ARTÍCULO Nº 54 (CVE: BOME-AX-2023-54) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 19 - martes, 4 de abril de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y SOSTENIBILIDAD
Acuerdo de la Excma. Asamblea, de fecha 30 de marzo de 2023, relativo a la delimitación y extensión de la zona de bajas emisiones de Melilla, así como las distintas fases de implantación, bajo las premisas aprobadas.
ANUNCIO
El
pleno de la Excma. Asamblea en sesión resolutiva extraordinaria celebrada el
día 30 de marzo de 2023, entre otros adoptó el siguiente acuerdo:
PUNTO
TERCERO.-
DELIMITACIÓN
Y EXTENSIÓN DE LA ZONA DE BAJAS EMISIONES DE MELILLA, ASÍ COMO LAS DISTINTAS
FASES DE IMPLANTACIÓN, BAJO LAS PREMISAS APROBADAS.- La Comisión Permanente de Medio
Ambiente y sostenibilidad en sesión ordinaria celebrada el pasado 16 de marzo,
conoció propuesta del asunto citado y una vez sometida a votación, tras las
deliberaciones que constan en el acta, se dictaminó favorablemente por mayoría
simple de cuatro votos a favor (3 representantes del Grupo Político Coalición
por Melilla y uno del Partido Socialista), 4 abstenciones (los 4 representantes
del Grupo Político Partido Popular) y un voto en contra (la del Diputado del
Grupo Mixto da Costa Solis).
En virtud de lo anterior se eleva
propuesta al Pleno de la Asamblea de APROBACIÓN
INICIAL DE LA DELIMITACIÓN Y EXTENSIÓN DE LA ZONA DE BAJAS EMISIONES DE MELILLA
ASÍ COMO LAS DISTINTAS FASES DE SU IMPLANTACIÓN, BAJO LAS PREMISAS INCOPORADAS
AL EXPEDIENTE.
Se hace constar que el presente
expediente deberá exponerse al público a los efectos de reclamaciones, por
periodo de un mes en el Boletín Oficial de la Ciudad, durante el cual los
ciudadanos y personas jurídicas podrán formular las mismas.
Si no presentasen reclamaciones el expediente quedará definitivamente
aprobado. Si se presentasen, el Pleno resolverá sobre ellas y lo aprobará
definitivamente. No obstante, si la reclamación modifica sustancialmente el
texto y afecta, aunque sea indirectamente, a los derechos de otros ciudadanos
deberá repetirse la exposición pública antes de su aprobación definitiva,
siendo del tenor literal siguiente:
“Asunto:
La aprobación de la Delimitación y extensión de la Zona de Bajas
Emisiones de Melilla, para su posterior elevación al Pleno de la Excma.
Asamblea de la C.A.M., así
como las distintas
fases de implantación, bajo las premisas aprobadas.
La delimitación y extensión de la Zona de Bajas Emisiones de Melilla, expuesta
públicamente se compone de los siguientes viales:
VIARIO ZBE MELILLA-ESCENARIO 1 |
CALLES DE BORDE (perímetro) |
PLAZA DE ESPAÑA |
EJÉRCITO ESPAÑOL |
TENIENTE AGUILAR DE MERA |
PABLO VALLESCÁ |
ROBERTO CANO |
LÓPEZ MORENO BONILLA |
AVENIDA CASTELAR |
AVENIDA REY JUAN CARLOS I |
PLAZA COMANDANTE BENÍTEZ |
AVENIDA REYES CATÓLICOS |
AVENIDA DUQUESA DE LA VICTORIA |
AVENIDA DEMOCRACIA
ESPAÑOLA |
VIARIO ZBE MELILLA-
ESCENARIO 1 |
CALLES INTERIORES |
EJÉRCITO ESPAÑOL |
AVENIDA JUAN CARLOS I, REY |
SEVERO OCHOA |
CONDE DE SERRALLO |
GENERAL PRIM |
PLAZA TORRES QUEVEDO |
PLAZA HÉROES DE ESPAÑA |
GENERAL O´DONNELL |
PEDRO SEGURA |
GENERAL MARINA |
ALONSO MARTÍN |
ANTONIO FALCÓN |
CARLOS RAMÍREZ DE ARELLANO |
MIGUEL ZAZO |
MIGUEL DE CERVANTES |
AVENIDA CÁNDIDO LOBERA |
PLAZA MENÉNDEZ PELAYO |
JUSTO SANCHO MIÑANO |
GENERAL CHACEL |
GENERAL PAREJA |
ABDELKADER |
LUIS DE SOTOMAYOR |
LUIS MORANDEIRA |
GENERAL BUCETA |
GRANADA |
SEJIAS LOZANO |
CASTILLEJOS |
El tratamiento en el interior de la ZBE, así como los distintos
escenarios como el plazo de entrada en vigor de cada una de las medidas y/o
escenario queda supeditado a la pertinente redacción completa del proyecto de
la ZBE.
Para la implantación de la ZBE resulta necesario que paralelamente a su
redacción definitiva, se articulen
los mecanismos administrativos necesarios de las distintas Consejerías en lo relativo a
medios personales y materiales, para llevar a cabo la regulación de la ZBE
mediante los controles de acceso, la limitación del estacionamiento, suministro
de equipos de control, dotación de medios para la gestión y definición de la
regulación de la misma (ordenanza).
Redactado el Proyecto de Zona de Bajas Emisiones ZBE procederá la
aprobación del mismo así como los distintos instrumentos jurídicos para su
entrada en vigor, conforme a la normativa vigente.
PROPUESTA DE ACUERDO
Con fecha 13 de junio de 2014 se publica en BOME la aprobación del Plan
de Movilidad urbana Sostenible de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Con fecha 12 de marzo de 2019 se publica en BOME el Acuerdo del Consejo
de Gobierno de fecha 1 marzo de 2019, relativo a la determinación de la red
básica viaria. Declaración CIUDAD 30.
El 6 de marzo de 2020, se publica en BOME, Acuerdo de la Excelentísima
Asamblea de 29 de octubre de 2019, relativo a la Declaración de Emergencia
climática de la Ciudad Autónoma de Melilla.
En febrero de 2021 se inician contactos con diversas entidades con el
fin de conocer el proceso de implantación de las Zonas de Bajas Emisiones. En
esta misma fecha se publica la GUIA TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ZONAS
DE BAJAS EMISIONES, por parte de la Federación Española de Municipios y
Provincias.
El 3 de Junio de 2022 se formaliza contrato de ASISTENCIA TÉCNICA PARA
LA DEFINICIÓN DESARROLLO DE LA ZONA DE BAJAS EMISIONES (ZBE) EN LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA. CAMPAÑAS DE AFORAMIENTOS EN LA ZONA CENTRO Y BARRIO. “
EXTENSIÓN DE LA ZONA DE BAJAS EMISIONES DE MELILLA ASÍ COMO LAS
DISTINTAS FASES DE SU IMPLANTACIÓN, BAJO LAS PREMISAS INCOPORADAS AL
EXPEDIENTE, se aprueba por 11 votos a
favor (8 de los representantes del Grupo
Político Coalición por Melilla, 2 del Grupo Partido Socialista, y 1 voto del
Sr. Eduardo de Castro, integrante del Grupo Mixto) y 9 votos en contra de los
representantes del Grupo Político Partido Popular.
Por tanto mayoría simple de
conformidad con el artículo 58.2 del Reglamento de la Asamblea.
Lo que se comunica para su publicación y
general conocimiento.
Melilla 3 de abril de 2023,
El Secretario P.A.,
Antonio Jesús García Alemany