ARTÍCULO Nº 210 (CVE: BOME-AX-2023-210) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 33 - viernes, 19 de mayo de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO
Orden nº 1822, de fecha 18 de mayo de 2023, relativa a la aprobación provisional del padrón correspondiente a la tasa por distribución y depuración de agua correspondiente al cuarto trimestre de 2022.
La titular de la Consejería, mediante Orden/Resolución de 18/05/2023, registrada al número
2023001822, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto
lo siguiente:
La Ciudad Autónoma de Melilla en virtud de las competencias que tiene
atribuidas a tenor de su Estatuto de Autonomía (Ley Orgánica 2/1995, de 13 de
marzo) y en cumplimiento con el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo,
por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales (TRLRHL), con los artículos 62.3 y 102.3 de la Ley 58/2003, General
Tributaria (LGT), el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, por el que se
aprueba el Reglamento General de Recaudación (RGR), con la Ordenanza Fiscal
General de la Ciudad Autónoma de Melilla y con su correspondiente Ordenanza
Fiscal reguladora del tributo, exigirá la TASA POR DISTRIBUCIÓN Y DEPURACIÓN DE AGUA
CORRESPONDIENTE AL CUARTO TRIMESTRE DE 2022.
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 17856/2023, en virtud
de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Primero. - La APROBACIÓN
PROVISIONAL del
Padrón correspondiente a la TASA POR DISTRIBUCIÓN Y DEPURACIÓN DE AGUA CORRESPONDIENTE AL CUARTO
TRIMESTRE DE 2022, por importe de UN MILLÓN TRESCIENTOS NOVENTA MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE EUROS CON
VEINTE CÉNTIMOS (1.390.799,20 €).
Segundo. — Aprobar los períodos de pago en período voluntario de las deudas de
vencimiento periódico y notificación colectiva correspondiente a la tasa por
Distribución y Depuración de agua correspondiente al cuarto trimestre del
ejercicio 2022, establecido en el Calendario Fiscal aprobado a través de Orden
de la Titular de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio número 2022003857
de fecha 17 de noviembre de 2022 y publicado con fecha 18 de noviembre de 2022
en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla 6018, que nos dice que
se iniciará en periodo de cobro en periodo voluntario de pago con fecha 19 de
junio de 2023 y finalizará el 15 de septiembre de 2023.
Tercero. — Aprobar la exposición pública correspondiente a la tasa por
Distribución y Depuración de agua correspondiente al cuarto trimestre del
ejercicio 2022.
El padrón correspondiente estará expuesto al público, en las
dependencias municipales sito en Melilla Avenida Duquesa de la Victoria 21 Bajo
52004, por un período de quince días a partir de la fecha de publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA.
La información relativa a los datos de los padrones o matrículas, en
aplicación del deber de confidencialidad de la información tributaria,
solamente se facilitarán al obligado tributario o su representante.
La consulta de los datos del padrón o matrícula será de forma
personalizada debiendo los interesados acreditar tal condición y se utilizarán
medios informáticos siempre que las disponibilidades técnicas lo permitan. El
acceso a dicha información se realizará de acuerdo con lo dispuesto en la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y
Garantías de los Derechos Digitales.
Cuarto. — Aprobar el anuncio de cobranza.
El cobro de los tributos de cobro periódico por recibo se ajustará a los
siguientes criterios:
a)
Plazos de ingreso: Los plazos de ingreso en período voluntario serán los
establecidos en el Calendario Fiscal aprobado a través de Orden de la Titular
de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio número 2022003857 de fecha 17 de
noviembre de 2022 y publicado con fecha 18 de noviembre de 2022 en el Boletín
Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla 6018.
b)
Modalidades de cobro: la recaudación de los tributos municipales y demás
ingresos derecho público que se gestionen mediante padrones fiscales o
matrículas se realizará:
·
A través de las entidades bancarias colaboradoras en la recaudación.
·
Red de Cajeros del sistema automatizado de pago de la Ciudad Autónoma de
Melilla situados en diversas dependencias de esta Administración.
·
En la Carpeta del Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es).
·
Mediante transferencia bancaria al número de cuenta
ES450182-4220-8402-0000-7001, indicando NIF y Referencia/Número Recibo.
c)
Medios de pago:
·
La domiciliación bancaria.
·
En efectivo, mediante dinero de curso legal.
·
Tarjeta de crédito o débito.
Domiciliación bancaria. El pago mediante domiciliación bancaria de los
recibos de padrón o matrícula podrá realizarse, hasta veinte días antes del
cargo en cuenta, por cualquiera de los siguientes medios:
·
Por escrito y presentado por Registro de Entrada.
·
En la Carpeta del Ciudadano de la Ciudad Autónoma de Melilla (www.melilla.es).
La fecha de cargo en cuenta de las domiciliaciones bancarias será el 1 de septiembre de 2023, de conformidad con el a
través de Orden de la Titular de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio
número 2022003857 de fecha 17 de noviembre de 2022 y publicado con fecha 18 de
noviembre de 2022 en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla 6018.
Tarjeta de crédito o débito. El pago mediante tarjeta de crédito o
débito se podrá realizar:
·
En cajeros bancarios: serán a cargo del obligado al pago las comisiones
o gastos que se produzcan como consecuencia de descuentos en la utilización de
tales tarjetas.
·
A través de las plataformas de pago disponibles en la web municipal en
la dirección www.melilla.es sin cargo para el obligado al pago por
las comisiones o gastos que se produzcan como consecuencia de descuentos en la
utilización de tales tarjetas.
a)
Los lugares, días y horas de ingreso:
1.
En las oficinas de las entidades bancarias colaboradoras en la
recaudación, los días que sean laborables para estas durante el horario
comercial habitual.
2.
En los cajeros de las entidades colaboradoras, cualquier día y hora. No
obstante, el último día de pago, no se garantiza la disponibilidad de los
sistemas tecnológicos correspondientes después de las quince horas, pudiendo
incurrir el pago en extemporaneidad y sufrir el recargo ejecutivo del 5 por
100. Entidades colaboradoras en la recaudación: Unicaja, BBVA, La Caixa, Banco
Santander, Banco Sabadell y Cajamar.
3.
En la web municipal (www.melilla.es) a cualquier día y hora. No obstante, el
último día de pago no se garantiza la disponibilidad de los sistemas
tecnológicos correspondientes después de las catorce horas, pudiendo incurrir
el pago en extemporaneidad y sufrir el recargo ejecutivo del 5 por 100.
Quinto.- Pagos fuera de plazo
De acuerdo con lo establecido en el artículo 24.2.b) del RGR (Real
Decreto 939/2005, “Boletín Oficial del Estado” de 2 de septiembre de 2005), se
advierte de que, transcurrido el plazo voluntario de ingreso sin haber
realizado este, las deudas serán exigidas por el procedimiento de apremio,
devengándose los correspondientes recargos del período ejecutivo a que se
refiere el artículo 28 de la Ley 58/2003, General Tributaria, los intereses de
demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
Sexto.- Notificación de liquidaciones tributarias
El presente anuncio tiene el carácter de notificación colectiva, de
conformidad con lo previsto en el artículo 102 de la LGT , y el artículo 24 del
RGR.
Séptimo.- Medios de impugnación
Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y
las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán
interponer recurso de reposición, previo al recurso Contencioso-Administrativo,
ante la titular de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio de la Ciudad
Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes contados desde el día siguiente al
de finalización del período de exposición pública de los mismos sin que su
interposición origine la suspensión de dichos actos, todo ello de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 14.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, o cualquier otro que convenga a sus intereses.
Contra los actos de aprobación de los padrones fiscales o matrículas y
las liquidaciones tributarias que los mismos contienen, los interesados podrán
interponer recurso de reposición, previo al recurso Contencioso-Administrativo,
ante la titular de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio de la Ciudad
Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes contados desde el día siguiente al
de finalización del período de exposición pública de los mismos sin que su
interposición origine la suspensión de dichos actos, todo ello de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 14.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, por el que aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, o cualquier otro que convenga a sus intereses.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos.
Melilla 19 de mayo de 2023,
El Secretario Técnico de Hacienda, Empleo y
Comercio,