ARTÍCULO Nº 314 (CVE: BOME-AX-2023-314) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 47 - miércoles, 12 de julio de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA


Decreto nº 0917, de fecha 11 de julio de 2023, relativo al nombramiento del personal eventual de confianza.

BOME-PX-2023-1108 Descargar página

El Excmo. Sr. Presidente, por Decreto de fecha 11 de julio de 2023, registrado al número 2023000917 del Libro Oficial de Resoluciones no Colegiadas, ha dispuesto lo siguiente:

“Mediante Real Decreto 605/2023 de 7 de julio (BOE nº 162 y BOME extraordinario nº 43 de 8 de julio de 2023) se ha nombrado Presidente de la Ciudad de Melilla a don Juan José Imbroda Ortiz quien fue elegido por mayoría absoluta por la Asamblea melillense en sesión constitutiva celebrada el día 7 de julio de 2023 tomando posesión de su cargo el 8 de julio de 2023.

Los artículos 14.1 y 15 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, disponen que el Presidente de la Ciudad preside la Asamblea, el Consejo de Gobierno cuya actividad dirige y coordina, ostentando la suprema representación de la Ciudad y, también, la condición de Alcalde.

El art. 9 f) del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) establece  que  corresponde  al  Presidente  de  la  Ciudad  ejercer  “Las atribuciones que le correspondan como Alcalde, al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 del Estatuto de Autonomía de Melilla, que se ajustarán a las que ejerza como Presidente de la Ciudad Autónoma teniendo en cuenta las especialidades derivadas de la organización propia de la Ciudad que se establecen en el Estatuto y en sus normas de desarrollo”.

El personal eventual se rige por lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por la que se aprueba el Texto Refundido Estatuto Básico del Empleado Público, definiéndolo como aquel personal que en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo realiza  funciones  expresamente  calificadas  como  de  confianza  o asesoramiento  especial,  siendo  retribuido  con  cargo  a  los  créditos presupuestarios consignados para este fin y siéndole aplicable, en lo que sea adecuado a la naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera. Además se señala que su nombramiento y cese serán libres, y que éste último tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se preste la función de confianza o asesoramiento.

Igualmente el artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, aplicable en virtud de la remisión realizada por el art. 31 de la Ley Orgánica 2/1995 de 13 de marzo de Estatuto de Autonomía de Melilla, determina que el nombramiento y cese de estos empleados es libre y corresponde al Alcalde o al Presidente de la entidad local correspondiente.

Actualmente existe crédito suficiente en la partida presupuestaria 00/91201/110000 (Personal Eventual Órganos Gobierno) con número RC 12023000019430 de fecha 26/01/2023.

Por todo ello y en uso de las atribuciones conferidas por el ordenamiento jurídico, y en particular por los artículos 14.1 y 15 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla, el artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el art. 9 f) del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, previo informe de fiscalización de la Intervención, VENGO EN DISPONER lo siguiente:

Primero: El nombramiento, como personal eventual de confianza de

 

APELLIDOS Y NOMBRE

GR

CATEGORIA

ANA AZULAY CHOCRÓN

C2

SECRETARÍA DE CONSEJERÍA

FRANCISCO JAVIER RAMÍREZ JIMÉNEZ

C2

SECRETARÍA DE CONSEJERÍA

ANA MARÍA LÓPEZ GÁLVEZ

C2

SECRETARÍA DE CONSEJERÍA

BOME-PX-2023-1109 Descargar página

Segundo: Proceder a la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de Melilla y difundir su contenido de conformidad con el principio de transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en el Portal de Transparencia de la Ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5 y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno y el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla, manteniendo permanentemente actualizada la información relativa al número, características y retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual de la Ciudad.”

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad

Lo que le traslado para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla, 11 de julio de 2023,

El Secretario P.A. El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany