ARTÍCULO Nº 23 (CVE: BOME-AX-2022-23) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 12 - lunes, 7 de marzo de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE TURISMO, EMPRENDIMIENTO Y ACTIVACIÓN ECONÓMICA - CONSEJERÍA DE TURISMO, EMPRENDIMIENTO Y ACTIVACIÓN ECONÓMICA
Resolución nº 19 de fecha 3 de marzo de 2022 relativa a convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones públicas para el desarrollo de Proyectos de Interés Turístico Melilla una historia compartida
CONVOCATORIA 2022 PARA LA
CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES PÚBLICAS
PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS TURÍSTICO MELILLA UNA HISTORIA
COMPARTIDA
De acuerdo con las BASES
REGULADORAS DE LA CONCESIÓN MEDIANTE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES
PARA LA PROMOCIÓN DEL TURISMO, promulgadas por Decreto de fecha seis de
noviembre de 2020, registrado al número2020000481 del Libro Oficial de
Resoluciones no Colegiadas de la Presidencia y publicadas en el BOME número
5807, de 10 de noviembre de 2020, conforme a lo previsto en el artículo 6 de
las referidas bases reguladoras.
De acuerdo con lo anterior,
y visto el expediente 3741/2022, en virtud de las competencias que tengo
atribuidas, VENGO
EN DISPONER
APROBAR LA CONVOCATORIA de subvenciones a proyectos de interés
turístico, por importe máximo de 569.000 euros, con cargo a la aplicación
presupuestaria 43200/48900, Retención de Crédito nº. 52022000000042, de 1 de
febrero de 2022, a la que serán de aplicación las referidas bases reguladoras,
con las siguientes determinaciones.
OBJETO
DE LA CONVOCATORIA
Podrán ser subvencionados en
el ámbito de la presente convocatoria los proyectos desarrollados durante el
año 2022, que respondan a alguno de los siguientes objetos, siempre que
presenten un interés directa y específicamente turístico:
A. Publicidad
y difusión |
1. Difusión de la imagen de
Melilla a través de “influencers”, artistas o líderes de opinión. Marketing
en redes sociales y medios de comunicación. |
2. Elaboración de material
publicitario y divulgativo de Melilla y su oferta turística, incluida la de
sus establecimientos comerciales y hosteleros (anuncios publicitarios,
documentales, reportajes, revistas, recursos digitales, etc) |
3. Participación en ferias y
eventos turísticos, culturales, deportivos (excluidos los actos federativos)
o de cualquier índole que permitan la difusión turística de Melilla y sus
establecimientos comerciales y hosteleros. |
4. Generación de eventos
turísticos, que permitan la difusión turística de Melilla y sus
establecimientos comerciales y hosteleros. |
B.
Organización de eventos en Melilla |
1. Organización de ferias,
congresos y eventos institucionales o asociativos que comporten la llegada de
visitantes y su hospedaje en la ciudad (excluidas competiciones deportivas
federativas y oficiales) 15 o más
personas. |
C. Mejora de
la calidad de la oferta turística |
1. Formación guías turísticos y
del personal de la hostelería y el comercio para la mejora de la atención
turística. |
2. Implantación, mantenimiento o
mejora de la presencia digital de los comercios y establecimientos hosteleros
(páginas web, perfiles sociales, publicidad en la red, etc) |
D. Mejora de
la variedad de la oferta turística |
1. Realización de actividades de
interés turístico (rutas temáticas, celebraciones, conmemoraciones, eventos
gastronómicos, culturales, cinematográficos, deportivos no federados, etc). |
BENEFICIARIOS
Y REQUISITOS
Podrán acogerse a la
presente convocatoria las personas físicas o entidades jurídicas, tanto
públicas como privadas, que cumplan los requisitos establecidos en el artículo
13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones
GASTOS
SUBVENCIONABLES
1.
La subvención de cada proyecto podrá ser destinada a cubrir los gastos
que se determinan en cada caso en el anexo que acompaña a la presente
convocatoria.
2.
Cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías
establecidas en la Ley de Contratos del Sector público para el contrato menor (valor estimado inferior a 40.000 euros,
cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de
contratos de suministro o de servicios), el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres
ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del
compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien,
salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente
número de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el
gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvención.
La elección entre las
ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o, en su caso,
en la solicitud de subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia
y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección
cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.
CONCURRENCIA
DE LAS AYUDAS
La obtención de las ayudas
es compatible con la de cualquier otra ayuda, subvención, ingreso o recurso
para la misma finalidad procedente de cualquier ente público o privado,
nacional o internacional, siempre que en estos otros regímenes o instrumentos
se permita tal compatibilidad.
En ningún caso el importe de
la subvención podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia de
otra subvención, ayuda, ingreso o recurso supere el coste de la actividad
subvencionada.
CRITERIOS
DE OTORGAMIENTO DE LA SUBVENCIÓN
1. Las solicitudes de
concesión se valorarán mediante la aplicación de los siguientes criterios:
a) Calidad del proyecto:
máximo 40 puntos: Se otorgarán 2,5 puntos por la verificación de cada uno de
los siguientes aspectos del proyecto:
Claridad de la formulación (por
oposición a formulaciones generales o
vagas) |
Designa persona responsable del
proyecto. |
Describe el currículo o
cualificación del responsable. |
Currículo o cualificación del
responsable adecuado al proyecto. |
Designa el personal encargado de
la ejecución. |
Describe la cualificación del
personal encargado de la ejecución. |
Cualificación del personal
adecuado al proyecto. |
Identifica objetivos verificables. |
Describe el procedimiento de
verificación. |
Describe un plan de trabajo. |
Establece un calendario de
actuaciones. |
Incorpora un presupuesto
desglosado. |
Coherencia entre el presupuesto y
los gastos subvencionables |
Diseña un sistema de evaluación
del proyecto. |
Sistema de evaluación coherente
con el objetivo de la subvención. |
Diseña un programa de divulgación
de la subvención en redes y medios de comunicación social (*) |
(*) Criterio añadido en el
ejercicio de las atribuciones que para resolver discrepancias en aplicación de
las Bases Reguladoras se otorga al Consejero de Economía y Políticas Sociales
en su disposición adicional primera.
b) Criterios específicos: se
aplicarán a cada tipo de proyecto los criterios que se determinan en el anexo I
de la presente convocatoria.
2.- Para que los proyectos
puedan ser subvencionados deberán obtener al menos el 50 por ciento de la
puntuación máxima total que determine la convocatoria, y un mínimo del 10 por
ciento de dicha putuación total en el apartado de calidad del proyecto.
SOLICITUDES,
PRESENTACIÓN Y PLAZO
1.- Las solicitudes de subvención se formularán de
acuerdo con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y se formalizarán según modelo de instancia que figura como Anexo.
2.-Las solicitudes se presentarán en el Registro
General de la Ciudad, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la
Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley
39/2015, de 1 de octubre.
3.- El plazo de presentación de solicitudes será de 30
DÍAS a partir del siguiente a la publicación del extracto de la misma en el Boletín Oficial de
la Ciudad de Melilla.
4.- Las solicitudes deberán expresar el tipo de
objeto subvencionable al que concurran, y debarán ir acompañadas de la
siguiente documentación:
1.
Memoria explicativa del Proyecto, cuya presentación ajustada a las
especificaciones que se solicitan se considera requisito imprescindible para
entrar a valorar dicha solicitud.
Dicha memoria hará
referencia a los siguientes aspectos en el orden que se indica:
a)
Denominación del Programa, proyecto o acción concreta desarrollada o a
desarrollar en el periodo subvencionable.
b)
Descripción del mismo, especificando los siguientes extremos:
1.
Exposición del proyecto y de sus antecedentes.
2.
Objetivos previstos.
3.
Persona responsable del proyecto, con su curriculum y/o cualificación.
4.
Personas encargadas de la ejecución del proyecto, con su curriculum y/o
cualificación.
5.
Plan de trabajo, incluyendo el calendario de actuaciones.
6.
Sistema de evaluación previsto.
2.
Presupuesto del proyecto, con el siguiente detalle:
1.
Coste total.
2.
Desglose por conceptos, separando coste de personal, servicios y
suministros.
3.
Importe las ayudas públicas o ingresos privados que se perciban.
4.
Importe cofinanciado por el solicitante
3.
Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal de la entidad
solicitante. Datos acreditativos de la empresa.
4.
Certificación bancaria acreditativa de la titularidad de la cuenta en la
que haya de ingresarse, en su caso, la ayuda.
5.
Justificación por parte de las Entidades solicitantes de no estar
incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario
señaladas en los apartados 2º y 3º del artículo 13 de la Ley General de
Subvenciones.
En particular deberán
acreditar que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones
tributarias y frente a la Seguridad Social, así como no tener pendiente de
justificación subvención alguna otorgada por la Ciudad Autónoma.
Conforme a lo establecido en
el artículo 23.4 de la Ley General de Subvenciones, se
admite la sustitución de estos documentos por una declaración responsable del
solicitante. En este caso, con anterioridad a la propuesta de resolución de
concesión de la subvención requerir la presentación de la documentación que
acredite la realidad de los datos contenidos en la citada declaración, en un
plazo de 5 días.
6.
Acuerdo de los órganos representativos de la entidad solicitante o
escrito del representante o de la persona física solicitante y
representatividad del la misma.
7.
Declaración formal de las subvenciones solicitadas o percibidas de otras
instituciones públicas o privadas para la misma actividad para la que se
solicita la subvención.
5.- La presentación de las solicitudes para optar a
estas ayudas supone la aceptación expresa de lo establecido en las presente
convocatoria, sus Bases Reguladoras y demás normativa de aplicación, en
particular el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla (BOME núm. 4224 de 9 de septiembre de 2005).
ADJUDICACIÓN
DE Y CUANTÍA DE LAS SUBVENCIONES
En cada tipo de objeto
subvencionable se adjudicarán el número de proyectos que se determina en el
anexo I de la presente convocatoria, por orden de puntuación obtenida, tras lo
que se atribuirá el remante disponible, si lo hubiera, al resto de proyectos
por el orden general de puntuación obtenida, hasta el agotamiento del crédito.
La subvención máxima por
proyecto será la correspondiente al tipo de proyecto, y su determinación
individualizada se establecerá en atención al importe solicitado que no
obstante podrá ser reducido motivadamente en la resolución.
RESOLUCIÓN
El plazo para resolver y
notificar la resolución de la presente convocatoria será de dos meses desde su
publicación en el BOME.
El vencimiento del plazo
máximo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para
entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de
la subvención.
De conformidad con el
artículo 63 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, Reglamento General de
Subvenciones, la Resolución de concesión o denegación de la subvención pone fin
a la vía administrativa, pudiendo ser recurrida potestativamente en reposición
ante el Presidente del Patronato de Turismo, o ser impugnado directamente ante
el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo
previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 y artículo 93 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
( BOME núm. 2 extraord. de 30/01/2017).
NOTIFICACIÓN
Tratándose de un
procedimiento de concurrencia competitiva, y de conformidad con el artículo 45
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, tanto la resolución provisional como la
definitiva se publicarán en el BOME, surtiendo los efectos de la notificación.
PAGOS
1.
El abono de la subvención se realizará una vez justificado el cien por
cien del gasto elegible y efectivamente realizado, mediante Resolución de pago
de la Presidencia del Patronato dictada antes de que finalice el ejercicio
presupuestario correspondiente.
2.
No obstante, el pago de las cantidades imputables a proyectos que se
ejecuten con posterioridad a la resolución de la convocatoria podrá adelantarse, a solicitud del beneficiario,
con la obligación de justificación antes del 31 de marzo del ejercicio
siguiente y a resultas de la liquidación definitiva, en su caso.
3.
Las empresas beneficiarias deberán acreditar, previamente al cobro de la
subvención, que se encuentran al corriente de sus obligaciones tributarias y
frente a la Seguridad Social.
JUSTIFICACIÓN
1.
La rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio
del beneficiario en la que debe incluirse, bajo responsabilidad del declarante,
la documentación que permita acreditar el cumplimiento del proyecto para el que
fue concedida la subvención.
2.
La justificación deberá presentarse una vez realizado el proyecto y con
anterioridad al día 1 de noviembre del año en curso, salvo en los proyectos en
los que se solicite el pago adelantado, que se presentará antes del 31 de marzo
del ejercicio siguiente.
3.
Documentación a aportar:
a)
Memoria final del proyecto y de los resultados obtenidos, donde se hará
constar:
1.
Una descripción detallada de la ejecución del programa o proyecto.
2.
Relación de objetivos alcanzados y de los que no se han podido cumplir.
3.
Reportaje fotográfico de la actuación.
4.
Relación de incidencias, si las hubiere, datos estadísticos,
evaluaciones realizadas y cualesquiera otra información se considere adecuada a
la explicación del proyecto.
b)
Estado de ingresos percibidos y gastos realizados con ocasión del
proyecto, desagregados por conceptos.
c)
Justificantes de ingresos y gastos o cualquier otra documentación con
validez jurídica a los efectos de acreditar el cumplimiento del proyecto.
a)
Costes salariales y de Seguridad Social del personal necesario.
Tratándose de trabajadores por cuenta ajena se aportarán las nóminas, así como
los documentos de cotización con el justificante de pago. Tratándose de
autónomos se aportará Informe de Vida Laboral actualizada a la fecha de presentación
de la justificación e Informe de Bases de cotización y cuotas ingresadas de
regímenes especiales donde aparezcan las cuotas ingresadas de ese período
emitido por la Tesorería de la Seguridad Social.
b)
Gastos derivados de la contratación de medios externos se justificarán
mediante contrato mercantil en su caso, factura de la empresa o de la persona
física y justificante de pago de dicha factura.
c)
Gastos derivados de los suministros se acreditarán mediante factura y
justificante de pago.
RECURSO
De conformidad con el artículo 20.2 de los Estatutos del Patronato de Turismo, la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo órgano
que la hubiere dictado, en
el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional
contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 123
y demás concordantes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No obstante, se podrá el
interesado utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su
responsabilidad.
ANEXO
I
IDENTIFICACIÓN
Y NÚMERO DE PROYECTOS SUBVENCIONABLES POR TIPO DE OBJETO, CRITERIOS DE
VALORACIÓN Y GASTOS SUBVENCIONABLES
A. Publicidad y difusión |
Nº |
Criterios |
Gastos subvencionables |
1. Difusión de la imagen de Melilla a través de “influencers”, artistas o líderes de opinión.
Marketing en redes sociales y medios de comunicación. |
2 |
Cofinanciación: hasta 10 puntos, a razón de 0,6 puntos por cada
punto porcentual de cofinanciación por el solicitante. Carácter
innovador: hasta 10 puntos: 0
puntos (sin valor innovador); 5 puntos (normal valor
innovador); 10 puntos ( gran valor innovador). Repercusión
del proyecto: hasta 30
puntos, a razón de 1 punto por cada 100000 seguidores y potenciales
destinatarios de la campaña de difusión. |
Contratación
de servicios y suministros, gastos de transporte, hospedaje, manutención y
alquileres o análogos, con un máximo de 45.000 euros |
2. Elaboración de material publicitario y divulgativo de Melilla y su
oferta turística, incluida la de sus establecimientos comerciales y
hosteleros (anuncios publicitarios, documentales, reportajes, revistas,
recursos digitales, etc) |
2 |
Cofinanciación: hasta 30 puntos, 0,6 puntos por cada punto
porcentual de cofinanciación por el solicitante. Carácter
innovador: hasta 20 puntos: 5
puntos (sin valor innovador); 10 puntos (normal valor innovador); 20 puntos (
gran valor innovador). |
Gastos de diseño,
maquetación, producción y difusión o distribución o análogos con un máximo de
20.000 euros. |
3. Participación en ferias y eventos turísticos, culturales, deportivos
(excluidos los actos federativos) o de cualquier índole que permitan la
difusión turística de Melilla y sus establecimientos comerciales y
hosteleros. |
3 |
Cofinanciación: hasta 30 puntos, 0,6 puntos por cada punto
porcentual de cofinanciación por el solicitante. Repercusión
del proyecto: hasta 20
puntos, de 5 puntos en eventos de ámbito provincial, 10 regional y 20
estatal o internacional |
Gastos
salariales y de transporte, hospedaje y manutención del personal desplazado
al evento, y análogos, con un máximo de 400 euros por persona y día y 7.550
por proyecto en eventos que se realicen en España y 800 euros por persona y
día y 15.000 euros por proyecto en eventos que se realicen en el extranjero. |
4. Generación de eventos turísticos, que permitan la difusión turística
de Melilla y sus establecimientos comerciales y hosteleros. |
2 |
Cofinanciación: hasta 30 puntos, 0,6 puntos por cada punto
porcentual de cofinanciación por el solicitante. Repercusión
del proyecto: hasta 20
puntos, de 5 puntos en eventos de ámbito provincial, 10 regional y 20
estatal o internacional |
Gastos de servicios
y suministros, transporte, hospedaje, manutención, alquileres, contratación
de servicios y suministros y análogos, con un máximo de 45.000 euros |
B. Organización de eventos en Melilla |
Nª |
Criterios |
Gastos
subvencionables |
1. Organización de ferias, congresos y eventos institucionales o
asociativos que comporten la llegada de visitantes y su hospedaje en la
ciudad (excluidas competiciones deportivas federativas y oficiales) 15 o más personas. |
3 |
Cofinanciación: hasta 20 puntos, a razón de 0,6 puntos por cada
punto porcentual de cofinanciación por el solicitante. Repercusión
del proyecto: hasta 30
puntos, a razón de 1 punto por asistente y pernoctación en la ciudad. |
Gastos de
transporte, hospedaje y manutención, alquileres, servicios y suministros y
análogos, con un máximo de 250 euros por asistente y día y 50.000 euros por
proyecto. |
C. Mejora de la calidad de la oferta
turística |
Nº |
Criterios |
Gastos
subvencionables |
1. Formación guías turísticos y del personal de la hostelería y el
comercio para la mejora de la atención turística. |
2 |
Cofinanciación: hasta 10 puntos, a razón de 0,6 puntos por cada
punto porcentual de cofinanciación por el solicitante. Carácter
innovador: hasta 10 puntos: 0
puntos (sin valor innovador); 5 puntos (normal valor innovador); 10 puntos (
gran valor innovador). Repercusión del proyecto: hasta 30 puntos, a razón de 1 punto por
participante. |
Gastos de matrícula
o servicios de formación y análogos así como los gastos salariales implicados
con un máximo de 12,5 euros por alumno y hora de curso (500/40) y 10.000
euros por proyecto. |
2. Implantación, mantenimiento o mejora de la presencia digital de los
comercios y establecimientos hosteleros (páginas web, perfiles sociales,
publicidad en la red, etc) |
2 |
Cofinanciación: hasta 30 puntos, a razón de 0,6 puntos por cada
punto porcentual de cofinanciación por el solicitante. Carácter innovador: hasta 20 puntos: 0 puntos (sin valor
innovador); 10 puntos (normal valor innovador); 20 puntos ( gran valor innovador). |
Gasto en servicios profesionales, hosting, y/o adquisición de equipos y
programas informáticos y análogos con un máximo de 5000 euros. |
C. Mejora de la
variedad de la oferta turística |
Nº |
Criterios |
Gastos
subvencionables |
1. Realización de actividades de interés turístico (rutas temáticas,
celebraciones, conmemoraciones, eventos gastronómicos, culturales,
cinematográficos, deportivos no federados, etc). |
2 |
Cofinanciación: hasta 10 puntos, a razón de 0,6 puntos por cada
punto porcentual de cofinanciación por el solicitante. Carácter
innovador: hasta 25 puntos: 0
puntos (sin valor innovador); hasta 12,5 puntos (normal valor innovador);
hasta 25 puntos (gran valor innovador). Carácter
consolidado: hasta 15 puntos: 2
puntos por cada año de trayectoria acreditado. |
Gastos de
transporte, hospedaje, manutención, alquileres, contratación de servicios y
suministros y análogos, con un máximo de 45.000 euros. |
2. Mantenimiento de instalaciones de interés turístico (museos,
patrimonio histórico-artístico). |
1 |
CCofinanciación: hasta 10 puntos, a razón de 0,6 puntos por cada
punto porcentual de cofinanciación por el solicitante. Carácter
innovador: hasta 25 puntos: 0
puntos (sin valor innovador); hasta 12,5 puntos (normal valor innovador);
hasta 25 puntos (gran valor innovador). Carácter
consolidado: hasta 15 puntos: 2
puntos por cada año de trayectoria acreditado |
Gasto
efectuado en servicios profesionales o alquileres dedicados en exclusiva al
proyecto, así como suministros necesarios y análogos, con un máximo de 29.000
euros. |
ANEXO
II MODELO DE SOLICITUD
CONVOCATORIA
2022 PARA LA CONCESIÓN, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE SUBVENCIONES
PÚBLICAS PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS TURÍSTICO MELILLA UNA
HISTORIA COMPARTIDA
Identificación del
solicitante |
||||||
Nombre / razón social |
|
|||||
CIF |
|
Teléfono |
|
|||
Dirección |
|
|||||
email |
|
|||||
Nombre del proyecto |
|
|||||
Objeto subvencionable al que concurre: A, B, C o D |
|
|||||
Importe solicitado |
|
|||||
IBAN |
|
|||||
Solicitante o responsable de la solicitud
en las personas jurídicas (Datos de la persona que firma la solicitud) |
||||||
Apellidos |
|
Nombre |
|
|||
Cargo / función (en personas jurídicas) |
|
DNI |
|
Fecha y firma |
DECLARACIÓN RESPONSABLE El Solicitante DECLARA BAJO SU
RESPONSABILIDAD encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como carecer de
deudas con la Ciudad Autónoma de Melilla y cumplir los demás requisitos
establecidos en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Así mismo, DECLARA BAJO SU
RESPONSABILIDAD que es cierta la información que se incorpora en la
memoria adjunta. |
La persona firmante AUTORIZA
expresamente Al Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla la
realización de consultas sobre los datos consignados en la presente solicitud,
la cesión de los mismos a otras Administraciones Públicas a los efectos de
control de la gestión, así como recabar de las Administraciones Públicas, en
particular de la Agencia Estatal de Administración Tributario (AEAT) y
Entidades Gestoras de la Seguridad Social (INSS, TGSS y demás), documentación
acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones
fiscales y frente a la Seguridad Social, y en general respecto del cumplimiento
de los requisitos establecidos para la concesión de la subvención
ANEXO
III
MODELO DE MEMORIA DEL PROYECTO
(Contenido
de la memoria)
Denominación del proyecto |
|
Exposición del proyecto y de sus antecedentes |
|
Objetivos previstos |
|
Persona responsable del proyecto, con su curriculum y/o cualificación |
|
Personas encargadas de la ejecución del proyecto, con su curriculum y/o
cualificación |
|
Plan de trabajo, incluyendo el calendario de actuaciones |
|
Sistema de evaluación previsto |
|
Presupuesto del proyecto, con el siguiente detalle: 1. Coste total. 2. Desglose por conceptos, separando coste de
personal, servicios y suministros. 3. Importe las ayudas públicas o ingresos privados
que se perciban. 4. Importe cofinanciado por el solicitante 5. Importe solicitado. |
Melilla 3
de marzo de 2022,
La
Presidenta-delegada del Patronato de Turismo,
Gloria
Rojas Ruiz