ARTÍCULO Nº 162
(CVE: BOME-AX-2021-162)
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BOME EXTRA Nº 82 - viernes, 17 de diciembre de 2021 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Resolución nº 4365 de fecha 17 de diciembre de 2021, relativa a listado definitivo de la convocatoria de ayudas económicas para becas complementarias a las del Programa Erasmus, para el curso académico 2020 / 2021.

LISTADO DEFINITIVO DE LA
CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA BECAS COMPLEMENTARIAS A LAS DEL PROGRAMA
ERASMUS, PARA EL CURSO ACADÉMICO 2020 / 2021.
I.- Mediante Orden de la
Consejera de Presidencia y Administración Pública registrada al número 3490, de
13 octubre de 2021, se procede a la aprobación de la CONVOCATORIA DE AYUDAS DE
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA BECAS COMPLEMENTARIAS A LAS DEL PROGRAMA
ERASMUS, PARA EL CURSO ACADÉMICO 2020 / 2021, publicada en el Boletín Oficial
de la Ciudad de Melilla (BOME) Extraordinario número 61, de 18 de octubre de
2021.
II.-
Con fecha 22 de noviembre de 2021, por parte de la instructora, en este caso la
Secretaria Técnica de Presidencia y Administración Pública, se ha procedido a
informar sobre el cumplimiento de los requisitos de la relación de solicitudes
que se indican en esta propuesta provisional, de acuerdo con los dispuesto en
el apartado 11 de la correspondiente Convocatoria.
III.- Con fecha 23 de noviembre de 2021, se procede a la
evacuación de informe del órgano colegiado sobre la relación de solicitudes que
se indican en esta propuesta provisional, evaluándolas de acuerdo con los
apartados 6 y 7 de la correspondiente Convocatoria.
IV.- Con fecha 23 de noviembre de 2021, y al
amparo del artículo 11 de la correspondiente Convocatoria, se procede a la relación
provisional de las mismas, publicándose en el BOME extraordinario número 73, de
fecha 23 de noviembre de 2021.
V.- Transcurrido el plazo
señalado en el apartado anterior, NO se han presentado alegaciones.
De acuerdo con lo
anteriormente expuesto, y siendo, en virtud del apartado 11 de la Convocatoria,
la Secretaria Técnica de Presidencia y Administración Pública el órgano
instructor y el competente para formular propuesta de resolución provisional, y
visto el informe de evaluación del órgano colegiado, SE PROPONE:
1º) RELACIÓN DEFINITIVA PARA
LAS QUE SE PROCEDE A LA CONCESIÓN:
Documento |
Expediente |
Importe |
20079006Y |
19/2021/ERASMUS |
900 € |
45307763V |
13/2021/ERASMUS |
900 € |
45312888J |
3/2021/ERASMUS |
900 € |
45313646N |
8/2021/ERASMUS |
900 € |
45313666D |
24/2021/ERASMUS |
600 € |
45313748E |
2/2021/ERASMUS |
900 € |
45315460D |
17/2021/ERASMUS |
500 € |
45315530X |
11/2021/ERASMUS |
900 € |
45316804L |
25/2021/ERASMUS |
900€ |
45317640G |
6/2021/ERASMUS |
900 € |
45319321Y |
4/2021/ERASMUS |
900 € |
45322523B |
15/2021/ERASMUS |
900 € |
45323950N |
5/2021/ERASMUS |
900 € |
45359782X |
14/2021/ERASMUS |
900 € |
45735823R |
12/2021/ERASMUS |
900 € |
74739696T |
22/2021/ERASMUS |
900 € |
75943987B |
23/2021/ERASMUS |
900 € |
2º) RELACIÓN DEFINITIVA PARA
LAS QUE SE PROCEDE A LA DENEGACIÓN, con la indicación del motivo
de la denegación:
Documento |
Expediente |
Motivo Denegación |
32733976P |
16/2021/ERASMUS |
3,4 |
45312686H |
1/2021/ERASMUS |
3,4 |
45315349J |
10/2021/ERASMUS |
3,4 |
45316340S |
18/2021/ERASMUS |
3,4 |
53740431B |
21/2021/ERASMUS |
3,4 |
53927000G |
20/2021/ERASMUS |
3,4 |
77156751P |
7/2021/ERASMUS |
3,4 |
78592906C |
9/2021/ERASMUS |
1,2 |

Motivos de denegación
1.
No estar al corriente con la Agencia Tributaria.
2.
No estar al corriente con la Seguridad Social.
3.
No tener la concesión definitiva de una Beca Erasmus para el curso
académico 2020-2021.
4.
No haber estado matriculado durante el curso académico 2020-2021 en una
Universidad Española.
3º) Que la totalidad de
solicitudes incluidas en esta Resolución Definitiva se ha evaluado por el
órgano colegiado, de acuerdo a los criterios de valoración establecidos en los
apartados 6 y 7 de la correspondiente Convocatoria.
4º) Que, de acuerdo con el apartado 11 de la Convocatoria,
las resoluciones que concedan las ayudas deberán publicarse en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Melilla, sirviendo como notificación a los interesados.
5º) Contra la presente resolución, que pone fin a la vía
administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición
ante el órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente a su publicación. Alternativamente, se podrá interponer recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo,
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación
de la resolución. Si se opta por la interposición del recurso de reposición en
vía administrativa, transcurrido un mes desde su interposición sin que haya
sido resuelto, se entenderá desestimado por silencio administrativo y a partir
del día siguiente podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante
los Juzgados de lo Contencioso-administrativo en el plazo de seis meses.
No obstante, se podrá
utilizar cualquier otro recurso si así se cree conveniente, bajo la
responsabilidad del solicitante.
Melilla 17 de diciembre de 2021,
La Consejera de Presidencia y Administración
Pública,
Gloria Rojas Ruiz