ARTÍCULO 378 - BOME-AX-2022-378

BOME EXTRA Nº 70 del martes, 8 de noviembre de 2022

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD

Orden n º 1316, de fecha 8 de noviembre de 2022, relativa a la convocatoria de plazas del programa de formación del convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad Autónoma de Melilla, para el desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas 2022 / 2023.


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La Excma. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante Orden número 2022001316, del día 08 de noviembre de 2022, ha dispuesto lo siguiente:

CONVOCATORIA DE PLAZAS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN  DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN  Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA PARA EL DESARROLLO DE DIVERSOS PROGRAMAS DE INTERÉS                 MUTUO CENTRADOS EN ACCIONES DE COMPENSACIÓN EDUCATIVA Y DE FORMACIÓN DE PERSONAS JÓVENES Y ADULTAS DESFAVORECIDAS 2022/2023.

De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula segunda, apartado B), del Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y  la Ciudad Autónoma de Melilla, para el desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas correspondiente al curso 2022/2023, suscrito en fecha 24 de junio de 2022 y publicado en el BOME nº 5978, del viernes 01 de julio de 2022, VENGO EN ORDENAR la convocatoria de las siguientes plazas, correspondientes a las acciones del Programa de Formación objeto del convenio, de acuerdo con la siguiente oferta:

 

1. PLAN DE ALFABETIZACIÓN E INMERSIÓN LINGÜISTICA EN CASTELLANO:

 

Nº de Plazas

Perfil

45

Dirigido a adultos/as con necesidades de alfabetización en lengua castellana y de adquisición de competencias básicas para favorecer su integración sociolaboral, cuando las medidas establecidas en los centros de educación de personas adultas no respondan a sus necesidades.

45

Dirigido a menores alumnado de escolarización tardía en el sistema educativo español así como menores extranjeros no acompañados con necesidades de inmersión lingüística, refuerzo tutorial y adaptación curricular.

 

2. PROGRAMAS  IMPULSO FORMATIVO HACIA LA EMPLEABILIDAD : CAMBIO DE PERSPECTIVA “COACHING ACTITUDINAL”

 

Nº de Plazas

Perfil

Especificaciones

12

CAMBIO DE PERSPECTIVA “COACHING ACTITUDINAL”

Programa dirigido a jóvenes mayores de dieciséis años y menores de veinticuatro, con bajo nivel formativo, en situación de desempleo y desescolarización que no estan en  posesión de una titulación básica o que aún, disponiendo de ella, no han continuado formándose o están próximos a abandonar.

 

3. PROGRAMAS  IMPULSO FORMATIVO HACIA LA EMPLEABILIDAD : INICIACIÓN PROFESINAL Y EDUCATIVA

 

Nº de Plazas

Perfil

Especificaciones

15

 

 

15

 

 

15

AUXILIAR EN RESTAURACIÓN/HOSTELERÍA

 

AUXILIAR EN INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES

 

AUXILIAR ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA

Los talleres profesionales irán dirigidos a jóvenes mayores de dieciséis años y menores de veinticuatro que hayan abandonado el sistema educativo sin haber adquirido ninguna titulación y con notorias dificultades de adaptación al medio escolar y/o laboral y que, por ello, se encuentren en grave riesgo de exclusión social, así como a aquellos jóvenes que, con independencia de las circunstancias que concurran, necesiten una inmediata incorporación al mundo laboral o la reincorporación al sistema educativo y no dispongan de las competencias básicas necesarias.

 


REQUISITOS, SOLICITUDES Y PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN:

1.Podrán participar en el Programa de Formación los ciudadanos con residencia legal en Melilla que respondan a los perfiles establecidos para cada una de acciones formativas que se ofertan.

2.             Los interesados deberán formular su solicitud en el modelo oficial que les será facilitado por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad a partir del día hábil siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Melilla hasta cubrir el número de plazas ofertadas.

3.             Las plazas disponibles se adjudicarán por el orden de su presentación en el Registro de entrada de la Ciudad Autónoma de Melilla.

4.             Corresponde a la coordinación general del convenio la instrucción del procedimiento de adjudicación de las plazas, la cual realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la resolución.

5.             El órgano colegiado competente para efectuar la propuesta de adjudicación estará compuesto, como mínimo, por el Director General de Educación e Igualdad y dos empleados públicos designados por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, actuando como secretario la persona responsable de la coordinación general del Convenio. La propuesta de resolución se formulará por la citada Dirección General a la Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad que será el competente para resolver la convocatoria.

6.             La resolución deberá relacionar a los solicitantes que obtengan plaza y determinará una lista de reserva con aquellos que no la obtengan.

Una vez admitidos los solicitantes, se comprobará que éstos cumplen los requisitos exigidos para participar en la actividad de que se trate, quedando excluidos en caso de incumplimiento, para adjudicar la plaza al siguiente solicitante de la lista de reserva.

7.             La resolución del procedimiento se notificará a los interesados mediante su publicación en el Tablón de Anuncios de la Dirección General de Educación e Igualdad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de conformidad con lo preceptuado por el artículo 45.1 b) de Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

De conformidad con el artículo 121 y demás concordantes de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la presente convocatoria, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación  de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.”

 

Melilla 8 de noviembre de 2022,

El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,

Juan León Jaén Lara