ARTÍCULO Nº 48 (CVE: BOME-AX-2023-48) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 18 - lunes, 3 de abril de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 31 de marzo de 2023, relativa a rectificación de error material en informe jurídico relativo al recurso de Dª. Iham Al-Lal Lahadil.

BOME-PX-2023-360 Descargar página

El Consejo de Gobierno, en sesión ejecutiva Extraordinaria de urgencia celebrada el 31 de marzo de 2023, ha procedido a la aprobación de la propuesta de Consejería de Presidencia y Administración Pública, adoptando el siguiente acuerdo registrado al número 2023000252:

Vista la aclaración de la Secretaria Técnica de Presidencia y Administración Pública de fecha 28 de marzo del corriente, de su Informe Jurídico relativo al recurso de Dª. Iham Allal Lahadil, el cual concluye lo siguiente:

Dicho esto, y dado que el propio FJ10º recoge la finalidad de la apertura del plazo de alegaciones, y, que en la conclusión final sólo hace mención a que dicho plazo sólo podrán presentarse documentación complementaria, produciéndose una evidente contradicción con el cuerpo del escrito del informe, ha de decirse que, se trata de un error de trascripción, en el que se ha omitido sin voluntad tal hecho, debiendo corregirse y especificar que en el plazo de alegaciones se podrán presentar nuevas solicitudes así como documentación complementaria”.

Y, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del  Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, 

VENGO EN PROPONER al Consejo de Gobierno lo siguiente:

La rectificación de errores materiales en dicho Informe en el sentido siguiente:

Donde dice:

“Visto el escrito presentado por DÑA. IHAN AL-LAL LAHADIL , con número de registro 2023003831 de 16/01/2023, en el que interpone recurso de reposición contra acuerdo del Consejo de Gobierno.

Por todo lo anteriormente expuesto, se propone ESTIMARSE el recurso de DOÑA ILHAN en el siguiente sentido:

1.- Declarar nulo el apartado 4 de la base décima, por tanto, debe computarse a efecto de experiencia profesional desempeñado en una misma categoría cuyas funciones y cometido son iguales, sin hacer distinción alguna por haberse prestado como funcionario público o personal laboral.

2.- De acuerdo con el principio de conservación y transmisibilidad, conservar el resto de las bases, las cuales continuaran en vigor hasta la finalización del proceso selectivo.

3.- Otorgar un nuevo plazo de DIEZ DIAS HÁBILES para la presentación de documentación complementaria.”

Debe decir:

“Visto el escrito presentado por DÑA. IHAN AL-LAL LAHADIL , con número de registro 2023003831 de 16/01/2023, en el que interpone recurso de reposición contra acuerdo del Consejo de Gobierno.

Por todo lo anteriormente expuesto, se propone ESTIMARSE el recurso de DOÑA ILHAN en el siguiente sentido:

1.- Declarar nulo el apartado 4 de la base décima, por tanto, debe computarse a efecto de experiencia profesional desempeñado en una misma categoría cuyas funciones y cometido son iguales, sin hacer distinción alguna por haberse prestado como funcionario público o personal laboral.

2.- De acuerdo con el principio de conservación y transmisibilidad, conservar el resto de las bases, las cuales continuaran en vigor hasta la finalización del proceso selectivo.

3.- Otorgar un nuevo plazo de DIEZ DIAS HÁBILES para la presentación de documentación complementaria o presentación de nuevas solicitudes.”

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente Acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía 
BOME-PX-2023-361 Descargar página

administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se traslada para su publicación.

 

Melilla 3 de abril de 2023,

P.A. del Secretario Acctal.,

Juan Luis Villaseca Villanueva