ARTÍCULO Nº 192 (CVE: BOME-AX-2022-192) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 42 - viernes, 5 de agosto de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA - Secretaría General


Acuerdo de la Excma. Asamblea de fecha 4 de agosto de 2022, relativa a la aprobación inicial del expediente de modificación de créditos nº 20672/2022 del presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con cargo al remanente de tesorería por importe de un millón ciento setenta y cuatro mil setecientos sesenta y seis euros con un céntimo (1.174.766,01€).

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A N U N C I O

 

La Excma. Asamblea de Melilla en sesión resolutiva ordinaria del 4 de agosto de 2022 adoptó el siguiente acuerdo:

 

“PUNTO SÉPTIMO.- MODIFICACION DE CREDITO EN LA MODALIDAD DE CREDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON REMANENTE DE TESORERÍA POR IMPORTE DE 1.174.766,01 €.- La Comisión Permanente de Hacienda, Empleo y Comercio en sesión ordinaria celebrada el 28 de julio de 2022, conoció propuesta del asunto citado y una vez sometida a votación, tras las deliberaciones que constan en el acta, se dictaminó favorablemente por 5 votos a favor (dos representantes del grupo Político Coalición por Melilla, dos del PSOE y el Diputado no adscrito) y 3 abstenciones (la de los representantes del grupo Político Partido Popular.

 

En virtud de lo anterior se eleva propuesta al Pleno de la Asamblea de APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 20672/2022 DEL PRESUPUESTO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, EN LA MODALIDAD DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON CARGO AL REMANENTE DE TESORERÍA RESULTANTE DE LA LIQUIDACIÓN DEL EJERCICIO ANTERIOR, cuyo contenido literal es el siguiente:   

 

“En relación con el expediente relativo a la aprobación de la modificación de crédito nº 20672/2022, en la modalidad de crédito extraordinario financiado con remanente de tesorería, emito la siguiente propuesta a la Comisión Informativa de Hacienda, Empleo y Comercio de conformidad con la orden de incoación de fecha 7 de julio de 2022,

 

ANTECEDENTES DE HECHO

 

PRIMERO. Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que no existe crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación, y dado que se dispone de remanente líquido de Tesorería según los estados financieros y contables resultantes de la liquidación del ejercicio anterior, se propuso la concesión de un crédito extraordinario financiado con remanente de tesorería.

SEGUNDO. Con fecha 7 de julio de 2022, se emitió Memoria de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio en la que se especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.

TERCERO. Con fecha 21 de julio de 2022, se emitió informe de la Secretaría Técnica de Hacienda, Empleo y Comercio sobre la Legislación aplicable y el procedimiento a seguir.

CUARTO. Con fecha 21 de julio de 2022, se emitió informe de Intervención por el que se informó favorablemente el referido expediente de crédito extraordinario y, en la misma fecha , se elaboró Informe Intervención sobre Evaluación de la Estabilidad Presupuestaria.

 

LEGISLACIÓN APLICABLE

 

La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:

 

-       Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.

-       Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.

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-       Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

-       El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.

-       El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10).

-       El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

-       La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales.

-       La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

-       El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

-       La Base nº 9 y 10 de las Bases de ejecución del presupuesto del ejercicio 2022.

 

Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local  

 

Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente se PROPONE al Pleno de la Asamblea, previo Dictamen de la Comisión Permanente de Hacienda, Empleo y Comercio, la adopción del siguiente ACUERDO:

 

PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º 20672/2022 del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la modalidad de crédito extraordinario, financiado con remanente de tesorería, como sigue a continuación:

 

Altas en Aplicaciones de Gastos

 

Aplicación

Descripción

Crédito Inicial

Alta

Org.

Progr.

Económ.

 

 

 

14

23102

48900

SUBVENCIONES FOMENTO EMPLEO MUJER

0,00

1.000.000,00

03

32103

12009

RETRIB. BÁSICAS TÉCNICO PERSONAS DEPENDENCIA

0,00

48.531,36

03

32103

12100

COMPLEMENTO DESTINO TÉCNICO PERSONAS DEPENDENCIA

0,00

21.436,86

03

32103

12101

COMPLEMENTO ESPECÍFICO TÉCNICO PERSONAS DEPENDENCIA

0,00

36.996,61

03

32103

12103

COMPLEMENTO RESIDENCIA TÉCNICO PERSONAS DEPENDENCIA

0,00

26.401,97

03

92000

16004

SEGURIDAD SOCIAL

0,00

41.399,21

 

TOTAL CRÉDITO EXTRAORDINARIO

1.174.766,01

 

Esta modificación se financia con cargo al Remanente de Tesorería del ejercicio anterior, en los siguientes términos:

 

Altas en Concepto de Ingresos

 

Concepto

Descripción

Alta

87003

REMANENTE DE TESORERÍA

1.174.766,01

 

Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes:

 

a)     El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores.

b)     La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica.

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SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.”

 

El presente acuerdo se expondrá al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Ciudad, por el plazo de 15 días en los que podrá ser examinado y presentarse alegaciones. Si no se hiciesen, se considerará definitivamente aprobado. En caso contrario resolverá el Pleno de la Asamblea en el plazo de un mes entrando en vigor una vez lo cumplido en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

 

Sometida a votacion la APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS Nº 20672/2022 DEL PRESUPUESTO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, EN LA MODALIDAD DE CRÉDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON CARGO AL REMANENTE DE TESORERÍA POR IMPORTE DE UN MILLON CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS EUROS CON UN CÉNTIMO (1.174.766,01€), se aprueba por unanimidad de todos los asistentes.”

 

Lo que se comunica para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla 4 de agosto de 2022,

El Secretario Acctal del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany