ARTÍCULO 166 - BOME-AX-2021-166

BOME EXTRA Nº 83 del viernes, 17 de diciembre de 2021

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 16 de diciembre de 2021, relativo a cese de D. Joaquín Arana Torres como Director General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud.


El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Extraordinaria de urgencia celebrada el 16 de diciembre de 2021, ha procedido a la aprobación de la propuesta de Consejería de Presidencia y Administración Pública, adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2021000850, agradeciéndole los servicios prestados:

 

El artículo 57.1 b) del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) determina que los Directores Generales cesan por acuerdo del Consejo de Gobierno, correspondiendo la propuesta al titular de la Consejería correspondiente, a tenor del artículo 33.5 o) del referido Reglamento .

 

De conformidad con los artículos 57.1 b) y 33.5 o) del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y vista la propuesta del titular de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana donde se manifiesta lo siguiente:

 

“...

 

PRIMERO.- El cese de D. Joaquín Arana Torres como Director General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud por el requerimiento de un perfil técnico que se adapte mejor a las nuevas necesidades.”

 

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en trasladar al Consejo de Gobierno

 

La Propuesta de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana en referencia al cese de D. Joaquín Arana Torres como Director General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud.

 

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

 

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

 

Lo que se hace público para su conocimiento y efectos.

 

Melilla 17 de diciembre de 2021,

El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany