Acuerdo de la Junta Electoral de Zona y Provincial de Melilla sobre el voto por correo.
La
Junta Electoral de Zona y Provincial de Melilla, en su reunión del día 17 de
mayo de 2023 y acta de igual fecha, ha acordado exigir identificación personal
del elector mediante DNI, pasaporte u otro documento válido, en la remisión del
voto por correo dirigido a la mesa a que se refiere el art. 73.3 LOREG, de modo
que la entrega del sobre certificado conteniendo el voto por correo para su
remisión a la mesa sea personal por parte del elector.
Igualmente,
aquellos electores que solicitaron el voto por correo y se vean impedidos de
comparecer personalmente en la Oficina de Correos por una causa justificada,
podrán solicitar a esta Junta Electoral mediante comparecencia personal o email
al correo juntaelectoralzona.melilla@justicia.es autorización para que la
entrega sea realizada por otra persona a su ruego, aportando la documentación
acreditativa que haya impedido realizar al elector dicha comparecencia
personal, no pudiendo aceptar la Oficina de Correos dicha documentación
electoral perteneciente a otro elector si no se acompaña de la correspondiente
autorización.
Lo
cual certifico a efectos de publicación en el Boletín Oficial de Melilla.
En
Melilla, a 18 de mayo de 2023.
La
secretaria de la Junta Electoral.