ARTÍCULO Nº 108 (CVE: BOME-AX-2022-108) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 35 - viernes, 1 de julio de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA - CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA


Orden nº 0441 de fecha 30 de junio de 2022 relativa a la concesión mediante procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a jóvenes extutelados por la Ciudad Autónoma de Melilla.

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Consejería: CONSEJERÍA DEL MENOR Y LA FAMILIA

Datos de Aprobación:

Órgano: CONSEJERA DEL MENOR Y LA FAMILIA

Número: ORDEN Nº 2022001555 Fecha: 23 de mayo de 2022.

Registro en la BDNS: 628725.

 

La Excma. Sra. Consejera del Menor y  la Familia de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante orden de 30 de junio de 2022,  registrada al número 2022000441, ha resuelto lo que a continuación se trascribe que, en aplicación del apartado 12 de la presente convocatoria, se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, se remite para su publicación:

 

 “CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A JÓVENES EXTUTELADOS POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

 

Con fecha de 27 de junio de 2022, se recibe la Propuesta de Resolución Definitiva emitida por el Órgano Instructor relativo a la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A JÓVENES EXTUTELADOS POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que textualmente dice:

 

“Reunido, el 27 de junio de 2022,  en el despacho del Sr. Director General del Menor y la Familia, el órgano colegiado correspondiente a la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A JÓVENES EXTUTELADOS POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, publicada en el BOME 5968, de 27 de mayo de 2022, con la asistencia de  D. Joaquín Ledo Caballero, D. Eva Guerra Ferre y D. Íñigo Lucia Calleja, actuando D. Juan Luis Villaseca Villanueva como secretario, formula la propuesta de resolución definitiva que a continuación se trascribe

 

De acuerdo con el apartado 6 de la CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A JÓVENES EXTUTELADOS POR LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA (BOME nº 5968, de 27 de mayo de 2022), por el órgano colegiado al que se refiere dicha convocatoria, formula la siguiente Propuesta de Resolución Definitiva:

 

 En el BOME nº 5974 de 17 de junio de 2022 se publica la Propuesta de resolución provisional de la convocatoria para la concesión mediante procedimiento de concurrencia competitiva de subvenciones destinadas a jóvenes extutelados por la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

En dicha propuesta de resolución, se plantea lo siguiente:

 

1º Requerir a la Asociación GINI para que en el plazo de diez días aporte la Cédula de Habitabilidad correspondiente a la vivienda donde se desarrollará el proyecto o, en su defecto, el resguardo de haber solicitado dicho documento.

2º Conceder a la única solicitante de la presente convocatoria, la Asociación GINI, 39,5 puntos y, por tanto, conceder una subvención de 150.000 € para el proyecto denominado TRANSICIÓN A LA VIDA ADULTA DE JÓVENES EX-TUTELADOS”.

 

Con fecha 20 de junio de 2022, la Asociación GINI presenta solicitud registrada al número 2022055094, en el que aporta la siguiente documentación:

 

1º Solicitud de la Cédula de Habitabilidad del inmueble que presenta la asociación como recurso habitacional, fechada del día 18 de enero de 2022, dirigida a la Consejería de Infraestructura, Urbanismo y Deporte y registrada de entrada al número 2022003405.

2º Escrito por el que solicita que  “se tenga por presentado este escrito, se sirva admitirlo y en mérito de lo expuesto suspenda el trámite de audiencia procediendo a elevar a Propuesta de Resolución Final la 
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Propuesta de Resolución provisional”, fundándose en los artículos  82.3 y 82.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

El apartado 6 “in fine” de la Convocatoria publicada en BOME nº 5968, de 27 de mayo de 2022 dispone que la propuesta de concesión definitiva se formulará por el instructor al Consejero/a del Menor y la Familia, que será el competente para resolver la convocatoria.

 

Por todo lo anterior, vengo en proponer:

 

Conceder a la única solicitante de la presente convocatoria, la Asociación GINI, 39,5 puntos y, por tanto, conceder una subvención de 150.000 € para el proyecto denominado TRANSICIÓN A LA VIDA ADULTA DE JÓVENES EX-TUTELADOS”.

 

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 14420/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER :

 

Conceder a la única solicitante de la presente convocatoria, la Asociación GINI, una subvención de 150.000 € para el proyecto denominado TRANSICIÓN A LA VIDA ADULTA DE JÓVENES EX-TUTELADOS.

 

En aplicación del apartado 12 de la presente convocatoria, se publicará en el Boletín Oficial de la Ciudad, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas

 

La orden por la que se resuelva la concesión de la subvención, no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Presidencia, como órgano competente para resolverlo o ante el Consejero/a del Menor y la Familia, que deberá elevar dicho recurso, junto con su informe a la Presidencia, de acuerdo con el artículo 92 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) y 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

 

Melilla 30 de junio de 2022,

El Director General Acctal. del Menor y Familia,

Joaquín M. Ledo Caballero