Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 16 de diciembre de 2021, relativo a cese de D. Joaquín Arana Torres como Director General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud.
El
Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Extraordinaria de urgencia celebrada
el 16 de diciembre de 2021, ha procedido a la aprobación de la propuesta de
Consejería de Presidencia y Administración Pública, adoptando el siguiente
acuerdo registrado al número 2021000850, agradeciéndole los servicios
prestados:
“
El
artículo 57.1 b) del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) determina
que los Directores Generales cesan por acuerdo del Consejo de Gobierno,
correspondiendo la propuesta al titular de la Consejería correspondiente, a
tenor del artículo 33.5 o) del referido Reglamento .
De
conformidad con los artículos 57.1 b) y 33.5 o) del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y vista la propuesta del titular
de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana donde se
manifiesta lo siguiente:
“...
PRIMERO.-
El cese de D.
Joaquín Arana Torres como Director General de Atención, Participación Ciudadana
y Juventud por el requerimiento de un perfil técnico que se adapte mejor a las
nuevas necesidades.”
Por
todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente,
vengo en trasladar al Consejo de Gobierno
La
Propuesta de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana en
referencia al cese de D. Joaquín Arana Torres como Director General de
Atención, Participación Ciudadana y Juventud.
”
De
conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm.
236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración
de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y
demás concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que
agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a
interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla
en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción
contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la
publicación o notificación.
No
obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente
bajo su responsabilidad.
Lo
que se hace público para su conocimiento y efectos.
Melilla 17 de
diciembre de 2021,
El Secretario Acctal.
del Consejo de Gobierno,
Antonio Jesús García
Alemany