ARTÍCULO Nº 191 (CVE: BOME-AX-2022-191) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 42 - viernes, 5 de agosto de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA - Secretaría General
Acuerdo de la Excma. Asamblea de fecha 4 de agosto de 2022, relativa a la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 19993/2022 del presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la modalidad de suplemento de crédito financiados con bajas de otros créditos por importes de trescientos veinte y un mil, cuatrocientos sesenta y un euros (321.461,00€).
A
N U N C I O
La
Excma. Asamblea de Melilla en sesión resolutiva ordinaria del 4 de agosto de
2022 adoptó el siguiente acuerdo:
“PUNTO SEXTO.- MODIFICACION DE CREDITO POR SUPLEMENTO DE CREDITO
FINANCIADO CON BAJAS DE OTROS CRÉDITOS POR IMPORTE DE 321.461,00€.- La Comisión Permanente de Hacienda, Empleo y Comercio en sesión
ordinaria celebrada el 28 de julio de 2022, conoció propuesta del asunto citado
y una vez sometida a votación, tras las deliberaciones que constan en el acta,
se dictaminó favorablemente por 5 votos a favor (dos representantes del grupo
Político Coalición por Melilla, dos del PSOE y el Diputado no adscrito) y 3
abstenciones (la de los representantes del grupo Político Partido Popular).
En
virtud de lo anterior se eleva propuesta al Pleno de la Asamblea de APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE
MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 19993/2022 DEL PRESUPUESTO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA, EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADOS CON BAJAS DE
OTROS CRÉDITOS POR IMPORTE DE TRESCIENTOS VEINTE Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA
Y UN EURTOS (321.461€), cuyo
contenido literal es el siguiente:
“En relación con el
expediente relativo a la aprobación de la modificación de crédito nº
19993/2022, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con bajas por
anulación, emito la siguiente propuesta a la Comisión Informativa de Hacienda,
Empleo y Comercio de conformidad con la orden de incoación de fecha 1 de julio
de 2022,
ANTECEDENTES
DE HECHO
PRIMERO. Ante la existencia de gastos que no pueden
demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito
consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación, y dado que se dispone
de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables
resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, se propuso la concesión
de un suplemento de crédito financiado con bajas/anulaciones de crédito.
SEGUNDO. Con fecha 1 de julio de 2022, se emitió
Memoria de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio en la que se
especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la
operación y su justificación.
TERCERO. Con fecha 21 de julio de 2022, se emitió
informe de la Secretaría Técnica de Hacienda, Empleo y Comercio sobre la
Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.
CUARTO. Con fecha 21 de julio de 2022, se emitió
informe de Intervención por el que se informó favorablemente el referido
expediente de suplemento de crédito.
LEGISLACIÓN
APLICABLE
La Legislación aplicable al
asunto es la siguiente:
-
Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo.
-
Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el
que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
-
Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27
de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
-
El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12
de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.
-
El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y
Regionales de la Unión Europea (SEC-10).
-
El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
-
La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la
estructura de presupuestos de las entidades locales.
-
La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las
obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012,
de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
-
El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
-
La Base nº 9 y 10 de las Bases de ejecución del presupuesto del
ejercicio 2022.
Visto cuanto antecede, se
considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la
Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de
marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local.
Por todo lo expuesto, y de
acuerdo con los informes aportados al expediente se PROPONE al Pleno de la Asamblea, previo Dictamen de la
Comisión Permanente de Hacienda, Empleo y Comercio, la adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación
de créditos n.º 19993/2022 del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla, en
la modalidad de suplemento de crédito, financiado con bajas/anulación de
créditos de otras partidas, como sigue a continuación:
Suplementos
en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Suplemento de crédito |
02/24103/22706 |
ASISTENCIA
TÉCNICA P.O. FSE |
25.000,00 |
246.461,00 |
02/45000/22706 |
ASISTENCIA TÉCNICA P.O. FEDER |
25.000,00 |
75.000,00 |
|
TOTAL |
321.461,00 |
Esta modificación se financia con bajas/anulaciones de créditos de otras
partidas, en los siguientes términos:
Bajas
o Anulaciones en Concepto de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Créditos disponibles (por exp. de
generación de créditos) |
Bajas o anulaciones |
03/92002/13100 |
PERSONAL GESTIÓN
FSE REACT-EU |
0,00 |
332.548,84 |
246.461,00 |
03/92003/13100 |
PERSONAL GESTIÓN FEDER
REACT-EU |
0,00 |
79.041,00 |
75.000,00 |
|
TOTAL |
321.461,00 |
Además, queda acreditado el
cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y
b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el
Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de
las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:
a)
El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad
de demorarlo a ejercicios posteriores.
b)
La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito
destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que
esté establecida la vinculación jurídica.
SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado
si durante el citado plazo
no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá
de un plazo de un mes para resolverlas.”
El
presente acuerdo se expondrá al público mediante anuncio insertado en el
Boletín Oficial de la Ciudad, por el plazo de 15 días en los que podrá ser
examinado y presentarse alegaciones. Si no se hiciesen, se considerará
definitivamente aprobado. En caso contrario resolverá el Pleno de la Asamblea
en el plazo de un mes entrando en vigor una vez lo cumplido en el artículo 169
del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
Sometida
a votación la APROBACIÓN INICIAL DEL
EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 19993/2022 DEL PRESUPUESTO DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADOS
CON BAJAS DE OTROS CRÉDITOS POR IMPORTE DE TRESCIENTOS VEINTE Y UN MIL
CUATROCIENTOS SESENTA Y UN EURTOS (321.461€), se aprueba por 12 votos a favor (7 votos
Coalición por Melilla, 3 votos grupo Socialista, 1 voto Sr. De Castro,
integrante del Grupo Mixto y 1 voto del Sr. Delgado Aboy, Diputado no adscrito)
y 5 abstenciones ( 4 votos del grupo Político Partido Popular y 1 voto del Sr.
da Costa Solís, por la Candidatura VOX, en el Grupo Mixto.)
Por
tanto mayoría simple de conformidad con el artículo 58.2 del Reglamento de la
Asamblea.”
Lo
que se comunica para su publicación y general conocimiento.
Melilla 4 de
agosto de 2022,
El Secretario
Acctal del Consejo de Gobierno,
Antonio Jesús
García Alemany