Acuerdo del pleno de la Excma. Asamblea de fecha 10 de agosto de 2021, relativa a aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 27311 / 2021.
ANUNCIO
El Pleno de la Excma.
Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión extraordinaria celebrada
el 10 de agosto de 2021, adoptó, tras el Dictamen favorable de la Comisión de
Hacienda, Empleo y Comercio el siguiente acuerdo:
“PRIMERO. Ante la existencia de gastos que no pueden
demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito
consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación, y dado que se dispone
de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables
resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, se propuso la concesión
de un crédito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de
Tesorería.
SEGUNDO. Con fecha 22 de julio de 2021, se emitió
Memoria de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio en la que se
especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la
operación y su justificación.
TERCERO. Con fecha 28 de julio de 2021, se emitió
informe de la Secretaría Técnica de Hacienda, Empleo y Comercio sobre la
Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
CUARTO. Con fecha 28 de julio de 2021, se emitió
informe de Intervención por el que se informó favorablemente el referido
expediente de crédito extraordinario y, en la misma fecha , se elaboró Informe
Intervención sobre Evaluación de la Estabilidad Presupuestaria.
LEGISLACIÓN APLICABLE
La Legislación aplicable al
asunto es la siguiente:
-
Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo.
-
Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el
que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
-
Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27
de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
-
El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12
de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.
-
El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales
de la Unión Europea (SEC-10).
-
El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
-
La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la
estructura de presupuestos de las entidades locales.
-
La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las
obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012,
de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
-
El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
-
La Base nº 9 y 10 de las Bases de ejecución del presupuesto del
ejercicio 2021.
Visto cuanto antecede, se
considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la
Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de
marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local.
Por todo lo expuesto, y de
acuerdo con los informes aportados al expediente se PROPONE al Pleno de la Asamblea, previo Dictamen de la
Comisión Permanente de Hacienda, Empleo y Comercio, la adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación
de créditos n.º 27311/2021 del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla, en
la modalidad de crédito extraordinario, financiado con cargo al remanente de
Tesorería resultante de la liquidación del ejercicio anterior, como sigue a
continuación:
Alta en aplicaciones de gastos
|
CÓDIGO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
|
07/44100/77000 |
RENOVACIÓN
PARQUE MÓVIL TAXI |
400.000,00
€ |
|
14/33000/60900 |
INVERSIONES
CULTURA |
200.000,00
€ |
|
14/23102/48900 |
SUBVENCIONES FOMENTO EMPLEO MUJER |
1.000.000,00
€ |
|
|
TOTAL |
1.600.000,00 € |
Esta modificación se
financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los
siguientes términos:
Suplemento en Concepto de Ingresos
|
CONCEPTO |
DESCRIPCIÓN |
IMPORTE |
|
87003 |
REMANENTE
DE TESORERÍA |
1.600.000,00
€ |
|
|
TOTAL |
1.600.000,00 € |
Además, queda acreditado el
cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y
b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el
Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de
las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a)
El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la
imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.
b)
La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito
destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que
esté establecida la vinculación jurídica.
SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante
anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, por el plazo de quince
días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar
reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente
aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en
caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas”
Lo que se hace
público para general conocimiento, con indicación de que el expediente se
encuentra expuesto al público en la Secretaría Técnica de la Consejería de
Hacienda, Empleo y Comercio.
Melilla 12 de agosto de 2021,
El Secretario de Consejo de Gobierno P.A.,
Juan Luis Villaseca Villanueva