ARTÍCULO Nº 9 (CVE: BOME-AX-2022-9) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 7 - jueves, 17 de febrero de 2022 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
Orden nº 525 de fecha 16 de febrero de 2022, relativa a ampliación del plazo de presentación de solicitudes y registro de documentos tanto en sede electrónica como en red de oficinas de información y atención al ciudadano, en la convocatoria de ayudas económicas para el pago de matrícula de estudios universitarios y de acceso a la universidad, correspondiente al curso 2021-2022.
I.- La Consejería de
Presidencia y Administración Pública, mediante Orden registrada al número
2022000442, de 09 de febrero de 2022, (BOME núm. 5938 de 11 de febrero de
2022), procede a la publicación de la CONVOCATORIA DE AYUDAS ECONÓMICAS PARA EL PAGO DE
MATRÍCULA DE ESTUDIOS UNIVERSITARIOS Y DE ACCESO A LA UNIVERSIDAD,
CORRESPONDIENTES AL CURSO 2021/2022, en régimen de concurrencia competitiva, la cual
establece que el plazo de presentación de solicitudes será de quince días a
contar desde el día siguiente al que se publique en el BOME, es decir finaliza
el 04 de marzo de 2022, asimismo, se debe indicar que el extracto de la
convocatoria, previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, y de conformidad con el artículo 30.4 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se publicó el mismo día que la resolución de
convocatoria.
II.- En el punto cuarto de la
citada Orden establece que: “El plazo de presentación de solicitudes será de quince días a partir del
día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín
Oficial de la Ciudad”.
III.- Que el citado punto cuarto
de mencionada Orden también indica que los plazos anteriormente señalados
podrán ser ampliados mediante Resolución del titular de la Consejería de
Presidencia y Administraciones Públicas, a propuesta del Órgano Instructor.
IV.- Que el apartado 2 del punto
noveno de la citada Orden indica establece que: “Las solicitudes se deberán presentar y registrar a
través de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla sede.melilla.es.”
V.- Que se están produciendo
incidencias con la Plataforma Autofirma de la Administración General del
Estado, ajenos a la Ciudad Autónoma de Melilla, generando dificultades a la
hora de firmar documentos con determinados navegadores, entre otros, la
solicitud que se debe adjuntar en el presente procedimiento por la Sede
Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Por lo cual, y al efecto de
no perjudicar a ningún potencialmente solicitante, se procede al
establecimiento de la posibilidad de la presentación de las solicitudes, además
de la Sede Electrónica de la Ciudad Autónoma de Melilla, de forma presencial a
través de la Red de Oficinas de Información y Atención al Ciudadano.
VI.- Que el artículo 32.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, establece la posibilidad de que la Administración,
salvo precepto en contrario, pueda conceder de oficio o a petición de los
interesados, una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la
mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se
perjudican derechos de tercero.
VII.- Que, de acuerdo con esta
facultad y a fin de facilitar que los administrados puedan presentar sus
solicitudes, teniendo en cuenta las dificultades técnica que se están
produciendo en la Plataforma de firma de la Administración General del Estado
(Autofirma), por causas ajena a la Ciudad Autónoma de Melilla, se entiende que
concurren circunstancias suficientes que aconsejan ampliar el plazo de
presentación de solicitudes de esta convocatoria de ayudas, así como el
establecimiento de la posibilidad de presentación de las solicitudes de forma presencial,
a través de la Red de Oficinas de Información y Atención al Ciudadano.
De
acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 1908/2022, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas, VENGO
EN DISPONER
Primero.- Ampliar el plazo de
presentación de solicitudes previsto en el punto cuarto de la Orden registrada
al número 2022000442, de 09 de febrero de 2022, (BOME núm. 5938 de 11 de
febrero de 2022), hasta el día 11 de marzo de 2022 inclusive.
Segundo.- Establecer la posibilidad
de presentación y registro de solicitudes para el presente procedimiento, a
través de los siguientes medios:
- Sede Electrónica de la
Ciudad Autónoma de Melilla (sede.melilla.es).
- Red de Oficinas de
Información y Atención al Ciudadano.
Tercero.- Contra la presente
resolución de ampliación del plazo máximo de presentación de solicitudes no
cabe la presentación de recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la
resolución que ponga fin al procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto por el
artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarto.- La presente resolución
surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial
de la Ciudad de Melilla.
Melilla 16 de febrero
de 2022,
La Consejera de Presidencia
y Administración Pública,
Gloria Rojas Ruiz