ARTÍCULO Nº 299 (CVE: BOME-AX-2023-299) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 41 - miércoles, 21 de junio de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO - CONSEJERÍA DE HACIENDA, EMPLEO Y COMERCIO


Rectificación propuesta de resolución provisional del instructor de la comisión de evaluación de las solicitudes parciales presentadas a la convocatoria 2022 del régimen de ayudas en concurrencia competitiva de subvenciones al mantenimiento y a la creación de nuevo empleo en empresas melillenses durante la crisis económica derivada del COVID 19.

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UNIÓN EUROPEA

 

Fondo Social Europeo (FSE):

“Invertimos en tu Futuro”

 

ANTECEDENTES

1. El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, por Decreto de fecha 28 de julio de 2022, registrado al número 2022000706 del Libro Oficial de resoluciones no Colegiadas de la Presidencia establece las BASES REGULADORAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DE SUBVENCIONES AL MANTENIMIENTO Y A LA CREACIÓN DE NUEVO EMPLEO EN EMPRESAS MELILLENSES DURANTE LA CRISIS ECONOMICA DERIVADA DEL COVID 19  (BOME nº 5988 de 05/08/2022).

2. Mediante Orden de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio número 2022002876 de fecha 12 de agosto de 2022 se convoca subvenciones del régimen de ayudas en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones al mantenimiento y a la creación de nuevo empleo en empresas melillenses durante la crisis económica derivada del COVID 19 . Ano 2022. (Bome Extraordinario núm. 47 de 17 de agosto de 2022).

3. Que los peticionarios solicitan Ayuda conforme a lo establecido en la norma citada.

4. Con motivo de la abstención de tres de los miembros del órgano Colegiado, respecto de los siguientes expedientes:

- Expediente 26545/2022 (Referencia ME22335)

- Expediente 27177/2022 (Referencia ME22555)      

- Expediente 28611/2022 (Referencia ME22894)

- Expediente 28621/2022 (Referencia ME22898)

- Expediente 28609/2022 (Referencia ME22892)

- Expediente 31560/2022 (Referencia ME221641)

- Expediente 26690/2022 (Referencia ME22395)

- Expediente 27875/2022 (Referencia ME22703)

- Expediente 32479/2022 (Referencia ME221996)

- Expediente 26650/2022 (Referencia ME22374)

Es por ello que se va a realizar una comisión independiente donde se han designado a nuevos miembros para la citada comisión mediante orden de la Consejería con número 2023000786 de fecha 06/03/2023.

5. Que por la Comisión de Evaluación de la Consejería, como Órgano Colegiado para la evaluación de las solicitudes parciales presentadas en la Convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones al mantenimiento y a la creación de nuevo empleo en empresas melillenses durante la crisis económica derivada del COVID 19. Año 2022, emite acta/informe el 06 de marzo de 2023 sobre las peticiones resueltas.

6. Se notifica la propuesta provisional conforme a lo señalado en el apartado 4 del artículo 12 de la Convocatoria, tras su publicación el  Boletín Oficial de Melilla Extraordinario número 11 de fecha 09 de marzo de 2023

7. Que por la Comisión de Evaluación de la Consejería, efectuada el 20 de junio de 2023, como Órgano Colegiado para la evaluación de las solicitudes parciales presentadas en la Convocatoria de ayudas en régimen de concurrencia competitiva de subvenciones al mantenimiento y a la creación de nuevo empleo en empresas melillenses durante la crisis económica derivada del COVID 19. Año 2022, emite acta/informe sobre la valoración de las solicitudes aplicando los cambios producidos.


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FUNDAMENTOS

1. Que la competencia para la realización de la Propuesta de Resolución Provisional recae sobre el instructor, a la vista del expediente elaborado por el órgano gestor y del acta/informe del órgano colegiado, conforme a lo establecido en el art. 12 de la Convocatoria.

2. Que se cumplen en el expediente de solicitud las precauciones y trámites dispuestos en las bases reguladoras de tales ayudas.

3. Esta convocatoria se financiará con cargo al Presupuesto General Consolidado de la Ciudad Autónoma de Melilla, sus Organismos Autónomos y sus Sociedades Mercantiles para el año 2022, por una cuantía de 13.590.729,00 euros, en concreto con la aplicación presupuestaria 08/43300/44909-2021 “Transf. Pyto. Melilla REACT EU REMANENTE”, cuantía de 8.840.729,00 euros, según la retención de crédito número 12022000015475 y cuantía 160.000,00 euros, según la retención de crédito número 12022000040974,  dentro del Programa Operativo de Melilla 2014-2020 del Fondo Social Europeo (FSE) “Invertimos en tu futuro” dentro de los fondos procedentes de la Ayuda a la Recupe­ración para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-UE) como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19, en concreto serán financiadas en base al objetivo temático 13 “Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de covid-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía”; prioridad e Inversión 13i: “Favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de covid-19 y sus consecuencias sociales y preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía”; Objetivo específico OE REACT-EU 1 “Apoyar el acceso al mercado de trabajo, la creación de puestos de trabajo y el empleo de calidad, así como el mantenimiento del empleo, incluido el empleo juvenil, y el apoyo a los trabajadores por cuenta propia y a los emprendedores”. Estas ayudas deberán concederse y pagarse antes de la finalización del Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020, es decir, antes del 31/12/2023 y la aplicación presupuestaria 08/43000/44901-2021 “Promesa Fondo apoyo pymes y autónomos crisis COVID19 remanente”, cuantía de 4.590.000,00 euros, según la retención de crédito número 12022000039514, según el Acuerdo del Pleno de la Excma. Asamblea de Melilla adoptado en sesión extraordinaria y urgente celebrada el día 21 de mayo de 2020, en su Punto 9 ( “aprobación del expediente de modificación de créditos en el vigente presupuesto de la ciudad número 13.059/2020, denominado crédito extraordinario financiado con operación de crédito establecida en articulo 177.5 del TRLHL”( BOME extraordinario número 19 de 22 de mayo de 2020).

4. Que existe crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de la concesión de la presente subvención.

5. Los beneficiarios propuestos cumplen todos los requisitos necesarios para acceder a la subvención.

6. Que los criterios seguidos para la resolución de los expedientes incluidos en la presente propuesta provisional se han resuelto en régimen de concurrencia competitiva conforme a los condicionantes establecidos en las bases reguladoras y convocatoria, es por ello, que debido a que no existe crédito suficiente para hacer frente a todas las solicitudes presentadas, la selección de las solicitudes a subvencionar se realizará teniendo en cuenta la puntuación obtenida tras la valoración del proyecto, conforme a lo establecido en el artículo 10 de la Convocatoria y con arreglo a los siguientes criterios:

 

 

Criterios de Valoración

Puntos (hasta 100)*

1

Tipo de empresa:

-               Si la plantilla media de la empresa en el periodo de referencia es igual o menor de 5 – 50 puntos.

-               Si la plantilla media de la empresa en el periodo de referencia es superior a 5 e inferior o igual de 10 –--------------------------------------------- 25 puntos

-               Si la plantilla media de la empresa en el periodo de referencia es superior a 10 e inferior o igual a 25 ---------------------------------------------– 20 puntos.

-               Si la plantilla media de la empresa en el periodo de referencia es superior a 25 –-------- 15 puntos.

hasta 50

2

Para aquellos solicitantes cuya plantilla media del periodo de referencia no sea superior a la plantilla media del periodo determinado ---------------------------------10 puntos

10

3

Para aquellos solicitantes en régimen de estimación objetiva del IRPF ------------------------------------  40 puntos

40

4

Para aquellos solicitantes cuyo importe total de Ingresos de explotación / Importe neto de la cifra de negocios (Según los casos) sea inferior en el 2021 respecto al 2019. -- 15 puntos

15

5

Para aquellos solicitantes cuyo Importe neto de la cifra de negocios / rendimiento neto del total de actividades económicas sea negativo en el ejercicio 2021. ---15 puntos

15

 

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En caso de empate en la puntuación, los criterios a emplear a efectos de determinar el orden de los beneficiarios serán del 1 al 5 en grado de importancia, siendo el criterio 1 el más importante y el 5 el menos. En el caso de nuevo empate, prevalecerá la fecha de entrada en el registro de Proyecto Melilla, S.A.U.

7. Que se han evaluado las solicitudes presentadas siguiendo los criterios señalados en el punto anterior.

8. Una vez revisadas las alegaciones, se han revisado nuevamente las solicitudes debido a  errores informáticos y la diferencia en la aplicación de los criterios que se entienden deben ser de forma estricta, conforme a establecidos en la Convocatoria publicada en el BOME EXTRAORDINARIO nº 47 de 17 de agosto de 2023.

Estas circunstancias han provocado un cambio sustancial en el listado de beneficiarios excluyendo solicitantes que estaban como favorables, por lo que la comisión de evaluación ha decidido retrotraer el procedimiento y volver a publicar la propuesta provisional a fin de que los solicitantes afectados puedan presentar alegaciones, si lo estiman oportuno, en defensa de sus intereses.

9. Que solamente se instruye los expedientes en los que se ha excluido la instructora del procedimiento por el motivo de conflicto de intereses, estos expedientes se han incluido en el conjunto de la valoración según los criterios establecidos en la Convocatoria y son los siguientes:

- Expediente 32479/2022 (Referencia ME221996)

- Expediente 26650/2022 (Referencia ME22374)

Por todo lo anteriormente expuesto este órgano instructor adopta el siguiente:

ACUERDO

 

1. Proponer provisionalmente la CONCESION de la subvención solicitada a las entidades que aparecen relacionadas, por el importe que se indican:

 

EXPTE

REF. AYUDA

SOLICITANTE

NIF

CONCED.

ACUM.

REG. /*PRESENT.

HORA REG. / PRESENT.

CRIT. 1

CRIT. 2

CRIT. 3

CRIT. 4

CRIT. 5

PUNTAC.

PRELAC.

32479/2022

ME221996

ALMACENES DE PAPEL CASTAÑEDA,S.L.

B52013133

15.494,40

15.494,40

29/09/2022

18:50:27

50

0

0

15

15

80,00

583

26650/2022

ME22374

ANA MARIA VIÑAS PEREZ

****8649**

1.531,48

17.025,88

29/08/2022

08:58:43

50

0

0

15

0

65,00

918

 

2. Se notifique la presente mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad de Melilla. Complementariamente se publicará también en la página web de la Ciudad Autónoma de Melilla y en la de la entidad gestora www.promesa.net. Estas publicaciones respetarán lo dispuesto en la disposición adicional 7ª de la LO 3/2018. De conformidad con lo dispuesto en el art. 45.1.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá sus mismos efectos.

3. Participarle a la entidad que tiene un plazo de 10 días naturales, a partir del día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de Melilla, para efectuar las alegaciones que estime oportunas, a tenor de lo dispuesto en el apartado 2 del Art. 12 de la convocatoria.

4. La propuesta de resolución provisional y definitiva no crearán derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la Administración mientras no se le haya notificado la resolución de concesión.

5. La presentación de alegaciones a esta propuesta provisional implicará la no aceptación de dicha propuesta hasta que sean resueltas las alegaciones presentadas. En caso contrario la presente propuesta provisional se entenderá aceptada y definitiva.

Lo que le comunico para su conocimiento y efectos oportunos.

 

Melilla 21 de junio de 2023,

El Secretario de Hacienda, Empleo y Comercio;

Sergio Conesa Mínguez