ARTÍCULO Nº 35 (CVE: BOME-AX-2022-35) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 19 - viernes, 22 de abril de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
Resolución nº 518 de fecha 21 de abril de 2022, relativa a convocatoria del concurso de Cruces de Mayo 2022.
La Excma. Sra. Consejera de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Resolución núm. 2022000518 de
fecha 21 de abril de 2022, ha resuelto lo siguiente:
La aprobación de las Bases
que regirán la convocatoria del CONCURSO DE CRUCES DE MAYO 2022 por un importe
de 19.300 € (DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS EUROS) con arreglo a lo siguiente:
CONVOCATORIA DEL CONCURSO DE CRUCES DE MAYO 2022
1.- El objeto del Concurso
será la confección de una Cruz de Mayo, conforme a la tradición propia de este
tipo de festividad.
2.- Las Categorías y premios
serán los siguientes:
a)
Asociaciones recreativas, culturales o de cualquier otra índole que así
lo deseen.
b)
Asociaciones de Vecinos.
c)
Individual (mayores de edad en el momento de la inscripción).
d)
Entidades religiosas.
e)
Escaparates de establecimientos comerciales.
Los premios para las
diferentes categorías serán los siguientes:
·
1º Premio 900 €
·
2º Premio 800 €
·
3º Premio 700 €
·
4º Premio 600 €
·
5º Premio 500 €
Además de los premios
mencionados en las distintas categorías, existirá un accésit de 360 € para
alguna de las propuestas no premiadas, que el jurado podrá otorgar a la
propuesta que por su calidad merezca su reconocimiento. Al importe de dichos
premios, se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación.
Asimismo, aquellas cruces
que no tengan un mínimo de calidad artística, a criterio del Jurado, podrán ser
descalificadas y no podrán optar al accésit.
3.- En cuanto a los
criterios de valoración, se tendrá en cuenta:
·
Elementos naturales (macetas, suelo vegetal, etc.).
·
Elementos tradicionales (mantones de manila, loza, dorados o bronces,
etc.).
·
Variedad floral.
·
Iluminación.
·
Originalidad (sin perder el punto de vista tradicional).
4.- Para la inscripción en
el concurso, los participantes, o entidades participantes, deberán rellenar el
Formulario de Inscripción que se detalla en el ANEXO I de la presente
convocatoria. Las inscripciones se realizarán en las oficinas del Área de
Festejos de la Ciudad Autónoma de Melilla (Cándido Lobera nº 12 Auditórium
Carvajal), hasta las 13:00 horas del día 27 de abril. (HORARIO: de lunes a
viernes desde las 9:00 horas hasta las 13:00 horas).
5.- Los concursantes deberán
mantener instalada y en perfecto estado la Cruz de Mayo, como mínimo, hasta el
día 4 de mayo inclusive, para facilitar la visita del jurado oficial y de todas
aquellas personas que lo deseen. El jurado podrá visitar las Cruces de Mayo
participantes en las diferentes categorías a partir del día 28 de abril, según
el volumen de participantes y de la categoría. En el caso de que el Jurado
realice visitas presenciales se avisará previamente a los participantes.
6.- El Órgano Colegiado
competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará
constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y
por un número impar de profesionales o expertos de prestigio.
Actuará como Secretario del
Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, u otro funcionario habilitado para dar
fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se
efectuará mediante Orden de la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del
fallo.
7.- El fallo del Jurado,
nombrado al efecto, será inapelable y se dará a conocer a través de las Redes
Sociales de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad. El mismo,
de conformidad con la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las
Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes
o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y
Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de
Melilla.
8.- La Ciudad Autónoma y el
Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar
regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso sin que
contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.
9.- La convocatoria del
presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA
EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENCES O CONCURSOS EN
EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES
(BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La inscripción en esta edición
del Concurso de Cruces implica la total aceptación por sus participantes de las
presentes BASES. Para cualquier aclaración, dirigirse al teléfono 952699193 o
por correo electrónico a la dirección: festejos@melilla.es
ANEXO I FORMULARIO DE
INSCRIPCIÓN: CONCURSO DE CRUCES DE MAYO 2022
CATEGORÍA A LA QUE SE PRESENTA (marcar con una X) |
|
ASOCIACIONES RECREATIVAS, CULTURALES... |
|
ASOCIACIONES
DE VECINOS. |
|
|
INDIVIDUAL. |
|
|
ENTIDADES
RELIGIOSAS. |
|
|
ESTABLECIMIENTOS
COMERCIALES. |
|
NOMBRE DEL
PARTICIPANTE O ENTIDAD |
|
|
NOMBRE DEL
REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD (a efectos de notificación) |
|
|
D.N.I. DEL
PARTICIPANTE O DEL REPRESENTANTE |
|
|
N.I.F. DE LA ENTIDAD |
|
|
DIRECCIÓN POSTAL (a
efectos de notificación) |
|
|
CORREO ELECTRÓNICO |
|
|
TELÉFONO DE CONTACTO |
|
|
DIRECCIÓN DE LA
UBICACIÓN DE LA CRUZ DE MAYO |
|
Estando la presente
convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran
estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en
aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento
Administrativos Común de las Administraciones Públicas.
La presente Orden no aborta
la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada
en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el
Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para
resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la
Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la
Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 22 de abril de 2022,
El Secretario Técnico de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad,
Juan León Jaén Lara