ARTÍCULO Nº 263 (CVE: BOME-AX-2022-263) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 54 - martes, 6 de septiembre de 2022 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO


Acuerdo de fecha 2 de septiembre de 2022, adoptado por el Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria, relativo a "Presupuestos participativos Melilla 2022-2023".

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El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Ordinaria celebrada el día 2 de septiembre de 2022, acordó como “Punto Décimo Sexto” a propuesta de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana, lo siguiente:

 

Mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 13 de agosto de 2021, relativo a modificación del Decreto de distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad, de fecha 19 de diciembre de 2019, publicado en BOME extraordinario núm. 46, de igual fecha, se designa como titular de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana a D. Mohamed Ahmed Al-Lal.

 

Conforme al citado acuerdo, se establece la distribución de competencias entre las diferentes Consejerías, constando en el apartado séptimo las atribuidas a la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana, incluyendo en materia de distritos, calidad, atención y participación ciudadana, entre otras, “el impulso de propuestas para la elaboración del Presupuesto, sin menoscabo de las funciones que correspondan al Gobierno y a la Administración de la Ciudad Autónoma”.

 

Establecida por dicho Decreto la figura de la propuesta participativa para la elaboración de los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla, correspondiendo a esta Consejería las facultades de impulso, conforme a lo establecido en el artículo 33.5 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, VENGO EN PROPONER al Consejo de Gobierno la aprobación de la siguiente instrucción que concreta aspectos procedimentales y técnicos de aplicación a los PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2022-2023:

 

“La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 133 “Participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos” establece: “1. Con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública (…) 4. Podrá prescindirse de los trámites de consulta, audiencia e información públicas previstos en este artículo en el caso de normas presupuestarias u organizativas de la Administración General del Estado, la Administración autonómica, la Administración local o de las organizaciones dependientes o vinculadas a éstas, o cuando concurran razones graves de interés público que lo justifiquen.”

 

Pese a la exclusión de la obligatoriedad de consulta pública para la aprobación de normas presupuestarias que establece el apartado 4 del artículo 133 transcrito, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, para los Presupuestos Generales de la Ciudad para el ejercicio 2022-2023, tiene a bien  la puesta en marcha de una fase de consulta al ciudadano, para la aportación de ideas y proyectos a través de los “Presupuestos Participativos Melilla 2022-2023”, consistentes en la apertura de un plazo para dar cabida a aportaciones por parte de la ciudadanía, conforme a la siguiente instrucción, dirigida a establecer las pautas de actuación por las que habrán de dirigirse las distintas unidades implicadas en el proceso de consulta, que se dictan conforme a lo dispuesto en el artículo 72 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 2 Lunes, 30 de enero de 2017), en relación con el artículo 6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

 

Se considera asimismo conveniente la publicación de esta instrucción en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, sin perjuicio de su difusión en el Portal de Transparencia de la Ciudad, conforme al Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla para su conocimiento por los ciudadanos y por el resto de los órganos de la Administración de la Ciudad.

 

Los Presupuestos Participativos son un instrumento democrático mediante el que la ciudadanía decide de manera directa a qué se destina una parte del Presupuesto de la Administración.

 

Con el fin de fomentar la participación de los ciudadanos en la gestión de nuestra Ciudad y concretamente en lo relativo a la elaboración de sus Presupuestos de Gastos, el Consejo de Gobierno, en ejercicio de sus competencias de elaboración del Proyecto de Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2022, tuvo a bien incluir los Presupuestos Participativos de Melilla, para la presentación de proyectos de gasto e inversión, que habrán de pasar por diferentes fases para su selección, aprobación e inclusión en los Presupuestos 2022, dotándolos presupuestariamente, al objeto de que puedan ser
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ejecutados y cuya tramitación se llevará a cabo conforme a la instrucción que se adjunta como anexo al presente acuerdo.

 

Sobre la base de lo anteriormente expuesto se acuerda lo siguiente:

 

PRIMERO.- La aprobación de la INSTRUCCIÓN PARA LA TRAMITACIÓN DE LA INICIATIVA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA “PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2022-2023” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA, que se adjunta como ANEXO al presente acuerdo, su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla y en el Portal de Transparencia de la Ciudad, para su conocimiento por los ciudadanos y por el resto de los órganos de la Administración de la Ciudad.

 

SEGUNDO.- Que en los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2022, se destinará hasta un máximo de TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y SIENTE MIL SEISCIENTOS EUROS (3.137.600,00 €) para el desarrollo de los PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2022-2023, con el siguiente desglose:

       2.360.000,00 € INVERSIONES Y NUEVAS INFRAESTRUCTURAS

              677.600,00 € INVERSIONES Y NUEVAS INFRAESTRUCTURAS (REMANENTE 2021)

       100.000,00 € OTROS GASTOS DIVERSOS

 

Las cuantías de las aplicaciones presupuestarias en los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2022 resultantes de esta iniciativa se determinarán, en cuanto a su clasificación económica y por programas, en función de la naturaleza de los proyectos que resulten finalmente aprobados y en cuanto a la clasificación orgánica, se imputarán a la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana.

 

Solo podrán ser sometido a votación los proyectos de “Presupuestos Participativos 20222023”, conforme a lo siguiente:

1.     Los proyectos que requieran para su ejecución la contratación de obras, no podrán superar (IPSI excluido) el importe de 40.000,00 €.

2.     Los proyectos que requieran para su ejecución la contratación de suministros o servicios, no podrán superar (IPSI excluido) el importe de 15.000,00 €.

 

TERCERO.- Se habilita a la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana para la resolución de dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación de la INSTRUCCIÓN PARA LA TRAMITACIÓN DE LA INICIATIVA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA “PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2022-2023”, sin perjuicio de la necesaria colaboración de las Consejerías de Hacienda, Empleo y Comercio y la de Presidencia y Administración Pública, como competentes en materia del “Presupuesto General de la Ciudad Autónoma” y en lo relativo al “Área de Sistemas de Información”, respectivamente.”

 

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ANEXO

 

INSTRUCCIONES PARA LA PARTICIPACIÓN CIUDADADANA EN “LOS PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS” DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL EJERCICIO 2022-2023

 

1.     OBJETO.

La presente instrucción tiene por objeto los aspectos procedimentales y técnicos de aplicación en los PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2022-2023 que formarán parte de los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla 2022.

 

2.     TRAMITACIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS, APOYO O VOTO A PROYECTOS.

1.     Se establecerán los cauces necesarios para que cualquier persona mayor de 16 años, empadronada en la ciudad de Melilla pueda presentar y/o votar un proyecto de presupuestos participativos. Toda la información referente al proceso podrá ser consultada en la web institucional.

2.     Asimismo, podrá presentar un proyecto cualquier asociación, fundación, organización u otro tipo de entidad que, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, tenga atribuida personalidad jurídica. En este caso, estarán obligadas a nombrar un único representante que deberá cumplir los mismos requisitos del apartado anterior.

 

3.     FASES DEL PROCESO DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS MELILLA 2022-2023.

Las fases del proceso son las siguientes:

Fase 1ª: Presentación de proyectos: 1 mes desde la publicación en el BOME.

Fase 2ª: Revisión viabilidad de proyectos: En esta fase, los proyectos presentados se remitirán al Director General y/o Técnico del área competente, en función de la materia de que se trate, debiéndose emitir informe, conforme al modelo adjunto, en un plazo de 10 días hábiles.

Fase 3ª: Publicación, plazo de alegaciones y resolución:

       Publicación inicial de los proyectos que han superado la fase precedente y apertura de plazo de alegaciones (diez (10) días hábiles desde la publicación en la plataforma de Participación Ciudadana).

       Estudio y resolución de alegaciones presentadas, en su caso (desde la finalización del plazo precedente).

 

Fase 4ª: Votación de proyectos: (15 días hábiles desde la resolución de las alegaciones presentadas, en su caso, y publicación de la lista definitiva de proyectos que pasarán a la fase de votación final en la plataforma de participación ciudadana)”

Fase 5ª: Difusión de los proyectos más votados: Difusión tras la publicación de la lista definitiva de proyectos votados.

 

4.     DESARROLLO DE CADA UNA DE LAS FASES DEL PROCESO

Fase 1ª: Presentación de proyectos

En la fase de presentación de proyectos, cualquier persona que reúna los requisitos establecidos en al apartado 1 de la presente instrucción, podrá presentar proyectos de gasto o inversión, tanto para toda la Ciudad como para algún distrito o barrio, referido a cualquiera de las siguientes materias:

Juventud, Educación, Cultura, Infraestructuras, Urbanismo, Deporte, Medio Ambiente, Sostenibilidad, Familia, Salud Pública, Bienestar Animal y Seguridad Ciudadana.

Los proyectos se presentarán a través de la web institucional de Melilla, en el apartado de “Presupuestos participativos Melilla 2022-2023” o en cualquiera de las Oficinas que conforman la Red de Oficinas de Información y Atención al Ciudadano (OIAC) de la Ciudad, mediante el correspondiente formulario disponible para este proceso.

El espacio web “Presupuestos Participativos Melilla 2022-2023contendrá el enlace a la Plataforma de Participación Ciudadana con toda la información relativa a la fecha de presentación de las propuestas, similitud de proyectos, plazos, progreso de actuaciones y demás información relativa al proceso.

Solo podrán ser sometido a votación los proyectos de “Presupuestos Participativos 20222023” conforme a lo siguiente:

3.     Los proyectos que requieran para su ejecución la contratación de obras, no podrán superar (IPSI excluido) el importe de 40.000,00 €.

4.     Los proyectos que requieran para su ejecución la contratación de suministros o servicios, no podrán superar (IPSI excluido) el importe de 15.000,00 €.

 

Fase 2ª. Revisión viabilidad de proyectos

El personal técnico especializado del área sobre el que verse el proyecto, previa comunicación a la Dirección General de la que dependa, procederá a revisar inicialmente los proyectos de presupuestos participativos presentados, al objeto de valorar la viabilidad de los mismos.

La evaluación tendrá como objeto que los proyectos sean técnicamente válidos, viables y legales y que son competencia de la Ciudad Autónoma de Melilla y que, por tanto, puedan ser incluidos en los Presupuestos de la Ciudad.

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Se llevará a cabo una estimación de costes de todas las propuestas seleccionadas, siendo excluidas aquellas que superen la dotación presupuestaria establecida. Igualmente serán excluidas aquellas propuestas que no se refieran al ámbito competencial de la Ciudad Autónoma de Melilla o que sean inviables técnica o legalmente.

 

Criterios de evaluación:

1.     Coste: se cuantificará el costo de todos los proyectos presentados.

2.     Legalidad: el proyecto imperativamente deberá versar sobre actuaciones que sean competencia de la Ciudad Autónoma de Melilla, excluyéndose todos aquellos que competan a otras administraciones. Adicionalmente se tendrá especial cuidado en la legalidad de los mismos y de que no existan contratos que incluyan las materias sobre las que versan dichos proyectos.

3.     Viabilidad: durante todo el proceso se estudiará si el proyecto es viable técnicamente y no se prevé algún impedimento para llevarlo a cabo.

4.     Relevancia o interés general: se estudiará si el proyecto persigue el bien de toda la ciudad, Distrito o de un colectivo amplio y de no perseguir intereses particulares.

5.     Competencia propia: el proyecto presentado debe ser competencia de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Para ello, la Dirección General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud remitirá el modelo aprobado al efecto, para su cumplimentación por parte de los técnicos competentes en la materia.

En el supuesto de detectarse similitud de proyectos lo trasladará a la Dirección General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud, al objeto de que se informe a sus autores, ofreciéndoles la posibilidad de presentar proyectos conjuntos, abriéndose la posibilidad de acumular expedientes al amparo de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 39/2015.

Las comunicaciones a los técnicos se realizarán a través de mytao y las publicaciones, a través de la Plataforma de Participación Ciudadana.

 

Fase 3ª: Publicación, plazo de alegaciones y resolución:

Posteriormente a la fase de revisión viabilidad de proyectos, se publicarán en la Plataforma de Participación Ciudadana los proyectos que inicialmente han superado la fase precedente, abriéndose un plazo de alegaciones de diez (10) días hábiles desde la citada publicación.

Transcurrido dicho plazo, se estudiarán y resolverán las alegaciones presentadas, en su caso, publicándose la lista de proyectos viables que podrán ser votados.

 

a) Fase 4ª: Votación de proyectos

La votación es la decisión sobre los proyectos evaluados que deberán llevarse a cabo.

En la fase de votación, todas las personas mayores de 16 años de edad empadronadas en Melilla pueden votar proyectos para toda la ciudad. Se puede votar, aunque no se haya participado en la presentación de proyectos y no es necesario ser residente en un distrito para poder apoyar o votar los proyectos de ese distrito.

Para que el/los proyecto/s consiga el apoyo o votos suficientes, se determinará previamente el porcentaje mínimo por la Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana. No obstante, si no consiguiera el mínimo preestablecido y este resultará de interés atendiendo a la población que alcance el proyecto podrá ser seleccionado como otros de “interés público”.

La Administración de la Ciudad establecerá los procedimientos oportunos para garantizar el voto único e individual.

 

b) Fase 5ª: Resultado final tras la votación de los presupuestos participativos

El resultado final del proceso se obtendrá tras la votación de todos los proyectos ordenados por número de votos para la ciudad y/o para cada barrio. En cada listado se seleccionarán los proyectos ordenados de mayor a menor en cuanto al número de votos con que cuenten.

La selección final de proyectos votados será publicada en la Plataforma de Participación ciudadana, con descripción de las actuaciones que comprenden.

La selección final se integrará en el Presupuesto General de la Ciudad Autónoma de Melilla.

La CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA coordinará todo el proceso, siendo la garante de su neutralidad y efectividad.

 

5.     SISTEMA DE VOTACIÓN

Para votar de forma presencial en las Oficinas de Información y Atención al Ciudadano (OIAC) de la Ciudad, se realizarán las comprobaciones necesarias para acreditar la identidad y empadronamiento del votante.

Se podrán habilitar otros medios de votación electrónica que se determinen por la Administración de la Ciudad, que garanticen el cumplimiento de los requisitos necesarios para votar.

Una vez finalizada la votación, la lista de proyectos resultantes se incluirá en los presupuestos participativos de la Ciudad Autónoma de Melilla. El Gobierno asumirá de manera vinculante lo decidido, incluyendo los proyectos seleccionados en sus presupuestos.

Una vez publicados los proyectos resultantes, se hará un seguimiento de cada uno de los mismos.

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6.     INCOMPATIBILIDAD ENTRE PROYECTOS

Si se diese la circunstancia de que dos o más de los proyectos elegidos fuesen incompatibles entre sí (por la actuación a llevar a cabo o porque empatan en número de votos y no queda presupuesto para realizar ambos), se llevará a cabo el que cuente con mayor número de votos. Y si persistiese el empate, se seleccionará el primero presentado.

 

7.     PROPIEDAD DE LOS PROYECTOS

Todos los proyectos y documentos elaborados por los ciudadanos para su presentación en los Presupuestos Participativos, serán propiedad de la Ciudad Autónoma de Melilla quien podrá reproducirlos, publicarlos y divulgarlos total o parcialmente sin que pueda oponerse a ello el autor del proyecto.

El autor del proyecto no podrá hacer ningún uso o divulgación del proyecto presentado, ni de los documentos que acompañen al mismo, bien sea en forma total o parcial, directa o extractada, sin autorización expresa de la Administración.

El acto de presentación de un proyecto supone para el/los autores del mismo, la imposibilidad de su retirada unilateral posterior para ser votado y aprobado y ejecutado en su caso.

 

8.     EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS

Tras finalizar el proceso de presupuestos participativos, los proyectos se incluirán en los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla. Esto implicará que los proyectos apoyados por la ciudadanía estarán sometidos a los mismos controles y estudios adicionales que los proyectos de la propia Ciudad.

 

Todos los proyectos que resulten finalmente seleccionados para su inclusión en los Presupuestos Participativos serán gestionados y ejecutados por la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.

 

Publíquese para su general conocimiento.

 

 

Melilla, 6 de septiembre de 2022,

El Secretario Técnico de Medio Ambiente y Sostenibilidad,

Juan Luis Villaseca Villanueva