ARTÍCULO 390 - BOME-AX-2022-390

BOME EXTRA Nº 72 del martes, 22 de noviembre de 2022

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Decreto nº 1169, de fecha 21 de noviembre de 2022, relativo al cese de D. Joaquín Arana Torres como asesor de la plantilla de personal eventual.


El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto de 21/11/2022, registrado al número 2022001169, en el Libro de Oficial de Decretos de la Presidencia ha decretado lo siguiente:

Vista la Sentencia nº 32/2022 de 7/09/2022 del Procedimiento Abreviado 12/2022 del Juzgado Contencioso-Administrativo nº 1 de Melilla, en la que se estima el recurso de D. Joaquín Arana Torres sobre su cese material y efectivo como Director General de la C.A.M., debiendo reincorporarse a este puesto de trabajo, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 104.2 de la Ley Reguladora de la Bases de Régimen Local, Ley 7/1985 de 2 de Abril, aplicable en virtud de lo señalado en el art. 30 y 31 de la L.O. 2/1995 de 13 de Marzo de Estatuto de Autonomía de Melilla,

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 37468/2022, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

El Cese de D. JOAQUIN ARANA TORRES como Asesor de la plantilla de Personal Eventual .

Contra este DECRETO, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o su publicación.

Alternativamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación o su publicación.

Si se opta por la interposición del recurso de reposición en vía administrativa, transcurrido un mes desde su interposición sin que haya sido resuelto, se entenderá desestimado por silencio administrativo y a partir del día siguiente podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo en el plazo de seis meses.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad.

 

Melilla 21 de noviembre de 2022,

El Secretario P.A.,

Antonio Jesús García Alemany