ARTÍCULO Nº 11 (CVE: BOME-AX-2023-11) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 5 - viernes, 17 de febrero de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 17 de febrero de 2023, relativo a la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal (2023-2025).
A N U N C I O
El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva
ordinaria celebrada el 17 de febrero de 2023, una vez terminados los asuntos
contenidos en el Orden del Día y previa su declaración de urgencia, adoptó
entre otros el siguiente acuerdo:
“Cuarto.-
APROBACIÓN DEL
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD
PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL (2023-2025).- El Consejo de
Gobierno acuerda aprobar la propuesta presentada por la Consejería de Políticas
Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, cuyo contenido literal es el
siguiente:
“Documento de
Variables de Propuesta
ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS
I.- El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de
noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los Ayuntamientos que
pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su correspondiente Plan
Estratégico de Subvenciones.
II.- La disposición adicional decimotercera de
la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que los Planes y programas
relativos a políticas públicas que estén previstas en Normas legales o
reglamentarias tendrán la consideración de Planes estratégicos de Subvenciones
y recogerán el contenido previsto en el art. 8.1 de la ley 38/2003.
III.- Con fecha 31 de diciembre de 2022,
finalizó el periodo de vigencia del Plan Estratégico General de Subvenciones de
la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2020-2022.
IV.- Con fecha 8 de febrero de 2023, se publica
en el Boletín Extraordinario núm. 4 Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla,
de fecha 6 de febrero de 2023, relativo a la aprobación definitiva de los
Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2023
V.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo
del Tribunal Supremo ha reforzado el relevante principio de planificación,
contemplado en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del sector Público, al dictar
que es un requisito esencial y previo a la concesión de cualquier subvención el
cumplimiento del Plan Estratégico de Subvenciones, contemplado en el artículo
8.1 de la Ley General de Subvenciones.
El tribunal de la Sección Tercera de dicha Sala, , en su sentencia 543/2022,
de fecha 9 de mayo, subraya con claridad que el Plan Estratégico de
Subvenciones constituye un instrumento de planificación de políticas públicas
cuyo objetivo es el fomento de una actividad de utilidad pública o interés
social o de promoción de una finalidad pública, cuya aprobación es previa a la
regulación de la subvención, constituyendo un requisito esencial.
VI.- Por la Secretaría Técnica de Políticas
Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal se ha evacuado informe con fecha 15
de febrero de 2023, en el que se Informa favorablemente la propuesta de la
Consejería de Políticas Sociales , Salud Pública y Bienestar Animal del Plan
estratégico de subvenciones 2023-2025 para esta Consejería , contemplado en el
expediente de Mytao 4489/2023. Correspondiendo la aprobación del citado plan
estratégico de subvenciones al Consejo de Gobierno de la Ciudad autónoma de
Melilla, según lo establecido en el art.16.1.17 del Reglamento del Gobierno y
de la Administración (BOME. Extraord. núm. 2, de 30 de enero de 2017).
Por todo lo anterior y de conformidad con
los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de
Gobierno lo siguiente.
APROBACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE
SUBVENCIONES LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR
ANIMAL (2023-2025)
PREÁMBULO
El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de
noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los Ayuntamientos que
pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su correspondiente Plan
Estratégico de Subvenciones.
consideración de Planes estratégicos de
Subvenciones y recogerán el contenido previsto en el art. 8.1 de la ley
38/2003.
Con esta medida, penetran en el área de la
actividad administrativa de fomento las técnicas de planificación estratégica
propias del sector privado y que han ido incorporándose progresivamente como
herramientas de programación y gestión en las dos últimas décadas en el sector
público español. Con ello se pretende dar respuesta a las exigencias
constitucionales de una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos,
coherente, por lo tanto, con el resto de herramientas de programación y
planificación presupuestaria o sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo
con el artículo 103 de la Constitución, “la Administración Pública sirve con
objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia,
jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento
pleno a la ley y al Derecho”, principios ligados a los expresados en el
artículo 31.2 de la propia norma constitucional, en relación con el gasto
público, al que se le exige realizar “una asignación equitativa de los recursos
públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de
eficiencia y economía”.
La Ley General de Subvenciones supone un
paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema
económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la trasparencia que,
junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de
forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la
gestión del gasto público subvencional.
En este sentido, una mayor información
acerca de las subvenciones hará posible eliminar las Distorsiones e
interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la
complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas
Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.
Para mejorar la eficacia, se prevé en la
legislación que se proceda a elaborar un Plan estratégico de Subvenciones, de
carácter anual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.
Recogiendo este imperativo legal, se
elabora este documento único que permite
establecer la correlación entre los objetivos misionales de la organización en
su conjunto, las prioridades políticas determinadas a través de los objetivos
generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar ordenadas según
la estructura funcional de la Ciudad Autónoma de Melilla.
De acuerdo con el artículo 11.4 del
Reglamento de la LGS, los planes estratégicos contendrán previsiones para un
periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del
sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración
diferente.
Con fecha 25 de octubre de 2017, se publica
en el BOMe extraordinario núm. 18,
Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan estratégico de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el periodo 2017- 2019, en
el que se recoge el Plan estratégico de la extinta Consejería de Bienestar
Social, hoy Consejería de Economía y Políticas Sociales.
Posteriormente, s aprobó el Plan
Estratégico de Subvenciones de la Ciudad de Melilla para el periodo 2020-2022,
cuyo vigencia finalizó el 31 de diciembre de 2022, y que sufrió distintas
modificaciones a lo largo de su
vigencia.
Con fecha 13 de agosto de 2021, se adopta
Acuerdo por parte del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOMe Extraordinario núm. 46, de 13/08/2021) de atribución de competencias a
las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, realizó una modificación en el
marco competencial de la anterior Consejería de Economía y Políticas Sociales,
que pasó a denominarse Consejería de
Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal como consecuencia de la
exclusión de las competencias en materia de economía y la adición de las
competencias en materia de bienestar animal.
Finalizada, pues, la vigencia, y
modificadas las competencias de esta órgano
se requiere la aprobación de un nuevo Plan Estratégico para los años
2023- 2025, con vocación de plurianual y con las revisiones que, en su caso,
sean necesario realizar anualmente.
La UE tiene hasta 2020 inclusive para
alcanzar cinco objetivos principales en los ámbitos de empleo, investigación y
desarrollo, clima y energía, educación, inclusión social y reducción de la
pobreza. Por ello se han desarrollado un conjunto de decisiones en distintos
ámbitos que conjuntamente forman “las orientaciones integradas Europa 2020”
Dentro de ella se enmarca la Comunicación
de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social
Europeo y al Comité de las Regiones “La Plataforma Europea contra la Pobreza y
la Exclusión Social: Un marco europeo para la cohesión social y territorial”,
de 16.12.2010 COM(2010) 758 final. En la misma se dispone que: “Las ONG se han convertido en actores esenciales
de la lucha contra la pobreza y la exclusión social y dialogan de forma
regular con las autoridades públicas. Sin embargo, el ritmo y el impacto del
compromiso es muy irregular en Europa y, a la vista de los ajustes presupuestarios,
su participación efectiva está en riesgo. Por tanto, es importante reforzar y
estabilizar las asociaciones existentes a nivel europeo y promover la
participación sostenible a nivel nacional. La participación de las personas en situación de pobreza se reconoce
como objetivo primordial de las políticas de inclusión, tanto en calidad de
herramienta de capacitación individual como de mecanismo de gobernanza. La UE
ha dado ejemplo y seguirá difundiendo conocimientos y mejores prácticas en
torno al tema de la participación”.
Posteriormente la Recomendación (UE)
2015/1184 del Consejo de 14 de julio de 2015 relativa a las orientaciones
generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Unión
Europea, señala que: “Los Estados miembros y la Unión deben afrontar también el
impacto social de la crisis y fijarse el objetivo de construir una sociedad
cohesionada en la que se capacite a las personas para anticipar y gestionar el
cambio y participar activamente en la vida social y económica. Es necesario
garantizar el acceso y las oportunidades para todos y reducir la pobreza y la
exclusión social, principalmente velando por un funcionamiento eficaz de los
mercados de trabajo y los sistemas de bienestar social, y eliminando los
obstáculos a la participación en el mercado de trabajo. Los Estados miembros
deben procurar, asimismo, que los beneficios del crecimiento económico lleguen
a todos los ciudadanos y a todas las regiones.”
La
Decisión (UE) 2022/2296 del Consejo, de 21 de noviembre de 2022 relativa
a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros ,
recoge como Orientación n.o 8: Promover
la igualdad de oportunidades para todos, fomentar la integración social y
combatir la pobreza, que:
Los Estados miembros deben modernizar los
sistemas de protección social, con el fin de ofrecer protección social
adecuada, eficaz, eficiente y sostenible para todos, a lo largo de todas las
etapas de la vida, fomentando la inclusión y la ascensión sociales,
incentivando la participación en el mercado de trabajo, apoyando la inversión
social, luchando contra la pobreza y la exclusión social y abordando las
desigualdades, entre otras cosas mediante el diseño de sus sistemas fiscales y
de prestaciones y la evaluación del efecto distributivo de las políticas.
Completar planteamientos universales con otros orientados mejorará la eficacia
de los sistemas de protección social. La modernización de los sistemas de
protección social también debe tener como objetivo mejorar su resiliencia
frente a desafíos polifacéticos. Debe prestarse especial atención a los hogares
más vulnerables afectados por las transiciones ecológica y digital y por el
aumento del coste de la energía.
Los Estados miembros deben desarrollar e
integrar los tres aspectos de la inclusión activa: un apoyo a la renta
adecuado, unos mercados de trabajo inclusivos y el acceso a servicios de
capacitación de calidad, para responder a necesidades individuales. Los
sistemas de protección social deben garantizar unas prestaciones de renta mínima
adecuadas para toda persona que carezca de recursos suficientes y promover la
inclusión social apoyando y alentando a las personas a participar activamente
en el mercado laboral y en la sociedad, entre otras cosas mediante la
prestación de servicios sociales específicos.
La existencia de unos servicios asequibles,
accesibles y de calidad, tales como la atención y educación infantiles, la
asistencia extraescolar, la educación, la formación, la vivienda, y los
servicios sanitarios y los cuidados de larga duración, es una condición
necesaria para garantizar la igualdad de oportunidades. Debe prestarse una
atención particular a la lucha contra la pobreza y la exclusión social,
incluida la pobreza de las personas con empleo, en consonancia con el objetivo
principal de la Unión para 2030 en materia de reducción de la pobreza. La
pobreza y la exclusión infantiles deben abordarse especialmente con medidas
exhaustivas e integradas, también mediante la plena aplicación de la Garantía
Infantil Europea
Los Estados miembros deben garantizar que
todos, incluidos los niños, tengan acceso a servicios básicos de buena calidad.
Para aquellos que se encuentren en situación vulnerable o de necesidad, los
Estados miembros deben garantizar el acceso a una vivienda social adecuada o
las ayudas a la vivienda pertinentes. Deben asegurar que la transición
energética sea limpia y equitativa, así como abordar la pobreza energética como
una forma importante de pobreza a causa del aumento de los precios de la
energía —debido, en parte, a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania—,
por ejemplo con medidas específicas de ayuda temporal a la renta o la
adaptación de las medidas de ayuda existentes, cuando sea necesario. También
deben aplicarse políticas inclusivas de renovación de viviendas. En relación
con esos servicios, deben tenerse en cuenta las necesidades específicas de las
personas con discapacidad, incluida la accesibilidad. Es preciso abordar de
manera específica el problema de las personas sin hogar. Los Estados miembros
deben garantizar un acceso oportuno a una asistencia sanitaria asequible,
preventiva y curativa y a unos cuidados de larga duración de calidad,
preservando al mismo tiempo la sostenibilidad a largo plazo.
A ello, se suma la aprobación por la Asamblea
General el 25 de septiembre de 2015 de la Resolución de la Resolución núm.
70/1. “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo
Sostenible”, que recoge 17 objetivos para un desarrollo sostenible, se
contemplan aspectos tales como: Garantizar la protección social de las personas
en situación de pobreza o vulnerabilidad social, aumentar el acceso a los
servicios básicos y ayudar a las personas afectadas por fenómenos climáticos
extremos, así como hacer frente a los problemas económicos, sociales y
ambientales (objetivo 1); Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria
y la mejora de la nutrición (objetivo 2); Garantizar una vida sana y promover
el bienestar de todos a todas las edades (objetivo 3); Reducir la desigualdad
causada por motivos como el sexo, edad, discapacidad, raza, etnia o religión
(objetivo 10); entre otros.
responsabilidad de su impulso. Su
implantación habrá de articularse por parte del gobierno nacional al nivel del
Estado, y de los gobiernos autonómicos y locales en sus respectivos niveles de
responsabilidad. Con fecha 29 de junio de 2018, se aprobó por el Consejo de
Ministros ha aprobado el "Plan de Acción para la Implementación de la
Agenda 2030: Hacia una Estrategia Española de Desarrollo Sostenible".
Mediante este plan se da cumplimiento
parcialmente del compromiso del Gobierno de Melilla con la Agenda 2030 y los
ODS que en ella se contemplan.
En el marco de la consecución de los
Objetivos y metas de la Agenda 2030, la participación de las organizaciones de
la sociedad civil es fundamental. Las ONG, movimientos sociales, plataformas,
sindicatos y otras organizaciones tienen un papel protagonista en una agenda internacional
de desarrollo sostenible que requiere del compromiso de todos los actores del
planeta.
Por una parte, las entidades de la sociedad
civil y específicamente las ONG contribuyen a la consecución de la Agenda 2030
llevando a cabo proyectos y programas para acabar con la pobreza, reducir
desigualdades y apoyar a colectivos vulnerables entre otros. Este tipo de
acciones sin duda tendrán un impacto positivo en los ODS y por tanto es
importante identificar y medir este impacto para poder evaluar su desempeño y
establecer objetivos a largo plazo.
CAPÍTULO 1.
ASPECTOS GENERALES
ARTÍCULO 1.
El establecimiento de subvenciones por esta
Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal durante el período 2023- 2025 se ajustará a
lo previsto en el siguiente Plan.
ARTÍCULO 2.
El establecimiento efectivo de las
subvenciones previstas en este plan requerirá la inclusión de las
consignaciones correspondientes en los presupuestos municipales de cada año y
la aprobación de las bases reguladoras de su concesión.
ARTÍCULO 3.
El establecimiento de subvenciones queda
supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por
lo que consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras
de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.
ARTÍCULO 4.
La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones
no supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales
beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso
de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.
ARTÍCULO 5.
Son principios generales de este Plan los
siguientes:
-
Publicidad y libre concurrencia mediante
convocatoria previa en la que se garantice la objetividad, transparencia,
publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello
sin perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad con lo
establecido en la norma aplicable, deberá contar con la debida consignación
presupuestaria previa.
-
Concesión conforme a criterios objetivos previamente establecidos en la convocatoria a
fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potenciales
beneficiarios.
-
Eficacia en el cumplimiento de los objetivos
marcados y eficiencia en la
asignación de recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y
cualitativamente.
-
Control y análisis de la adecuación de los fines de
las entidades solicitantes a los principios de igualdad y no discriminación en
el ejercicio de las actividades subvencionadas.
Y de forma específica, verificar de forma
constante la pertinencia del Plan
Estratégico. A saber:
·
Justificación del Plan en términos sociales
·
Necesidades de la ciudadanía a las que
atiende
·
Capacidad financiera
·
Explicación de la competencia municipal en
la materia
·
Estudio de la no aplicación de este línea
subvencional
ARTÍCULO 6.
De acuerdo con lo dispuesto en el art. 5
del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe
nº 4224, de 09/09/2005), el órgano que tiene atribuida la función de desarrollo
del mismo y, por tanto, la ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, será
el Consejo de Gobierno.
Por tanto,
-
Los programas de subvenciones quedarán
condicionadas a la existencia de dotación presupuestaria adecuada y suficiente
-
Con carácter previo al otorgamiento de las
subvenciones o concesiones directas (Convenios), deberá efectuarse la
aprobación del gasto en términos previstos en las normas presupuestarias de la
Ciudad Autónoma de Melilla
-
Y finalmente, y de forma previa al
otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas o bases
reguladoras de la concesión.
CAPÍTULO 2.
CONTENIDO DEL PLAN
ARTÍCULO 7.
De acuerdo con lo previsto en el art. 12
del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión de
las subvenciones y ayudas previstas en este Plan para el ejercicio 2023
contiene, en cada uno de sus Anexos:
·
los objetivos que se pretenden alcanzar
(Anexo I)
·
la modalidad de concesión aplicable (Anexo II)
·
los destinatarios a los que van dirigidas
(Anexo II)
·
el importe económico (Anexo II)
·
la aplicación presupuestaria. (Anexo II)
ARTÍCULO 8.
Este Plan se estructura en dos Anexos, de
conformidad con la actividad subvencional prevista presupuestariamente para el
ejercicio 2023.
·
En el Anexo
I Objetivos Estratégicos a desarrollar.
·
Anexo II se lista y desglosa la actividad
subvencional ordenada por la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y
Bienestar Animal
ARTÍCULO 9.
Cada uno de los Anexos ordena las
subvenciones previstas presupuestariamente bajo los siguientes criterios:
-
Ente concedente La Consejería, de Políticas Sociales, Salud
Pública y Bienestar Animal como gestor de la subvención
-
Objeto. Bajo este criterio se especifica la
finalidad para la que se destina la subvención, la cual será posteriormente
objeto de evaluación.
-
Modalidad de gestión. Criterio que distingue la previsión en
cuanto al procedimiento a aplicar para su concesión, de conformidad con los
principios generales y requisitos establecidos a tal fin del Capítulo Cuarto y
Quinto del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla
(concurrencia competitiva, subvención directa, convenio de colaboración)
-
Importe. Referido a la consignación prevista para
cada subvención.
CAPÍTULO 3.-
BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE LAS
SUBVENCIONES
ARTÍCULO 10.
La Consejería de Políticas Sociales, Salud
Pública y Bienestar Animal concederá subvenciones a favor de personas o
Entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades
de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines
públicos atribuidos a la competencia local.
ARTÍCULO 11.
La Ciudad Autónoma de Melilla establecerá
anualmente subvenciones en las diferentes áreas entre las que se encuentran:
-
Las de Políticas Sociales en sus diferentes
Líneas de Subvención municipal (Servicios Sociales comunitarios, Generales y
especializados
-
Las de Salud Pública
-
Las de Bienestar Animal
CAPÍTULO 4.-
EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS PROGRAMAS
SUBVENCIONADOS. ANÁLISIS DE RESULTADOS
ARTÍCULO 12.
Para un mejor análisis de la eficacia de
cada subvención, las Dirección Generales de cada una de estas áreas solicitarán
de los beneficiarios informe motivado sobre el número de acciones
desarrolladas, número de ciudadanos a los que alcanza la subvención y
justificación de los objetivos alcanzados.
ARTÍCULO 13.
En concreto se deberá detallar para la
evaluación lo siguiente:
-
Objeto
-
Cumplimiento de indicadores de las
actuaciones subvencionas
-
Entidad beneficiaria y, en su caso,
colaboradora
-
Importe subvencionado
-
Acciones concretas desarrolladas en el
importe de la subvención
-
Número de ciudadanos a los que ha alcanzado
la acción subvencionada
-
Valoración de la Entidad concedente en
cuanto a adecuación a los objetivos perseguidos al tiempo de su otorgamiento y
la procedencia del mantenimiento o supresión del programa del que trae causa.013
CAPÍTULO 5.
CONTROL FINANCIERO DE LOS PROGRAMAS
SUBVENCIONADOS
ARTÍCULO 14.
El control
financiero de los programas subvencionados está encomendado a la Intervención
General Municipal, que al respecto analizará las fechas reales de pago de los
importes subvencionados con relación a las fechas previstas en cada expediente,
así como los medios de pago utilizados y la correcta justificación de los
extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención de la subvención.
La Intervención General podrá elaborar los
modelos de justificación de subvenciones que faciliten la fiscalización de las
mismas
ANEXO I OBJETIVOS
ESTRATÉGICOS
A.- EN EL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES
OBJETIVO 1: Fomentar y favorecer el acceso al empleo de las personas en
situación o en riesgo de exclusión social, la inserción laboral de las personas
desempleadas con mayores dificultades de acceso al mercado laboral y favorecer
la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres
Con este objetivo se pretende mejorar la
situación económica de las familias y facilitar el acceso al trabajo de las
personas en situación de riesgo y exclusión social, con medidas de
discriminación positiva, orientación laboral y formación ocupacional.
Pero además será imprescindible favorecer
la generación de actividad empresarial, y el apoyo al empleo por cuenta propia.
Medidas prioritarias:
1.1.- Facilitar el acceso al mercado de
trabajo y a la actividad empresarial de la población en riesgo de exclusión
social y de los colectivos vulnerables
1.2.- Mejorar la cualificación profesional
de la población activa y adecuarlas al tejido productivo melillense
1.3.- Ampliar y diversificar los canales de
información dirigida a los potenciales demandantes de los programas de empleo
formación
OBJETIVO GENERAL 2.- Garantizar los recursos económicos mínimos.
Garantizar el acceso a todos los recursos sociales. Mejorar las condiciones de
vida de la población en riesgo de exclusión.
La intervención correspondiente a este
objetivo general reside principalmente en el área de Servicios Sociales. Esta
se encuentra orientada a optimizar el Sistema público de Servicios Sociales
manteniendo y mejorando su equipamiento e infraestructuras y reforzando sus
servicios y prestaciones, creando una red integral de recursos capaz de hacer
frente a las nuevas necesidades emergentes, y las diferentes situaciones de
exclusión social en la ciudad.
Medidas prioritarias:
2.1.- Optimizar la gestión de la red de
Servicios Sociales
2.2.- Garantizar unos recursos económicos
mínimos mediante medidas asistenciales que reduzcan el riesgo de pobreza y de
exclusión social en hogares y personas
2.3.- Optimización de la gestión de las
prestaciones y mejora de los protocolos de actuación
2.4.- Mejorar el acceso a la salud de la
población en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, así como
de los demás colectivos vulnerables
2.5.- Rehabilitación y mejora de los
espacios urbanos de los barrios y zonas con especiales necesidades de
transformación social
2.6.- Procurar viviendas a la población en
riesgo de exclusión o perteneciente a colectivos vulnerables
2.7.- Mejorar la calidad de vida de la
tercera edad y otros colectivos vulnerables mediante la mejora de las
condiciones de la acogida residencial y programas complementarias a ésta
2.8.- Fomentar la resiliencia de las
personas pobres y las que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y
reducir su exposición y vulnerabilidad a los fenómenos extremos relacionados
con el clima y otras perturbaciones y desastres económicos, sociales y ambientales.
OBJETIVO GENERAL 3: Alcanzar una educación con equidad. Erradicar el
analfabetismo y el absentismo escolar, favoreciendo la escolarización y la
integración escolar
Aunque la educación no es una competencia
directa de la Ciudad Autónoma de Melilla, resulta necesario actuar sobre el
problema del fracaso escolar y el abandono educativo temprano de forma
concertada con el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, para reducir las
elevadas tasas presentes en la ciudad.
Los niveles educativos de una población
poseen una relación causal directa con los niveles de ocupación laboral que
presenta esa sociedad. A mayores niveles educativos mayores posibilidades de
alcanzar un empleo, de que este sea más estable y de que exista la posibilidad
de una movilidad social y física de los trabajadores.
En relación con esto último, también
resulta necesario elevar el nivel educativo de la población adulta, combatiendo
el analfabetismo y fomentando el aprendizaje constante a lo largo de la vida.
Medidas prioritarias:
3.1.- Prevenir y actuar contra el abandono
educativo temprano y el fracaso escolar
3.2.- Elevar el nivel formativo de la
población adulta y el desarrollo del aprendizaje a lo largo de la vida
3.3.- Promover la dotación de nuevas
infraestructuras y equipamientos socioeducativos
OBJETIVO GENERAL 4.- Apoyar la integración social de los inmigrantes
Los problemas de desarraigo, las prácticas
discriminatorias, la exclusión del mercado de trabajo o las barreras culturales
y lingüísticas, son factores de vulnerabilidad social frecuentes en este
colectivo. Además una parte de los inmigrantes que acude a Melilla se encuentra
en situación de irregularidad, lo que en muchas ocasiones incide negativamente
en su inclusión social y en su integración. El rápido, reciente y elevado
crecimiento de la población inmigrante en la ciudad de Melilla hace necesario
la implementación de actuaciones y medidas que sirvan para prevenir un aumento
de la población en exclusión social.
Medidas prioritarias:
4.1.- Promover los elementos socializadores
que faciliten la integración social de los inmigrantes
4.2.- Realizar actuaciones de prevención y
atención a los inmigrantes en situación de necesidad
4.3.- Apoyo a mujeres en situación de
especial vulnerabilidad como consecuencia de su situación socio familiar o su
estado físico/psíquico
OBJETIVO GENERAL 5: Garantizar la atención a las personas en situación
de dependencia. Desarrollar una atención preferente e integral a colectivos
desfavorecidos y/o en situación de mayor riesgo
La atención a las personas en situación de
dependencia constituye uno de los ejes de los planes nacionales de inclusión
social. Los colectivos especialmente vulnerables como los discapacitados y los
ancianos se encuentran más expuestos que el resto de la población a deslizarse
hacia la exclusión social. Además de estos colectivos, según el estudio de
pobreza en Melilla de 2009 existe otro que ha registrado en los últimos años
una mayor presencia entre la población en riesgo de exclusión, el de las
mujeres solas con hijos a cargo, de tal modo que podemos afirmar que existe una
feminización de la pobreza.
Medidas prioritarias:
5.1.- Favorecer el acceso de los
discapacitados a la formación y el empleo, facilitando su desarrollo social en
el espacio público
5.2.- Garantizar la asistencia integral a
las personas mayores y a aquellas que se encuentran en situación de
dependencia, procurándoles un desarrollo normal en su entorno.
5.3.- Procurar una asistencia especifica a
las mujeres que padecen grave riesgo de exclusión social y promover la igualdad
entre hombres y mujeres
5.4.- Proporcionar atención integral a las
personas drogodependientes promoviendo su inserción social y laboral
5.5.- Favorecer la atención residencial a
aquellas personas en situación de dependencias y o trastorno mental, demencia,
alzheimer etc...
5.6.- Garantizar una asistencia integral de
los menores que se encuentren en situación de exclusión social o en riesgo de
padecerla
5.7.- Favorecer la integración social y
laboral de las personas con discapacidad física o psíquica.
OBJETIVO GENERAL 6.- Apoyo
y Fomento del Tercer Sector
El objetivo general es apoyar iniciativas,
actuaciones y programas que complementen o suplan a intervención dos servicios
sociales municipales dentro de su marco de competencias e que vayan dirigidos a
la comunidad en general e en concreto a los sectores de población y a los
colectivos más desfavorecidos que se como finalidad apoyar a entidades e
asociaciones sin ánimo de lucro, que su objetivo de intervención se centre nos
siguientes sectores de población:
-
Personas con discapacidad
-
Inmigrantes.
-
Personas mayores.
-
Otros colectivos con especiales
problemáticas sociales.
-
Personas en riesgo de Exclusión Social
Medidas prioritarias:
6.1- Promover, dirigir conceder directamente subvenciones de programa de cooperación y o desarrollo.
Que pretenden conseguir objetivos relacionados con::
-
Satisfacción das necesidades básicas da
población (alimentación, vivienda, educación, servicios sociales) así como a
implantación de pequeñas infraestructuras (luz, transporte, agua..).
-
Impulsión e ejecución de acciones de
desarrollo sostenible.
-
Desarrollo de acciones de ayuda humanitaria
e de emergencia.
-
Ejecución de acciones de sensibilización,
información, e educación para el desarrollo
6.2.- Promover proyectos, en colaboración
con el Tercer Sector de Acción Social, destinados a programas destinados a
incrementar la empleabilidad y la social de personas vulnerables
a.
Programas de desarrollo de itinerarios
integrados de inserción laboral individualizados.
b.
Programas destinados a incrementar la
inserción social y laboral de las mujeres inmigrantes, víctimas de barreras
sociales y culturales, potenciando su capacitación para la participación social
y el empleo y mejorando su calidad de vida.
6.3. Desarrollar, en colaboración con el
Tercer Sector de Acción Social, programas específicos para la formación y el
empleo de las personas gitanas en riesgo de exclusión y, en especial, para las
mujeres gitanas y los jóvenes.
6.3 . Poner en marcha programas de
inserción sociolaboral dirigidos a personas reclusas en tercer grado de
tratamiento y en libertad condicional, que contemplen tanto itinerarios
personalizados de inserción como acciones destinadas a la orientación laboral,
contando para ello con el apoyo del Tercer Sector de Acción Social.
6.4.
Cooperar con el Tercer Sector de Acción Social para implementar y
diseñar programas formativos que estén destinados mayoritariamente a mujeres,
personas jóvenes, mayores de 45 años, con baja cualificación o con
discapacidad, al objeto de formar profesionales y ofrecer nuevas oportunidades
de empleo.
OBJETIVO GENERAL 7.- Apoyo y Fomento del Voluntariado
El Objetivo General de este Área es
incrementar la formación de las personas que trabajan con el voluntariado y del
propio voluntariado, aumentar la participación ciudadana en el voluntariado e
impulsar la modernización, la transparencia y la sostenibilidad de las
Entidades No Lucrativas.
Medidas prioritarias:
·
Promoción: Promover la participación
ciudadana en el voluntariado, incrementando el número de personas voluntarias
así como su compromiso estable en el tiempo.
·
Formación: Prestar apoyo técnico y
económico a las iniciativas de formación que se adopten desde y para el Tercer
Sector, a las personas voluntarias que en él colaboran y al resto de agentes
que tiene relación o trabaja con el voluntariado.
·
Gestión: Apoyar la modernización del Tercer
Sector de Acción Social, impulsar la transparencia y la sostenibilidad de las
Entidades No Lucrativas y contribuir a la dotación de medios para el desempeño
de sus funciones.
B.- EN EL ÁREA DE SALUD PÚBLICA
OBJETIVO GENERAL 1
Coordinación y desarrollo del Plan sobre
Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla: Con este objetivo se
pretende desarrollar los programas y actuaciones dirigidos al estudio de la
situación, a la prevención y asistencia a las drogodependencias y otras
adicciones, recogidos en el Plan Nacional sobre Drogas y Adicciones de la
Ciudad Autónoma de Melilla .
Medidas prioritarias
·
Fomentar la coordinación y participación de
todos los agentes públicos y privados implicados en la lucha contra las adicciones.
·
Fomentar la sensibilización social y
comunitaria del riesgo asociado al consumo de drogas y otras conductas
adictivas.
·
Desarrollar actividades de prevención en
drogodependencias y otras conductas adictivas en el ámbito escolar, laboral,
familiar y comunitario que incluyan actividades para fomentar y ofrecer un ocio
y tiempo libre saludable.
·
Desarrollar la atención integral a las
personas con problemas dedrogodependencias y otros trastornos adictivos
incluyendo la atención al entorno familiar y social.
·
Impulsar la reinserción laboral, social y
familiar de las personas con problemas de adicción.
·
Mejorar el conocimiento de la realidad de
las adicciones y de los factores asociados a éstas en la población de Melilla.
·
Evaluar las acciones realizadas.
·
Garantizar la formación de los
profesionales y agentes que trabajan en la prevención y/o asistencia a las
adicciones.
Sector al que se dirige la ayuda:
Entidades representativas y Organizaciones
sin ánimo de lucro de la Ciudad Autónoma que promueven la atención, cuidado y
recuperación de personas con adicciones
Plazo necesario para su consecución:
Se pretende su mantenimiento de carácter
permanente con periodicidad anual.
Beneficiarios e Importe:
Los beneficiarios e importe se recogen en
el Anexo II
OBJETIVO GENERAL 2
Desarrollo de las actuaciones de promoción
y protección de la salud de la población: Con este objetivo se pretende dar
cobertura a los problemas de salud de la colectividad, desarrollar acciones de
prevención y promoción de la salud, y otras, que sin ser estrictamente
sanitarias, tienen efectos sobre la salud de la población. Entre las medidas
prioritarias de este ámbito se incluyen:
·
Educación sanitaria de la población,
atendiendo especialmente a colectivos más desfavorecidos o discriminados, para
capacitarles en la toma de las mejores decisiones para mejorar su salud y
bienestar.
·
Modificación de ciertas condiciones
sociales, laborales y ambientales que favorezcan un impacto positivo en la
salud individual y colectiva.
·
Desarrollo de programas de prevención de
enfermedades y de promoción de hábitos de vida saludables dirigidos a todas las
etapas de la vida, en especial a la infancia y vejez y de acuerdo con las
prioridades establecidas previamente, atendiendo especialmente a las
enfermedades emergentes, reemergentes y de especial relevancia.
·
Desarrollo de acciones de prevención
secundaria como son los programas de detección precoz de la enfermedad.
Sector al que se dirige la ayuda:
Entidades representativas y Sociedades de
la Ciudad Autónoma de Melilla que recogen en sus estatutos de fundación la
protección y atención a personas con enfermedad o promueven la defensa del
colectivo y de las personas con discapacidad
Objetivos y efectos que se pretenden obtener:
Dotar a las entidades representativas de
medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades,
fortaleciendo, previniendo y asistiendo a personas con problemas de salud y
prevención de las mismas.
Plazo necesario para su consecución:
Se pretende su mantenimiento de carácter
permanente con periodicidad anual.
Beneficiarios e Importe:
Los beneficiarios e importe se recogen en
el Anexo II
OBJETIVO GENERAL 3-
Fomento y desarrollo de actuaciones
relacionadas con la Salud Animal, control y prevención de zoonosis.
Protección y cuidado del bienestar animal y
fomento de la adopción de animales abandonado y promoción de la lucha contra el
abandono de animales domésticos
Medidas prioritarias:
·
Desarrollo de actividades en sanidad
animal, específicamente aquellas que contribuyen a prevenir zoonosis, con
especial incidencia las relacionadas con la Lucha Antirrábica.
·
Control y supervisión del Centro de
Recogida de Animales.
·
Tramitación de expedientes relativo al
traslado de animales.
·
Implantación , establecimiento y gestión de
Colonias felinas
Línea de subvención :
Objetivo estratégico: Actuaciones
relacionadas con la Salud Animal, control y prevención de zoonosis.
Fomento y promoción de actuaciones
tendentes a la adopción de animales de animales abandonados y del sacrificio
cero.
Establecimiento y control de colonias
felinas
Sensibilización para combatir el maltrato
animal y el abandono de animales domésticos
Área de Competencia:
Consejería de Políticas Sociales Salud
Pública y Bienestar Animal.
Dirección General de Salud Pública y
Consumo
Sector al que se dirige la ayuda:
Entidades que promuevan la protección de
animales, Centros de acogidas y refugio
de animales, y Colegios profesionales .
Objetivos y efectos que se pretenden obtener:
Dotar a las entidades representativas de
medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades,
fortaleciendo, previniendo y asistiendo a aquellos para traslados,
esterilización, controles y desarrollo de actividades en el bienestar animal y
en el fomento de la sanidad animal, específicamente aquellas que contribuyan a
prevenir zoonosis, la lucha antirrábica y a la difusión de otras enfermedades
trasmisibles
Plazo necesario para su consecución:
Se pretende su mantenimiento de carácter
permanente con periodicidad anual.
Beneficiarios e Importe:
Los beneficiarios e importe se recogen en
el Anexo II
D.- ASPECTOS
COMUNES A LAS LINEAS EXPUESTAS
·
Fechas de concesión previstas: Desde Enero
a Junio.
·
Mecanismos de actuación: Inclusión de
subvención directa nominativa en los presupuestos o publicación de las
convocatorias en el caso de concurrencia competitiva
·
Mecanismo de aplicación: Ley General de
Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Bases de Ejecución
del Presupuesto de la Ciudad de Melilla.
Formalización y de los correspondientes Convenios de Colaboración.
·
Seguimiento: Justificación a través de
facturas de todos los gastos de personal, generales, de reparación y
mantenimiento ordinario. Justificación técnica de un informe pormenorizado de
las actividades realizadas, detallando el grado de cumplimiento de los
compromisos asumidos y el impacto social de los mismos. Traslado a Intervención
General para su fiscalización.
·
Evaluación: Aplicación de Indicadores de
proceso y de resultado.
-
Número de actividades llevadas a cabo.
-
Grado de cumplimiento de objetivos.
-
Número de personas o pacientes afectados.
-
Plazo de tramitación y pago.
ANEXO II
Nº |
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA - ORGÁNICO
PROGRAMA ECONÓMICO CL. ESPECÍFICA DENOMINACIÓN |
IMPORTE |
DIRECCIÓN GENERAL |
PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN |
1 |
05 23101 48900 CONVENIO CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA |
1.688.029,95 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
2 |
05 23105 48000 CONVENIO SAN VICENTE DE PAUL/ VIRGEN DE LA
LUZ |
1.050.689,46 € |
SERVICIOS SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
3 |
05 23106 47900 CONVENIO FUNDACION TUTELAR |
29.985,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
4 |
05 23107 48000 CONVENIO RELIGIOSAS MARIA INMACULADA |
338.483,52 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
5 |
05 23108 48000 CONVENIO CARITAS DIOCESANA/INTERPARROQUIAL
MELILLA |
305.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
6 |
05 23109 48000 CONVENIO ASOME |
92.209,33 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
7 |
05 23110 48000 CONVENIO VOLUNTARIADO CRISTIANO DE
PRISIONES |
25.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
8 |
05 23111 48000 CONVENIO ASOCIACION FAMILIARES ENFERMOS
ALZHEIMER |
69.244,56 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
9 |
05 23112 48000 CONVENIO ASPANIES PLENA INCLUSIÓN MELILLA |
303.019,64 € |
SERVICIOS SOCIALES/ SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
10 |
05 31102 48000 CONVENIO A.E.C.C. |
117.000,00 € |
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
11 |
05 31103 48000 CONVENIO ASOCIACION PROTECTORA DE ANIMALES
Y PLANTAS |
100.000,00 € |
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
12 |
05 31104 48000 CONVENIO COLEGIO OFICIAL VETERINARIOS DE
MELILLA |
160.600,00 € |
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
13 |
05 31101 48000 CONVENIO CRUZ ROJA ESPAÑOLA |
206.175,58 € |
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
14 |
05 23113 48000 CONVENIO ASOCIACION AUTISMO DE MELILLA |
104.112,00 € |
SERVICIOS SOCIALES/ SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
15 |
05 23114 48000 CONVENIO ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE
PSICÓLOGOS DE MELILLA |
10.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
16 |
05 23115 48000 CONVENIO CLINICA EL SERANIL |
35.770,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
17 |
05 23116 48000 CONVENIO HERMANAS HOSPITALARIAS SAGRADO |
270.418,54 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
18 |
05 23117 48000 CONVENIO HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASIS |
735.840,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
19 |
05 23118 48000 CONVENIO COA |
297.755,52 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
20 |
05 23119 48000 CONVENIO FEAFES MELILLA |
103.511,61 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
21 |
05 23120 48000 CONVENIO TEAMA |
66.300,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
22 |
05 23121 48000 CENTRO ASISTENCIAL
SAN JUAN DE DIOS DE MÁLAGA |
219.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
|
23 |
05 23122 48000 CONVENIO ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN
SOCIAL DE MELILLA (CAPACES) |
85.776,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
|
24 |
05 23123 48000 CONVENIO BANCO DE ALIMENTOS DE MELILLA |
107.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
|
25 |
05 23124 48000 CONVENIO AMLEGA |
29.979,60 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
|
26 |
05 31105 48000 CONVENIO ADOMEL |
40.000,00 € |
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
NOMINATIVA |
|
27 |
05 23125 48000 CONVENIO MENSAJEROS POR LA PAZ |
40.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
NOMINATIVA |
|
28 |
05 23104 48000 PREVENCION E INSERCION SOCIAL |
1.500.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA NO COMPETITIVA |
|
29 |
05 23100 48000 SUBV. CENTROS POLÍTICAS SOCIALES |
100.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA |
|
30 |
05 23100 47900 CONVOCATORIA MANTENIMIENTO PROGRAMA TAXIS ADAPTADOS |
10.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITIVA |
|
31 |
05 23102 48000 SUBV. ORGANISMOS SIN ANIMO LUCRO |
224.302,35 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITIVA |
|
32 |
05 23103 48000 SUBV. A PROGRAMAS DE INTERÉS GRAL. CON
CARGO A LA ASIGN. TRIBUT. DEL 0,7% DEL IRPF - AFECTADA |
2.093.867,19 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITIVA |
|
33 |
05 31106 48000 CONVOCATORIA SUBVENCIONES SALUD PÚBLICA,
CONSUMO Y BIENESTAR ANIMAL |
60.000,00 € |
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA |
|
34 |
05 31107 48000 SUBVENCIÓN CENTROS SALUD PÚBLICA Y
BIENESTAR ANIMAL |
40.000,00 € |
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA |
|
35 |
05 31100 48000 BECAS TALLERES ASISTENCIA Y PREVENCIÓN DE ADICCIONES |
50.000,00 € |
SALUD PÚBLICA Y CONSUMO |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA |
|
36 |
05 23300 78000 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL CENTROS
POLÍTICAS SOCIALES |
20.000,00 € |
SERVICIOS SOCIALES |
CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA |
|
“
De conformidad con los artículos 123
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas (BOE núm. 236 de 2 de octubre) y 93 del
Reglamento de Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla
(BOME extra. Núm. 2 de 30 de Enero de 2017) y demás concordantes, contra el
presente acuerdo, del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa,
cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su
publicación o notificación o bien podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción
contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la
publicación o notificación.
No obstante, podrá utilizar cualquier
otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que le traslado para su
publicación y general conocimiento.
Melilla 17 de
febrero de 2023,
El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,
Antonio Jesús García Alemany