ARTÍCULO Nº 344 (CVE: BOME-AX-2022-344) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 64 - martes, 18 de octubre de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha de 10 de octubre de 2022, relativo a la modificación del Plan Estratégico de las ayudas de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el desarrollo del proyecto "Melilla, Raíces Digitales", en el marco de transición hacia un nuevo modelo económico en la ciudad autónoma de melilla, a través de la especialización profesional de las personas jóvenes en entornos digitales y tecnológicos, para el año 2022.
El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva
Ordinaria celebrada el día 10 de octubre de 2022, adoptó, entre otros, el
siguiente acuerdo:
PUNTO
VIGÉSIMO SEGUNDO.- MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LAS
AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA El DESARROLLO DEL PROYECTO
«MELILLA, RAÍCES DIGITALES» EN EL MARCO DE TRANSICIÓN HACIA UN NUEVO MODELO
ECONÓMICO EN LA
CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA A TRAVÉS DE LA ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL DE LAS PERSONAS
JÓVENES EN ENTORNOS DIGITALES Y TECNOLÓGICOS PARA EL AÑO 2022.-
El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Distritos,
Juventud, Participación Ciudadana, Familia y Menor, absteniéndose en tal
votación el Excmo. Sr. Presidente de la CAM, D. Eduardo de Castro y la Sra.
Consejera de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, Dª.
Francisca García Maeso, que literalmente dice:
“
“El Consejo de
Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Distritos, Juventud y
Participación Ciudadana, que literalmente dice:
I.-
Con fecha 03 de abril de 2020 se procede a la
APROBACIÓN POR EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE
SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2020-2022 (BOME Extraordinario
número 11 de 03 de abril de 2020).
II.-
El artículo 14 del citado Acuerdo establece que: “Tanto las modificaciones puntuales como
anuales a las que sea necesario someter el presente plan se tramitarán por la
Consejería correspondiente a la que afecte dicha modificación, elevando
propuesta al Consejo de Gobierno, para su aprobación en virtud del Art.16.1.27
del Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM (BOME Ext. n.º 2 de 30 de
enero de 2017)”.
III.-
Que el artículo 16.1.27 del Reglamento del Gobierno
y la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla establece que le
corresponde al Consejo de Gobierno: “La
aprobación de la planificación estratégica en materia de subvenciones, así como
la concesión directa de subvenciones a las que alude el artículo 22.2 de la Ley
General de Subvenciones cuando igualen o superen la cuantía de 18.000 euros”.
IV.-
Que el artículo 8 del Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla establece que “serán subvencionables las actividades
programadas en las convocatorias específicas, y referidas a las áreas de: En
materia de Juventud: a) Desarrollo político económico, social, cultural,
deportivo y artístico de la juventud. e) Elaboración de programa de desarrollo
e integración de la Juventud (…).”
V.-
Que la Ciudad Autónoma de Melilla pondera el
interés público y social de subvencionar, mediante el régimen de concurrencia
competitiva, las AYUDAS DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL DESARROLLO
DEL PROGRAMA DEL PROYECTO «MELILLA, RAÍCES DIGITALES» EN EL MARCO DE TRANSICIÓN
HACIA UN NUEVO MODELO ECONÓMICO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA A TRAVÉS DE LA
ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL DE LAS PERSONAS JÓVENES EN ENTORNOS DIGITALES Y
TECNOLÓGICOS PARA EL AÑO 2022, mediante
un sistema de ayudas para sufragar los costes destinados a cubrir los gastos
necesarios para el desarrollo del programa.
VI.-
La notoria y actual
situación económico-social de la Ciudad Autónoma de Melilla demanda la
elaboración de programas de desarrollo a fin de impulsar el necesario cambio de
modelo económico de la ciudad, concediendo especial atención a las personas
desempleadas, y, entre ellas, a la población joven melillense en edad de
trabajar para lograr su correcto desarrollo e integración socio-económica en
todos los niveles de la vida.
VII.-
La Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba
el Estatuto de Autonomía establece en su artículo 5.2 que: “Las instituciones de la ciudad de Melilla,
dentro del marco de sus competencias, ejercerán sus poderes con los siguientes
objetivos básicos: a) La mejora de las condiciones de vida, elevación del nivel
cultural y de trabajo de todos los melillenses. (…). c) Adoptar las medidas que
promuevan la inversión y fomenten el progreso económico y social de Melilla,
facilitando el empleo y la mejora de las condiciones de trabajo. (…).”
VIII.-
Que con fecha 20 de Septiembre de 2022 se emite
informe justificativo de la Dirección General de Atención, Participación
Ciudadana y Juventud. Debiendo constar en el expediente informe favorable de la
Secretaría Técnica de la Consejería de Distritos, Juventud y Participación
Ciudadana ajustándose a lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones, el
Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, el
Reglamento del Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, la
Ley de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y
demás normativa de aplicación.
Por todo lo anterior y de conformidad con los
documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo
siguiente.
1º)
La MODIFICACIÓN
DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
PARA EL PERIODO 2020-2022 vigente, concretamente en el apartado 1)
CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, se incluye:
Objetivo
estratégico:
Regular la colaboración entre las partes en la
promoción de la Ciudad Autónoma de Melilla como ciudad de innovación digital y
tecnológica en el mercado español e internacional con el objeto de contribuir a
que la Ciudad Autónoma de Melilla sea un lugar de creación de empleo a nivel
local y un foco de atracción de empresas nacionales e internacionales en busca
de talento en entornos digitales, y de colaboración para profesionales y
entusiastas de los negocios digitales y de la tecnología con un destacado interés
en soluciones de adaptación tecnológica y en nuevas formas de impulsar la
transformación digital de su negocio, forjando una imagen internacional de
Melilla como ciudad abierta, digital, creativa y conectada al mundo.
·
Área
de competencia: Consejería de Distritos, Juventud y
Participación Ciudadana. Dirección General de Atención, Participación Ciudadana
y Juventud.
·
Centro
gestor: Dirección General de Atención, Participación
Ciudadana y Juventud.
·
Sector
al que se dirige la ayuda: Se ha desarrollado este proyecto en el que
serán beneficiarios las empresas con personalidad jurídica, personas físicas
que actúen como empresarios, fundaciones de la ley 50/2002 (26 de
diciembre),federaciones deportivas, colegios profesionales, asociaciones y
organizaciones representativas de sectores económicos y sociales,
asociaciones y organizaciones sin ánimo
de lucro relacionadas y dedicadas a la atención a personas con diversidad
funcional y/o a la atención de personas víctimas de violencia de género.
·
Objetivos
y efectos que se pretenden obtener: Innovación
digital y tecnológica en el mercado español e internacional con el objeto de
contribuir a que la Ciudad Autónoma de Melilla sea un lugar de creación de
empleo a nivel local y un foco de atracción de empresas nacionales e
internacionales en busca de talento en entornos digitales, y de colaboración
para profesionales y entusiastas de los negocios digitales y de la tecnología
con un destacado interés en soluciones de adaptación tecnológica y en nuevas
formas de impulsar la transformación digital de su negocio, forjando una imagen
internacional de Melilla como ciudad abierta, digital, creativa y conectada al
mundo.
·
Plazo
necesario para su consecución: En un primer plazo,
las ayudas deberán resolverse antes del 31 de diciembre de 2022. Con
posterioridad, deberán de mantenerse los compromisos inherentes a este programa
de ayudas, y ser comprobadas las mismas por el órgano gestor.
·
Costes
previsibles, ejercicio 2022: 485.000,00 Euros.
·
Aplicación
presupuestaria: 01 33440 48900 (SUBVENCIONES JUVENTUD).
·
Aportación
de otros entes: Estas ayudas se podrán cofinanciar con cargo
a Fondos Europeos, a través de fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla, o
cualquier otro fondo proveniente de otra Administración, previa dotación
presupuestaria, que vendrá determinado en la convocatoria correspondiente.
·
Plan
de acción: Se prevén los siguientes:
a.-
El abono de las subvenciones se realizará de la siguiente manera:
Tras la firma del
presente Convenio se procederá a transferir a Grupo Raíz Digital el 70% de la
totalidad de la cantidad prevista en el apartado A. de la presente Cláusula
Duodécima. Con carácter previo al abono de la subvención debe verificarse la
inexistencia de deudas por parte de Grupo Raíz Digital con la Seguridad Social,
la Agencia Tributaria y la Ciudad Autónoma de Melilla.
El abono de la subvención se
hará efectivo tras la firma del presente Convenio, previa autorización por
parte de la Intervención de la Ciudad Autónoma de Melilla, en dos o más pagos
con anterioridad a la realización completa de la actividad, hasta agotar el
importe máximo previsto en concepto de subvención, que tendrán naturaleza
prepagable, dadas las características sociales y de interés general del
programa subvencionado, una vez informada favorablemente por parte de la
Consejería, previa entrega de la memoria de actividades y acciones a realizar.
Tras el primer pago del 70% del importe de la subvención, Grupo Raíz Digital
podrá solicitar uno o más pagos adicionales por los importes que requiriese
hasta el máximo de la cantidad prevista en el apartado A. de la presente
Cláusula Décima, que se hará efectivo mediante transferencia en un plazo máximo
de siete (7) días hábiles a contar desde la fecha de solicitud.
Dada la naturaleza de la entidad a
subvencionar, no se establece régimen alguno de garantía.
Los intereses devengados por la subvención
recibida hasta el momento del gasto deberán imputarse al objeto de la
subvención previsto en el presente convenio.
b.- Forma de concesión: Convocatoria.
c.- Mecanismo de aplicación: Actuará como
Bases reguladoras el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma
de Melilla, publicado en BOME núm. 4.224, de 9 de septiembre de 2005.
·
Seguimiento
y evaluación: o Sin perjuicio de las facultades de
comprobación y control financiero que tengan atribuidas otros órganos
competentes, tanto nacionales como comunitarios, la Ciudad Autónoma de Melilla
podrá realizar las comprobaciones que considere precisas para la constatación
del cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de
Subvenciones, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y en la
Convocatoria.
2º)
Que se proceda a la publicación del presente
acuerdo en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla.”
Melilla 13 de octubre de 2022,
El Secretario Técnico de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana
P.A.,
Juan Luis Villaseca Villanueva