ARTÍCULO Nº 155 (CVE: BOME-AX-2021-155) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 78 - sábado, 4 de diciembre de 2021 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA


Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 2 de diciembre de 2021, relativo a suscripción del convenio de colaboración entre la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana y la Comisión Islámica de Melilla.

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El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva ordinaria celebrada el día 2 de diciembre de 2021, una vez terminados los asuntos contenidos en el Orden del Día y previa su declaración de urgencia, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

 

Punto Cuarto.- SUSCRIPCIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y LA COMISIÓN ISLÁMICA DE MELILLA.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana, instando a la Consejería a que cumpla con las recomendaciones y observaciones realizadas por la Intervención en su informe de conformidad, que literalmente dice:

 

1.- Que el artículo 16 de la Constitución Española en su apartado 1 preceptúa que: “Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley”. Asimismo, en el apartado 3 del citado artículo concluye señalando que: “(...) Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones.”

2.- Que el artículo 5 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de la Ciudad de Melilla, señala que las instituciones de la Ciudad de Melilla dentro del marco de sus competencias tiene entre otros objetivos, a) La mejora de las condiciones de vida, (...); e) El fomento de la calidad de vida (...) el desarrollo de los equipamientos sociales, (...); h) La promoción y estímulo de los valores de comprensión, respeto y aprecio de la pluralidad cultural y lingüística de la población melillense”.

3.- Que la Ley Orgánica 7/1980, de 5 de julio, de libertad religiosa, establece en su artículo 2 que la libertad religiosa y de culto comprende, el derecho de toda persona a: (...); b) Practicar los actos de culto y recibir asistencia religiosa de su propia confesión; conmemorar sus festividades; celebrar sus ritos matrimoniales; recibir sepultura digna, sin discriminación por motivos religiosos, y no ser obligado a practicar actos de culto o a recibir asistencia religiosa contraria a sus convicciones personales.

4.- Que la Comisión Islámica de Melilla, es una asociación que tiene entre sus fines preservar y facilitar la práctica del Islam en la ciudad de Melilla, de acuerdo con los preceptos de las fuentes sagradas islámicas.

5.- En la aprobación definitiva de los Presupuestos de la Ciudad Autónoma de Melilla, acordada por el Pleno de la Asamblea el día 17 de febrero de 2021 (BOME Extr. Nº11, de fecha 18 de febrero de 2021) aparece con la Aplicación Presupuestaria 01/92400/48900 (SUBVENCIÓN COMISIÓN ISLÁMICA) por un importe de 205.000,00 €, y así consta en el Certificado de Retención de Crédito Número 12021000063113, emitido por el Sr. Interventor General de la CAM el día 5 de octubre de 2021.

6.- Previo al dictado del presente informe, y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 189.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y lo dispuesto en el artículo 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se ha verificado que el beneficiario se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no es deudor por Resolución de procedimiento de Reintegro.

7.- Para la tramitación de la presente Orden de Subvención, se ha seguido o dispuesto en la Base 32 de las “Bases de Ejecución del Presupuesto” constituyéndose el oportuno expediente con los contenidos que en ella se recogen.

8.- Con fecha 11 de octubre y 30 de noviembre se emiten informes del Sr. Director General así como de la Secretaría Técnica de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana, con respecto al procedimiento de concesión de subvención nominativa a la Comisión Islámica de Melilla para el ejercicio 2021.

9.- De conformidad con lo previsto en el artículo 22.2 de la Ley General de Subvenciones y en el artículo 19 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, podrán concederse subvenciones de forma directa, cuando estén previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, en los términos recogidos en los Convenios y en la Normativa reguladora de estas subvenciones. Para atender el gasto del año 2021, existe RC, número 12021000063113, de fecha 5 de octubre de 2021 por un importe de 205.000,00 €, Aplicación Presupuestaria 01/92400/48900 y con la descripción SUBVENCIÓN COMISIÓN ISLÁMICA.

 

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10.- Que el procedimiento para las subvenciones directas de carácter nominativo, a tenor de lo dispuesto en el Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Art 20) comporta:

 

a)            La incoación de oficio por el órgano competente.

b)            La solicitud debe reunir como mínimo, los requisitos establecidos en el artículo 12.1 del mismo Reglamento, que serían los siguientes:

 

·         Acuerdo de los órganos representativos de la entidad solicitante, o escrito del representante o de la persona física, que justifique la necesidad de la subvención solicitada.

·         Memoria de las actividades para las que se solicita la subvención, con presupuesto detallado por actividades y partidas.

·         Acreditación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social.

  

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

 

Aprobar y autorizar la suscripción del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana y la Comisión Islámica de Melilla con CIF R 2900301I, por un importe de DOSCIENTOS CINCO MIL EUROS (205.000,00€) para la realización de actividades de reparación de mezquitas de la ciudad, dotación a la comisión de los medios materiales y personales para contar con una administración eficiente de la misma, congregaciones y contratación de servicios externos necesarios para el correcto funcionamiento de la organización.

 

Melilla 3 de diciembre de 2021,

El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany