ARTÍCULO Nº 374 (CVE: BOME-AX-2022-374) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 68 - jueves, 3 de noviembre de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA - CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD, PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 3 de noviembre de 2022, relativo a la modificación del Plan Estratégico General de Subvenciones de Ayudas de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el desarrollo del Proyecto "Melilla, Raíces Digitales", en el marco de transición hacia un nuevo modelo económico en la Ciudad Autónoma de Melilla, a través de la especialización profesional de las personas jóvenes en entornos digitales y tecnológicos para el año 2022.
El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva Extraordinaria celebrada el
día 3 de noviembre de 2022, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO PRIMERO.- MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE AYUDAS DE
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO «MELILLA, RAÍCES
DIGITALES» EN EL MARCO DE TRANSICIÓN HACIA UN NUEVO MODELO ECONÓMICO EN LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA A TRAVÉS DE LA ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL DE LAS
PERSONAS JÓVENES EN ENTORNOS DIGITALES Y TECNOLÓGICOS PARA EL AÑO 2022.- El Consejo de Gobierno
acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Distritos, Juventud, Participación
Ciudadana, que literalmente dice:
“
MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE AYUDAS DE
LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO «MELILLA, RAÍCES
DIGITALES» EN EL MARCO DE TRANSICIÓN HACIA UN NUEVO MODELO ECONÓMICO EN LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA A TRAVÉS DE LA ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL DE LAS
PERSONAS JÓVENES EN ENTORNOS DIGITALES Y TECNOLÓGICOS PARA EL AÑO 2022.
“El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de
Distritos, Juventud y Participación Ciudadana, que literalmente dice:
I.-
Con fecha 03 de abril de 2020 se procede a la APROBACIÓN POR EL CONSEJO DE
GOBIERNO DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
MELILLA PARA EL PERIODO 2020-2022 (BOME Extraordinario número 11 de 03 de abril
de 2020).
II.-
El artículo 14 del citado Acuerdo establece que: “Tanto las modificaciones puntuales como anuales a
las que sea necesario someter el presente plan se tramitarán por la Consejería
correspondiente a la que afecte dicha modificación, elevando propuesta al
Consejo de Gobierno, para su aprobación en virtud del Art.16.1.27 del
Reglamento de Gobierno y Administración de la CAM (BOME Ext. n.º 2 de 30 de
enero de 2017)”.
III.-
Que el artículo 16.1.27 del Reglamento del Gobierno y la Administración de la
Ciudad Autónoma de Melilla establece que le corresponde al Consejo de Gobierno:
“La aprobación
de la planificación estratégica en materia de subvenciones, así como la
concesión directa de subvenciones a las que alude el artículo 22.2 de la Ley
General de Subvenciones cuando igualen o superen la cuantía de 18.000 euros”.
IV.-
Que el artículo 8 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma
de Melilla establece que “serán subvencionables las actividades programadas en las convocatorias
específicas, y referidas a las áreas de: En materia de Juventud: a) Desarrollo
político económico, social, cultural, deportivo y artístico de la juventud. e)
Elaboración de programa de desarrollo e integración de la Juventud
(…).”
V.-
Que la Ciudad Autónoma de Melilla pondera el interés público y social de
subvencionar, mediante el régimen de excepcional directa (Art 22.2.c), las
AYUDAS DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA
PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DEL PROYECTO «MELILLA, RAÍCES DIGITALES»
EN EL MARCO DE TRANSICIÓN HACIA UN NUEVO MODELO ECONÓMICO EN LA CIUDAD AUTÓNOMA
DE MELILLA A TRAVÉS DE LA ESPECIALIZACIÓN PROFESIONAL DE LAS PERSONAS JÓVENES
EN ENTORNOS DIGITALES Y TECNOLÓGICOS
PARA EL AÑO 2022, mediante un sistema de ayudas para sufragar los costes
destinados a cubrir los gastos necesarios para el desarrollo del programa.
VI.-
La notoria y actual situación económico-social de
la Ciudad Autónoma de Melilla demanda la elaboración de programas de desarrollo
a fin de impulsar el necesario cambio de modelo económico de la ciudad,
concediendo especial atención a las personas desempleadas, y, entre ellas, a la
población joven melillense en edad de trabajar para lograr su correcto
desarrollo e integración socio-económica en todos los niveles de la vida.
VII.-
La Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía
establece en su artículo 5.2 que: “Las instituciones de la ciudad de Melilla, dentro del marco de sus
competencias, ejercerán sus poderes con los siguientes objetivos básicos: a) La
mejora de las condiciones de vida, elevación del nivel cultural y de trabajo de
todos los melillenses. (…). c) Adoptar las medidas que promuevan la inversión y
fomenten el progreso económico y social de Melilla, facilitando el empleo y la
mejora de las condiciones de trabajo. (…).”
VIII.-
Que con fecha 31 de octubre del 2022 se emite informe justificativo de la
Dirección General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud. Debiendo constar
en el expediente informe favorable de la Secretaría Técnica de la Consejería de
Distritos, Juventud y Participación Ciudadana ajustándose a lo dispuesto en la
Ley General de Subvenciones, el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad
Autónoma de Melilla, el Reglamento del Gobierno y Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla, la Ley de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y demás normativa de aplicación.
Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al
expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.
1º) La MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO GENERAL DE SUBVENCIONES DE LA
CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2020-2022 vigente, concretamente en
el apartado 1) CONSEJERÍA DE DISTRITOS, JUVENTUD Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, se
incluye:
Objetivo estratégico: Regular la colaboración entre las partes
en la promoción de la Ciudad Autónoma de Melilla como ciudad de innovación
digital y tecnológica en el mercado español e internacional con el objeto de
contribuir a que la Ciudad Autónoma de Melilla sea un lugar de creación de
empleo a nivel local y un foco de atracción de empresas nacionales e
internacionales en busca de talento en entornos digitales, y de colaboración
para profesionales y entusiastas de los negocios digitales y de la tecnología
con un destacado interés en soluciones de adaptación tecnológica y en nuevas
formas de impulsar la transformación digital de su negocio, forjando una imagen
internacional de Melilla como ciudad abierta, digital, creativa y conectada al
mundo.
·
Área de competencia: Consejería de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana. Dirección
General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud.
·
Centro gestor: Dirección General de Atención, Participación Ciudadana y Juventud.
·
Sector al que se dirige la ayuda: Se ha desarrollado este proyecto en el que serán
beneficiarios las empresas con personalidad jurídica, personas físicas que
actúen como empresarios, fundaciones de la ley 50/2002 (26 de
diciembre),federaciones deportivas, colegios profesionales, asociaciones y
organizaciones representativas de sectores económicos y sociales,
asociaciones y organizaciones sin ánimo
de lucro relacionadas y dedicadas a la atención a personas con diversidad
funcional y/o a la atención de personas víctimas de violencia de género.
·
Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Innovación
digital y tecnológica en el mercado español e internacional con el objeto de
contribuir a que la Ciudad Autónoma de Melilla sea un lugar de creación de
empleo a nivel local y un foco de atracción de empresas nacionales e
internacionales en busca de talento en entornos digitales, y de colaboración
para profesionales y entusiastas de los negocios digitales y de la tecnología
con un destacado interés en soluciones de adaptación tecnológica y en nuevas
formas de impulsar la transformación digital de su negocio, forjando una imagen
internacional de Melilla como ciudad abierta, digital, creativa y conectada al
mundo.
·
Plazo necesario para su consecución: En un primer plazo, las ayudas deberán
resolverse antes del 31 de diciembre de 2022. Con posterioridad, deberán de
mantenerse los compromisos inherentes a este programa de ayudas, y ser
comprobadas las mismas por el órgano gestor.
·
Costes previsibles, ejercicio 2022: 485.000,00 Euros.
·
Aplicación presupuestaria: 01 33440 48900 (SUBVENCIONES JUVENTUD).
·
Aportación de otros entes: Estas ayudas se podrán cofinanciar con cargo a
Fondos Europeos, a través de fondos de la Ciudad Autónoma de Melilla, o
cualquier otro fondo proveniente de otra Administración, previa dotación
presupuestaria, que vendrá determinado en la convocatoria correspondiente.
b.- Forma de concesión: Directa con carácter excepcional.
c.-Mecanismo de aplicación: Actuará como Bases reguladoras el Reglamento General de Subvenciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla, publicado en BOME núm. 4.224, de 9 de septiembre de
2005.
·
Seguimiento y evaluación: o Sin perjuicio de las facultades de comprobación y
control financiero que tengan atribuidas otros órganos competentes, tanto
nacionales como comunitarios, la Ciudad Autónoma de Melilla podrá realizar las
comprobaciones que considere precisas para la constatación del cumplimiento de
lo dispuesto en el Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado
mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio y en la Convocatoria.
2º) Que se proceda a la publicación del presente acuerdo en el Boletín
Oficial de la Ciudad de Melilla.”
Melilla 3 de noviembre de 2022,
El Secretario Técnico de Distritos, Juventud y Participación Ciudadana
P.A.,
Juan Luis Villaseca Villanueva