Convenio de colaboración entre la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal de la Ciudad Autónoma de Melilla y la Cruz Roja Española en la Ciudad de Melilla, para actuaciones de atención a la drogodependencia en el año 2022.
Por acuerdo del
órgano competente, ha procedido a la aprobación del Petición Convenio 2022 CRUZ
ROJA, habiendo sido inscrito en el Registro de Convenios de la Ciudad Autónoma
de Melilla con número CON2200168 y los siguientes datos:
Consejería: CONSEJERIA DE
POLITICAS SOC, SALUD PUB Y BIEN ANIM
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Consejo de Gobierno 2022000667 14/12/2022 ES-Q2866001-G (CRUZ ROJA ESPAÑOLA)
|
Fecha de
formalización: 16/12/2022
De acuerdo con la
normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general
conocimiento.
Melilla 19 de diciembre
de 2022,
El Secretario Técnico
de Políticas Sociales y Salud Pública,
Victoriano Juan
Santamaría Martínez
ANEXO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA
CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL DE LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA Y LA CRUZ ROJA ESPAÑOLA EN LA CIUDAD DE MELILLA PARA
ACTUACIONES DE ATENCIÓN A LA DROGODEPENDENCIA EN EL AÑO 2022.
En Melilla, a 16 de diciembre de 2022.
REUNIDOS
De una parte la Excma. Sra. Dña. Francisca
Ángeles García Maeso, Consejera de Políticas Sociales, Salud Pública y
Bienestar Animal en virtud del Decreto nº 940, de fecha de 2 agosto de 2021
(BOME extraordinario nº 46 de 13 de agosto de 2021 debidamente facultado para
este acto por Acuerdo del Consejo de Gobierno de atribución de competencias de
19 de diciembre de 2019 (BOME extraordinario núm. 43, de 19 de diciembre), en
la redacción dada por el Acuerdo del Consejo de gobierno de la Ciudad de
Melilla de 13 de agosto de 2021 (BOMe. Extraordinario núm. 46, de 13 de agosto
de 23021)
De otra D. Julio Caro Sánchez, Presidente provincial en Melilla de la
Entidad Cruz Roja Española, con CIF Q-2866001-G, nombrado por el Sr. Presidente
de Cruz Roja Española con efectos desde el día 25 de abril de 2015.
En nombre y representación de sus respectivas instituciones, en el
ejercicio de las competencias que les están legalmente atribuidas,
reconociéndose mutua y recíprocamente capacidad para obligarse mediante el
presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto
MANIFIESTAN
Primero.- Que el artículo 43 de la
Constitución Española dispone el derecho todos a la salud, señalando que
corresponde a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a
través de las medidas preventivas y con las prestaciones y servicios que sean
necesarios.
Segundo.- Que el artículo 5 de la Ley
Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de
Melilla, señala que las instituciones de la ciudad de Melilla, dentro del marco
de sus competencias, ejercerán sus poderes, entre otros, con el objetivo de
mejorar las condiciones de vida de todos los melillenses. El Art. 21.1.18 de la
referida Ley Orgánica, señala que la Ciudad Autónoma ejercerá las competencias
en materia de Asistencia Social.
Tercero.- Que la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal de
la Ciudad Autónoma de Melilla tiene asignadas las competencias en materia de
prevención y asistencia a los drogodependientes (B.O.M.E. Núm. 3457, de 8 de
febrero de 1996).
Cuarto.- Que según el Real Decreto
1515/2005, de 16 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la
Administración del Estado a la ciudad de Melilla, en materia de sanidad,
corresponde a la Ciudad Autónoma de Melilla, el desarrollo de los programas
sanitarios tendentes a la protección y promoción de la salud.
Quinto.- Que la Ciudad Autónoma participa en la Conferencia Sectorial y en la
Comisión Interautonómica del Plan Nacional sobre Drogas, como órganos que
vertebran la relación entre
la Administración Central y las Comunidades Autónomas, dentro del Plan nacional
sobre Drogas.
Sexto.- Que Cruz Roja Española es una Entidad Auxiliar y Colaboradora de los
Poderes Públicos, según establece el art.1.6 del Real Decreto 415/1996, de 1 de
marzo, teniendo en la actualidad en Melilla un Centro de Atención a
Drogodependiente (en adelante C.A.D.).
Séptimo.- Con fecha 3 de febrero de 2022, se aprueban
definitivamente los Presupuestos Generales de la Ciudad de Melilla (BOME
extraordinario nº 5 de 4 de febrero de 2022) relativo a la aprobación
definitiva de los presupuestos generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para
el ejercicio 2022, en el entidad arriba citada en la Aplicación Presupuestaria
05/23122/48900 “Convenio Cruz Roja Española” por un importe de 165.000,00 €
según certificado de RC SUBVENCIONES nº 12022000071910, de 4/11/2022.
Octavo.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones, dispone
en el art.22, en cuanto a los Procedimientos de concesión, que:
“(...)2. Podrán concederse de
forma directa las siguientes subvenciones:
a) Las previstas nominativamente
en los Presupuestos Generales del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las
Entidades Locales en los términos recogidos en los y en la normativa reguladora
de estas subvenciones. El citado texto legal en su
art. 28, relativo a la concesión directa, dispone que: “Los convenios será el instrumento habitual
para canalizar las subvenciones previstas nominativamente en los Presupuestos
Generales del Estado, o en los de las corporaciones locales, sin perjuicio de
lo que a este respecto establezca su normativa reguladora”
El artículo 65.3 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, determina que
“ el acto de
concesión o el convenio tendrá el carácter de bases reguladoras de la concesión
a los efectos de lo dispuesto en la Ley General de Subvenciones”.
Noveno.- Con fecha 13 de diciembre de 2023, se aprueba por el Consejo de Gobierno, la propuesta
de la Consejera de Políticas Sociales, Salud
Pública y Bienestar Animal para la formalización del presente convenio
de colaboración. En virtud de lo expuesto, ambas partes, reconociéndose mutuamente
capacidad legal suficiente para obligarse, acuerdan suscribir el presente
convenio con arreglo a las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.- Objeto.- El presente Convenio de Colaboración tiene por objeto regular el sistema
de colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla a través de la Consejería
de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar
Animal y la Cruz Roja Española de
Melilla, normando todos los aspectos relativos a la financiación, desarrollo y
ejecución del “Programa por el que se regula el Centro de Atención al
Drogodependiente de Melilla” y la participación en el “Programa de Intercambio de Jeringuillas”,
(en adelante P.I.J.), dirigido este último, a los usuarios de drogas por vía
parenteral.
Segunda.- Ámbito territorial.- El ámbito territorial del convenio de desarrollo de
los Programas se identifica con el territorio de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Tercera.- Compromisos asumidos por la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal y
la Cruz Roja Española de Melilla, a
través del C.A.D.-
1.- Corresponde a la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y
Bienestar Animal:
a.- La
financiación del PIJ mediante la aportación del material o Kit de intercambio y
los contenedores de residuos biológicos.
b.- La
aportación máxima de CIENTO SESENTA Y CINCO MIL EUROS
(165.000,00€) para la financiación de la
actividad con cargo a la aplicación presupuestaria 2022 05 23122 48900
“Convenio Cruz Roja Española”, según RC SUBVENCIONES nº 12022000071910, de
4/11/2022.
c.- El
seguimiento y coordinación de los
programas a través de los servicios técnicos de la Dirección General de Salud
Pública y Consumo de la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar
Animal.
d.- Facilitar la coordinación
institucional.
e.- Facilitar al Centro de Atención al
Drogodependiente cuantos datos
sean precisos para la realización del Programa.
2.- Corresponde a la Cruz Roja Española de Melilla, a través del Centro
de Atención al Drogodependiente:
a.-
Desarrollar el “Programa de Intercambio de Jeringuillas”(PIJ), en el Centro de Atención
al Drogodependiente durante el horario de funcionamiento realizando las
siguientes actividades:
-
Intercambio de jeringuillas usadas por material de inyección estéril.
-
Información, consejo y educación sanitaria.
-
Derivación de los usuarios que lo requieran a otros recursos
sociosanitarios existentes en la ciudad.
-
Remitir mensualmente a la Dirección General de Sanidad y Consumo los
siguientes datos sobre el PIJ:
-
nº de usuarios atendidos.
-
nº de usuarios atendidos por primera vez.
-
nº medio de contactos / usuario.
-
nº de Kits suministrados.
-
nº de derivaciones ofertadas.
-
nº de información sanitaria facilitada.
-
Cumplimentar diariamente un registro de actividad del PIJ con los
siguientes datos:
-
nº de jeringuillas usadas entregadas.
-
nº de Kits de intercambio suministrados.
-
información sanitaria facilitada.
-
derivaciones realizadas a los servicios socio-sanitario.
b.- El mantenimiento y funcionamiento del Centro de Atención al
Drogodependiente, con las siguientes especificaciones:
b.1.- Establecer desde la firma del presente Convenio los sistemas de
seguimiento e información sobre su actividad determinados por la Oficina
Provincial de Cruz Roja, garantizando en todo caso la confidencialidad de la
personalidad de los usuarios.
b.2..- Establecer un registro de pacientes con mecanismos que garanticen
su confidencialidad.
b.3.- Mantener la jornada laboral completa del Centro, sin perjuicio de
cualquier modificación razonada ulterior en función de las necesidades del
mismo, que deberá ser autorizada por la Consejería de Políticas Sociales, Salud
Pública y Bienestar Animal.
b.4.- Mantener un equipo multidisciplinar de profesionales para
desarrollar su prestación en el Centro de Atención al Drogodependiente, y que
contará como mínimo con:
-
Un Médico con probada experiencia en Adicciones, a media jornada .
-
Un Psicólogo, con probada experiencia en Adicciones, a jornada completa.
-
Un Psicólogo, con probada experiencia en Adicciones con jornada25 horas.
-
Un ATS / DUE, a jornada completa.
-
Un técnico superior de laboratorio, a jornada completa.
-
Un Trabajador Social, jornada completa.
-
Una limpiadora a media jornada.
-
Gestión: Un titulado Superior nivel dos meses a jornada completa.
En el supuesto de imposibilidad de poder contratar a jornada completa
alguno de los miembros de esta relación, Cruz Roja podrá sustituir la
contratación total, por la contratación de otro puesto de apoyo de alguno de
los profesionales del equipo señalado.
No obstante dicha modificación, justificada, deberá ser comunicada con
el suficiente plazo a la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y
Bienestar Animal para su aprobación.
En ningún caso se establecerá relación laboral o funcionarial alguna
entre el personal que participe en el Centro de Atención al Drogodependiente y
la Ciudad Autónoma de Melilla, siendo
responsabilidad de la Cruz Roja de Melilla, todas las obligaciones que conlleva
la contratación del referido personal, debiendo garantizar la misma de forma
expresa la adecuación de la capacitación profesional y laboral del personal que
esté adscrito al Centro de Atención al Drogodependiente.
c.- Desarrollar las actividades, servicios y
programas concertados con la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y
Bienestar Animal de conformidad con las directrices indicadas por la misma.
Dentro de las actividades a desarrollar, se señalan expresamente las
siguientes:
o
Acogida, información y orientación de drogodependientes y familiares interesados
en iniciar un tratamiento.
o
Evaluación médica, psicológica, social y toxicológica.
o
Orientación, implicación y abordaje psicológico de los familiares para que
intervengan en el tratamiento.
o
Realización de programas de tratamiento en régimen ambulatorio de
desintoxicación y / o deshabituación.
o
Educación para la salud de los usuarios que acceden al centro.
o
Seguimiento psicológico y social.
o
Información, asesoramiento y apoyo psicológico de pacientes afectados
por el Síndrome de Inmunodeficiencia adquirida (VIH).
o
Derivación de casos a recursos de tercer nivel: unidades de
desintoxicación hospitalaria, comunidades terapéuticas, previa valoración
técnica.
o
Comunicación con los profesionales de Atención Primaria, de la Unidad de
Salud Mental y de otros recursos de Atención al Drogodependientes de la Ciudad.
•
Participación en el PIJ conforme a lo establecido en los puntos 2.a, 2.b
y 2.c de la presente cláusula.
•
Realizar visitas
domiciliarias necesarias a los
domicilios de los usuarios de los programas
o
Elaboración y aportación a la Comisión de Acreditación, Evaluación y
Control de Centros o Servicios, de los estadillos del Protocolo de inclusión en
tratamientos con carácter mensual, y trimestralmente la hoja resumen de
incidencias conforme con el Art. 10 de la Ordenanza por la que se regula los
tratamientos con opiáceos a personas dependientes de los mismos en la Ciudad de
Melilla (BOME. Extraordinario 12, 11/07/97)
Y cuantas otras, se lleguen a realizar por acuerdo expreso entre ambas
partes.
d.-
La Cruz Roja Española, salvo razones de fuerza mayor debidamente acreditadas,
se compromete a mantener en funcionamiento el servicio que presta el Centro de Atención
al Drogodependientes, durante la vigencia del presente Convenio o de sus
posibles prórrogas, ampliando el horario del CAD a jornada completa conforme al
calendario laboral de la Ciudad.
e.- La rendición de cuenta de las cantidades
aplicadas al programa y abonadas en concepto de:
- Gastos de personal. CIENTO VEINTIOCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y UN
EUROS CON NOVENTA Y TRES CÉNTIMOS ( 128.151,93€ ), comprensivos de los meses de enero a diciembre de 2021, de la
totalidad del personal descrito anteriormente por totalidad del tiempo
contratado.
En caso de no poder justificar los gasto correspondientes a personal de
acuerdo con lo anteriormente reseñado, estas cantidades se retraerán de pagos
posteriores, o en el caso de ser percibidas será convenientemente devueltas.
-
Gastos de mantenimiento, material, actividad, equipamiento, teléfono
(100%), administración, gestión y comisiones de cuentas bancarias que estén directamente
derivados de la propia ejecución de los programas e indispensables para la
adecuada preparación o ejecución de las actividades de los mismos. TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL
EUROS CON SIETE CÉNTIMOS (36.848,07
€). Deberán
justificarse mediante
facturas normalizadas.
Cuarta.- Plazo y Forma de Pago.-
Firmado el presente Convenio por las partes, la Ciudad de Melilla
procederá a transferir a la Entidad Cruz Roja Española, con CIF núm. Q2866001-G, el importe correspondiente a la
justificación previa del gasto realizado por la entidad subvencionada.
Quinta.- Justificación.- La
acreditación de la aplicación de la subvención a los fines para los que ha sido
concedida a través del presente convenio, se ha de realizar mediante la
presentación de la siguiente documentación:
1.
La Justificación económica. Antes del 31/03/2023
2.
La Justificación técnica . Antes del 31/01/2023
1. La justificación económica se realizará, a través de
la cuenta justificativa de gastos, según el siguiente protocolo:
o
Dentro de los gastos de personal se incluirán los gastos derivados del pago de retribuciones al personal
de la entidad vinculada al programa del centro mediante contrato laboral que se
ajuste a la legislación laboral aplicable al presente caso, se incluirá como
tales las cuotas de seguros sociales a cargo de la entidad del personal afecto
al programa. Entre la documentación que debe aportarse, se encontrará:
o
Contrato Laboral.
o
Recibo de nómina, que deberá contener: Nombre, apellidos y NIF del
trabajador/ a, categoría profesional, número de afiliación a la Seguridad
Social, conceptos retributivos, firma del trabajador/ a y sello de la empresa,
etc.
o
Boletines Acreditativos de Cotización a la Seguridad Social (RLC y RNT).
o
Impresos 111 y 190 de ingresos por retenciones IRPF.
En el caso de que se produzca la resolución de los contratos laborales
del personal sujeto al presente Convenio de Colaboración, deberá justificarse
mediante documentación suficiente las cantidades satisfechas a los trabajadores
en concepto de liquidación de los referidos contratos.
Los gastos generales, reparación y mantenimiento ordinario, se justificarán mediante
la presentación de factura normalizada donde deberá reseñarse, que el
suministro, servicio, etc., se ha realizado para el programa objeto del
convenio, así como el nombre, domicilio y razón social del
suministrador/prestador del servicio, con indicación del CIF, debiendo
presentarse la factura sellada y firmada por la empresa. Cuando se contraten servicios externos de cualquier
tipo la Asociación deberá solicitar como mínimo tres ofertas de distintos
proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la
prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que, por las especiales
características de los gastos subvencionables, no exista en el mercado
suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el
gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención. La
elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la
justificación, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía,
debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga
en la propuesta económica más ventajosa de acuerdo con lo dispuesto en el punto
3 del art. 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
en la redacción dada por la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación.
Se añadirá a la cuenta justificativa, además de todo lo anterior, un
certificado emitido por el legal representante de Cruz Roja Española de
Melilla, acreditativo de que actividades cuyos gastos se han incluido en la
justificación se han realizado con cargo a la subvención recibida para el
programa objeto del presente convenio.
2. La justificación técnica incluirá un informe pormenorizado de las actividades realizadas,
detallando el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos y el impacto
social de los mismos.
La justificación de los gastos se presentará, con la documentación
original a la Dirección General de Salud Pública y Consumo, antes del 31 de marzo del 2023, la cual, una vez
conformada procederá a su remisión a la Consejería de Hacienda, Empleo y
Comercio, quedando una copia de la justificación en la Consejería de Políticas
Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal. El plazo de presentación de la
justificación se establece como máximo en tres meses una vez finalizada la
actividad objeto del convenio.
El incumplimiento del deber de justificación, en las condiciones
descritas en la presente cláusula, dará lugar, de conformidad con lo
contemplado en el art. 30.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones a la obligación de reintegro de las cantidades percibidas
Sexta.- Compatibilidad de la subvención.- La presente subvención será
compatible con otras subvenciones, ayudas o ingresos con la misma finalidad, si
bien, el importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía
que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos, supere el coste del hecho subvencionado.
Séptima. Vigencia.- El presente Convenio de Colaboración surtirá
efectos desde el día uno (1) de enero al treinta y uno (31) de diciembre de dos
mil veintidós.
Octava.- Extinción.- El incumplimiento de las cláusulas del convenio por cualquiera de las
partes, será causa de extinción del mismo, sin perjuicio de los establecido en
el párrafo siguiente.
El incumplimiento por parte de la Cruz Roja en Melilla, determinará para
ésta la obligación de restituir a la Ciudad Autónoma de Melilla, las cantidades
percibidas con arreglo al presente Convenio y no justificadas.
También será causa de resolución, el mutuo acuerdo y la imposibilidad
sobrevenida de cumplir las actividades descritas.
En caso de resolución del convenio, Cruz Roja deberá poner a disposición de la Ciudad Autónoma los
locales y todo aquel material cedido cuya propiedad corresponda a la Ciudad Autónoma en el plazo máximo de un
mes tras la comunicación del acto.
Novena.-Régimen Jurídico.- El Régimen Jurídico aplicable al presente convenio
será el establecido en la Ley 38/2003 General de Subvenciones, en el Reglamento
General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y demás normativa
aplicable, así como lo establecido en las cláusulas del convenio. De acuerdo
con lo anterior será de aplicación el Régimen de Subvención Directa cuando las
subvenciones que se vayan a otorgar estén presentes nominativamente en los
Presupuestos Generales de la Ciudad de
Melilla, en los términos recogidos en el
convenio y en la normativa reguladora de estas subvenciones. La Subvención a
Cruz Roja Española en Melilla para el programa “Mantenimiento centro
Ambulatorio de Atención al Drogodependiente”, se contempla en los Presupuestos
Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2021, con la
clasificación 05/23122/48900, por importe de 165.000,00 €.
Décima.- Coordinación.- La Ciudad Autónoma
designará a un Técnico de la Dirección General de Salud Pública y Consumo que
realizará la labor de coordinación de
las actividades desarrolladas por el CAD.
El responsable del CAD de Cruz Roja Melilla, facilitará la labor del mismo.
Asimismo, Cruz Roja Española de
Melilla remitirá a la Dirección General de Salud Pública y Consumo, a través
del técnico designado, con una periodicidad trimestral, una memoria informativa
de las actividades realizadas, el grado de cumplimiento de los objetivos
marcados y el impacto social de los mismos.
A la finalización de la vigencia del convenio se remitirá una memoria de
actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la
concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de
los resultados obtenidos.
Undécima.- Comisión paritaria.- Que para el
seguimiento del presente Convenio se constituirá en caso de necesidad una
Comisión Paritaria cuya composición y constitución estaría consensuada por las
partes.
La Comisión Paritaria en caso
de ser creada tendrá las siguientes
Funciones:
-
El seguimiento del presente Convenio.
-
Informe sobre el desarrollo de las actividades a realizar por el CAD,
así como evaluación anual de los servicios prestados por el Centro.
-
Informe y consulta preceptiva a la misma en relación a posibles
incorporaciones de nueva actividad y /o proyectos, necesidades de personal y
presupuestarias, etc.
-
Recomendaciones sobre actuaciones a realizar.
-
Informe sobre las dudas que puedan plantearse durante la vigencia del
presente convenio.
Duodécima.- Interpretación.- Cualquier
duda en la interpretación del Convenio será resuelta, por los abajo firmantes correspondientes a cada una de las Instituciones de común
acuerdo. En el caso en que no se produjera el mutuo acuerdo, regirá la postura
de la Administración autonómica, hasta la finalización del convenio.
POR
LA CONSEJERIA DE POLÍTICAS SOCIALES, POR
CRUZ ROJA ESPAÑOLA
SALUD
PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL
LA
CONSEJERA EL
PRESIDENTE PROVINCIAL EN MELILLA