ARTÍCULO Nº 191 (CVE: BOME-AX-2022-191) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 42 - viernes, 5 de agosto de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA - Secretaría General


Acuerdo de la Excma. Asamblea de fecha 4 de agosto de 2022, relativa a la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 19993/2022 del presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la modalidad de suplemento de crédito financiados con bajas de otros créditos por importes de trescientos veinte y un mil, cuatrocientos sesenta y un euros (321.461,00€).

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A N U N C I O

 

La Excma. Asamblea de Melilla en sesión resolutiva ordinaria del 4 de agosto de 2022 adoptó el siguiente acuerdo:

 

“PUNTO SEXTO.- MODIFICACION DE CREDITO POR SUPLEMENTO DE CREDITO FINANCIADO CON BAJAS DE OTROS CRÉDITOS POR IMPORTE DE 321.461,00€.- La Comisión Permanente de Hacienda, Empleo y Comercio en sesión ordinaria celebrada el 28 de julio de 2022, conoció propuesta del asunto citado y una vez sometida a votación, tras las deliberaciones que constan en el acta, se dictaminó favorablemente por 5 votos a favor (dos representantes del grupo Político Coalición por Melilla, dos del PSOE y el Diputado no adscrito) y 3 abstenciones (la de los representantes del grupo Político Partido Popular).

 

En virtud de lo anterior se eleva propuesta al Pleno de la Asamblea de APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 19993/2022 DEL PRESUPUESTO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADOS CON BAJAS DE OTROS CRÉDITOS POR IMPORTE DE TRESCIENTOS VEINTE Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UN EURTOS (321.461€),  cuyo contenido literal es el siguiente: 

 

“En relación con el expediente relativo a la aprobación de la modificación de crédito nº 19993/2022, en la modalidad de suplemento de crédito financiado con bajas por anulación, emito la siguiente propuesta a la Comisión Informativa de Hacienda, Empleo y Comercio de conformidad con la orden de incoación de fecha 1 de julio de 2022,

 

ANTECEDENTES DE HECHO

 

PRIMERO. Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación, y dado que se dispone de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, se propuso la concesión de un suplemento de crédito financiado con bajas/anulaciones de crédito.

SEGUNDO. Con fecha 1 de julio de 2022, se emitió Memoria de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.

TERCERO. Con fecha 21 de julio de 2022, se emitió informe de la Secretaría Técnica de Hacienda, Empleo y Comercio sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

CUARTO. Con fecha 21 de julio de 2022, se emitió informe de Intervención por el que se informó favorablemente el referido expediente de suplemento de crédito.

 

LEGISLACIÓN APLICABLE

 

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

 

-       Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

-       Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.

-       Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

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-       El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.

-       El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10).

-       El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

-       La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales.

-       La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

-       El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

-       La Base nº 9 y 10 de las Bases de ejecución del presupuesto del ejercicio 2022.

 

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

 

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente se PROPONE al Pleno de la Asamblea, previo Dictamen de la Comisión Permanente de Hacienda, Empleo y Comercio, la adopción del siguiente ACUERDO:

 

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 19993/2022 del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la modalidad de suplemento de crédito, financiado con bajas/anulación de créditos de otras partidas, como sigue a continuación:

 

Suplementos en Aplicaciones de Gastos

 

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Suplemento de crédito

02/24103/22706

ASISTENCIA TÉCNICA P.O. FSE

25.000,00

246.461,00

02/45000/22706

ASISTENCIA TÉCNICA P.O. FEDER

25.000,00

75.000,00

 

TOTAL

321.461,00

 

Esta modificación se financia con bajas/anulaciones de créditos de otras partidas, en los siguientes términos:

 

Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos

 

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Créditos disponibles (por exp. de generación de créditos)

Bajas o anulaciones

03/92002/13100

PERSONAL GESTIÓN FSE REACT-EU

0,00

332.548,84

246.461,00

03/92003/13100

PERSONAL GESTIÓN FEDER REACT-EU

0,00

79.041,00

75.000,00

 

TOTAL

321.461,00

 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

 

a)     El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b)     La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

 

SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado 
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si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.”

 

El presente acuerdo se expondrá al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Ciudad, por el plazo de 15 días en los que podrá ser examinado y presentarse alegaciones. Si no se hiciesen, se considerará definitivamente aprobado. En caso contrario resolverá el Pleno de la Asamblea en el plazo de un mes entrando en vigor una vez lo cumplido en el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

 

Sometida a votación la APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 19993/2022 DEL PRESUPUESTO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO FINANCIADOS CON BAJAS DE OTROS CRÉDITOS POR IMPORTE DE TRESCIENTOS VEINTE Y UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UN EURTOS (321.461€),  se aprueba por 12 votos a favor (7 votos Coalición por Melilla, 3 votos grupo Socialista, 1 voto Sr. De Castro, integrante del Grupo Mixto y 1 voto del Sr. Delgado Aboy, Diputado no adscrito) y 5 abstenciones ( 4 votos del grupo Político Partido Popular y 1 voto del Sr. da Costa Solís, por la Candidatura VOX, en el Grupo Mixto.)

 

Por tanto mayoría simple de conformidad con el artículo 58.2 del Reglamento de la Asamblea.”

 

Lo que se comunica para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla 4 de agosto de 2022,

El Secretario Acctal del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany