ARTÍCULO Nº 47 (CVE: BOME-AX-2023-47) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 17 - viernes, 31 de marzo de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA
Decreto nº 477, de fecha 31 de marzo de 2023, relativo a la reserva de lugares especiales gratuitos, para la colocación de propaganda de las elecciones a la Asamblea de la Ciudad Autónoma de Melilla para el 28 de mayo de 2023.
A N U N C I O
El Excmo. Sr. Presidente,
por Decreto num. 477 de fecha 31 de marzo de 2023, registrado al Libro de
Resoluciones no Colegiadas, ha dispuesto lo siguiente:
“Está previsto que el próximo 4 de abril se publique en el
Boletín Oficial del Estado el correspondiente Real Decreto de convocatoria de
elecciones a la Asamblea de la Ciudad de Melilla para el 28 de mayo de
2023.
De conformidad con los artículos 55 y 56 de la Ley
Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General aplicables por
la remisión realizada por el artículo 7.1 de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de
marzo, es obligación de la Ciudad Autónoma reservar lugares especiales
gratuitos para la colocación de carteles y, en su caso, pancartas y carteles
colgados a postes o farolas por el sistema de banderolas. La propaganda a
través de las pancartas y banderolas solo podrá colocarse en los lugares
reservados como gratuitos por la Ciudad.
A tenor de lo anterior se solicitó a la Consejería de Medio
Ambiente, de conformidad con las competencias atribuidas por el Decreto de
distribución de competencias entre las Consejerías de la Ciudad (BOME
extraordinario nº 43 de 19 de diciembre de 2019) que comunicara a la Secretaría
General de la Asamblea, los datos precisos para poder dar cumplimiento a la
precitada obligación, trasladándose por la Dirección General de
Infraestructuras y Recursos Hídricos mediante Oficio de 28 de marzo los lugares
disponibles.
Considerando la obligación de comunicar a la Junta
Electoral de Zona y Provincial de Melilla, en el plazo de siete días siguientes
a la convocatoria de elecciones, los emplazamientos disponibles para la
colocación gratuita de carteles y, en su caso, pancartas y banderolas de
conformidad con los artículos 55 y
56 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen
Electoral General y
atendiendo a las competencias que tengo atribuidas por el artículo
14 de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo, es obligación de la Ciudad
Autónoma VENGO EN DECRETAR:
PRIMERO.- Designar como
lugares especiales gratuitos para la colocación de carteles y, en su caso,
pancartas y carteles colgados a postes o farolas por el sistema de banderolas,
los que a continuación se relacionan:
A)
Carteles en farolas:
- García Valiño 10
soportes
- Avenida de la Juventud 10 “
- Carlos de Arellano 10 “
- Luis de Sotomayor 8 “
- Duquesa de la Victoria 10 “
- Plaza Martín de Córdoba 8 “
- Barrio de Isaac Peral 10 “
-Paseo Marítimo 10 “
- Bº del Hipódromo 10 “
- Bª Virgen de la Victoria 10 “
- Bº del Real 10 “
- Gral. Polavieja 10 “
- Crta. Alfonso XIII 20 “
- Crta. Farhana 10 “
- Cándido Lobera 8 “
- Plaza Comandante Benítez 5 “
- Gral. Asilleros 10 “
- Méjico 10 “
- Rusadir, Ciudad Málaga 10 “
- Ibáñez Marín 10 “
- Acceso al Puerto 10 “
- Plaza Reyes Católicos 9 “
- Hípica 8 “
- Barrio Industrial 10 “
A) Pancartas
de pared a pared o entre soportes
- Paseo Marítimo 2
- Paseo Marítimo R. Ginel 1
B)
Emplazamientos reservados para carteles:
En paneles
- Plaza de España 1
panel por Partido o agrupación política
Las dimensiones de los paneles serán de las medidas de
1, 83 x 1, 83 cada uno.
SEGUNDO: La propaganda a través de las
pancartas y banderolas (carteles en farolas), sólo podrá colocarse en los lugares
reservados por esta Ciudad en el apartado anterior. Los carteles y otras formas
de propaganda electoral, fuera de los espacios reservados, sólo podrá
efectuarse en los espacios comerciales autorizados.
TERCERO: Dar traslado del
presente Decreto a la Junta Electoral de Zona y Provincial de Melilla dentro de
los siete días siguientes a la convocatoria de las elecciones de conformidad
con el artículo 56 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen
Electoral General a efectos de que comunique al representante
de cada candidatura los lugares reservados para sus carteles.’’
Lo que
se hace público para general conocimiento.
Melilla 31 de marzo de 2023,
El Secretario P.A.,
Antonio Jesús García Alemany