord. núm. 4, de igual fecha), relativo a “las medidas organizativas en
materia de función pública de los empleados públicos de la CAM”.
Dicho esto, el art.
17 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME Extraordinario núm. 42, de 13 de diciembre de 2019) establece el régimen
de funcionamiento del Consejo de Gobierno, fijando la periodicidad y tipicidad
de sus sesiones. Ahora bien, nada prevé expresamente la norma de
autoorganización esencial del Consejo respecto a la posibilidad de celebración
de sesiones por medios electrónicos que impliquen tanto la teleasistencia como
la emisión del voto telemático.
Es cierto que el
artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, regula las convocatorias y sesiones de los órganos colegiados,
permitiendo literalmente esta posibilidad de sesiones telemáticas si bien hay
que matizar que en cuanto a los órganos colegiados de gobierno como el Consejo
de Gobierno de la Ciudad, la Disposición Adicional Vigesimoprimera de la Ley
40/2015, establece expresamente que “Las disposiciones previstas en esta Ley
relativas a los órganos colegiados no serán de aplicación a los órganos
Colegiados del Gobierno de la Nación, los órganos colegiados de Gobierno de las
Comunidades Autónomas y los órganos colegiados de gobierno de las Entidades
Locales”, lo que exige, por razones de seguridad jurídica, iniciar los
trámites de modificación del Reglamento de Gobierno y Administración
incorporando expresamente la opción de celebrar sesiones del Consejo de
Gobierno mediante los referidos medios electrónicos.
Dicho esto y ante
la necesidad de hacer efectivo el funcionamiento del órgano institucional
básico de la Ciudad, junto al Presidente y el Pleno de la Asamblea, y en una
situación de crisis sanitaria que ha provocado la declaración de un Estado de
Alarma, en la que es necesario garantizar la continuidad del funcionamiento de
las Administración procede adoptar provisionalmente esta medida, con carácter excepcional,
posibilitando la celebración de sesiones del Consejo de Gobierno mediante
sistemas tecnológicos de videoconferencia o similares que garanticen la
seguridad tecnológica, la participación de todos sus miembros en condiciones de
igualdad, y la validez de su realización y de los acuerdos que se adopten.
En virtud de lo
anterior, y de conformidad con las atribuciones que me confiere el art.14.1 de
la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de Marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de
Melilla y en ejecución de las previsiones contempladas en el Capítulo III del
Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad VENGO EN PROPONER AL CONSEJO DE GOBIERNO la aprobación del
siguiente ACUERDO SOBRE LA CELEBRACIÓN
DE LAS SESIONES DEL CONSEJO DE GOBIERNO POR MEDIOS ELECTRÓNICOS:
Primero. Durante la situación del estado de alarma declarada mediante el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo, para la
gestión de la situación de crisis sanitaria (BOE núm. 67, del 14 de marzo de 2020), el Consejo de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, podrá celebrar sesiones, adoptar
acuerdos y aprobar actas a distancia por medios electrónicos, siempre que quede
acreditada la identidad de sus miembros, debiendo asegurarse la comunicación
entre ellos en tiempo real durante la sesión, disponiéndose los medios
necesarios para garantizar el carácter secreto o reservado de sus
deliberaciones.
Segundo. Instar a la Consejería de Presidencia y Administración Pública en
virtud de las competencias que le corresponden por
el apartado 2.2.6 de Decreto de distribución de competencias entre
Consejerías (BOME extraordinario nº 43 de 19 de diciembre de 2019) a que inicie
los trámites para proceder a la modificación del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad incorporando expresamente esta posibilidad en
situaciones excepcionales.
Tercero. Proceder a la publicación del Acuerdo en el Boletín Oficial de Melilla
para su conocimiento y efectos y difundir el contenido del mismo, de conformidad
con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y
permanente en la sede electrónica municipal, en cumplimiento de lo que disponen
los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno y el Reglamento de
Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de
Melilla.”
Lo que se publica
para general conocimiento.
Melilla 27
de marzo de 2020,
El
Secretario Accidental del Consejo de Gobierno,
Antonio
Jesús García Alemany