Orden n º 1316, de fecha 8 de noviembre de 2022, relativa a la convocatoria de plazas del programa de formación del convenio de colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Ciudad Autónoma de Melilla, para el desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas desfavorecidas 2022 / 2023.
La Excma. Consejera de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, mediante
Orden número 2022001316, del día 08 de noviembre de 2022, ha dispuesto lo
siguiente:
“CONVOCATORIA DE
PLAZAS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN DEL
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y LA CIUDAD AUTONOMA
DE MELILLA PARA EL DESARROLLO DE DIVERSOS PROGRAMAS DE INTERÉS MUTUO CENTRADOS EN ACCIONES DE
COMPENSACIÓN EDUCATIVA Y DE FORMACIÓN DE PERSONAS JÓVENES Y ADULTAS
DESFAVORECIDAS 2022/2023.
De acuerdo con lo dispuesto en la cláusula segunda, apartado B), del
Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional
y la Ciudad Autónoma de Melilla, para el
desarrollo de diversos programas de interés mutuo centrados en acciones de
compensación educativa y de formación de personas jóvenes y adultas
desfavorecidas correspondiente al curso 2022/2023, suscrito en fecha 24 de
junio de 2022 y publicado en el BOME nº 5978, del viernes 01 de julio de 2022, VENGO EN ORDENAR la convocatoria de las
siguientes plazas, correspondientes a las acciones del Programa de Formación
objeto del convenio, de acuerdo con la siguiente oferta:
1. PLAN DE ALFABETIZACIÓN E INMERSIÓN
LINGÜISTICA EN CASTELLANO:
Nº de Plazas |
Perfil |
45 |
Dirigido a
adultos/as con necesidades de alfabetización en lengua castellana y de
adquisición de competencias básicas para favorecer su integración
sociolaboral, cuando las medidas establecidas en los centros de educación de
personas adultas no respondan a sus necesidades. |
45 |
Dirigido a menores alumnado de escolarización
tardía en el sistema educativo español así como menores extranjeros no
acompañados con necesidades de inmersión lingüística, refuerzo tutorial y
adaptación curricular. |
2. PROGRAMAS
IMPULSO FORMATIVO HACIA LA EMPLEABILIDAD : CAMBIO DE PERSPECTIVA “COACHING ACTITUDINAL”
Nº de Plazas |
Perfil |
Especificaciones |
12 |
CAMBIO DE PERSPECTIVA
“COACHING ACTITUDINAL” |
Programa
dirigido a jóvenes mayores de dieciséis años y menores de veinticuatro, con
bajo nivel formativo, en situación de desempleo y desescolarización que no
estan en posesión de una titulación
básica o que aún, disponiendo de ella, no han continuado formándose o están
próximos a abandonar. |
3. PROGRAMAS
IMPULSO FORMATIVO HACIA LA EMPLEABILIDAD : INICIACIÓN PROFESINAL Y EDUCATIVA
Nº de Plazas |
Perfil |
Especificaciones |
15 15 15 |
AUXILIAR EN RESTAURACIÓN/HOSTELERÍA
AUXILIAR EN
INFORMÁTICA Y COMUNICACIONES AUXILIAR
ELECTRICIDAD Y ELECTRÓNICA |
Los talleres
profesionales irán dirigidos a jóvenes mayores de dieciséis años y menores de
veinticuatro que hayan abandonado el sistema educativo sin haber adquirido
ninguna titulación y con notorias dificultades de adaptación al medio escolar
y/o laboral y que, por ello, se encuentren en grave riesgo de exclusión
social, así como a aquellos jóvenes que, con independencia de las
circunstancias que concurran, necesiten una inmediata incorporación al mundo
laboral o la reincorporación al sistema educativo y no dispongan de las
competencias básicas necesarias. |
REQUISITOS, SOLICITUDES Y PROCEDIMIENTO DE
ADJUDICACIÓN:
1.Podrán participar en el Programa de Formación los ciudadanos con
residencia legal en Melilla que respondan a los perfiles establecidos para cada
una de acciones formativas que se ofertan.
2.
Los interesados deberán formular su solicitud en el modelo oficial que
les será facilitado por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad a partir del día hábil siguiente al de la publicación de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial de Melilla hasta cubrir el número de plazas
ofertadas.
3.
Las plazas disponibles se adjudicarán por el orden de su presentación en
el Registro de entrada de la Ciudad Autónoma de Melilla.
4.
Corresponde a la coordinación general del convenio la instrucción del
procedimiento de adjudicación de las plazas, la cual realizará de oficio
cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y
comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la
resolución.
5.
El órgano colegiado competente para efectuar la propuesta de
adjudicación estará compuesto, como mínimo, por el Director General de
Educación e Igualdad y dos empleados públicos designados por la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, actuando como secretario la persona
responsable de la coordinación general del Convenio. La propuesta de resolución
se formulará por la citada Dirección General a la Consejera de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad que será el competente para resolver la
convocatoria.
6.
La resolución deberá relacionar a los solicitantes que obtengan plaza y
determinará una lista de reserva con aquellos que no la obtengan.
Una vez admitidos los solicitantes, se comprobará que éstos cumplen los
requisitos exigidos para participar en la actividad de que se trate, quedando
excluidos en caso de incumplimiento, para adjudicar la plaza al siguiente
solicitante de la lista de reserva.
7.
La resolución del procedimiento se notificará a los interesados mediante
su publicación en el Tablón de Anuncios de la Dirección General de Educación e
Igualdad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de
conformidad con lo preceptuado por el artículo 45.1 b) de Ley 39/2015 de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
De conformidad con el artículo 121 y demás concordantes de la Ley
39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, contra la presente convocatoria, que no agota la vía
administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Presidente
de la Ciudad Autónoma de Melilla, a interponer en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de la publicación
de la presente Orden, pudiendo presentarse el recurso ante esta
Consejería o bien directamente ante el órgano competente para resolverlo, sin
perjuicio de que pueda el interesado ejercitar cualquier otro recurso que
estime oportuno.”
Melilla 8 de noviembre de 2022,
El Secretario Técnico de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad,
Juan León Jaén Lara