ARTÍCULO Nº 218 (CVE: BOME-AX-2023-218) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 34 - miércoles, 24 de mayo de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 18 de mayo de 2023, relativo al Plan de Control de Colonias Felinas.

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ANUNCIO

El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el día 18 de mayo de 2023, una vez terminados los asuntos contenidos en el Orden del Día y previa su declaración de urgencia, adoptó el siguiente acuerdo:

PUNTO ÚNICO: APROBACIÓN PLAN DE CONTROL DE COLONIAS FELINAS: El Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta de la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, que literalmente dice:

“ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

I.- Con fecha 9 de diciembre de 2022, se publicó en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla, el Decreto nº 1120, de fecha 1 de diciembre de 2022, relativa a las alegaciones presentadas y aprobación definitiva a la modificación del Reglamento de Sanidad Animal, de la Ciudad Autónoma de Melilla.

II.- El Reglamento de Sanidad establece en su Disposición Transitoria Segunda que:

El Título relativo a la implantación de las colonias felinas entrará en vigor una vez que se proceda a la aprobación del Plan de Control de Colonias Felinas por el Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla y no podrá dilatarse más allá de los 12 meses a contar desde la publicación de la presente modificación del Reglamento de Sanidad Animal

III.- El citado Reglamento en virtud de lo dispuesto en su Disposición Adicional Segunda faculta al Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de lo dispuesto en este Reglamento.

IV.- Por el Servicio de Veterinaria se realizó con fecha 17 de febrero de 2023, el Plan de Colonias Felinas para la Ciudad de Melilla que da cumplimiento a la referida Disposición Transitoria Segunda dentro del plazo estipulado correspondiendo al Consejo de Gobierno su aprobación

V.- Atendiendo a los establecido en el art. 21. 2 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, de Estatuto de Autonomía de Melilla y de acuerdo con las competencias de la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal atribuidas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de agosto de 2021 (BOMe. Extraordinario núm 46, de 13 de agosto de 2021) y el art. 25 2. j) del LRBRL atribuye a los municipios velar por la protección de la salubridad pública y el art. 26.1. d) del mismo texto legal, señala que es competencia de los municipios mayores de 20.000 habitantes la protección el medio ambiente urbano

VI.- En su art. 33. 5. e) y h) del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla que los Consejeros tienen atribuidas entre otras competencias las de “gestión, impulsión, administración, inspección y sanción respecto de todos los asuntos de su Consejería, así como la de propuesta cuando carezca de capacidad de resolver, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos de conformidad con la normativa de desarrollo estatutario.

VII.- Posteriormente, el Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, en su art. 55.2. o) señala que a los Directores Generales les corresponden en sus respectivos ámbitos de responsabilidad, entre otras funciones, la de “elaboración de Proyectos de Disposiciones, Acuerdos y Convenios respecto de las materias de su ámbito de funciones”

VIII.- Según el precitado Reglamento, en su artículo 51. 3. e) a los Secretarios Técnicos de las Consejerías les corresponde “la emisión de informes previos respecto de los recursos que se presenten sobre expedientes tramitados en la Consejería, independientemente del órgano competente para su resolución” 

IX.- Por la Dirección General de Salud Pública y Consumo se ha mostrado su conformidad a la implementación del Plan de Colonias Felinas para la Ciudad de Melilla con fecha 8 de mayo de 2023.

X.- Por la Secretaría Técnica de Políticas Sociales y Salud Pública se ha evacuado Informe con fecha 26 de abril de 2023, en el que corresponde al Consejo de Gobierno de la Ciudad de Melilla la aprobación del Plan de Colonias Felinas de acuerdo con lo establecido en la Disposición Adicional Segunda del Reglamento de Sanidad de la Ciudad de Melilla.

XI.- Para la implementación de este establecimiento de Colonias Felinas se ha previsto un coste inicial de 55.000 €, existiendo RC GÉNERICO núm. 12023000015818, de 04/05/2023 por importe de 40.000 € a detraer de la Aplicación Presupuestaria núm. 05/23100/62500 y RC GÉNERICO núm. 12023000014501, de 26/04/2023 por importe de 15.000 €, a detraer de la Aplicación Presupuestaria núm. 05/31100/22799. No obstante lo anterior, por la Intervención General, de la ciudad de Melilla, se precisa que tal fiscalización no es necesaria en informe evacuado el 9 de mayo de 2023.

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

LA APROBACIÓN DEL PLAN DE COLONIAS FELINAS PARA LA CIUDAD DE MELILLA, CUYO TEXTO SE ACOMPAÑA  A LA PRESENTE PROPUESTA


 

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INDICE

 

1.- INTRODUCCIÓN.

2.- PRINCIPALES INCONVENIENTES QUE GENERAN LOS GATOS CALLEJEROS.

2.2/- Preocupación de Salud Pública 2.3/- Impacto sobre la fauna silvestre

3.- OBJETIVOS Y AMBITO DE ACTUACIÓN.

4.- LAS COLONIAS.

5.- ASPECTOS SOCIALES.

6.- EL VOLUNTARIADO.

6.1.- Inscripción como voluntario/a. 6.2.- Obligaciones de los voluntarios/as.

6.3.- Obligaciones de los coordinadores responsables de colonia.

6.4.- Cese de los/as voluntarios/as del Proyecto.

7.- FUNCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

8.- DESARROLLO DEL PROYECTO DE COLONIAS FELINAS Y PLAN CES-R.

8.1.- CAMPAÑAS EDUCATIVAS Y DIVULGATIVAS.

8.2.- INSCRIPCIÓN DE VOLUNTARIOS E IDENTIFICACIÓN DE COLONIAS.

8.3.- CHARLAS Y CURSOS DE FORMACIÓN.

8.4.- MEDIDAS PREVIAS A LAS CAPTURAS.

8.4.1.- Estaciones de alimentación fijas.

8.4.2.- Acondicionar un espacio para la estancia de los gatos durante su tratamiento.

8.5.- CUIDADO DE LOS GATOS CAPTURADOS.

8.6.- ESTERILIZACIÓN , VACUNACIÓN Y MARCADO.

8.7.- MEDIDAS SOBRE EL ENTORNO.

8.7.1.- Acciones de saneamiento. 8.7.2.- Instalación de mobiliario.

8.8.- SUELTA Y SEGUIMIENTO POSTERIOR.

8.9.- TRASLADO A NUEVOS EMPLAZAMIENTOS.

8.10.-ALIMENTOS Y MATERIALES.

9.- IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DE COLONIAS FELINAS Y PLAN CES-R.

10.- ANEXOS.

 

1.- INTRODUCCIÓN

Convivimos con numerosos gatos callejeros, gatos que habitualmente viven en libertad pero integrados en el medio ambiente de nuestras ciudades y alimentándose gracias a lo que el ser humano les proporciona. Cuando un grupo de gatos callejeros viven juntos en un determinado lugar que les ofrece suficiente comida, se forma las llamadas colonias de gatos urbanas. Eso conlleva una problemática a la que hay que darle una solución desde distintos enfoques, que van desde la preservación de la salud pública al bienestar de los animales.

Tipos de gatos callejeros:

Gatos errantes (outdoor): Son los gatos con propietario que no están confinados en una casa o lugar cerrado y por lo tanto vagan con libertad. Esta práctica se debe de erradicar y abría que pedirles responsabilidades a los propietarios sobre el cuidado y las molestias o daños a terceros que puedan ocasionar.

Gatos abandonados o perdidos: Estos gatos tienen un propietario o dejan de tenerlo, bien porque los han abandonado o bien porque se han perdido. Estos animales inicialmente están socializados pero con el paso del tiempo se van asilvestrado llegando a convertirse en gatos silvestres. Para evitar su proliferación y garantizar su supervivencia estos animales deben sacarse de las colonias y buscarles adopción.

Gatos silvestres o ferales: Son gatos sin socializar por lo que, generalmente, no se dejan coger o manipular y no pueden ser introducidos en un domicilio como mascota. Son animales sin dueño conocido, se les alimenta y se les procura bienestar. Nunca deben gestionarse como si tratara de un animal abandonado, puesto que no lo es, vive en la calle y ese es su hábitat.

Por lo general las colonias de gatos pasan desapercibidas y no generan problemas (salvo los de salud pública), debido sobre todo a sus hábitos esquivos y generalmente nocturnos. Sin embargo, en ocasiones, se producen quejas de vecinos debido al ruido (en época de celo pueden ser muy ruidosos y molestos), la suciedad (muchas veces achacada a los gatos pero que no es generada por ellos) e incluso a daños materiales (arañazos en puertas, en ropa, etc.). Cuando se producen quejas es cuando los Ayuntamientos actúan, generalmente capturando a los gatos.

En la actualidad, por motivo de la concienciación de la población en lo que respecta a la protección y bienestar de los animales, se ha generado una necesidad de control de la proliferación de los gatos urbanos. Por ello, se considera que podría ser una medida de control efectiva y ética, los denominados como: "proyectos CES-R (Captura, Esterilización y Suelta-Retorno)", y que consisten en atrapar a todos o la gran mayoría de los gatos de una colonia, esterilizarlos y devolverlos a su territorio.

Para que los animales no vuelvan a ser trampeados es necesario marcar a los gatos ya esterilizados de forma que los traslados al veterinario en sucesivas campañas no le generen un estrés innecesario. De esta forma además podemos identificar rápidamente a un animal nuevo o abandonado en la colonia.

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Un programa CES-R implica atrapar en espacios temporales, lo más corto posible, a todos o la mayoría de los gatos de una colonia, esterilizarlos y devolverlos a su territorio. Los gatos devueltos, son marcados para identificarlos como estériles, se les proporcionará alimento, refugio y un seguimiento por quienes voluntariamente se hagan cargo de esas tareas, los cuidadores, quienes además tendrán la tarea fundamental de vigilar por si aparece algún gato nuevo.

En una ciudad como Melilla, endémica de la enfermedad de la Rabia, además de la esterilización y marcado de los animales es necesario e imprescindible proceder a su vacunación antirrábica para evitar este importantísimo problema de salud pública en la población.

Para conseguir la disminución del número de gatos de una colonia se deberán esterilizar a los gatos. Se ha demostrado que en aquellas colonias cuyo porcentaje de esterilizaciones supera el 90% de individuos esterilizados, su censo es decreciente. Las colonias con un porcentaje entre el 70-90% de animales esterilizados se mantienen estables en número. En este estado se considera que las colonias están en buenas condiciones, evitando su incremento descontrolado y el deterioro general de la salud de la población felina en cuestión. El control de las colonias también evita el conflicto entre gatos, especialmente en época de celo, eliminando problemas de ruidos y olores que afectan a los ciudadanos.

2.- PRINCIPALES INCONVENIENTES QUE GENERAN LOS GATOS CALLEJEROS.

Los problemas derivados de los gatos son básicamente de salud pública y de impacto sobre la fauna silvestre:

2.1.- PREOCUPACIÓN CON LA SALUD PÚBLICA

Es frecuente que cuando las poblaciones de gatos crecen de forma excesiva acabe derivando en una serie de molestias a la vecindad debidas a los olores, restos de alimento, maullidos del celo, etc. La mayoría de estas molestias, tienen su origen precisamente, en torno a la proliferación de animales, que se ve incrementada en la época de apareamiento y reproducción.

Las enfermedades más graves que pueden sufrir los gatos son:

Virus:

Rabia: el virus de la Rabia en gatos, se transmite por la saliva que penetra la piel, generalmente por mordeduras. Además de las personas, muchos animales pueden contraer y transmitir la Rabia. Además del perro y el gato, es importante tener en cuenta que varias especies de murciélagos pueden también transmitir la enfermedad. Esta enfermedad mortal es una zoonosis, es decir que puede ser trasmitida a las personas por lo que su control, en una ciudad como Melilla donde la rabia es endémica resulta de vital importancia.

Virus de la Inmunodeficiencia Felina: El virus del SIDA Felino se transmite principalmente por mordedura entre gatos. Si bien es una enfermedad de evolución lenta, es irremediablemente mortal por la creciente falla inmunológica que produce. Esta enfermedad no afecta al ser humano, no es zoonótica.

Virus de la Leucemia Felina: este virus se transmite por contacto directo también a través de la saliva, puede ocurrir por mordeduras o por el lamido reiterado entre gatos. Otras secreciones (respiratorias, orina, heces etc.) también pueden ser infectantes aunque en menor medida. Este virus produce una gran cantidad de trastornos inmunológicos y cancerosos, que pueden producir la muerte en pocos meses o años. Esta enfermedad no es zoonótica.

Parasitosis externas:

Pulgas: Las pulgas por todos conocidas, se adquieren desde el medio ambiente contaminado con huevos y larvas. La pulga adulta vive la mayor parte del tiempo sobre los perros y gatos infectados y elimina huevos que caen al suelo, de éstos saldrán larvas que parasitarán a nuevos huéspedes. Asimismo las pulgas adultas pueden pasar de huésped a huésped. Además del trastorno producido por las picaduras (la pulga se alimenta de la sangre del huésped), hay una gran variedad d enfermedades que pueden transmitir las pulgas. Las pulgas pueden afectar a las personas.

Sarna: varios ácaros pueden producir sarna en el gato, el Notoedres cati es el agente de la sarna notoédrica, que puede ser altamente peligrosa por su rápida diseminación en la piel del paciente comenzando por la cabeza. Se contagia por contacto directo y sin tratamiento casi siempre es mortal para los animales. También puede contagiar al ser humano.

Parasitosis internas:

Parásitos intestinales: la mayoría de los parásitos intestinales se contagian por la ingestión de huevos que han quedado en el medio ambiente (piso, tierra, areneros etc.) depositados con la materia fecal de animales infectados. De esta forma se contagian por ejemplo el Toxocara canis y cati, los cuales tienen además, importancia zoonótica, es decir, pueden afectar al ser humano.

Micosis externas:

La Tiña o Dermatofitosis, está producida principalmente por hongos del género Microsporum que se contagia por contacto directo con material contaminado como pelos y costras tanto en el sujeto enfermo como en el medio ambiente. Es una zoonosis.

2.2.- IMPACTO SOBRE LA FAUNA SILVESTRE

En algunas zonas ya se considera al gato doméstico asilvestrado como una auténtica plaga.

Parece evidente que los gatos asilvestrados pueden tener y de hecho tienen un impacto muy importante en ciertas situaciones excepcionales.

Por ello, hay que ser muy prudentes a la hora de seleccionar un lugar donde se vaya a recolocar gatos asilvestrados, ya que en un futuro podría ocurrir que los expertos científicos en medio ambiente pidieran la expulsión de los gatos en aquellos lugares donde anteriormente habían sido liberados por la propia administración.

3.- OBJETIVOS Y AMBITO DE ACTUACIÓN

Objetivos

·          Proteger y gestionar las colonias de gatos mediante la puesta en marcha del proyecto CES-R con el objetivo de la disminución progresiva del número de ejemplares por colonia.

·          Crear un censo actualizado de gatos urbanos en el municipio de Melilla.

·          Corregir y minimizar las molestias que provocan las colonias a la ciudadanía.

·          Aplicar programas para dar respuesta al sacrificio cero y abandonos de animales de compañía.

·          Idear un plan de adopciones de gatos sociables.

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·          Cumplir con el bienestar animal de las colonias felinas.

Ámbito de actuación

Este protocolo se llevará a cabo en las colonias felinas urbanas de Melilla de forma paulatina y dependiendo de la dotación presupuestaria.

En ningún caso se atenderán gatos procedentes de particulares a no ser que los animales vaguen perdidos, en cuyo caso se intentará por todos los medios encontrar a su propietario o buscarles adopción.

4.- LAS COLONIAS

Los requisitos generales para la identificación y autorización por parte de la Ciudad Autónoma para la creación de una colonia felina con el fin de ser gestionada por el método CESR serán:

a) Los ciudadanos o asociaciones interesados en la autorización de una colonia felina, deberán presentar la solicitud que se adjunta en el ANEXO II de este documento debidamente cumplimentada y enviarla al correo habilitado para las colonias felinas en la Dirección General de Salud Pública y Consumo de la Ciudad Autónoma. (coloniasfelina@melilla.es)

b)La solicitud incluirá los datos del solicitante y los colaboradores propuestos, la ubicación de la colonia y su descripción en cuanto a número de animales.

c)     La Ciudad Autónoma, a la vista de la solicitud formulada, y teniendo en cuenta el estudio de idoneidad que está realizando la empresa contratada, o bien de oficio por informe de los Servicios municipales, analizará el supuesto, visitará la ubicación y consultará lo que vea conveniente para decidir autorizarla. El responsable veterinario asignado por la Dirección General de Salud Pública y Consumo, emitirá un informe justificando la autorización o no de dicha colonia.

d)     Con carácter general las colonias podrán estar situadas en alguno de los siguientes espacios:

·          Vías y espacios públicos acotados.

·          Parques y zonas ajardinadas municipales.

·          Solares y descampados de titularidad municipal.

Espacios acotados privados. Cuando la localización se ubique en un espacio privado será obligatoriamente necesaria la autorización expresa del propietario del terreno para las actuaciones a realizar en la colonia, sin que pueda llevarse a cabo actuación alguna sin la mencionada autorización que será conservada por el responsable veterinario de Salud Pública. El modelo a rellenar corresponde con el ANEXO I.

e) Por motivos de salud pública y de protección animal, en ningún caso se autorizará la creación de una nueva colonia:

·          En las instalaciones de colegios, institutos o centros docentes.

·          En las instalaciones de centros sanitarios (centros de salud, hospitales y clínicas).

·          En las instalaciones de centros deportivos.

·          En parques infantiles.

·          En zonas especialmente habilitadas para perros.

·          En terrazas de restaurantes y/o bares y cafeterías.

·          En la proximidad de vías rápidas de tráfico rodado, o de vías de tráfico rodado muy intenso.

·          En viviendas particulares.

f)              La autorización de la colonia se efectuará por resolución del órgano competente asignado por la Dirección General de Salud Pública y Consumo.

g)             Una vez creada la colonia se le asignará un número de colonia y el número necesario de voluntarios/as para cuidarla.

Uno de los/as voluntarios/as será el coordinador/a responsable de esa colonia y deberá actuar según este protocolo bajo la supervisión siempre del responsable veterinario asignado por la Dirección General de Salud Pública y Consumo.

h)             Acondicionamiento de las colonias: Las colonias se acondicionarán retirando la basura acumulada como consecuencia directa de la colonia (restos de alimento, deyecciones, otros desperdicios, siempre derivados de la presencia de gatos) y se habilitarán las zonas de alimentación (bebederos y comederos) y cobijo (se instalarán uno o varios refugios, según el volumen de la colonia, para que los gatos se instalen en ellas. Los puntos de alimentación o cobijo serán controlados por el Ayuntamiento y nunca se aumentará el número o se cambiarán de sitio sin la autorización del responsable veterinario.

5.- ASPECTOS SOCIALES

Las colonias de gatos callejeros generalmente están en lugares donde las personas residen o trabajan, y en la mayoría de las ocasiones, quieran o no, tienen relaciones con los gatos. Muchos disfrutan de la presencia de los animales, los alimentan y cuidan. Otros ven a los gatos como una molestia y querrían deshacerse de ellos. Cualesquiera que sean las actitudes predominantes, todas deben ser consideradas para asegurar el éxito del proyecto CES-R.

Por ejemplo, esterilizar y devolver los gatos callejeros a un área, sin informar ni pedir permiso a los propietarios de los terrenos de las colonias, es arriesgarse al fracaso del plan. Por el contrario, informar y educar al dueño acerca de las características y las ventajas del Proyecto CES-R ("sin gatitos, sin ruidos, sin olor") e incluso obtener su colaboración antes de que comience la captura, ayudará a proporcionar una estabilidad a largo plazo para la colonia.

Por lo tanto para que el Proyecto tenga éxito es imprescindible poner en marcha una serie de actuaciones que permitan trabajar de forma conjunta a la Ciudad Autónoma, a las asociaciones de defensa animal, a los particulares que cuidan a los gatos, a los vecinos que tienen que convivir con los animales, y a los veterinarios.

La solución de los problemas de convivencia entre el ser humano y los animales que comparten con él las zonas urbanas necesita como condición fundamental una implicación social general. Por ello, las actividades de voluntariado se configuran como una importante estrategia de educación ambiental, que además de la acción directa sobre la calidad del medio urbano, posibilitan un cambio personal y social en las actitudes y comportamientos sociales.

En la actualidad hay una serie de personas y asociaciones que cuidan a los gatos debiéndose contar con ellas en este proyecto, ya que son las que conocen mejor a los gatos de cada colonia y también sus principales problemas. Estos 
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cuidadores han colocado en algunas zonas, casetas y comederos para los animales y corren con todos los gastos que esta actividad genera.

6.- EL VOLUNTARIADO

La protección de los animales depende en gran medida de la acción de la administración y de las entidades colaboradoras, pero también requiere la colaboración y participación de personas que desarrollen acciones voluntarias en beneficio de la sociedad en general y de los animales en particular.

Los voluntarios son personas que individual o colectivamente, de forma altruista y sin ánimo de lucro, dedican parte de su tiempo libre a mejorar la sensibilización a favor del reconocimiento de los principios de respeto, defensa y protección de los animales, llevando a cabo tanto acciones directas como propuestas de ideas y actividades.

Un Proyecto CES-R tiene la capacidad de movilizar a una gran cantidad de voluntarios, que por otra parte son necesarios para que pueda ejecutarse y prolongarse en el tiempo. Atrapar a un número importante de gatos callejeros, en muchas comunidades requiere un ejército de voluntarios y éstos voluntarios no darían ni un solo paso si el destino final de los gatos fuera la muerte. Pero si la gente sabe que los gatos serán devueltos a su lugar de origen y cuidados, la experiencia en otros lugares demuestra que ofrecerán gustosamente su tiempo y esfuerzo.

Las personas interesadas deberán enviar la solicitud adjunta al responsable veterinario asignado por la Dirección General de Salud Pública y Consumo de la Consejeria d Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal de la Ciudad Autónoma de Melilla, coloniasfelina@melilla.es, donde se registrará en una base de datos para la posterior selección de los voluntarios que constituirán el primer grupo de trabajo de la Red. Este grupo será convocado para participar en un seminario de formación.

Se dispondrá de una Partida Presupuestaria para sufragar los gastos, tanto de la comida de los animales, como de los materiales de limpieza, desinfección y demás herramientas que sean necesarias para la correcta ejecución de las tareas de los voluntarios.

Es imprescindible para una correcta gestión de las colonias dar una buena imagen del proyecto y para ello es fundamental que los voluntarios no discutan nunca con los vecinos. Cuando se produzca una queja, está se remitirá directamente al correo habilitado para las colonias felinas.

Antes de intentar establecer el sistema en una colonia, se debe aprender tanto como sea posible sobre el método. El proyecto CES-R no es solamente cuidar de los gatos; sino también actuar como abogado de ellos. Para hacerlo con eficacia, se necesita conocer bien el tema.

Para todos los voluntarios seleccionados se realizarán charlas y cursos de formación, donde se les darán una serie de nociones básicas, no solo sobre las costumbres de los gatos (se intentará seleccionar personas con suficientes conocimientos), sino de cómo comportarse ante las distintas situaciones que se puedan dar, en especial de las relaciones con los vecinos y especialmente en materia de sanidad, de seguridad e higiene.

El mantenimiento y control de las colonias se efectuará por los voluntarios asignados a cada de una de ellas.

Cada colonia tendrá un coordinador/a responsable, elegido de entre los asignados a ella.

6.1.-Inscripción como voluntario/a del proyecto CES-R.

Todo ciudadano/a o asociación que quiera formar parte del voluntariado del proyecto CES-R deberá solicitarlo en la Dirección General de Salud Pública y Consumo para su alta. Además deberá rellenar la solicitud del ANEXO III con declaración responsable.

(coloniasfelina@melilla.es )

Todo/a voluntario/a recibirá un curso formativo gratuito de control de colonias impartido por una persona designada por el/la responsable veterinari/a, con cualificación y/o experiencia en el método CES-R, persona del servicio competente, profesional externo o de alguna entidad de protección animal. Una vez que cumpla con todos los requisitos podrá comenzar a ejercer su labor de voluntariado.

6.2.-Obligaciones de los voluntarios/as:

A los/as voluntarios/as se les encomendarán las siguientes tareas con las que deberán comprometerse y cumplir:

-       Asistir a cursos de formación y reciclaje promovidos desde la Dirección General de Salud Pública y Consumo o de la entidad colaboradora.

-       Usar la acreditación que será entregada por la Ciudad Autónoma durante el desarrollo de su labor.

-       Elaborar o facilitar información sobre el censo de animales del que consta la colonia.

-       Suministrar agua limpia y fresca de forma continuada a los gatos de la colonia.

-       Alimentar las colonias con pienso seco, sobres y latas de uso comercial autorizados para gatos exclusivamente, evitando todo alimento orgánico con el fin de mantener limpia la colonia. La alimentación se dejará a voluntad, para satisfacer sus necesidades etológicas en cualquier momento. Los gatos son animales que se alimentan de forma intermitente y no a determinadas horas del día.

-       No alimentar a las colonias cuando el/la coordinador/a lo indique para facilitar la captura de animales cuando haya que trasladarlos.

-       Los recipientes de comida y/o bebida se colocarán, siempre que sea posible, escondidos en áreas de vegetación, en el mismo lugar. Siempre en lugares apartados del acceso de otros ciudadanos que puedan dar alimento a los gatos sin control. Nunca se dejará el alimento en el suelo. Además estos recipientes tendrán un sistema que faciliten la alimentación en cualquier momento.

-       Y En todo caso, se deberá evitar ensuciar las vías y los espacios públicos.

-       Retirar diariamente los excrementos y limpiar la colonia y material urbano si lo hubiera. Si se instalan areneros, limpiarlos de forma periódica para asegurar las condiciones adecuadas de salubridad e higiene de la zona.

-       Reforzar la higiene de la colonia pulverizando con algún antiparasitario las zonas de descanso.

-       Observar el estado de los gatos los días posteriores a la esterilización.

-       No negarse a la esterilización de los gatos de la colonia.

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-       Comunicar a el/la coordinador/a el movimiento de animales mediante el registro del ANEXO IV. Esta tarea será llevada a cabo por el/la responsable de cada colonia y se actualizará de forma mensual.

-       Comunicar cualquier problema o incidencia en la colonia a el/la coordinador/a con la mayor brevedad posible. Cualquier ausencia de voluntarios se comunicará a la mayor brevedad posible a efectos de su sustitución.

-       Mantener una actitud amable y de respeto frente al público, otros/as voluntarios/as, coordinadores/as, entidades colaboradoras, funcionarios y profesionales que trabajan en el proyecto CES-R.

-       Comunicar el cese del voluntariado al responsable veterinario asignado por la Dirección General de Salud Pública y Consumo, como mínimo con 15 días.

-       Cumplir cualquier propuesta nueva o modificación del actual Proyecto.

6.3.-Obligaciones de los coordinadores responsables de colonia.

Los responsables de cada colonia tendrán las siguientes obligaciones específicas, además de las que les correspondan por su condición de voluntarios:

-       Coordinar las tareas de los voluntarios de la colonia.

-       Informar al responsable veterinario de la D.G. de Salud Pública y Consumo de las incidencias relativas al estado y gestión de la colonia.

-       Repartir los alimentos y materiales entre los/as voluntarios/as de su colonia.

-       Colaborar con las capturas.

-       Llevar un control de migraciones de gatos en todo momento y

-       comunicarlo al responsable veterinario de la D.G. de Salud Pública y Consumo, mediante el ANEXO IV, de forma mensual.

-       Rellenar la ficha identificativa de cada uno de los animales que componen su colonia y de los que aparezcan nuevos. (ANEXO VII).

-       Comunicar la baja de un animal al responsable veterinario de la D.G. de Salud Pública y Consumo para actualizar las fichas identificativas de cada animal.

-       Cada coordinador/a estará en contacto directo con el responsable veterinario de la D.G. de Salud Pública y Consumo.

-       Cada coordinador/a gestionará su colonia asignada y por lo tanto coordinará a los/as voluntarios/as de dicha colonia.

-       Cada coordinador/a mediará entre los/as voluntarios/as y la Ciudad Autónoma para transmitir quejas o problemas que no tengan competencia de resolver.

-       Los/as coordinadores/as se encargarán de controlar que los/as voluntarios/as actúen según se expone en este protocolo.

-       Los/as coordinadores/as gestionarán que los animales sean trasladados de las colonias a los centros veterinarios colaboradores en cada momento y posteriormente, se asegurarán de que los animales sean devueltos a su colonia de origen o sean puestos en adopción, si se trata de animales domésticos. De esta forma llevarán un control de migraciones y esterilizaciones en todo momento.

-       Los/as coordinadores/as deberán llevar un registro actualizado de la población de gatos urbanos de las colonias de la Ciudad Autónoma de Melilla. - Los/as coordinadores/as deberán estar en posesión de uno o varios vehículos para el transporte de animales capturados. La Ciudad Autónoma les facilitará un cartel distintivo para facilitar el estacionamiento de vehículos en la vía pública de forma que se facilite su labor cuando se tenga que proceder a la captura de los animales.

-       Responsabilizarse de las jaulas de contención y captura que La Ciudad Autónoma les entregará cuando sea necesario y siempre con un registro de entrada y salida de material.

-       Capturar los animales de las colonias, bien para su esterilización o bien para trasladarlos al veterinario. Los animales serán trasladados en todo momento en jaulas de contención cubiertas por una tela opaca de forma que se evite al máximo posible el estrés de los mismos.

-       Comunicar a los voluntarios los animales capturados para su esterilización y del momento de la suelta-retorno en la colonia, para su seguimiento.

-       Desinfectar las jaulas entre captura y captura para evitar diseminar enfermedades entre colonias. Los desinfectantes y utensilios de limpieza serán facilitados por la Ciudad Autónoma o entidad colaboradora. Deberán avisar con tiempo de la necesidad de dichos productos.

6.4.-Cese de los/as voluntarios/as del Proyecto.

Los voluntarios del Proyecto de Colonias Felinas de Melilla podrán cesar en cualquier momento por decisión propia, lo que deberán comunicar al responsable veterinario de la D.G. de Salud Pública y Consumo con la antelación prevista. Asimismo, en caso de incumplimiento reiterado de sus obligaciones, o si del mismo se derivan perjuicios graves para la adecuada gestión del proyecto, se dará lugar a la pérdida de la condición de voluntario/a.

La separación del voluntariado se acordará previa la instrucción del procedimiento pertinente.

7.- FUNCIONES DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA.

La Dirección General de Salud Pública y Consumo de la Consejería de Políticas Sociales, Salud Publica y Bienestar Animal, será la encargada de:

·          Gestionar la creación de colonias felinas.

·          Asignar una colonia concreta a cada voluntario/a coordinador/a.

·          Dotar a los/las voluntarios/as del carnet de voluntario/a del proyecto.

·          Suministrar y controlar, o incluir en los convenios con entidades colaboradoras, todo el material para captura y contención.

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·          Elaborar contratos y convenios necesarios para llevar a cabo el proyecto.

·          Realizar inspecciones periódicas a las colonias felinas.

·          Mantener actualizado el Libro de Registro en Colonias Felinas.

·          Mantener actualizado el censo de animales de colonias urbanas.

·          Cualquier queja se emitirá por escrito al responsable veterinario de la D.G. de Salud Pública y Consumo. No se admitirán quejas verbales.

·          Realizar Campañas de Concienciación Ciudadana.

·          Suministrar, o incluir en los convenios con entidades colaboradoras, a los coordinadores los alimentos y materiales necesarios para la gestión de las colonias.

·          Ayudar con tratamientos farmacológicos y desinfectantes.

·          Velar por el cumplimiento de este proyecto.

8.- DESARROLLO DEL PROYECTO DE COLONIAS FELINAS Y PLAN CES-R.

8.1.- CAMPAÑAS EDUCATIVAS Y DIVULGATIVAS

En los apartados anteriores se ha dejado claro la importancia de la información y divulgación del Plan de Control de Colonias Felinas, especialmente entre los vecinos que van a convivir con los gatos. Por eso una de las campañas que habrá que poner en marcha, desde la Ciudad Autónoma, será un Plan de Información Vecinal, que tendrá por objetivo principal el de concienciar a los vecinos de las zonas seleccionadas de los beneficios que comportan las actuaciones que se van a llevar a cabo.

El Plan de Información Vecinal tendría como base incidir en las ventajas que supone poner en marcha el Proyecto de Colonias Felinas y el Método CES-R y que se pueden resumir en las siguientes:

·          Mejora de las condiciones de salubridad del entorno de la colonia derivadas de las actuaciones sobre el medio (areneros, comederos, abrevaderos, programas de fumigación) y las realizadas sobre los animales.

·          Mejora del estado sanitario de los gatos al ser objeto de una serie de medidas para la mejora de las condiciones sanitarias (tratamientos antiparasitarios, vacunación, vigilancia de la presencia de animales enfermos). Estas medidas repercuten sobre la mejora de las condiciones de salubridad del entorno.

·          La esterilización de los individuos que forman la colonia permite mantener un censo estable de individuos, evitando su incremento indiscriminado, y por consiguiente la saturación del entorno y el deterioro de las condiciones de salubridad. También evita el conflicto entre gatos, especialmente en época de celo, con lo que se eliminan los problemas de ruidos y marcajes olorosos.

·          Mejora de las condiciones físicas de los gatos debido a una adecuada nutrición de la colonia, lo cual reducirá drásticamente las enfermedades y supondrá un mejor aspecto físico de los gatos.

·          Colaboración e implicación de voluntarios y asociaciones de defensa de los animales, las cuales ven cumplida la exigencia de protección y respeto a los animales. En este sentido no debemos de olvidar el hecho del beneficio, para la salud de algunas personas, que supone el tener a su cuidado a los animales que forman las colonias.

8.2.- INSCRIPCIÓN DE VOLUNTARIOS E IDENTIFICACIÓN DE COLONIAS.

Durante la Fase de Información Pública y Campañas de divulgación se procederá, por parte de la Dirección General de Salud Pública y Consumo a la recogida de solicitudes de voluntarios, elaborándose una ficha de cada uno, así como la identificación de las colonias.

Una vez finalizada esta fase, entre los voluntarios de cada colonia se elegirá un Coordinador/a, bien por votación entre ellos, bien a criterio de la Ciudad Autónoma.

8.3.- CHARLAS Y CURSOS DE FORMACIÓN.-

Serán impartidos por la Ciudad Autónoma o Entidad Colaboradora, diferentes cursos y charlas informativas a los voluntarios del Proyecto para que lo conozcan en profundidad, así como para que conozcan sus derechos y obligaciones en cada momento.

8.4.- MEDIDAS PREVIAS A LAS CAPTURAS.

El primer paso previo al inicio de las capturas será llegar a acuerdos, bien con El Colegio de Veterinarios, bien con uno o varios veterinarios (es conveniente que los veterinarios de la ciudad también se impliquen en estos programas) para estudiar con ellos el desarrollo del proceso de esterilización y otras acciones sanitarias.

Se podrán establecer convenios de colaboración con las asociaciones para las distintas funciones de este Proyecto: Atención a los animales, Atención ciudadana, Programas de adopción, Programas de voluntariado, Campañas de difusión, etc.

Así mismo se establecerán convenios con las clínicas veterinarias o a través del Colegio de Veterinarios para la difusión de las normativas y del Proyecto y para los programas de esterilización, vacunación e identificación.

8.4.1.- Estaciones de alimentación fijas.

Con la instalación de estos comederos se facilitará la labor de contar el número de gatos de la colonia, cuestión importante para organizar la esterilización y también para gestionar la cantidad suficiente de jaulas para atraparlos.

La alimentación regular también permitirá determinar si hay algunos gatitos, adultos amistosos y gatos enfermos. Si es así, se deben tomar medidas anticipadas para la adopción o el cuidado veterinario, antes de que los gatos estén bajo custodia.

Durante esta fase de precaptura, se debe alimentar a los gatos con comida tan nutritiva y de alta calidad como sea posible, para consolidarles el sistema inmunológico a fin de que puedan soportar la tensión de la captura y la cirugía.

Un par de semanas de excelente nutrición a menudo también curará muchas dolencias felinas comunes, como infecciones del aparato respiratorio superior.

El tipo de estación de alimentación que se utilice dependerá de la clase de acceso que se tenga al territorio. Si es posible, se pueden fijar platos y un dispensador automático de agua dentro de una caja de madera cubierta, con acceso exclusivamente para los gatos. Si no es posible esa disposición parecida a una caja, lo mejor que se puede hacer es poner platos y el agua alejados de la accesibilidad a otras personas.

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Se tratará de colocar la estación de alimentación y los refugios en puntos no visibles para los transeúntes, pero donde los cuidadores de gatos tengan fácil acceso.

Esta estación de alimentación es fundamental mantenerla limpia. Es comprensible que la gente, especialmente los vecinos no quieran ver desorden. Así que hay que ser considerado, y por el bien de los gatos, limpiar la estación de alimentación diariamente. No se dejarán platos vacíos ni latas alrededor.

En la actualidad es común que algunas colonias de gatos ya cuenten con lugares concretos de alimentación, proporcionados por particulares que cuidan a los gatos. Sin embargo, en estos lugares se les pone demasiada comida, dado que seguramente los cuidados no son diarios, por lo que es necesario hablar con estas personas y hacerles partícipe del programa.

8.4.2.- Acondicionar un espacio para la estancia de los gatos durante su tratamiento.

Existe la posibilidad que durante el período de captura y durante las horas posteriores a la cirugía, se necesite un espacio donde custodiar a los gatos capturados.

Excepcionalmente, las trampas pueden servir de jaulas de estancia, y no es necesario sacar a los gatos (excepto para la cirugía) hasta que se retornen.

8.5.- CUIDADO DE LOS GATOS CAPTURADOS

La estancia de los gatos una vez capturados, puede ser la misma caja trampa donde han sido atrapados para evitar más estrés en los animales al cambiarles de sitio constantemente. Para ello es necesario que las jaulas se instalen en lugares oscuros y tranquilos. Tenemos que recordar que la estancia de los gatos en el lugar que se habilite será la mínima posible.

Con frecuencia, los gatos callejeros en cautiverio prefieren espacios apretados y oscuros a los grandes y abiertos, pues les da sensación de seguridad. Si se coloca a un gato callejero en una jaula grande, tenderá a arrinconarse en una esquina. Dentro de las trampas, los gatos callejeros a veces se sienten relativamente cómodos.

Mientras los gatos estén bajo los efectos de la anestesia se les hará un reconocimiento general. Si un animal presenta síntomas de una mala recuperación es conveniente que lo vea de nuevo el veterinario antes de soltarlo en la colonia.

Para cada gato se rellenará una ficha donde queden reflejados sus principales características físicas, así como los resultados de la exploración sanitaria y de los tratamientos clínicos realizados. Estas fichas deberán remitirse al veterinario responsable de la D.G. de Salud Pública y Consumo.

8.7.-ESTERILIZACIÓN , VACUNACIÓN Y MARCADO.

·          La Ciudad Autónoma o entidad colaboradora se encargará de contratar a los/as veterinarios/as que realicen las esterilizaciones, vacunaciones y marcado de los animales.

·          Los voluntarios llevarán a los animales capturados a las clínicas veterinarias que la Ciudad Autónoma o entidad colaboradora determine cuando se proceda a actuar sobre la colonia.

·          El/la coordinador/ra de cada colonia será el responsable de coordinar la entrega de los animales en el centro veterinario y deberá acreditarse con su carnet de voluntario, rellenar y firmar el documento que le proporcione el/la veterinario/a (ANEXO V). El traslado se realizará siempre en jaulas de contención cubiertas por una tela opaca para minimizar el estrés de los animales.

·          •El/la voluntario/a que recoja al animal seguirá el mismo procedimiento que el de entrega y recibirá una copia del documento debidamente cumplimentado (ANEXO VI).

·          El/la voluntario/a responsable de la colonia del animal esterilizado será el encargado de vigilar su estado de salud durante el postoperatorio y gestionará, si fuera necesario, el traslado del animal a la clínica donde se realizó la esterilización para su tratamiento.

En la Clínica Veterinaria, además de la esterilización y desparasitación, los animales serán vacunados contra la rabia y serán marcados e identificados mediante microchip, para que dicha identificación sea exitosa; no sólo para reconocer a un gato esterilizado, sino para poder conocer su historial de vacunaciones.

Se considera que el mejor método para el marcado es un pequeño corte en la oreja izquierda para los machos o en la derecha para las hembras.

Teniendo en cuenta las particularidades de Melilla en relación a la rabia, enfermedad endémica en nuestra Ciudad, independientemente de la vacunación de todos los animales en el momento de que vayan a ser esterilizados, se debería desde el principio del proyecto intentar vacunar a aquellos gatos más sociables o fáciles de capturar. Para ello, los cuidadores, bajo el control del servicio de sanidad animal, podrían transportar los animales a las diferentes clínicas veterinarias para ser vacunados y marcados. Incluso se podría intentar la vacunación del mayor número posible de animales in situ en las mismas colonias. De este modo, desde una fase muy temprana del proyecto, los beneficios para la salud pública serían evidentes.

8.8.-MEDIDAS SOBRE EL ENTORNO.

Las medidas sobre el entorno están orientadas a asegurar las condiciones de salubridad y de bienestar de las colonias y de los gatos que en ellas viven.

Por un lado, se deben de poner en marcha unas acciones dirigidas al acondicionamiento y saneamiento del entorno de las colonias con unas actuaciones iniciales para conseguir unos niveles mínimos de habitabilidad y salubridad para los gatos.

Por otro lado, se procederá a la instalación de un mobiliario específico para mejorar el confort de los animales (casetas, abrevaderos, comederos, arenales y rascadores) y también para favorecer el mantenimiento sanitario de la colonia.

8.8.1.- Acciones de saneamiento.-

Este tipo de acciones no son generales ni comunes y dependerán de las características y estado de conservación de los lugares donde se ubiquen cada una de las colonias. En algunas colonias no será necesario hacer grandes cambios y en otras se tendrán que tomar medidas específicas.

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Con la puesta en marcha de estas actuaciones, además de mejorar el lugar para la habitabilidad de los gatos, se demostrará a los vecinos que el inicio del programa también conlleva mejoras importantes en los lugares donde se localizan las colonias. Se intentará siempre que sea posible tener en cuenta la opinión de los vecinos, y se intentará recabar información de sus opiniones y sugerencias.

Limpieza y retirada de escombros y basuras.

Medidas disuasorias para que los gatos no accedan a lugares donde puedan dañar las pertenencias de los vecinos.

Apertura de gateras y otros dispositivos de acceso a los gatos.

8.8.2.- Instalación de mobiliario.

Todas las colonias gestionadas en el Proyecto, deberán de contar con un mobiliario mínimo, lo más operativo posible, seguro, higiénico y fácil de mantener y limpiar. Este mobiliario será el siguiente:

-       Cartel indicador de que la colonia de gatos forma parte de un Proyecto de Colonia Felina y Método CES-R, indicando los beneficios que supone para la sociedad dicho plan. También estará muy visible la dirección de un correo electrónico o teléfono para recoger las dudas, sugerencias o quejas que pudieran surgir. Llevará el sello de la CAM.

-       Cartel informativo en el que se indique que está prohibido dar de comer a los animales, depositar o arrojar basuras y recordando que está prohibido hacer daño a los animales.

-       Casetas refugios para los gatos. Estas casetas tendrán que permitir la manipulación y entrada de acceso a los voluntarios/as, estarán aisladas del suelo (con patas para elevarlas), y deberán de ser de un material que permita su limpieza y desinfección periódica. Se instalarán en lugares discretos y a salvo de los lugares transitados por las personas. También tendrán un diseño que permita, en lo posible, su integración en el entorno.

-       Comederos y bebederos. Se instalarán, en lugares discretos y seguros, una serie de recipientes para la comida y para el agua de los animales. Las colonias serán alimentadas con máxima higiene , y agua limpia a su disposición. Siempre con pienso o otra variante de alimentos de uso comercial autorizados para el consumo de este grupo animal , evitando dejar restos de suciedad y nunca con restos de comida, que generan malos olores, insectos y plagas que ponen en peligro la salud de los gatos o que puedan suponer focos de infección para las personas.

-       Otros elementos importantes son los areneros, para que los animales hagan sus necesidades en lugares controlados y por lo tanto en zonas que pueden ser limpiadas. Se recomienda su instalación en todas las colonias, incluidas aquellas que tienen zonas verdes, para evitar en la medida de lo posible que los gatos depositen sus deyecciones en lugares públicos o ajenos a los elementos que forman parte de la gestión de la colonia.

-       Por último un elemento que en ocasiones no se tiene en cuenta y que también es importante son los rascadores, es decir lugares donde los gatos puedan afilarse las uñas. Instalando estos elementos, se impide que los gatos dañen árboles o plantas de los jardines existentes en la colonia, o incluso material vecinal.

8.9.- SUELTA Y SEGUIMIENTO POSTERIOR

Si no hay complicaciones después de la cirugía, vacunación y marcado, los gatos pueden ser liberados como máximo después de las 48 horas en el mismo lugar donde se atraparon. Son muy territoriales y si no se devuelven al mismo lugar donde se les capturó, los gatos probablemente se marcharán.

Si por cualquier circunstancia un animal se tiene que liberar en una colonia a la que no pertenece, será necesario un procedimiento que permita su inclusión en el nuevo entorno, durante al menos tres semanas. Para ello, será necesario disponer de material específico, que se podrán instalar y desinstalar según sean necesarios. Esto mismo habría que hacer en el supuesto de que se quiera crear una colonia nueva ya que los gatos no pueden soltarse directamente en el nuevo territorio, porque la mayoría de los animales se marcharán si tienen oportunidad de hacerlo.

Una vez que los gatos se esterilicen y se suelten, el método CES-R no estará finalizado. El seguimiento y la supervisión a largo plazo de la colonia es vital.

La amenaza más importante contra la eficacia de los Proyectos CES-R es el abandono continuo de felinos domésticos que se incorporarán a las colonias.

Si no se realiza un seguimiento de las colonias a fin de conocer si hay recién llegados, todo el proyecto puede verse afectado en pocos meses.

Es cuestión de tiempo que aparezcan nuevos individuos, seguramente sin esterilizar, lo que supondrá el inicio del ciclo reproductivo.

Para prevenir esta situación, los recién llegados deben ser identificados rápidamente, capturados, vacunados, desparasitados y esterilizados, después ofrecerse para adopción si es factible, y si no devolverlos a la colonia lo más rápidamente posible.

Si cualquiera de las gatas ha eludido ser atrapada y termina pariendo, los cachorros deben de ser retirados entre la sexta o séptima semana de edad, para que puedan socializarse fácilmente.

Con el objeto de llevar a cabo una correcta gestión y seguimiento posterior del proyecto, es necesario controlar cada una de las colonias que forman parte del Proyecto. Para ello se diseñarán unas fichas de control de colonia, donde figurarán los datos de cada gato que forma parte de esa colonia.

La información recopilada debe incluir campos que permitan contactar rápidamente con el responsable de la colonia, la localización de la colonia y una descripción e historia de cada gato (sexo, edad, capa, cuando y donde fue esterilizado, número de la vacuna, si tienen marca en la oreja y microchip). El seguimiento de las colonias será efectuado por coordinadores/as de las colonias.

Mediante el registro mensual de animales se controlará el censo de las colonias felinas.

Los/as técnicos de la Ciudad Autónoma en competencia de Sanidad Animal, realizarán visitas de inspección periódicas a las colonias censadas.

·   Libro de Registro Intervenciones en Colonias Felinas.

El/la veterinario/a responsable de la D.G. de Salud Pública y Consumo llevará un control de visitas a las colonias que se reflejará en el Libro de Registro de Intervenciones en Colonias Felinas, correspondiente al ANEXO IV.

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·                    Censo de animales de colonias urbanas

Para el control de la población de gatos urbanos en las colonias felinas de Melilla, los/as coordinadores/as deberán llevar un registro (ANEXO III) de todos los animales de cada colonia. Recopilarán los datos que el/la voluntario/a responsable de cada colonia le proporcione de forma mensual.

En el registro se incluirán todos los movimientos de animales; los animales iniciales, los animales nuevos (abandonados, perdidos o nacidos), cuales han sido esterilizados, cuales se han dado en adopción o se entregaron a su propietario y cuales han fallecido.

Además existirá una ficha identificativa individual por cada felino que deberá rellenarse de forma completa e incluirá una fotografía del animal para mayor control de la población (ANEXO VII).

El registro y las fichas serán trasladados a la D.G de Salud Pública y Consumo que se encargará de elaborar un censo para controlar la eficacia del proyecto CES-R. El censo se encontrará actualizado en todo momento.

8.10.- TRASLADO A NUEVOS EMPLAZAMIENTOS

Aunque todo el proceso anterior se haya realizado con éxito, puede ocurrir que en algunos casos los gatos de una colonia no puedan ser reintroducidos en el lugar de origen. Las razones pueden ser varias: por razones de seguridad debido a quejas continuadas del vecindario que no quiere ni atender ni comprender que el comportamiento de los animales será completamente distinto; por falta de personal voluntario que se encargue del mantenimiento de la colonia; porque el lugar será remodelado urbanísticamente; por la construcción o demolición de un edificio; etc.

El problema mayor lo constituyen los gatos semisalvajes, poco sociables. En estos casos se puede plantear su traslado a colonias donde el número de animales haya descendido debido a la mortalidad natural.

Sólo se soltarán estos animales en colonias que forman parte del Proyecto. Siempre que sea posible se soltarán todos los gatos de la colonia en el mismo sitio, los animales se conocen y siempre será más fácil para ellos adaptarse a un nuevo lugar cuando están juntos.

Antes de liberar a los gatos en un lugar nuevo, es necesario mantenerlos encerrados en dicho lugar, durante al menos tres semanas. Para ello, se utilizarán los jaulones transportables. Los animales necesitan un periodo de adaptación para reconocer el lugar, sus olores y sus ruidos. Es muy importante que los gatos se acostumbren a considerar este sitio como un lugar permanente de alimentación antes de dejarlos salir. La persona o personas que se van a encargar de gestionar la colonia deben de visitarlos regularmente para ganar su confianza. Después del período de confinamiento ya se puede permitir su salida voluntaria, nunca forzarles a salir.

Existirá un sistema de lectores de microchip, que permita la identificación de un animal sin tener que realizar una descripción detallada de pelaje y color que a menudo, puede llevar a confusión en el caso de tener varios animales de la misma raza.

8.11.- ALIMENTOS Y MATERIALES

La Dirección General de Salud Pública y Consumo o entidad colaboradora, distribuirá los alimentos de forma equitativa, en función del número de gatos, a los coordinadores responsables de cada colonia de forma que llegue a todas ellas.

Para ello, se les convocará por correo electrónico los días y horas para hacer la entrega del pienso. En caso de no poder acudir, podrán autorizar a otra persona en su nombre con un documento que lo acredite y la fotocopia del DNI de el/la responsable.

9.- IMPLEMENTACIÓN DEL PROYECTO DE COLONIAS FELINAS Y PLAN CES-R.

Para el desarrollo de las actuaciones que se prevén en el presente plan, la administración actuante podrá, en función de los recursos humanos y materiales disponibles realizarlo a través de medios propios o mediante gestión externa, contractual o mediante convenios de colaboración


 

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ANEXO I

AUTORIZACIÓN PARA LA CREACIÓN DE UNA COLONIA FELINA URBANA EN UN SOLAR DE PROPIEDAD PRIVADA

D./Dñª…………………………………………………con D.N.I. n.º ………………….. y dirección a efectos de notificaciones en C/………………………………………………….…..

n.º………… C.P. ………… de Melilla, e-mail.:………………………......, Tf……………., en representación de ………………………………. con C.I.F…………………… como propietario/a de la parcela situada en ………………………….…………………………….., autorizo la Ciudad Autónoma para la creación dentro de la parcela de mi propiedad, de una colonia felina autorizada, incluida en el Proyecto CES-R aprobado por la Ciudad Autónoma.

Así mismo autorizo a los/as voluntarios/as autorizados/as para actuar en dicha colonia a procurar alimento y agua continuos a la colonia (individualmente o en coordinación con otros/as cuidadores/as), colaborando en la limpieza del área y del mobiliario urbano de la colonia si lo hay.

También autorizo a los/as voluntarios/as adscritos al proyecto CES-R para la colocación de jaulas de captura y de contención para poder llevar a cabo la labor de Captura, Esterilización y Suelta-Retorno, para evitar la proliferación.

A estos efectos, para dar cumplimiento al Proyecto CES-R Melilla, previos los oportunos informes técnicos y establecido el protocolo de actuación para los cuidadores/as de las colonias, una vez creada la colonia, será incluida en el listado de colonias urbanas felinas intervenidas en la ciudad de Melilla, que deberá ser aprobado por la Ciudad Autónoma.

Esta autorización es de carácter indefinido, mientras no haya una oposición fehaciente del propietario/a que deberá ser dirigida por escrito en la Dirección General de Salud Pública y Consumo de la Ciudad Autónoma de Melilla con una antelación mínima de un mes.

Como propietario/a me comprometo a mantener la autorización vigente el plazo de tiempo necesario hasta encontrar otra alternativa.

En Melilla, a ………de ………… de 20..

Fdo. El/La propietario/a del solar

 

ANEXO II

SOLICITUD PARA FORMACIÓN DE NUEVA COLONIA DE GATOS URBANOS

Datos de el/la solicitante:N.I.F.

Apellidos y nombre Domicilio:

Teléfono:

Código postal

Correo electrónico:

Datos de las personas que desean ser voluntarios/as de la colonia Nombre: NIF Teléfono:

Nombre: NIF Teléfono:

Nombre: NIF Teléfono:

Nombre: NIF Teléfono: Datos de la posible colonia ▪Dirección exacta:

▪Coordenadas:

▪Solar privado o público:

▪Número de gatos

•Hembras: esterilizadas ‰ sin esterilizar. ‰

•Machos: castrados ‰ sin castrar. ‰

•Gatos domésticos abandonados o recién nacidos que pudieran ser adoptados:

▪¿Algunos gatos parecen enfermos?, en caso afirmativo, describa síntomas:

En Melilla a ………de ………… de 20..

Fdo. El/La solicitante

 

ANEXO III

SOLICITUD DE NUEVO VOLUNTARIO/A DEL PLAN DE CONTROL DE COLONIA FELINA Y MÉTODO CES-R DE MELILLA

N.I.F.

Apellidos y nombre

Calle/Plaza/Avda

Telefono

Código postal

Correo electrónico Marque sus preferencias:

Coordinador/a

Cuidador/a/alimentador/a Manifiesta:

1.Que se ofrece voluntario/a para gestionar las colonias felinas urbanas que le sean asignadas, siendo colaborador/a autorizado/a.

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2.Que se compromete a cumplir con el Proyecto de Colonias Felinas y Método CES-R de Melilla y a seguir las instrucciones de la Ciudad Autónoma en todo momento.

3.Que se compromete a cursar de forma obligatoria el curso formativo gestionado por la Ciudad Autónoma de Melilla y sus posibles reciclajes.

4.Que acompaña la siguiente documentación:

•Fotocopia de DNI.

5.Que exonera de responsabilidad a la Ciudad Autónoma de cuantos accidentes propios y/o daños a terceros pudieran producirse durante el desarrollo de sus tareas como colaborador/a autorizado/a.

Por todo ello, SOLICITA ser nombrado/a colaborador/a autorizado/a para la gestión y control de las colonias felinas.

En Melilla a ………de ………… de 20..

Fdo. El/La solicitante

 

ANEXO IV

CENSO MENSUAL DE ANIMALES EN COLONIAS DE GATOS URBANOS

MES: AÑO: Nº COLONIA:

VOLUNTARIO/A                                                 Machos ♀                                                   Hembras ♀

RESPONSABLE: Nº DE ANIMALES

MES ANTERIOR

NACIDOS

NUEVOS

FALLECIDOS

DADOS EN ADOPCIÓN

ENTREGADOS A SU PROPIETARIO/A

TOTALES

Nº DE ANIMALES                                              Machos ♀                                                   Hembras ♀

ESTERILIZADOS

MES ANTERIOR

MES ACTUAL

TOTALES EN LA COLONIA

 

ANEXO V

FICHA IDENTIFICATIVA Y DE ACTUACIONES CLÍNICAS

A rellenar por el/la voluntario/a autorizado/a del proyecto CES-R

Fecha de captura: Colonia nº:

Nombre del cuidador/a:

DNI: Nº de Identificación carnet:

Firma:

A rellenar por el/la veterinario/a responsable del centro adjudicatario

Fecha de ingreso: Nombre de la clínica:

CARACTERÍSTICAS DEL ANIMAL

Sexo: Edad: Nombre:

Exploración clínica:

Fotografía si procede.

Apto ‰ No apto ‰ Motivo de eutanasia:

Marcaje en pabellón auricular: izq macho ‰ dcha hembra ‰ N.º de microchip:

Esterilización: Orquidectomía ‰ Ovariohisterectomía ‰ Ovariectomía ‰

Observaciones o incidencias:

Nombre del veterinario/a: Firma y sello del veterinario/a: A rellenar por el/la voluntario/a autorizado/a del Proyecto CES-R Fecha de salida: Colonia nº:

Nombre del cuidador/a (en caso de que sea diferente del que entrega):

DNI: Nº de Identificación carnet:

Firma:

 

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ANEXO VI

LIBRO DE REGISTRO DE INTERVENCIONES EN COLONIAS FELINAS

ACTA DE INSPECCIÓN PROYECTO CES-R Fecha

Nombre de inspector/a

Número de colonia

Ubicación de colonia

Inspección in situ                                           SI                                                                NO

Los animales se ven sanos

Se ha aumentado en número de puntos de alimentación y cobijo

La zona está limpia

Hay agua y comida continuamente a disposición

Hay gatos cachorros

Hay gatos sin esterilizar

Conversación                                                 SI                                                                NO

presencial con el/la voluntario/a cuidador/a

El número de gatos coincide con el último censo

El/la voluntario/a usa la acreditación

Han surgido conflictos vecinales

Han surgido conflictos con voluntarios/as capturadores/as

Observaciones realizadas por el/la voluntario/a cuidador/a/alimentador/a

Resultado de la inspección APTA NO APTA Firma inspector/a:

 

ANEXO VII

FICHA IDENTIFICATIVA DEL ANIMAL

Nombre: Sexo: Edad:

Capa: Marcaje oreja: IZQ ‰ DCHA ‰ fotografía

Esterilizado: SI ‰ NO ‰ Fecha de esterilización:

N.º de microchip: Fecha de implantación:

N.º colonia a la que pertenece:

Voluntario/a responsable

Nombre:

DNI:

Nº de Identificación del carnet:

Fecha de alta:

Fecha de baja:

Motivo:“

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica o hace público para su conocimiento y efectos.

 

Melilla 24 de mayo de 2023,

El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany