Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 29 de noviembre de 2022, relativo a la aprobación inicial del expediente de modificación de crédito por crédito extraordinario financiado con bajas de otros créditos.
La Excma. Asamblea de Melilla en sesión Extraordinaria del 29 de
noviembre de 2022 adoptó el siguiente acuerdo:
“PUNTO TERCERO.- APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE DE MODIFICACIÓN DE CREDITO
POR CREDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON BAJAS DE OTROS CREDITOS.- La Comisión Permanente de
Hacienda, Empleo y Comercio en sesión ordinaria celebrada el 22 de noviembre,
conoció propuesta del asunto citado y una vez sometida a votación , tras las
deliberaciones que constan en el acta, se dictaminó favorablemente por 5 votos
a favor ( los tres representantes del Grupo Político CpM y dos del Partido
Socialista) y 5 abstenciones( los cuatro representantes del Grupo Político
Partido Popular y el diputado da Costa Solís del Grupo Mixto).
En virtud de lo anterior se eleva propuesta al Pleno de la Asamblea de
APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE Nº
36532/2022 DE MODIFICACIÓN DE CREDITO POR CREDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON
BAJAS DE OTROS CREDITOS en los términos que constan en el expediente.
El presente acuerdo, en caso de adoptarse, se expondrá al público
mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Ciudad, por el plazo de
15 días en los que podrá ser examinado y presentarse alegaciones. Si no se
hiciesen, se considerará definitivamente aprobado. En caso contrario resolverá
el Pleno de la Asamblea en el plazo de un mes entrando en vigor una vez
cumplido lo establecido en el artículo 169 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales, y cuyo tenor literal es el siguiente:
PROPUESTA DE ACUERDO
PRIMERO. Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio
siguiente para los que no existe crédito consignado en el vigente Presupuesto
de la Corporación, y dado que existen en el presupuesto otros créditos que son
susceptibles de minoración sin perturbar el servicio correspondiente, se
propuso la concesión de un crédito extraordinario financiado con bajas de otros
créditos.
SEGUNDO. Con fecha 14 de noviembre de 2022, se emitió Memoria de la Consejería
de Hacienda, Empleo y Comercio en la que se especificaban la modalidad de
modificación del crédito, la financiación de la operación y su justificación.
TERCERO. Con fecha 15 de noviembre de 2022, se emitió informe de la Secretaría
Técnica de Hacienda, Empleo y Comercio sobre la Legislación aplicable y el
procedimiento a seguir.
CUARTO. Con fecha 16 de noviembre de 2022, se emitió informe de Intervención
por el que se informó favorablemente el referido expediente de crédito
extraordinario y se elaboró Informe Intervención sobre Evaluación de la
Estabilidad Presupuestaria.
LEGISLACIÓN APLICABLE
La Legislación aplicable al asunto es la siguiente:
-
Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora
de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de
marzo.
-
Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el
que se desarrolla el Capítulo I, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de
diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos.
-
Los artículos 3, 4, 11, 12, 13, 21 y 23 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27
de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
-
El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12
de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades
Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre.
-
El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y
Regionales de la Unión Europea (SEC-10).
-
El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases del Régimen Local.
-
La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la
estructura de presupuestos de las entidades locales.
-
La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las
obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012,
de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
-
El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
-
La Base nº 9 y 10 de las Bases de ejecución del presupuesto del
ejercicio 2022.
Visto cuanto antecede, se considera que el expediente ha seguido la
tramitación establecida en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación
inicial por el Pleno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 177.2 del
Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por
Real Decreto 2/2004, de 5 de marzo, y en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Por todo lo expuesto, y de acuerdo con los informes aportados al expediente
se PROPONE al Pleno de la Asamblea,
previo Dictamen de la Comisión Permanente de Hacienda, Empleo y Comercio, la
adopción del siguiente ACUERDO:
PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de modificación de créditos n.º
36532/2022 del Presupuesto de la Ciudad Autónoma de Melilla, en la modalidad de
crédito extraordinario, financiado con bajas de otros créditos, como sigue a
continuación:
Alta en aplicaciones de gastos
Aplicación |
Descripción |
Alta |
||
Org. |
Progr. |
Económ. |
|
|
03 |
49200 |
64100 |
FEDER DGSI |
32.416,00 |
07 |
17200 |
60900 |
FEDER MEDIO
AMBIENTE |
2.793.000,00 |
02 |
43900 |
61900 |
FEDER HACIENDA |
11.612,00 |
03 |
43200 |
64100 |
FEDER TURISMO |
260.000,00 |
08 |
43300 |
74000 |
FEDER PROMESA T.
CAPITAL |
3.285.000,00 |
14 |
23100 |
14300 |
FSE EDUCACIÓN
Y MUJER |
329.025,00 |
04 |
23101 |
22799 |
FSE MENOR Y FAMILIA |
312.500,00 |
TOTAL CRÉDITO EXTRAORDINARIO |
7.023.553,00 |
Esta modificación se financia con bajas de otros créditos, en los
siguientes términos:
Baja en Aplicaciones de gastos
Concepto |
Descripción |
Baja |
02/92001/60900 |
FEDER
2021-2027 |
2.397.867,06 |
02/92001/60900 |
FEDER 2021-2027
REMANENTE |
4.220.943,82 |
02/24103/48000 |
FSE 2021-2027 |
404.742,12 |
TOTAL BAJAS |
7.023.553,00 |
Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece
el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril,
por el que se desarrolla el Capítulo I del Título VI de la Ley 39/1988, de 28
de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos,
que son los siguientes:
a) El carácter específico y
determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios
posteriores.
b) La insuficiencia en el
estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad
específica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la
vinculación jurídica.
SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla, por el plazo de quince días,
durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones
ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante
el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el
Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas.
Sometida a votación la APROBACIÓN INICIAL DEL EXPEDIENTE Nº 36532/2022 DE MODIFICACIÓN DE
CREDITO POR CREDITO EXTRAORDINARIO FINANCIADO CON BAJAS DE OTROS CREDITOS se aprueba por 9 votos a
favor ( 7 del Grupo CpM, y 2 del Grupo PSOE) y 8 abstenciones ( 7 del Grupo
Popular y 1 del sr. da Costa del Grupo Mixto).
Por tanto Mayoría Simple de conformidad con el art. 58.3 del Reglamento
de la Asamblea”
Lo que se comunica para su publicación y general conocimiento.
Melilla 30 de noviembre de 2022,
El Secretario P.A.,