ARTÍCULO Nº 218 (CVE: BOME-AX-2023-218) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 34 - miércoles, 24 de mayo de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 18 de mayo de 2023, relativo al Plan de Control de Colonias Felinas.
ANUNCIO
El Consejo de Gobierno en sesión
resolutiva ordinaria celebrada el día 18 de mayo de 2023, una vez terminados
los asuntos contenidos en el Orden del Día y previa su declaración de urgencia,
adoptó el siguiente acuerdo:
PUNTO ÚNICO: APROBACIÓN PLAN DE CONTROL DE COLONIAS FELINAS: El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de
Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, que literalmente dice:
“ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS
I.- Con fecha 9 de diciembre de 2022, se
publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, el Decreto nº 1120, de
fecha 1 de diciembre de 2022, relativa a las alegaciones presentadas y
aprobación definitiva a la modificación del Reglamento de Sanidad Animal, de la
Ciudad Autónoma de Melilla.
II.- El Reglamento de Sanidad establece
en su Disposición Transitoria Segunda que:
El Título relativo a la implantación
de las colonias felinas entrará en vigor una vez que se proceda a la aprobación
del Plan de Control de Colonias Felinas por el Consejo de Gobierno de la Ciudad
de Melilla y no podrá dilatarse más allá de los 12 meses a contar desde la
publicación de la presente modificación del Reglamento de Sanidad Animal
III.- El citado Reglamento en virtud de lo
dispuesto en su Disposición Adicional Segunda faculta al Consejo de Gobierno de
la Ciudad Autónoma para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo
y aplicación de lo dispuesto en este Reglamento.
IV.- Por el Servicio de Veterinaria se
realizó con fecha 17 de febrero de 2023, el Plan de Colonias Felinas para la
Ciudad de Melilla que da cumplimiento a la referida Disposición Transitoria Segunda
dentro del plazo estipulado correspondiendo al Consejo de Gobierno su
aprobación
V.- Atendiendo a los establecido en el art. 21. 2 de
la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla y
de acuerdo con las competencias de la Consejería de Políticas Sociales, Salud
Pública y Bienestar Animal atribuidas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13
de agosto de 2021 (BOMe. Extraordinario núm 46, de 13 de agosto de 2021) y el
art. 25 2. j) del LRBRL atribuye a los municipios velar por la protección de la
salubridad pública y el art. 26.1. d) del mismo texto legal, señala que es
competencia de los municipios mayores de 20.000 habitantes la protección el
medio ambiente urbano
VI.- En su art. 33. 5. e) y h) del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
que los Consejeros tienen atribuidas entre otras competencias las de “gestión,
impulsión, administración, inspección y sanción respecto de todos los asuntos
de su Consejería, así como la de propuesta cuando carezca de capacidad de
resolver, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de
conformidad con la normativa de desarrollo estatutario.
VII.- Posteriormente, el Reglamento del
Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, en su art.
55.2. o) señala que a los Directores Generales les corresponden en sus
respectivos ámbitos de responsabilidad, entre otras funciones, la de “elaboración
de Proyectos de Disposiciones, Acuerdos y Convenios respecto de las materias de
su ámbito de funciones”
VIII.- Según el precitado Reglamento, en su
artículo 51. 3. e) a los Secretarios Técnicos de las Consejerías les
corresponde “la emisión de informes previos respecto de los recursos que se
presenten sobre expedientes tramitados en la Consejería, independientemente del
órgano competente para su resolución”
IX.- Por la Dirección General de Salud
Pública y Consumo se ha mostrado su conformidad a la implementación del Plan de
Colonias Felinas para la Ciudad de Melilla con fecha 8 de mayo de 2023.
X.- Por la Secretaría Técnica de Políticas Sociales y
Salud Pública se ha evacuado Informe con fecha 26 de abril de 2023, en el que
corresponde al Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla la aprobación del
Plan de Colonias Felinas de acuerdo con lo establecido en la Disposición
Adicional Segunda del Reglamento de Sanidad de la Ciudad de Melilla.
XI.- Para la implementación de este
establecimiento de Colonias Felinas se ha previsto un coste inicial de 55.000
€, existiendo RC GÉNERICO núm. 12023000015818, de 04/05/2023 por importe de
40.000 € a detraer de la Aplicación Presupuestaria núm. 05/23100/62500 y RC
GÉNERICO núm. 12023000014501, de 26/04/2023 por importe de 15.000 €, a detraer
de la Aplicación Presupuestaria núm. 05/31100/22799. No obstante lo anterior,
por la Intervención General, de la ciudad de Melilla, se precisa que tal
fiscalización no es necesaria en informe evacuado el 9 de mayo de 2023.
Por todo lo anterior y de conformidad
con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de
Gobierno lo siguiente.
LA APROBACIÓN DEL PLAN DE COLONIAS FELINAS PARA LA CIUDAD DE MELILLA, CUYO
TEXTO SE ACOMPAÑA A LA PRESENTE
PROPUESTA
INDICE
1.- INTRODUCCIÓN.
2.- PRINCIPALES INCONVENIENTES QUE
GENERAN LOS GATOS CALLEJEROS.
2.2/- Preocupación de Salud Pública 2.3/-
Impacto sobre la fauna silvestre
3.- OBJETIVOS Y AMBITO DE ACTUACIÓN.
4.- LAS COLONIAS.
5.- ASPECTOS SOCIALES.
6.- EL VOLUNTARIADO.
6.1.- Inscripción como voluntario/a. 6.2.- Obligaciones de los
voluntarios/as.
6.3.- Obligaciones de los coordinadores
responsables de colonia.
6.4.- Cese de los/as voluntarios/as del Proyecto.
7.- FUNCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
8.- DESARROLLO DEL PROYECTO DE COLONIAS FELINAS Y PLAN CES-R.
8.1.- CAMPAÑAS EDUCATIVAS Y DIVULGATIVAS.
8.2.- INSCRIPCIÓN DE VOLUNTARIOS E IDENTIFICACIÓN DE COLONIAS.
8.3.- CHARLAS Y CURSOS DE FORMACIÓN.
8.4.- MEDIDAS PREVIAS A LAS CAPTURAS.
8.4.1.- Estaciones de alimentación fijas.
8.4.2.- Acondicionar un espacio para la estancia de los gatos durante su
tratamiento.
8.5.- CUIDADO DE LOS GATOS CAPTURADOS.
8.6.- ESTERILIZACIÓN , VACUNACIÓN Y MARCADO.
8.7.- MEDIDAS SOBRE EL ENTORNO.
8.7.1.- Acciones de saneamiento. 8.7.2.- Instalación de mobiliario.
8.8.- SUELTA Y SEGUIMIENTO POSTERIOR.
8.9.- TRASLADO A NUEVOS EMPLAZAMIENTOS.
8.10.-ALIMENTOS Y MATERIALES.
9.- IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DE COLONIAS FELINAS Y PLAN CES-R.
10.- ANEXOS.
1.- INTRODUCCIÓN
Convivimos con numerosos gatos callejeros, gatos que habitualmente viven
en libertad pero integrados en el medio ambiente de nuestras ciudades y
alimentándose gracias a lo que el ser humano les proporciona. Cuando un grupo
de gatos callejeros viven juntos en un determinado lugar que les ofrece
suficiente comida, se forma las llamadas colonias de gatos urbanas. Eso
conlleva una problemática a la que hay que darle una solución desde distintos
enfoques, que van desde la preservación de la salud pública al bienestar de los
animales.
Tipos de gatos callejeros:
Gatos errantes (outdoor): Son los gatos con propietario que no están
confinados en una casa o lugar cerrado y por lo tanto vagan con libertad. Esta
práctica se debe de erradicar y abría que pedirles responsabilidades a los
propietarios sobre el cuidado y las molestias o daños a terceros que puedan
ocasionar.
Gatos abandonados o perdidos: Estos gatos tienen un propietario o dejan de
tenerlo, bien porque los han abandonado o bien porque se han perdido. Estos
animales inicialmente están socializados pero con el paso del tiempo se van
asilvestrado llegando a convertirse en gatos silvestres. Para evitar su
proliferación y garantizar su supervivencia estos animales deben sacarse de las
colonias y buscarles adopción.
Gatos silvestres o ferales: Son gatos sin socializar por lo que, generalmente,
no se dejan coger o manipular y no pueden ser introducidos en un domicilio como
mascota. Son animales sin dueño conocido, se les alimenta y se les procura
bienestar. Nunca deben gestionarse como si tratara de un animal abandonado,
puesto que no lo es, vive en la calle y ese es su hábitat.
Por lo general las colonias de gatos pasan desapercibidas y no generan
problemas (salvo los de salud pública), debido sobre todo a sus hábitos
esquivos y generalmente nocturnos. Sin embargo, en ocasiones, se producen
quejas de vecinos debido al ruido (en época de celo pueden ser muy ruidosos y
molestos), la suciedad (muchas veces achacada a los gatos pero que no es
generada por ellos) e incluso a daños materiales (arañazos en puertas, en ropa,
etc.). Cuando se producen quejas es cuando los Ayuntamientos actúan,
generalmente capturando a los gatos.
En la actualidad, por motivo de la concienciación de la población en lo
que respecta a la protección y bienestar de los animales, se ha generado una
necesidad de control de la proliferación de los gatos urbanos. Por ello, se
considera que podría ser una medida de control efectiva y ética, los
denominados como: "proyectos CES-R (Captura, Esterilización y Suelta-Retorno)", y que consisten en atrapar a
todos o la gran mayoría de los gatos de una colonia, esterilizarlos y
devolverlos a su territorio.
Para que los animales no vuelvan a ser trampeados es necesario marcar a
los gatos ya esterilizados de forma que los traslados al veterinario en
sucesivas campañas no le generen un estrés innecesario. De esta forma además
podemos identificar rápidamente a un animal nuevo o abandonado en la colonia.
Un programa CES-R implica atrapar en espacios temporales, lo más corto
posible, a todos o la mayoría de los gatos de una colonia, esterilizarlos y
devolverlos a su territorio. Los gatos devueltos, son marcados para
identificarlos como estériles, se les proporcionará alimento, refugio y un
seguimiento por quienes voluntariamente se hagan cargo de esas tareas, los
cuidadores, quienes además tendrán la tarea fundamental de vigilar por si
aparece algún gato nuevo.
En una ciudad como Melilla, endémica de la enfermedad de la Rabia,
además de la esterilización y marcado de los animales es necesario e
imprescindible proceder a su vacunación antirrábica para evitar este
importantísimo problema de salud pública en la población.
Para conseguir la disminución del número de gatos de una colonia se
deberán esterilizar a los gatos. Se ha demostrado que en aquellas colonias cuyo
porcentaje de esterilizaciones supera el 90% de individuos esterilizados, su
censo es decreciente. Las colonias con un porcentaje entre el 70-90% de
animales esterilizados se mantienen estables en número. En este estado se
considera que las colonias están en buenas condiciones, evitando su incremento
descontrolado y el deterioro general de la salud de la población felina en
cuestión. El control de las colonias también evita el conflicto entre gatos,
especialmente en época de celo, eliminando problemas de ruidos y olores que
afectan a los ciudadanos.
2.- PRINCIPALES INCONVENIENTES QUE
GENERAN LOS GATOS CALLEJEROS.
Los problemas derivados de los gatos son básicamente de salud pública y
de impacto sobre la fauna silvestre:
2.1.- PREOCUPACIÓN CON LA SALUD PÚBLICA
Es frecuente que cuando las poblaciones de gatos crecen de forma
excesiva acabe derivando en una serie de molestias a la vecindad debidas a los
olores, restos de alimento, maullidos del celo, etc. La mayoría de estas
molestias, tienen su origen precisamente, en torno a la proliferación de
animales, que se ve incrementada en la época de apareamiento y reproducción.
Las enfermedades más graves que pueden sufrir los gatos son:
Virus:
Rabia: el virus de la Rabia en gatos, se transmite por la saliva que penetra la
piel, generalmente por mordeduras. Además de las personas, muchos animales
pueden contraer y transmitir la Rabia. Además del perro y el gato, es
importante tener en cuenta que varias especies de murciélagos pueden también
transmitir la enfermedad. Esta enfermedad mortal es una zoonosis, es decir que
puede ser trasmitida a las personas por lo que su control, en una ciudad como
Melilla donde la rabia es endémica resulta de vital importancia.
Virus de la Inmunodeficiencia Felina: El virus del SIDA Felino se transmite
principalmente por mordedura entre gatos. Si bien es una enfermedad de
evolución lenta, es irremediablemente mortal por la creciente falla
inmunológica que produce. Esta enfermedad no afecta al ser humano, no es
zoonótica.
Virus de la Leucemia Felina: este virus se transmite por contacto directo
también a través de la saliva, puede ocurrir por mordeduras o por el lamido
reiterado entre gatos. Otras secreciones (respiratorias, orina, heces etc.)
también pueden ser infectantes aunque en menor medida. Este virus produce una
gran cantidad de trastornos inmunológicos y cancerosos, que pueden producir la
muerte en pocos meses o años. Esta enfermedad no es zoonótica.
Parasitosis externas:
Pulgas: Las pulgas por todos conocidas, se adquieren desde el medio ambiente
contaminado con huevos y larvas. La pulga adulta vive la mayor parte del tiempo
sobre los perros y gatos infectados y elimina huevos que caen al suelo, de
éstos saldrán larvas que parasitarán a nuevos huéspedes. Asimismo las pulgas
adultas pueden pasar de huésped a huésped. Además del trastorno producido por
las picaduras (la pulga se alimenta de la sangre del huésped), hay una gran
variedad d enfermedades que pueden transmitir las pulgas. Las pulgas pueden
afectar a las personas.
Sarna: varios ácaros pueden producir sarna en el gato, el Notoedres cati es el agente de la sarna
notoédrica, que puede ser altamente peligrosa por su rápida diseminación en la
piel del paciente comenzando por la cabeza. Se contagia por contacto directo y
sin tratamiento casi siempre es mortal para los animales. También puede
contagiar al ser humano.
Parasitosis internas:
Parásitos intestinales: la mayoría de los parásitos intestinales se
contagian por la ingestión de huevos que han quedado en el medio ambiente
(piso, tierra, areneros etc.) depositados con la materia fecal de animales
infectados. De esta forma se contagian por ejemplo el Toxocara canis y cati, los cuales tienen además, importancia zoonótica,
es decir, pueden afectar al ser humano.
Micosis externas:
La Tiña o Dermatofitosis, está producida principalmente por hongos del
género Microsporum que se contagia por contacto
directo con material contaminado como pelos y costras tanto en el sujeto
enfermo como en el medio ambiente. Es una zoonosis.
2.2.- IMPACTO SOBRE LA FAUNA SILVESTRE
En algunas zonas ya se considera al gato doméstico asilvestrado como una
auténtica plaga.
Parece evidente que los gatos asilvestrados pueden tener y de hecho
tienen un impacto muy importante en ciertas situaciones excepcionales.
Por ello, hay que ser muy prudentes a la hora de seleccionar un lugar
donde se vaya a recolocar gatos asilvestrados, ya que en un futuro podría
ocurrir que los expertos científicos en medio ambiente pidieran la expulsión de
los gatos en aquellos lugares donde anteriormente habían sido liberados por la
propia administración.
3.- OBJETIVOS Y AMBITO DE ACTUACIÓN
Objetivos
·
Proteger y gestionar las colonias de gatos mediante la puesta en marcha
del proyecto CES-R con el objetivo de la disminución progresiva del número de
ejemplares por colonia.
·
Crear un censo actualizado de gatos urbanos en el municipio de Melilla.
·
Corregir y minimizar las molestias que provocan las colonias a la ciudadanía.
·
Aplicar programas para dar respuesta al sacrificio cero y abandonos de animales
de compañía.
·
Idear un plan de adopciones de gatos sociables.
·
Cumplir con el bienestar animal de las colonias felinas.
Ámbito de actuación
Este protocolo se llevará a cabo en las colonias felinas urbanas de
Melilla de forma paulatina y dependiendo de la dotación presupuestaria.
En ningún caso se atenderán gatos procedentes de particulares a no ser
que los animales vaguen perdidos, en cuyo caso se intentará por todos los
medios encontrar a su propietario o buscarles adopción.
4.- LAS COLONIAS
Los requisitos generales para la identificación y autorización por parte
de la Ciudad Autónoma para la creación de una colonia felina con el fin de ser
gestionada por el método CESR serán:
a) Los ciudadanos o asociaciones interesados en la autorización de una
colonia felina, deberán presentar la solicitud que se adjunta en el ANEXO II de
este documento debidamente cumplimentada y enviarla al correo habilitado para
las colonias felinas en la Dirección General de Salud Pública y Consumo de la
Ciudad Autónoma. (coloniasfelina@melilla.es)
b)La solicitud incluirá los datos del solicitante y los colaboradores
propuestos, la ubicación de la colonia y su descripción en cuanto a número de
animales.
c)
La Ciudad Autónoma, a la vista de la solicitud formulada, y teniendo en
cuenta el estudio de idoneidad que está realizando la empresa contratada, o
bien de oficio por informe de los Servicios municipales, analizará el supuesto,
visitará la ubicación y consultará lo que vea conveniente para decidir
autorizarla. El responsable veterinario asignado por la Dirección General de Salud
Pública y Consumo, emitirá un informe justificando la autorización o no de dicha colonia.
d)
Con carácter general las colonias podrán estar situadas en alguno de los
siguientes espacios:
·
Vías y espacios públicos acotados.
·
Parques y zonas ajardinadas municipales.
·
Solares y descampados de titularidad municipal.
Espacios acotados privados. Cuando la localización se ubique en un
espacio privado será obligatoriamente necesaria la autorización expresa del
propietario del terreno para las actuaciones a realizar en la colonia, sin que
pueda llevarse a cabo actuación alguna sin la mencionada autorización que será
conservada por el responsable veterinario de Salud Pública. El modelo a
rellenar corresponde con el ANEXO I.
e) Por motivos de salud pública y de protección animal, en ningún caso
se autorizará la creación de una nueva colonia:
·
En las instalaciones de colegios, institutos o centros docentes.
·
En las instalaciones de centros sanitarios (centros de salud, hospitales
y clínicas).
·
En las instalaciones de centros deportivos.
·
En parques infantiles.
·
En zonas especialmente habilitadas para perros.
·
En terrazas de restaurantes y/o bares y cafeterías.
·
En la proximidad de vías rápidas de tráfico rodado, o de vías de tráfico
rodado muy intenso.
·
En viviendas particulares.
f)
La autorización de la colonia se efectuará por resolución del órgano competente
asignado por la Dirección General de Salud Pública y Consumo.
g)
Una vez creada la colonia se le asignará un número de colonia y el número
necesario de voluntarios/as para cuidarla.
Uno de los/as voluntarios/as será el coordinador/a responsable de esa
colonia y deberá actuar según este protocolo bajo la supervisión siempre del
responsable veterinario asignado por la Dirección General de Salud Pública y
Consumo.
h)
Acondicionamiento de las colonias: Las colonias se acondicionarán
retirando la basura acumulada como consecuencia directa de la colonia (restos
de alimento, deyecciones, otros desperdicios, siempre derivados de la presencia
de gatos) y se habilitarán las zonas de alimentación (bebederos y comederos) y
cobijo (se instalarán uno o varios refugios, según el volumen de la colonia,
para que los gatos se instalen en ellas. Los puntos de alimentación o cobijo
serán controlados por el Ayuntamiento y nunca se aumentará el número o se
cambiarán de sitio sin la autorización del responsable veterinario.
5.- ASPECTOS SOCIALES
Las colonias de gatos callejeros generalmente están en lugares donde las
personas residen o trabajan, y en la mayoría de las ocasiones, quieran o no,
tienen relaciones con los gatos. Muchos disfrutan de la presencia de los
animales, los alimentan y cuidan. Otros ven a los gatos como una molestia y
querrían deshacerse de ellos. Cualesquiera que sean las actitudes
predominantes, todas deben ser consideradas para asegurar el éxito del proyecto
CES-R.
Por ejemplo, esterilizar y devolver los gatos callejeros a un área, sin
informar ni pedir permiso a los propietarios de los terrenos de las colonias,
es arriesgarse al fracaso del plan. Por el contrario, informar y educar al
dueño acerca de las características y las ventajas del Proyecto CES-R
("sin gatitos, sin ruidos, sin olor") e incluso obtener su
colaboración antes de que comience la captura, ayudará a proporcionar una
estabilidad a largo plazo para la colonia.
Por lo tanto para que el Proyecto tenga éxito es imprescindible poner en
marcha una serie de actuaciones que permitan trabajar de forma conjunta a la
Ciudad Autónoma, a las asociaciones de defensa animal, a los particulares que
cuidan a los gatos, a los vecinos que tienen que convivir con los animales, y a
los veterinarios.
La solución de los problemas de convivencia entre el ser humano y los
animales que comparten con él las zonas urbanas necesita como condición
fundamental una implicación social general. Por ello, las actividades de
voluntariado se configuran como una importante estrategia de educación
ambiental, que además de la acción directa sobre la calidad del medio urbano,
posibilitan un cambio personal y social en las actitudes y comportamientos sociales.
cuidadores han colocado en algunas zonas, casetas y comederos para los
animales y corren con todos los gastos que esta actividad genera.
6.- EL VOLUNTARIADO
La protección de los animales depende en gran medida de la acción de la
administración y de las entidades colaboradoras, pero también requiere la
colaboración y participación de personas que desarrollen acciones voluntarias
en beneficio de la sociedad en general y de los animales en particular.
Los voluntarios son personas que individual o colectivamente, de forma
altruista y sin ánimo de lucro, dedican parte de su tiempo libre a mejorar la
sensibilización a favor del reconocimiento de los principios de respeto,
defensa y protección de los animales, llevando a cabo tanto acciones directas
como propuestas de ideas y actividades.
Un Proyecto CES-R tiene la capacidad de movilizar a una gran cantidad de
voluntarios, que por otra parte son necesarios para que pueda ejecutarse y
prolongarse en el tiempo. Atrapar a un número importante de gatos callejeros,
en muchas comunidades requiere un ejército de voluntarios y éstos voluntarios
no darían ni un solo paso si el destino final de los gatos fuera la muerte.
Pero si la gente sabe que los gatos serán devueltos a su lugar de origen y
cuidados, la experiencia en otros lugares demuestra que ofrecerán gustosamente
su tiempo y esfuerzo.
Las personas interesadas deberán enviar la solicitud adjunta al
responsable veterinario asignado por la Dirección General de Salud Pública y
Consumo de la Consejeria d Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal
de la Ciudad Autónoma de Melilla, coloniasfelina@melilla.es,
donde se registrará en una base de datos para la posterior selección de los
voluntarios que constituirán el primer grupo de trabajo de la Red. Este grupo
será convocado para participar en un seminario de formación.
Se dispondrá de una Partida Presupuestaria para sufragar los gastos,
tanto de la comida de los animales, como de los materiales de limpieza,
desinfección y demás herramientas que sean necesarias para la correcta
ejecución de las tareas de los voluntarios.
Es imprescindible para una correcta gestión de las colonias dar una
buena imagen del proyecto y para ello es fundamental que los voluntarios no
discutan nunca con los vecinos. Cuando se produzca una queja, está se remitirá
directamente al correo habilitado para las colonias felinas.
Antes de intentar establecer el sistema en una colonia, se debe aprender
tanto como sea posible sobre el método. El proyecto CES-R no es solamente
cuidar de los gatos; sino también actuar como abogado de ellos. Para hacerlo
con eficacia, se necesita conocer bien el tema.
Para todos los voluntarios seleccionados se realizarán charlas y cursos
de formación, donde se les darán una serie de nociones básicas, no solo sobre
las costumbres de los gatos (se intentará seleccionar personas con suficientes
conocimientos), sino de cómo comportarse ante las distintas situaciones que se
puedan dar, en especial de las relaciones con los vecinos y especialmente en
materia de sanidad, de seguridad e higiene.
El mantenimiento y control de las colonias se efectuará por los
voluntarios asignados a cada de una de ellas.
Cada colonia tendrá un coordinador/a responsable, elegido de entre los
asignados a ella.
6.1.-Inscripción como voluntario/a del proyecto CES-R.
Todo ciudadano/a o asociación que quiera formar parte del voluntariado
del proyecto CES-R deberá solicitarlo en la Dirección General de Salud Pública
y Consumo para su alta. Además deberá rellenar la solicitud del ANEXO III con
declaración responsable.
(coloniasfelina@melilla.es )
Todo/a voluntario/a recibirá un curso formativo gratuito de control de
colonias impartido por una persona designada por el/la responsable
veterinari/a, con cualificación y/o experiencia en el método CES-R, persona del
servicio competente, profesional externo o de alguna entidad de protección
animal. Una vez que cumpla con todos los requisitos podrá comenzar a ejercer su
labor de voluntariado.
6.2.-Obligaciones de los voluntarios/as:
A los/as voluntarios/as se les encomendarán las siguientes tareas con
las que deberán comprometerse y cumplir:
-
Asistir a cursos de formación y reciclaje promovidos desde la Dirección
General de Salud Pública y Consumo o de la entidad colaboradora.
-
Usar la acreditación que será entregada por la Ciudad Autónoma durante
el desarrollo de su labor.
-
Elaborar o facilitar información sobre el censo de animales del que
consta la colonia.
-
Suministrar agua limpia y fresca de forma continuada a los gatos de la
colonia.
-
Alimentar las colonias con pienso seco, sobres y latas de uso comercial
autorizados para gatos exclusivamente, evitando todo alimento orgánico con el
fin de mantener limpia la colonia. La alimentación se dejará a voluntad, para
satisfacer sus necesidades etológicas en cualquier momento. Los gatos son
animales que se alimentan de forma intermitente y no a determinadas horas del
día.
-
No alimentar a las colonias cuando el/la coordinador/a lo indique para
facilitar la captura de animales cuando haya que trasladarlos.
-
Los recipientes de comida y/o bebida se colocarán, siempre que sea
posible, escondidos en áreas de vegetación, en el mismo lugar. Siempre en
lugares apartados del acceso de otros ciudadanos que puedan dar alimento a los
gatos sin control. Nunca se dejará el alimento en el suelo. Además estos
recipientes tendrán un sistema que faciliten la alimentación en cualquier
momento.
-
Y En todo caso, se deberá evitar ensuciar las vías y los espacios
públicos.
-
Retirar diariamente los excrementos y limpiar la colonia y material
urbano si lo hubiera. Si se instalan areneros, limpiarlos de forma periódica
para asegurar las condiciones adecuadas de salubridad e higiene de la zona.
-
Reforzar la higiene de la colonia pulverizando con algún antiparasitario
las zonas de descanso.
-
Observar el estado de los gatos los días posteriores a la
esterilización.
-
No negarse a la esterilización de los gatos de la colonia.
-
Comunicar a el/la coordinador/a el movimiento de animales mediante el
registro del ANEXO IV. Esta tarea será llevada a cabo por el/la responsable de
cada colonia y se actualizará de forma mensual.
-
Comunicar cualquier problema o incidencia en la colonia a el/la
coordinador/a con la mayor brevedad posible. Cualquier ausencia de voluntarios
se comunicará a la mayor brevedad posible a efectos de su sustitución.
-
Mantener una actitud amable y de respeto frente al público, otros/as
voluntarios/as, coordinadores/as, entidades colaboradoras, funcionarios y
profesionales que trabajan en el proyecto CES-R.
-
Comunicar el cese del voluntariado al responsable veterinario asignado
por la Dirección General de Salud Pública y Consumo, como mínimo con 15 días.
-
Cumplir cualquier propuesta nueva o modificación del actual Proyecto.
6.3.-Obligaciones de los coordinadores responsables de colonia.
Los responsables de cada colonia tendrán las siguientes obligaciones
específicas, además de las que les correspondan por su condición de
voluntarios:
-
Coordinar las tareas de los voluntarios de la colonia.
-
Informar al responsable veterinario de la D.G. de Salud Pública y
Consumo de las incidencias relativas al estado y gestión de la colonia.
-
Repartir los alimentos y materiales entre los/as voluntarios/as de su
colonia.
-
Colaborar con las capturas.
-
Llevar un control de migraciones de gatos en todo momento y
-
comunicarlo al responsable veterinario de la D.G. de Salud Pública y
Consumo, mediante el ANEXO IV, de forma mensual.
-
Rellenar la ficha identificativa de cada uno de los animales que
componen su colonia y de los que aparezcan nuevos. (ANEXO VII).
-
Comunicar la baja de un animal al responsable veterinario de la D.G. de
Salud Pública y Consumo para actualizar las fichas identificativas de cada
animal.
-
Cada coordinador/a estará en contacto directo con el responsable
veterinario de la D.G. de Salud Pública y Consumo.
-
Cada coordinador/a gestionará su colonia asignada y por lo tanto
coordinará a los/as voluntarios/as de dicha colonia.
-
Cada coordinador/a mediará entre los/as voluntarios/as y la Ciudad
Autónoma para transmitir quejas o problemas que no tengan competencia de
resolver.
-
Los/as coordinadores/as se encargarán de controlar que los/as
voluntarios/as actúen según se expone en este protocolo.
-
Los/as coordinadores/as gestionarán que los animales sean trasladados de
las colonias a los centros veterinarios colaboradores en cada momento y
posteriormente, se asegurarán de que los animales sean devueltos a su colonia
de origen o sean puestos en adopción, si se trata de animales domésticos. De
esta forma llevarán un control de migraciones y esterilizaciones en todo
momento.
-
Los/as coordinadores/as deberán llevar un registro actualizado de la
población de gatos urbanos de las colonias de la Ciudad Autónoma de Melilla. -
Los/as coordinadores/as deberán estar en posesión de uno o varios vehículos
para el transporte de animales capturados. La Ciudad Autónoma les facilitará un
cartel distintivo para facilitar el estacionamiento de vehículos en la vía
pública de forma que se facilite su labor cuando se tenga que proceder a la
captura de los animales.
-
Responsabilizarse de las jaulas de contención y captura que La Ciudad
Autónoma les entregará cuando sea necesario y siempre con un registro de
entrada y salida de material.
-
Capturar los animales de las colonias, bien para su esterilización o
bien para trasladarlos al veterinario. Los animales serán trasladados en todo
momento en jaulas de contención cubiertas por una tela opaca de forma que se
evite al máximo posible el estrés de los mismos.
-
Comunicar a los voluntarios los animales capturados para su
esterilización y del momento de la suelta-retorno en la colonia, para su
seguimiento.
-
Desinfectar las jaulas entre captura y captura para evitar diseminar
enfermedades entre colonias. Los desinfectantes y utensilios de limpieza serán
facilitados por la Ciudad Autónoma o entidad colaboradora. Deberán avisar con
tiempo de la necesidad de dichos productos.
6.4.-Cese de los/as voluntarios/as del Proyecto.
Los voluntarios del Proyecto de Colonias Felinas de Melilla podrán cesar
en cualquier momento por decisión propia, lo que deberán comunicar al
responsable veterinario de la D.G. de Salud Pública y Consumo con la antelación
prevista. Asimismo, en caso de incumplimiento reiterado de sus obligaciones, o
si del mismo se derivan perjuicios graves para la adecuada gestión del
proyecto, se dará lugar a la pérdida de la condición de voluntario/a.
La separación del voluntariado se acordará previa la instrucción del
procedimiento pertinente.
7.- FUNCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.
La Dirección General de Salud Pública y Consumo de la Consejería de
Políticas Sociales, Salud Publica y Bienestar Animal, será la encargada de:
·
Gestionar la creación de colonias felinas.
·
Asignar una colonia concreta a cada voluntario/a coordinador/a.
·
Dotar a los/las voluntarios/as del carnet de voluntario/a del proyecto.
·
Suministrar y controlar, o incluir en los convenios con entidades
colaboradoras, todo el material para captura y contención.
·
Elaborar contratos y convenios necesarios para llevar a cabo el
proyecto.
·
Realizar inspecciones periódicas a las colonias felinas.
·
Mantener actualizado el Libro de Registro en Colonias Felinas.
·
Mantener actualizado el censo de animales de colonias urbanas.
·
Cualquier queja se emitirá por escrito al responsable veterinario de la
D.G. de Salud Pública y Consumo. No se admitirán quejas verbales.
·
Realizar Campañas de Concienciación Ciudadana.
·
Suministrar, o incluir en los convenios con entidades colaboradoras, a
los coordinadores los alimentos y materiales necesarios para la gestión de las
colonias.
·
Ayudar con tratamientos farmacológicos y desinfectantes.
·
Velar por el cumplimiento de este proyecto.
8.- DESARROLLO DEL PROYECTO DE COLONIAS FELINAS Y PLAN CES-R.
8.1.- CAMPAÑAS EDUCATIVAS Y DIVULGATIVAS
En los apartados anteriores se ha dejado claro la importancia de la
información y divulgación del Plan de Control de Colonias Felinas,
especialmente entre los vecinos que van a convivir con los gatos. Por eso una
de las campañas que habrá que poner en marcha, desde la Ciudad Autónoma, será
un Plan de Información Vecinal, que tendrá por objetivo principal el de
concienciar a los vecinos de las zonas seleccionadas de los beneficios que
comportan las actuaciones que se van a llevar a cabo.
El Plan de Información Vecinal tendría como base incidir en las ventajas
que supone poner en marcha el Proyecto de Colonias Felinas y el Método CES-R y
que se pueden resumir en las siguientes:
·
Mejora de las condiciones de salubridad del entorno de la colonia
derivadas de las actuaciones sobre el medio (areneros, comederos, abrevaderos,
programas de fumigación) y las realizadas sobre los animales.
·
Mejora del estado sanitario de los gatos al ser objeto de una serie de
medidas para la mejora de las condiciones sanitarias (tratamientos
antiparasitarios, vacunación, vigilancia de la presencia de animales enfermos).
Estas medidas repercuten sobre la mejora de las condiciones de salubridad del
entorno.
·
La esterilización de los individuos que forman la colonia permite
mantener un censo estable de individuos, evitando su incremento indiscriminado,
y por consiguiente la saturación del entorno y el deterioro de las condiciones
de salubridad. También evita el conflicto entre gatos, especialmente en época
de celo, con lo que se eliminan los problemas de ruidos y marcajes olorosos.
·
Mejora de las condiciones físicas de los gatos debido a una adecuada
nutrición de la colonia, lo cual reducirá drásticamente las enfermedades y
supondrá un mejor aspecto físico de los gatos.
·
Colaboración e implicación de voluntarios y asociaciones de defensa de
los animales, las cuales ven cumplida la exigencia de protección y respeto a
los animales. En este sentido no debemos de olvidar el hecho del beneficio,
para la salud de algunas personas, que supone el tener a su cuidado a los
animales que forman las colonias.
8.2.- INSCRIPCIÓN DE VOLUNTARIOS E IDENTIFICACIÓN DE COLONIAS.
Durante la Fase de Información Pública y Campañas de divulgación se
procederá, por parte de la Dirección General de Salud Pública y Consumo a la
recogida de solicitudes de voluntarios, elaborándose una ficha de cada uno, así
como la identificación de las colonias.
Una vez finalizada esta fase, entre los voluntarios de cada colonia se
elegirá un Coordinador/a, bien por votación entre ellos, bien a criterio de la
Ciudad Autónoma.
8.3.- CHARLAS Y CURSOS DE FORMACIÓN.-
Serán impartidos por la Ciudad Autónoma o Entidad Colaboradora,
diferentes cursos y charlas informativas a los voluntarios del Proyecto para
que lo conozcan en profundidad, así como para que conozcan sus derechos y obligaciones
en cada momento.
8.4.- MEDIDAS PREVIAS A LAS CAPTURAS.
El primer paso previo al inicio de las capturas será llegar a acuerdos,
bien con El Colegio de Veterinarios, bien con uno o varios veterinarios (es
conveniente que los veterinarios de la ciudad también se impliquen en estos
programas) para estudiar con ellos el desarrollo del proceso de esterilización
y otras acciones sanitarias.
Se podrán establecer convenios de colaboración con las asociaciones para
las distintas funciones de este Proyecto: Atención a los animales, Atención
ciudadana, Programas de adopción, Programas de voluntariado, Campañas de
difusión, etc.
Así mismo se establecerán convenios con las clínicas veterinarias o a
través del Colegio de Veterinarios para la difusión de las normativas y del
Proyecto y para los programas de esterilización, vacunación e identificación.
8.4.1.- Estaciones de alimentación fijas.
Con la instalación de estos comederos se facilitará la labor de contar
el número de gatos de la colonia, cuestión importante para organizar la
esterilización y también para gestionar la cantidad suficiente de jaulas para
atraparlos.
La alimentación regular también permitirá determinar si hay algunos
gatitos, adultos amistosos y gatos enfermos. Si es así, se deben tomar medidas
anticipadas para la adopción o el cuidado veterinario, antes de que los gatos
estén bajo custodia.
Durante esta fase de precaptura, se debe alimentar a los gatos con
comida tan nutritiva y de alta calidad como sea posible, para consolidarles el
sistema inmunológico a fin de que puedan soportar la tensión de la captura y la
cirugía.
Un par de semanas de excelente nutrición a menudo también curará muchas
dolencias felinas comunes, como infecciones del aparato respiratorio superior.
El tipo de estación de alimentación que se utilice dependerá de la clase
de acceso que se tenga al territorio. Si es posible, se pueden fijar platos y
un dispensador automático de agua dentro de una caja de madera cubierta, con
acceso exclusivamente para los gatos. Si no es posible esa disposición parecida
a una caja, lo mejor que se puede hacer es poner platos y el agua alejados de
la accesibilidad a otras personas.
Se tratará de colocar la estación de alimentación y los refugios en
puntos no visibles para los transeúntes, pero donde los cuidadores de gatos
tengan fácil acceso.
Esta estación de alimentación es fundamental mantenerla limpia. Es
comprensible que la gente, especialmente los vecinos no quieran ver desorden.
Así que hay que ser considerado, y por el bien de los gatos, limpiar la
estación de alimentación diariamente. No se dejarán platos vacíos ni latas
alrededor.
En la actualidad es común que algunas colonias de gatos ya cuenten con
lugares concretos de alimentación, proporcionados por particulares que cuidan a
los gatos. Sin embargo, en estos lugares se les pone demasiada comida, dado que
seguramente los cuidados no son diarios, por lo que es necesario hablar con
estas personas y hacerles partícipe del programa.
8.4.2.- Acondicionar un espacio para la estancia de los gatos durante su
tratamiento.
Existe la posibilidad que durante el período de captura y durante las
horas posteriores a la cirugía, se necesite un espacio donde custodiar a los
gatos capturados.
Excepcionalmente, las trampas pueden servir de jaulas de estancia, y no
es necesario sacar a los gatos (excepto para la cirugía) hasta que se retornen.
8.5.- CUIDADO DE LOS GATOS CAPTURADOS
La estancia de los gatos una vez capturados, puede ser la misma caja
trampa donde han sido atrapados para evitar más estrés en los animales al
cambiarles de sitio constantemente. Para ello es necesario que las jaulas se
instalen en lugares oscuros y tranquilos. Tenemos que recordar que la estancia
de los gatos en el lugar que se habilite será la mínima posible.
Con frecuencia, los gatos callejeros en cautiverio prefieren espacios
apretados y oscuros a los grandes y abiertos, pues les da sensación de
seguridad. Si se coloca a un gato callejero en una jaula grande, tenderá a
arrinconarse en una esquina. Dentro de las trampas, los gatos callejeros a
veces se sienten relativamente cómodos.
Mientras los gatos estén bajo los efectos de la anestesia se les hará un
reconocimiento general. Si un animal presenta síntomas de una mala recuperación
es conveniente que lo vea de nuevo el veterinario antes de soltarlo en la
colonia.
Para cada gato se rellenará una ficha donde queden reflejados sus
principales características físicas, así como los resultados de la exploración
sanitaria y de los tratamientos clínicos realizados. Estas fichas deberán
remitirse al veterinario responsable de la D.G. de Salud Pública y Consumo.
8.7.-ESTERILIZACIÓN , VACUNACIÓN Y MARCADO.
·
La Ciudad Autónoma o entidad colaboradora se encargará de contratar a
los/as veterinarios/as que realicen las esterilizaciones, vacunaciones y
marcado de los animales.
·
Los voluntarios llevarán a los animales capturados a las clínicas
veterinarias que la Ciudad Autónoma o entidad colaboradora determine cuando se
proceda a actuar sobre la colonia.
·
El/la coordinador/ra de cada colonia será el responsable de coordinar la
entrega de los animales en el centro veterinario y deberá acreditarse con su
carnet de voluntario, rellenar y firmar el documento que le proporcione el/la
veterinario/a (ANEXO V). El traslado se realizará siempre en jaulas de
contención cubiertas por una tela opaca para minimizar el estrés de los
animales.
·
•El/la voluntario/a que recoja al animal seguirá el mismo procedimiento
que el de entrega y recibirá una copia del documento debidamente cumplimentado
(ANEXO VI).
·
El/la voluntario/a responsable de la colonia del animal esterilizado
será el encargado de vigilar su estado de salud durante el postoperatorio y
gestionará, si fuera necesario, el traslado del animal a la clínica donde se
realizó la esterilización para su tratamiento.
En la Clínica Veterinaria, además de la esterilización y
desparasitación, los animales serán vacunados contra la rabia y serán marcados
e identificados mediante microchip, para que dicha identificación sea exitosa;
no sólo para reconocer a un gato esterilizado, sino para poder conocer su
historial de vacunaciones.
Se considera que el mejor método para el marcado es un pequeño corte en
la oreja izquierda para los machos o en la derecha para las hembras.
Teniendo en cuenta las particularidades de Melilla en relación a la
rabia, enfermedad endémica en nuestra Ciudad, independientemente de la
vacunación de todos los animales en el momento de que vayan a ser
esterilizados, se debería desde el principio del proyecto intentar vacunar a
aquellos gatos más sociables o fáciles de capturar. Para ello, los cuidadores,
bajo el control del servicio de sanidad animal, podrían transportar los
animales a las diferentes clínicas veterinarias para ser vacunados y marcados.
Incluso se podría intentar la vacunación del mayor número posible de animales
in situ en las mismas colonias. De este modo, desde una fase muy temprana del
proyecto, los beneficios para la salud pública serían evidentes.
8.8.-MEDIDAS SOBRE EL ENTORNO.
Las medidas sobre el entorno están orientadas a asegurar las condiciones
de salubridad y de bienestar de las colonias y de los gatos que en ellas viven.
Por un lado, se deben de poner en marcha unas acciones dirigidas al
acondicionamiento y saneamiento del entorno de las colonias con unas
actuaciones iniciales para conseguir unos niveles mínimos de habitabilidad y
salubridad para los gatos.
Por otro lado, se procederá a la instalación de un mobiliario específico
para mejorar el confort de los animales (casetas, abrevaderos, comederos,
arenales y rascadores) y también para favorecer el mantenimiento sanitario de
la colonia.
8.8.1.- Acciones de saneamiento.-
Este tipo de acciones no son generales ni comunes y dependerán de las
características y estado de conservación de los lugares donde se ubiquen cada
una de las colonias. En algunas colonias no será necesario hacer grandes
cambios y en otras se tendrán que tomar medidas específicas.
Con la puesta en marcha de estas actuaciones, además de mejorar el lugar
para la habitabilidad de los gatos, se demostrará a los vecinos que el inicio
del programa también conlleva mejoras importantes en los lugares donde se
localizan las colonias. Se intentará siempre que sea posible tener en cuenta la
opinión de los vecinos, y se intentará recabar información de sus opiniones y sugerencias.
Limpieza y retirada de escombros y basuras.
Medidas disuasorias para que los gatos no accedan a lugares donde puedan
dañar las pertenencias de los vecinos.
Apertura de gateras y otros dispositivos de acceso a los gatos.
8.8.2.- Instalación de mobiliario.
Todas las colonias gestionadas en el Proyecto, deberán de contar con un
mobiliario mínimo, lo más operativo posible, seguro, higiénico y fácil de
mantener y limpiar. Este mobiliario será el siguiente:
-
Cartel indicador de que la colonia de gatos forma parte de un Proyecto
de Colonia Felina y Método CES-R, indicando los beneficios que supone para la
sociedad dicho plan. También estará muy visible la dirección de un correo
electrónico o teléfono para recoger las dudas, sugerencias o quejas que
pudieran surgir. Llevará el sello de la CAM.
-
Cartel informativo en el que se indique que está prohibido dar de comer
a los animales, depositar o arrojar basuras y recordando que está prohibido
hacer daño a los animales.
-
Casetas refugios para los gatos. Estas casetas tendrán que permitir la
manipulación y entrada de acceso a los voluntarios/as, estarán aisladas del
suelo (con patas para elevarlas), y deberán de ser de un material que permita
su limpieza y desinfección periódica. Se instalarán en lugares discretos y a
salvo de los lugares transitados por las personas. También tendrán un diseño
que permita, en lo posible, su integración en el entorno.
-
Comederos y bebederos. Se instalarán, en lugares discretos y seguros, una
serie de recipientes para la comida y para el agua de los animales. Las
colonias serán alimentadas con máxima higiene , y agua limpia a su disposición.
Siempre con pienso o otra variante de alimentos de uso comercial autorizados
para el consumo de este grupo animal , evitando dejar restos de suciedad y
nunca con restos de comida, que generan malos olores, insectos y plagas que
ponen en peligro la salud de los gatos o que puedan suponer focos de infección
para las personas.
-
Otros elementos importantes son los areneros, para que los animales
hagan sus necesidades en lugares controlados y por lo tanto en zonas que pueden
ser limpiadas. Se recomienda su instalación en todas las colonias, incluidas
aquellas que tienen zonas verdes, para evitar en la medida de lo posible que
los gatos depositen sus deyecciones en lugares públicos o ajenos a los
elementos que forman parte de la gestión de la colonia.
-
Por último un elemento que en ocasiones no se tiene en cuenta y que
también es importante son los rascadores, es decir lugares donde los gatos
puedan afilarse las uñas. Instalando estos elementos, se impide que los gatos
dañen árboles o plantas de los jardines existentes en la colonia, o incluso
material vecinal.
8.9.- SUELTA Y SEGUIMIENTO POSTERIOR
Si no hay complicaciones después de la cirugía, vacunación y marcado,
los gatos pueden ser liberados como máximo después de las 48 horas en el mismo
lugar donde se atraparon. Son muy territoriales y si no se devuelven al mismo
lugar donde se les capturó, los gatos probablemente se marcharán.
Si por cualquier circunstancia un animal se tiene que liberar en una
colonia a la que no pertenece, será necesario un procedimiento que permita su
inclusión en el nuevo entorno, durante al menos tres semanas. Para ello, será
necesario disponer de material específico, que se podrán instalar y desinstalar
según sean necesarios. Esto mismo habría que hacer en el supuesto de que se
quiera crear una colonia nueva ya que los gatos no pueden soltarse directamente
en el nuevo territorio, porque la mayoría de los animales se marcharán si
tienen oportunidad de hacerlo.
Una vez que los gatos se esterilicen y se suelten, el método CES-R no
estará finalizado. El seguimiento y la supervisión a largo plazo de la colonia es vital.
La amenaza más importante contra la eficacia de los Proyectos CES-R es
el abandono continuo de felinos domésticos que se incorporarán a las colonias.
Si no se realiza un seguimiento de las colonias a fin de conocer si hay
recién llegados, todo el proyecto puede verse afectado en pocos meses.
Es cuestión de tiempo que aparezcan nuevos individuos, seguramente sin
esterilizar, lo que supondrá el inicio del ciclo reproductivo.
Para prevenir esta situación, los recién llegados deben ser
identificados rápidamente, capturados, vacunados, desparasitados y
esterilizados, después ofrecerse para adopción si es factible, y si no
devolverlos a la colonia lo más rápidamente posible.
Si cualquiera de las gatas ha eludido ser atrapada y termina pariendo,
los cachorros deben de ser retirados entre la sexta o séptima semana de edad,
para que puedan socializarse fácilmente.
Con el objeto de llevar a cabo una correcta gestión y seguimiento
posterior del proyecto, es necesario controlar cada una de las colonias que
forman parte del Proyecto. Para ello se diseñarán unas fichas de control de colonia, donde figurarán los datos
de cada gato que forma parte de esa colonia.
La información recopilada debe incluir campos que permitan contactar
rápidamente con el responsable de la colonia, la localización de la colonia y
una descripción e historia de cada gato (sexo, edad, capa, cuando y donde fue
esterilizado, número de la vacuna, si tienen marca en la oreja y microchip). El
seguimiento de las colonias será efectuado por coordinadores/as de las colonias.
Mediante el registro mensual de animales se controlará el censo de las
colonias felinas.
Los/as técnicos de la Ciudad Autónoma en competencia de Sanidad Animal,
realizarán visitas de inspección periódicas a las colonias censadas.
· Libro de Registro
Intervenciones en Colonias Felinas.
El/la veterinario/a responsable de la D.G. de Salud Pública y Consumo
llevará un control de visitas a las colonias que se reflejará en el Libro de
Registro de Intervenciones en Colonias Felinas, correspondiente al ANEXO IV.
·
Censo de animales de colonias urbanas
Para el control de la población de gatos urbanos en las colonias felinas
de Melilla, los/as coordinadores/as deberán llevar un registro (ANEXO III) de
todos los animales de cada colonia. Recopilarán los datos que el/la
voluntario/a responsable de cada colonia le proporcione de forma mensual.
En el registro se incluirán todos los movimientos de animales; los
animales iniciales, los animales nuevos (abandonados, perdidos o nacidos),
cuales han sido esterilizados, cuales se han dado en adopción o se entregaron a
su propietario y cuales han fallecido.
Además existirá una ficha identificativa individual por cada felino que
deberá rellenarse de forma completa e incluirá una fotografía del animal para
mayor control de la población (ANEXO VII).
El registro y las fichas serán trasladados a la D.G de Salud Pública y
Consumo que se encargará de elaborar un censo para controlar la eficacia del
proyecto CES-R. El censo se encontrará actualizado en todo momento.
8.10.- TRASLADO A NUEVOS EMPLAZAMIENTOS
Aunque todo el proceso anterior se haya realizado con éxito, puede ocurrir
que en algunos casos los gatos de una colonia no puedan ser reintroducidos en
el lugar de origen. Las razones pueden ser varias: por razones de seguridad
debido a quejas continuadas del vecindario que no quiere ni atender ni
comprender que el comportamiento de los animales será completamente distinto;
por falta de personal voluntario que se encargue del mantenimiento de la
colonia; porque el lugar será remodelado urbanísticamente; por la construcción
o demolición de un edificio; etc.
El problema mayor lo constituyen los gatos semisalvajes, poco sociables.
En estos casos se puede plantear su traslado a colonias donde el número de
animales haya descendido debido a la mortalidad natural.
Sólo se soltarán estos animales en colonias que forman parte del
Proyecto. Siempre que sea posible se soltarán todos los gatos de la colonia en
el mismo sitio, los animales se conocen y siempre será más fácil para ellos
adaptarse a un nuevo lugar cuando están juntos.
Antes de liberar a los gatos en un lugar nuevo, es necesario mantenerlos
encerrados en dicho lugar, durante al menos tres semanas. Para ello, se
utilizarán los jaulones transportables. Los animales necesitan un periodo de
adaptación para reconocer el lugar, sus olores y sus ruidos. Es muy importante
que los gatos se acostumbren a considerar este sitio como un lugar permanente
de alimentación antes de dejarlos salir. La persona o personas que se van a
encargar de gestionar la colonia deben de visitarlos regularmente para ganar su
confianza. Después del período de confinamiento ya se puede permitir su salida
voluntaria, nunca forzarles a salir.
Existirá un sistema de lectores de microchip, que permita la
identificación de un animal sin tener que realizar una descripción detallada de
pelaje y color que a menudo, puede llevar a confusión en el caso de tener
varios animales de la misma raza.
8.11.- ALIMENTOS Y MATERIALES
La Dirección General de Salud Pública y Consumo o entidad colaboradora,
distribuirá los alimentos de forma equitativa, en función del número de gatos,
a los coordinadores responsables de cada colonia de forma que llegue a todas
ellas.
Para ello, se les convocará por correo electrónico los días y horas para
hacer la entrega del pienso. En caso de no poder acudir, podrán autorizar a
otra persona en su nombre con un documento que lo acredite y la fotocopia del
DNI de el/la responsable.
9.- IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DE COLONIAS FELINAS Y PLAN CES-R.
Para el desarrollo de las actuaciones que se prevén en el presente plan,
la administración actuante podrá, en función de los recursos humanos y
materiales disponibles realizarlo a través de medios propios o mediante gestión
externa, contractual o mediante convenios de colaboración
ANEXO I
AUTORIZACIÓN PARA LA CREACIÓN DE UNA
COLONIA FELINA URBANA EN UN SOLAR DE PROPIEDAD PRIVADA
D./Dñª…………………………………………………con D.N.I. n.º ………………….. y dirección a efectos
de notificaciones en C/………………………………………………….…..
n.º………… C.P. ………… de Melilla, e-mail.:………………………......, Tf……………., en
representación de ………………………………. con C.I.F…………………… como propietario/a de la
parcela situada en ………………………….…………………………….., autorizo la Ciudad Autónoma para
la creación dentro de la parcela de mi propiedad, de una colonia felina
autorizada, incluida en el Proyecto CES-R aprobado por la Ciudad Autónoma.
Así mismo autorizo a los/as voluntarios/as autorizados/as para actuar en
dicha colonia a procurar alimento y agua continuos a la colonia
(individualmente o en coordinación con otros/as cuidadores/as), colaborando en
la limpieza del área y del mobiliario urbano de la colonia si lo hay.
También autorizo a los/as voluntarios/as adscritos al proyecto CES-R
para la colocación de jaulas de captura y de contención para poder llevar a
cabo la labor de Captura, Esterilización y Suelta-Retorno, para evitar la
proliferación.
A estos efectos, para dar cumplimiento al Proyecto CES-R Melilla,
previos los oportunos informes técnicos y establecido el protocolo de actuación
para los cuidadores/as de las colonias, una vez creada la colonia, será
incluida en el listado de colonias urbanas felinas intervenidas en la ciudad de
Melilla, que deberá ser aprobado por la Ciudad Autónoma.
Esta autorización es de carácter indefinido, mientras no haya una
oposición fehaciente del propietario/a que deberá ser dirigida por escrito en
la Dirección General de Salud Pública y Consumo de la Ciudad Autónoma de
Melilla con una antelación mínima de un mes.
Como propietario/a me comprometo a mantener la autorización vigente el
plazo de tiempo necesario hasta encontrar otra alternativa.
En Melilla, a ………de ………… de 20..
Fdo. El/La propietario/a del solar
ANEXO II
SOLICITUD PARA FORMACIÓN DE NUEVA COLONIA
DE GATOS URBANOS
Datos de el/la solicitante:N.I.F.
Apellidos y nombre Domicilio:
Teléfono:
Código postal
Correo electrónico:
Datos de las personas que desean ser
voluntarios/as de la colonia Nombre: NIF Teléfono:
Nombre: NIF Teléfono:
Nombre: NIF Teléfono:
Nombre: NIF Teléfono: Datos de la
posible colonia ▪Dirección exacta:
▪Coordenadas:
▪Solar privado o público:
▪Número de gatos
•Hembras: esterilizadas sin esterilizar.
•Machos: castrados sin castrar.
•Gatos domésticos abandonados o
recién nacidos que pudieran ser adoptados:
▪¿Algunos gatos parecen enfermos?, en
caso afirmativo, describa síntomas:
En Melilla a ………de ………… de 20..
Fdo. El/La solicitante
ANEXO III
SOLICITUD DE NUEVO VOLUNTARIO/A DEL PLAN DE
CONTROL DE COLONIA FELINA Y MÉTODO CES-R DE MELILLA
N.I.F.
Apellidos y nombre
Calle/Plaza/Avda
Telefono
Código postal
Correo electrónico Marque sus
preferencias:
Coordinador/a
Cuidador/a/alimentador/a Manifiesta:
1.Que se ofrece voluntario/a para gestionar las
colonias felinas urbanas que le sean asignadas, siendo colaborador/a
autorizado/a.
2.Que se compromete a cumplir con el Proyecto de
Colonias Felinas y Método CES-R de Melilla y a seguir las instrucciones de la
Ciudad Autónoma en todo momento.
3.Que se compromete a cursar de forma obligatoria el
curso formativo gestionado por la Ciudad Autónoma de Melilla y sus posibles
reciclajes.
4.Que acompaña la siguiente documentación:
•Fotocopia de DNI.
5.Que exonera de responsabilidad a la Ciudad Autónoma
de cuantos accidentes propios y/o daños a terceros pudieran producirse durante
el desarrollo de sus tareas como colaborador/a autorizado/a.
Por todo ello, SOLICITA ser
nombrado/a colaborador/a autorizado/a para la gestión y control de las colonias
felinas.
En Melilla a ………de ………… de 20..
Fdo. El/La solicitante
ANEXO IV
CENSO MENSUAL DE ANIMALES EN COLONIAS DE
GATOS URBANOS
MES: AÑO: Nº COLONIA:
VOLUNTARIO/A Machos ♀ Hembras
♀
RESPONSABLE: Nº DE ANIMALES
MES ANTERIOR
NACIDOS
NUEVOS
FALLECIDOS
DADOS EN ADOPCIÓN
ENTREGADOS A SU PROPIETARIO/A
TOTALES
Nº DE ANIMALES Machos ♀ Hembras
♀
ESTERILIZADOS
MES ANTERIOR
MES ACTUAL
TOTALES EN LA COLONIA
ANEXO V
FICHA IDENTIFICATIVA Y DE ACTUACIONES
CLÍNICAS
A rellenar por el/la voluntario/a autorizado/a del proyecto CES-R
Fecha de captura: Colonia nº:
Nombre del cuidador/a:
DNI: Nº de Identificación carnet:
Firma:
A rellenar por el/la veterinario/a responsable del centro adjudicatario
Fecha de ingreso: Nombre de la clínica:
CARACTERÍSTICAS DEL ANIMAL
Sexo: Edad: Nombre:
Exploración clínica:
Fotografía si procede.
Apto ‰ No apto ‰ Motivo de eutanasia:
Marcaje en pabellón auricular: izq macho ‰ dcha hembra ‰ N.º de
microchip:
Esterilización: Orquidectomía ‰ Ovariohisterectomía ‰ Ovariectomía ‰
Observaciones o incidencias:
Nombre del veterinario/a: Firma y sello del veterinario/a: A rellenar
por el/la voluntario/a autorizado/a del Proyecto CES-R Fecha de salida: Colonia
nº:
Nombre del cuidador/a (en caso de que sea diferente del que entrega):
DNI: Nº de Identificación carnet:
Firma:
ANEXO VI
LIBRO DE REGISTRO DE INTERVENCIONES EN
COLONIAS FELINAS
ACTA DE INSPECCIÓN PROYECTO CES-R Fecha
Nombre de inspector/a
Número de colonia
Ubicación de colonia
Inspección in situ SI NO
Los animales se ven sanos
Se ha aumentado en número de puntos de alimentación y cobijo
La zona está limpia
Hay agua y comida continuamente a disposición
Hay gatos cachorros
Hay gatos sin esterilizar
Conversación SI NO
presencial con el/la voluntario/a cuidador/a
El número de gatos coincide con el último censo
El/la voluntario/a usa la acreditación
Han surgido conflictos vecinales
Han surgido conflictos con voluntarios/as capturadores/as
Observaciones realizadas por el/la voluntario/a cuidador/a/alimentador/a
Resultado de la inspección APTA ‰ NO APTA ‰ Firma
inspector/a:
ANEXO VII
FICHA IDENTIFICATIVA DEL ANIMAL
Nombre: Sexo: Edad:
Capa: Marcaje oreja: IZQ ‰ DCHA ‰ fotografía
Esterilizado: SI ‰ NO ‰ Fecha de esterilización:
N.º de microchip: Fecha de implantación:
N.º colonia a la que pertenece:
Voluntario/a responsable
Nombre:
DNI:
Nº de Identificación del carnet:
Fecha de alta:
Fecha de baja:
Motivo:“
De conformidad con los artículos 123
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del
Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME extra. núm 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el
presente acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe
recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su
publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso
administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en
el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.
No obstante, podrá utilizar cualquier
otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica o hace público
para su conocimiento y efectos.
Melilla 24 de mayo de 2023,
El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,
Antonio Jesús García Alemany