ARTÍCULO Nº 11 (CVE: BOME-AX-2023-11) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 5 - viernes, 17 de febrero de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO


Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 17 de febrero de 2023, relativo a la aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal (2023-2025).

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A N U N C I O

El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva ordinaria celebrada el 17 de febrero de 2023, una vez terminados los asuntos contenidos en el Orden del Día y previa su declaración de urgencia, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

“Cuarto.- APROBACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL (2023-2025).- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar la propuesta presentada por la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal, cuyo contenido literal es el siguiente:

Documento de Variables de Propuesta

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS

I.- El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.

II.- La disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que los Planes y programas relativos a políticas públicas que estén previstas en Normas legales o reglamentarias tendrán la consideración de Planes estratégicos de Subvenciones y recogerán el contenido previsto en el art. 8.1 de la ley 38/2003.

III.- Con fecha 31 de diciembre de 2022, finalizó el periodo de vigencia del Plan Estratégico General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2020-2022.

IV.- Con fecha 8 de febrero de 2023, se publica en el Boletín Extraordinario núm. 4 Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 6 de febrero de 2023, relativo a la aprobación definitiva de los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2023

V.- La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha reforzado el relevante principio de planificación, contemplado en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del sector Público, al dictar que es un requisito esencial y previo a la concesión de cualquier subvención el cumplimiento del Plan Estratégico de Subvenciones, contemplado en el artículo 8.1 de la Ley General de Subvenciones.  El tribunal de la Sección Tercera de dicha Sala, , en su sentencia 543/2022, de fecha 9 de mayo, subraya con claridad que el Plan Estratégico de Subvenciones constituye un instrumento de planificación de políticas públicas cuyo objetivo es el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública, cuya aprobación es previa a la regulación de la subvención, constituyendo un requisito esencial.

VI.- Por la Secretaría Técnica de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal se ha evacuado informe con fecha 15 de febrero de 2023, en el que se Informa favorablemente la propuesta de la Consejería de Políticas Sociales , Salud Pública y Bienestar Animal del Plan estratégico de subvenciones 2023-2025 para esta Consejería , contemplado en el expediente de Mytao 4489/2023. Correspondiendo la aprobación del citado plan estratégico de subvenciones al Consejo de Gobierno de la Ciudad autónoma de Melilla, según lo establecido en el art.16.1.17 del Reglamento del Gobierno y de la Administración (BOME. Extraord. núm. 2, de 30 de enero de 2017).

Por todo lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente.

APROBACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES LA CONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES, SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL  (2023-2025)

PREÁMBULO

El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, tiene carácter básico, por lo que todos los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.

La disposición adicional decimotercera de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que los Planes y programas relativos a políticas públicas que estén previstas en Normas legales o reglamentarias tendrán la 
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consideración de Planes estratégicos de Subvenciones y recogerán el contenido previsto en el art. 8.1 de la ley 38/2003.

Con esta medida, penetran en el área de la actividad administrativa de fomento las técnicas de planificación estratégica propias del sector privado y que han ido incorporándose progresivamente como herramientas de programación y gestión en las dos últimas décadas en el sector público español. Con ello se pretende dar respuesta a las exigencias constitucionales de una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos, coherente, por lo tanto, con el resto de herramientas de programación y planificación presupuestaria o sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo con el artículo 103 de la Constitución, “la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”, principios ligados a los expresados en el artículo 31.2 de la propia norma constitucional, en relación con el gasto público, al que se le exige realizar “una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía”.

La Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la trasparencia que, junto con la variedad de instrumentos que se articulan en la ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.

En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las Distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.

Para mejorar la eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a elaborar un Plan estratégico de Subvenciones, de carácter anual y con carácter previo al nacimiento de las subvenciones.

Recogiendo este imperativo legal, se elabora este documento único que  permite establecer la correlación entre los objetivos misionales de la organización en su conjunto, las prioridades políticas determinadas a través de los objetivos generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar ordenadas según la estructura funcional de la Ciudad Autónoma de Melilla.

De acuerdo con el artículo 11.4 del Reglamento de la LGS, los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.

Con fecha 25 de octubre de 2017, se publica en el  BOMe extraordinario núm. 18, Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el Plan estratégico de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, para el periodo 2017- 2019, en el que se recoge el Plan estratégico de la extinta Consejería de Bienestar Social, hoy Consejería de Economía y Políticas Sociales.

Posteriormente, s aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Ciudad de Melilla para el periodo 2020-2022, cuyo vigencia finalizó el 31 de diciembre de 2022, y que sufrió distintas modificaciones a  lo largo de su vigencia.

Con fecha 13 de agosto de 2021, se adopta Acuerdo por parte del Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe Extraordinario núm. 46, de 13/08/2021) de atribución de competencias a las Consejerías de la Ciudad Autónoma de Melilla, realizó una modificación en el marco competencial de la anterior Consejería de Economía y Políticas Sociales, que pasó a denominarse  Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal como consecuencia de la exclusión de las competencias en materia de economía y la adición de las competencias en materia de bienestar animal.   

Finalizada, pues, la vigencia, y modificadas las competencias de esta órgano  se requiere la aprobación de un nuevo Plan Estratégico para los años 2023- 2025, con vocación de plurianual y con las revisiones que, en su caso, sean necesario realizar anualmente.

La UE tiene hasta 2020 inclusive para alcanzar cinco objetivos principales en los ámbitos de empleo, investigación y desarrollo, clima y energía, educación, inclusión social y reducción de la pobreza. Por ello se han desarrollado un conjunto de decisiones en distintos ámbitos que conjuntamente forman “las orientaciones integradas Europa 2020”

Dentro de ella se enmarca la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones “La Plataforma Europea contra la Pobreza y la Exclusión Social: Un marco europeo para la cohesión social y territorial”, de 16.12.2010 COM(2010) 758 final. En la misma se dispone que: “Las ONG se han convertido en actores esenciales de la lucha contra la pobreza y la exclusión social y dialogan de forma regular con las autoridades públicas. Sin embargo, el ritmo y el impacto del compromiso es muy irregular en Europa y, a la vista de los ajustes presupuestarios, su participación efectiva está en riesgo. Por tanto, es importante reforzar y estabilizar las asociaciones existentes a nivel europeo y promover la participación sostenible a nivel nacional. La participación de las personas en situación de pobreza se reconoce como objetivo primordial de las políticas de inclusión, tanto en calidad de herramienta de capacitación individual como de mecanismo de gobernanza. La UE ha dado ejemplo y seguirá difundiendo conocimientos y mejores prácticas en torno al tema de la participación”.

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Posteriormente la Recomendación (UE) 2015/1184 del Consejo de 14 de julio de 2015 relativa a las orientaciones generales para las políticas económicas de los Estados miembros y de la Unión Europea, señala que: “Los Estados miembros y la Unión deben afrontar también el impacto social de la crisis y fijarse el objetivo de construir una sociedad cohesionada en la que se capacite a las personas para anticipar y gestionar el cambio y participar activamente en la vida social y económica. Es necesario garantizar el acceso y las oportunidades para todos y reducir la pobreza y la exclusión social, principalmente velando por un funcionamiento eficaz de los mercados de trabajo y los sistemas de bienestar social, y eliminando los obstáculos a la participación en el mercado de trabajo. Los Estados miembros deben procurar, asimismo, que los beneficios del crecimiento económico lleguen a todos los ciudadanos y a todas las regiones.”

La  Decisión (UE) 2022/2296 del Consejo, de 21 de noviembre de 2022 relativa a las orientaciones para las políticas de empleo de los Estados miembros , recoge como  Orientación n.o 8: Promover la igualdad de oportunidades para todos, fomentar la integración social y combatir la pobreza, que:

Los Estados miembros deben modernizar los sistemas de protección social, con el fin de ofrecer protección social adecuada, eficaz, eficiente y sostenible para todos, a lo largo de todas las etapas de la vida, fomentando la inclusión y la ascensión sociales, incentivando la participación en el mercado de trabajo, apoyando la inversión social, luchando contra la pobreza y la exclusión social y abordando las desigualdades, entre otras cosas mediante el diseño de sus sistemas fiscales y de prestaciones y la evaluación del efecto distributivo de las políticas. Completar planteamientos universales con otros orientados mejorará la eficacia de los sistemas de protección social. La modernización de los sistemas de protección social también debe tener como objetivo mejorar su resiliencia frente a desafíos polifacéticos. Debe prestarse especial atención a los hogares más vulnerables afectados por las transiciones ecológica y digital y por el aumento del coste de la energía.

Los Estados miembros deben desarrollar e integrar los tres aspectos de la inclusión activa: un apoyo a la renta adecuado, unos mercados de trabajo inclusivos y el acceso a servicios de capacitación de calidad, para responder a necesidades individuales. Los sistemas de protección social deben garantizar unas prestaciones de renta mínima adecuadas para toda persona que carezca de recursos suficientes y promover la inclusión social apoyando y alentando a las personas a participar activamente en el mercado laboral y en la sociedad, entre otras cosas mediante la prestación de servicios sociales específicos.

La existencia de unos servicios asequibles, accesibles y de calidad, tales como la atención y educación infantiles, la asistencia extraescolar, la educación, la formación, la vivienda, y los servicios sanitarios y los cuidados de larga duración, es una condición necesaria para garantizar la igualdad de oportunidades. Debe prestarse una atención particular a la lucha contra la pobreza y la exclusión social, incluida la pobreza de las personas con empleo, en consonancia con el objetivo principal de la Unión para 2030 en materia de reducción de la pobreza. La pobreza y la exclusión infantiles deben abordarse especialmente con medidas exhaustivas e integradas, también mediante la plena aplicación de la Garantía Infantil Europea

Los Estados miembros deben garantizar que todos, incluidos los niños, tengan acceso a servicios básicos de buena calidad. Para aquellos que se encuentren en situación vulnerable o de necesidad, los Estados miembros deben garantizar el acceso a una vivienda social adecuada o las ayudas a la vivienda pertinentes. Deben asegurar que la transición energética sea limpia y equitativa, así como abordar la pobreza energética como una forma importante de pobreza a causa del aumento de los precios de la energía —debido, en parte, a la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania—, por ejemplo con medidas específicas de ayuda temporal a la renta o la adaptación de las medidas de ayuda existentes, cuando sea necesario. También deben aplicarse políticas inclusivas de renovación de viviendas. En relación con esos servicios, deben tenerse en cuenta las necesidades específicas de las personas con discapacidad, incluida la accesibilidad. Es preciso abordar de manera específica el problema de las personas sin hogar. Los Estados miembros deben garantizar un acceso oportuno a una asistencia sanitaria asequible, preventiva y curativa y a unos cuidados de larga duración de calidad, preservando al mismo tiempo la sostenibilidad a largo plazo.

A ello, se suma la aprobación por la Asamblea General el 25 de septiembre de 2015 de la Resolución de la Resolución núm. 70/1. “Transformar nuestro mundo: la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible”, que recoge 17 objetivos para un desarrollo sostenible, se contemplan aspectos tales como: Garantizar la protección social de las personas en situación de pobreza o vulnerabilidad social, aumentar el acceso a los servicios básicos y ayudar a las personas afectadas por fenómenos climáticos extremos, así como hacer frente a los problemas económicos, sociales y ambientales (objetivo 1); Poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora de la nutrición (objetivo 2); Garantizar una vida sana y promover el bienestar de todos a todas las edades (objetivo 3); Reducir la desigualdad causada por motivos como el sexo, edad, discapacidad, raza, etnia o religión (objetivo 10); entre otros.

El Congreso de los Diputados adoptó el 12 de diciembre de 2017 una Proposición no de Ley, con el respaldo de la práctica totalidad de las fuerzas políticas, para orientación política del Gobierno en la definición de la estrategia nacional para el cumplimiento de la Agenda de Desarrollo Sostenible 2030 (PNL 161/001253), en la que se insta al gobierno a “elaborar, aprobar y poner en marcha una Estrategia de Desarrollo Sostenible para implementar en España la Agenda de Desarrollo 2030”. Compete a las administraciones públicas (AAPP), a los gobiernos y al parlamento ejercer el liderazgo correspondiente y asumir la 
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responsabilidad de su impulso. Su implantación habrá de articularse por parte del gobierno nacional al nivel del Estado, y de los gobiernos autonómicos y locales en sus respectivos niveles de responsabilidad. Con fecha 29 de junio de 2018, se aprobó por el Consejo de Ministros ha aprobado el "Plan de Acción para la Implementación de la Agenda 2030: Hacia una Estrategia Española de Desarrollo Sostenible".

Mediante este plan se da cumplimiento parcialmente del compromiso del Gobierno de Melilla con la Agenda 2030 y los ODS que en ella se contemplan.

En el marco de la consecución de los Objetivos y metas de la Agenda 2030, la participación de las organizaciones de la sociedad civil es fundamental. Las ONG, movimientos sociales, plataformas, sindicatos y otras organizaciones tienen un papel protagonista en una agenda internacional de desarrollo sostenible que requiere del compromiso de todos los actores del planeta.

Por una parte, las entidades de la sociedad civil y específicamente las ONG contribuyen a la consecución de la Agenda 2030 llevando a cabo proyectos y programas para acabar con la pobreza, reducir desigualdades y apoyar a colectivos vulnerables entre otros. Este tipo de acciones sin duda tendrán un impacto positivo en los ODS y por tanto es importante identificar y medir este impacto para poder evaluar su desempeño y establecer objetivos a largo plazo.

CAPÍTULO 1.

ASPECTOS GENERALES

ARTÍCULO 1.

El establecimiento de subvenciones por esta Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal  durante el período 2023- 2025 se ajustará a lo previsto en el siguiente Plan.

ARTÍCULO 2.

El establecimiento efectivo de las subvenciones previstas en este plan requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos municipales de cada año y la aprobación de las bases reguladoras de su concesión.

ARTÍCULO 3.

El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que consignaciones presupuestarias que se aprueben y las bases reguladoras de su concesión se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.

ARTÍCULO 4.

La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.

ARTÍCULO 5.

Son principios generales de este Plan los siguientes:

-       Publicidad y libre concurrencia mediante convocatoria previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deberá contar con la debida consignación presupuestaria previa.

-       Concesión conforme a criterios objetivos previamente establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potenciales beneficiarios.

-       Eficacia en el cumplimiento de los objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.

-       Control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a los principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.

Y de forma específica, verificar de forma constante la pertinencia del Plan Estratégico. A saber:

·         Justificación del Plan en términos sociales

·         Necesidades de la ciudadanía a las que atiende

·         Capacidad financiera

·         Explicación de la competencia municipal en la materia

·         Estudio de la no aplicación de este línea subvencional

ARTÍCULO 6.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOMe nº 4224, de 09/09/2005), el órgano que tiene atribuida la función de desarrollo del mismo y, por tanto, la ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, será el Consejo de Gobierno.

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Por tanto,

-       Los programas de subvenciones quedarán condicionadas a la existencia de dotación presupuestaria adecuada y suficiente

-       Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones o concesiones directas (Convenios), deberá efectuarse la aprobación del gasto en términos previstos en las normas presupuestarias de la Ciudad Autónoma de Melilla

-       Y finalmente, y de forma previa al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas o bases reguladoras de la concesión.

CAPÍTULO 2.

CONTENIDO DEL PLAN

ARTÍCULO 7.

De acuerdo con lo previsto en el art. 12 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la concesión de las subvenciones y ayudas previstas en este Plan para el ejercicio 2023 contiene, en cada uno de sus Anexos:

·         los objetivos que se pretenden alcanzar (Anexo I)

·         la modalidad de concesión aplicable  (Anexo II)

·         los destinatarios a los que van dirigidas (Anexo II)

·         el importe económico (Anexo II)

·         la aplicación presupuestaria. (Anexo II)

ARTÍCULO 8.

Este Plan se estructura en dos Anexos, de conformidad con la actividad subvencional prevista presupuestariamente para el ejercicio 2023.

·         En el Anexo I Objetivos Estratégicos a desarrollar.

·         Anexo II se lista y desglosa la actividad subvencional ordenada por la Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal

ARTÍCULO 9.

Cada uno de los Anexos ordena las subvenciones previstas presupuestariamente bajo los siguientes criterios:

-       Ente concedente La Consejería, de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal como gestor de la subvención

-       Objeto. Bajo este criterio se especifica la finalidad para la que se destina la subvención, la cual será posteriormente objeto de evaluación.

-       Modalidad de gestión. Criterio que distingue la previsión en cuanto al procedimiento a aplicar para su concesión, de conformidad con los principios generales y requisitos establecidos a tal fin del Capítulo Cuarto y Quinto del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (concurrencia competitiva, subvención directa, convenio de colaboración)

-       Importe. Referido a la consignación prevista para cada subvención.

CAPÍTULO 3.-

BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE LAS SUBVENCIONES

ARTÍCULO 10.

La Consejería de Políticas Sociales, Salud Pública y Bienestar Animal concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a la competencia local.

ARTÍCULO 11.

La Ciudad Autónoma de Melilla establecerá anualmente subvenciones en las diferentes áreas entre las que se encuentran:

-       Las de Políticas Sociales en sus diferentes Líneas de Subvención municipal (Servicios Sociales comunitarios, Generales y especializados

-       Las de Salud Pública

-       Las de Bienestar Animal

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CAPÍTULO 4.-

EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS. ANÁLISIS DE RESULTADOS

ARTÍCULO 12.

Para un mejor análisis de la eficacia de cada subvención, las Dirección Generales de cada una de estas áreas solicitarán de los beneficiarios informe motivado sobre el número de acciones desarrolladas, número de ciudadanos a los que alcanza la subvención y justificación de los objetivos alcanzados.

ARTÍCULO 13.

En concreto se deberá detallar para la evaluación lo siguiente:

-       Objeto

-       Cumplimiento de indicadores de las actuaciones subvencionas

-       Entidad beneficiaria y, en su caso, colaboradora

-       Importe subvencionado

-       Acciones concretas desarrolladas en el importe de la subvención

-       Número de ciudadanos a los que ha alcanzado la acción subvencionada

-       Valoración de la Entidad concedente en cuanto a adecuación a los objetivos perseguidos al tiempo de su otorgamiento y la procedencia del mantenimiento o supresión del programa del que trae causa.013

CAPÍTULO 5.

CONTROL FINANCIERO DE LOS PROGRAMAS SUBVENCIONADOS

ARTÍCULO 14.

El control financiero de los programas subvencionados está encomendado a la Intervención General Municipal, que al respecto analizará las fechas reales de pago de los importes subvencionados con relación a las fechas previstas en cada expediente, así como los medios de pago utilizados y la correcta justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención de la subvención.

La Intervención General podrá elaborar los modelos de justificación de subvenciones que faciliten la fiscalización de las mismas

ANEXO I OBJETIVOS ESTRATÉGICOS

A.- EN EL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES

OBJETIVO 1: Fomentar y favorecer el acceso al empleo de las personas en situación o en riesgo de exclusión social, la inserción laboral de las personas desempleadas con mayores dificultades de acceso al mercado laboral y favorecer la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres

Con este objetivo se pretende mejorar la situación económica de las familias y facilitar el acceso al trabajo de las personas en situación de riesgo y exclusión social, con medidas de discriminación positiva, orientación laboral y formación ocupacional.

Pero además será imprescindible favorecer la generación de actividad empresarial, y el apoyo al empleo por cuenta propia.

Medidas prioritarias:

1.1.- Facilitar el acceso al mercado de trabajo y a la actividad empresarial de la población en riesgo de exclusión social y de los colectivos vulnerables

1.2.- Mejorar la cualificación profesional de la población activa y adecuarlas al tejido productivo melillense

1.3.- Ampliar y diversificar los canales de información dirigida a los potenciales demandantes de los programas de empleo formación

OBJETIVO GENERAL 2.- Garantizar los recursos económicos mínimos. Garantizar el acceso a todos los recursos sociales. Mejorar las condiciones de vida de la población en riesgo de exclusión.

La intervención correspondiente a este objetivo general reside principalmente en el área de Servicios Sociales. Esta se encuentra orientada a optimizar el Sistema público de Servicios Sociales manteniendo y mejorando su equipamiento e infraestructuras y reforzando sus servicios y prestaciones, creando una red integral de recursos capaz de hacer frente a las nuevas necesidades emergentes, y las diferentes situaciones de exclusión social en la ciudad.

Medidas prioritarias:

2.1.- Optimizar la gestión de la red de Servicios Sociales

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2.2.- Garantizar unos recursos económicos mínimos mediante medidas asistenciales que reduzcan el riesgo de pobreza y de exclusión social en hogares y personas

2.3.- Optimización de la gestión de las prestaciones y mejora de los protocolos de actuación

2.4.- Mejorar el acceso a la salud de la población en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla, así como de los demás colectivos vulnerables

2.5.- Rehabilitación y mejora de los espacios urbanos de los barrios y zonas con especiales necesidades de transformación social

2.6.- Procurar viviendas a la población en riesgo de exclusión o perteneciente a colectivos vulnerables

2.7.- Mejorar la calidad de vida de la tercera edad y otros colectivos vulnerables mediante la mejora de las condiciones de la acogida residencial y programas complementarias a ésta

2.8.- Fomentar la resiliencia de las personas pobres y las que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y reducir su exposición y vulnerabilidad a los fenómenos extremos relacionados con el clima y otras perturbaciones y desastres económicos, sociales y ambientales.

OBJETIVO GENERAL 3: Alcanzar una educación con equidad. Erradicar el analfabetismo y el absentismo escolar, favoreciendo la escolarización y la integración escolar

Aunque la educación no es una competencia directa de la Ciudad Autónoma de Melilla, resulta necesario actuar sobre el problema del fracaso escolar y el abandono educativo temprano de forma concertada con el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, para reducir las elevadas tasas presentes en la ciudad.

Los niveles educativos de una población poseen una relación causal directa con los niveles de ocupación laboral que presenta esa sociedad. A mayores niveles educativos mayores posibilidades de alcanzar un empleo, de que este sea más estable y de que exista la posibilidad de una movilidad social y física de los trabajadores.

En relación con esto último, también resulta necesario elevar el nivel educativo de la población adulta, combatiendo el analfabetismo y fomentando el aprendizaje constante a lo largo de la vida.

Medidas prioritarias:

3.1.- Prevenir y actuar contra el abandono educativo temprano y el fracaso escolar

3.2.- Elevar el nivel formativo de la población adulta y el desarrollo del aprendizaje a lo largo de la vida

3.3.- Promover la dotación de nuevas infraestructuras y equipamientos socioeducativos

OBJETIVO GENERAL 4.- Apoyar la integración social de los inmigrantes

Los problemas de desarraigo, las prácticas discriminatorias, la exclusión del mercado de trabajo o las barreras culturales y lingüísticas, son factores de vulnerabilidad social frecuentes en este colectivo. Además una parte de los inmigrantes que acude a Melilla se encuentra en situación de irregularidad, lo que en muchas ocasiones incide negativamente en su inclusión social y en su integración. El rápido, reciente y elevado crecimiento de la población inmigrante en la ciudad de Melilla hace necesario la implementación de actuaciones y medidas que sirvan para prevenir un aumento de la población en exclusión social.

Medidas prioritarias:

4.1.- Promover los elementos socializadores que faciliten la integración social de los inmigrantes

4.2.- Realizar actuaciones de prevención y atención a los inmigrantes en situación de necesidad

4.3.- Apoyo a mujeres en situación de especial vulnerabilidad como consecuencia de su situación socio familiar o su estado físico/psíquico

OBJETIVO GENERAL 5: Garantizar la atención a las personas en situación de dependencia. Desarrollar una atención preferente e integral a colectivos desfavorecidos y/o en situación de mayor riesgo

La atención a las personas en situación de dependencia constituye uno de los ejes de los planes nacionales de inclusión social. Los colectivos especialmente vulnerables como los discapacitados y los ancianos se encuentran más expuestos que el resto de la población a deslizarse hacia la exclusión social. Además de estos colectivos, según el estudio de pobreza en Melilla de 2009 existe otro que ha registrado en los últimos años una mayor presencia entre la población en riesgo de exclusión, el de las mujeres solas con hijos a cargo, de tal modo que podemos afirmar que existe una feminización de la pobreza.

Medidas prioritarias:

5.1.- Favorecer el acceso de los discapacitados a la formación y el empleo, facilitando su desarrollo social en el espacio público

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5.2.- Garantizar la asistencia integral a las personas mayores y a aquellas que se encuentran en situación de dependencia, procurándoles un desarrollo normal en su entorno.

5.3.- Procurar una asistencia especifica a las mujeres que padecen grave riesgo de exclusión social y promover la igualdad entre hombres y mujeres

5.4.- Proporcionar atención integral a las personas drogodependientes promoviendo su inserción social y laboral

5.5.- Favorecer la atención residencial a aquellas personas en situación de dependencias y o trastorno mental, demencia, alzheimer etc...

5.6.- Garantizar una asistencia integral de los menores que se encuentren en situación de exclusión social o en riesgo de padecerla

5.7.- Favorecer la integración social y laboral de las personas con discapacidad física o psíquica.

OBJETIVO GENERAL 6.- Apoyo y Fomento del Tercer Sector

El objetivo general es apoyar iniciativas, actuaciones y programas que complementen o suplan a intervención dos servicios sociales municipales dentro de su marco de competencias e que vayan dirigidos a la comunidad en general e en concreto a los sectores de población y a los colectivos más desfavorecidos que se como finalidad apoyar a entidades e asociaciones sin ánimo de lucro, que su objetivo de intervención se centre nos siguientes sectores de población:

-       Personas con discapacidad

-       Inmigrantes.

-       Personas mayores.

-       Otros colectivos con especiales problemáticas sociales.

-       Personas en riesgo de Exclusión Social

Medidas prioritarias:

6.1- Promover, dirigir  conceder directamente subvenciones  de programa de cooperación y o desarrollo. Que pretenden conseguir objetivos relacionados con::

-       Satisfacción das necesidades básicas da población (alimentación, vivienda, educación, servicios sociales) así como a implantación de pequeñas infraestructuras (luz, transporte, agua..).

-       Impulsión e ejecución de acciones de desarrollo sostenible.

-       Desarrollo de acciones de ayuda humanitaria e de emergencia.

-       Ejecución de acciones de sensibilización, información, e educación para el desarrollo

6.2.- Promover proyectos, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social, destinados a programas destinados a incrementar la empleabilidad y la social de personas vulnerables

a.     Programas de desarrollo de itinerarios integrados de inserción laboral individualizados.

b.     Programas destinados a incrementar la inserción social y laboral de las mujeres inmigrantes, víctimas de barreras sociales y culturales, potenciando su capacitación para la participación social y el empleo y mejorando su calidad de vida.

6.3. Desarrollar, en colaboración con el Tercer Sector de Acción Social, programas específicos para la formación y el empleo de las personas gitanas en riesgo de exclusión y, en especial, para las mujeres gitanas y los jóvenes.

6.3 . Poner en marcha programas de inserción sociolaboral dirigidos a personas reclusas en tercer grado de tratamiento y en libertad condicional, que contemplen tanto itinerarios personalizados de inserción como acciones destinadas a la orientación laboral, contando para ello con el apoyo del Tercer Sector de Acción Social.

6.4.  Cooperar con el Tercer Sector de Acción Social para implementar y diseñar programas formativos que estén destinados mayoritariamente a mujeres, personas jóvenes, mayores de 45 años, con baja cualificación o con discapacidad, al objeto de formar profesionales y ofrecer nuevas oportunidades de empleo.

OBJETIVO GENERAL 7.- Apoyo y Fomento del Voluntariado

El Objetivo General de este Área es incrementar la formación de las personas que trabajan con el voluntariado y del propio voluntariado, aumentar la participación ciudadana en el voluntariado e impulsar la modernización, la transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas.

 

 

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Medidas prioritarias:

·         Promoción: Promover la participación ciudadana en el voluntariado, incrementando el número de personas voluntarias así como su compromiso estable en el tiempo.

·         Formación: Prestar apoyo técnico y económico a las iniciativas de formación que se adopten desde y para el Tercer Sector, a las personas voluntarias que en él colaboran y al resto de agentes que tiene relación o trabaja con el voluntariado.

·         Gestión: Apoyar la modernización del Tercer Sector de Acción Social, impulsar la transparencia y la sostenibilidad de las Entidades No Lucrativas y contribuir a la dotación de medios para el desempeño de sus funciones.

B.- EN EL ÁREA DE SALUD PÚBLICA

OBJETIVO GENERAL 1

Coordinación y desarrollo del Plan sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla: Con este objetivo se pretende desarrollar los programas y actuaciones dirigidos al estudio de la situación, a la prevención y asistencia a las drogodependencias y otras adicciones, recogidos en el Plan Nacional sobre Drogas y Adicciones de la Ciudad Autónoma de Melilla .

Medidas prioritarias

·         Fomentar la coordinación y participación de todos los agentes públicos y privados implicados en la lucha contra las adicciones.

·         Fomentar la sensibilización social y comunitaria del riesgo asociado al consumo de drogas y otras conductas adictivas.

·         Desarrollar actividades de prevención en drogodependencias y otras conductas adictivas en el ámbito escolar, laboral, familiar y comunitario que incluyan actividades para fomentar y ofrecer un ocio y tiempo libre saludable.

·         Desarrollar la atención integral a las personas con problemas dedrogodependencias y otros trastornos adictivos incluyendo la atención al entorno familiar y social.

·         Impulsar la reinserción laboral, social y familiar de las personas con problemas de adicción.

·         Mejorar el conocimiento de la realidad de las adicciones y de los factores asociados a éstas en la población de Melilla.

·         Evaluar las acciones realizadas.

·         Garantizar la formación de los profesionales y agentes que trabajan en la prevención y/o asistencia a las adicciones.

Sector al que se dirige la ayuda:

Entidades representativas y Organizaciones sin ánimo de lucro de la Ciudad Autónoma que promueven la atención, cuidado y recuperación de personas con adicciones

Plazo necesario para su consecución:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

Beneficiarios e Importe:

Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo II

OBJETIVO GENERAL 2

Desarrollo de las actuaciones de promoción y protección de la salud de la población: Con este objetivo se pretende dar cobertura a los problemas de salud de la colectividad, desarrollar acciones de prevención y promoción de la salud, y otras, que sin ser estrictamente sanitarias, tienen efectos sobre la salud de la población. Entre las medidas prioritarias de este ámbito se incluyen:

·         Educación sanitaria de la población, atendiendo especialmente a colectivos más desfavorecidos o discriminados, para capacitarles en la toma de las mejores decisiones para mejorar su salud y bienestar.

·         Modificación de ciertas condiciones sociales, laborales y ambientales que favorezcan un impacto positivo en la salud individual y colectiva.

·         Desarrollo de programas de prevención de enfermedades y de promoción de hábitos de vida saludables dirigidos a todas las etapas de la vida, en especial a la infancia y vejez y de acuerdo con las prioridades establecidas previamente, atendiendo especialmente a las enfermedades emergentes, reemergentes y de especial relevancia.

·         Desarrollo de acciones de prevención secundaria como son los programas de detección precoz de la enfermedad.

 

 

BOME-PX-2023-74 Descargar página

Sector al que se dirige la ayuda:

Entidades representativas y Sociedades de la Ciudad Autónoma de Melilla que recogen en sus estatutos de fundación la protección y atención a personas con enfermedad o promueven la defensa del colectivo y de las personas con discapacidad

Objetivos y efectos que se pretenden obtener:

Dotar a las entidades representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a personas con problemas de salud y prevención de las mismas.

Plazo necesario para su consecución:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

Beneficiarios e Importe:

Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo II

OBJETIVO GENERAL 3-

Fomento y desarrollo de actuaciones relacionadas con la Salud Animal, control y prevención de zoonosis.

Protección y cuidado del bienestar animal y fomento de la adopción de animales abandonado y promoción de la lucha contra el abandono de animales domésticos

Medidas prioritarias:

·         Desarrollo de actividades en sanidad animal, específicamente aquellas que contribuyen a prevenir zoonosis, con especial incidencia las relacionadas con la Lucha Antirrábica.

·         Control y supervisión del Centro de Recogida de Animales.

·         Tramitación de expedientes relativo al traslado de animales.

·         Implantación , establecimiento y gestión de Colonias felinas

Línea de subvención :

Objetivo estratégico: Actuaciones relacionadas con la Salud Animal, control y prevención de zoonosis.

Fomento y promoción de actuaciones tendentes a la adopción de animales de animales abandonados y del sacrificio cero.

Establecimiento y control de colonias felinas

Sensibilización para combatir el maltrato animal y el abandono de animales domésticos

Área de Competencia:

Consejería de Políticas Sociales Salud Pública y Bienestar Animal.

Dirección General de Salud Pública y Consumo

Sector al que se dirige la ayuda:

Entidades que promuevan la protección de animales,  Centros de acogidas y refugio de animales, y Colegios profesionales .

Objetivos y efectos que se pretenden obtener:

Dotar a las entidades representativas de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades, fortaleciendo, previniendo y asistiendo a aquellos para traslados, esterilización, controles y desarrollo de actividades en el bienestar animal y en el fomento de la sanidad animal, específicamente aquellas que contribuyan a prevenir zoonosis, la lucha antirrábica y a la difusión de otras enfermedades trasmisibles

Plazo necesario para su consecución:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

Beneficiarios e Importe:

Los beneficiarios e importe se recogen en el Anexo II

D.- ASPECTOS COMUNES A LAS LINEAS EXPUESTAS

·         Fechas de concesión previstas: Desde Enero a Junio.

·         Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos o publicación de las convocatorias en el caso de concurrencia competitiva

BOME-PX-2023-75 Descargar página

·         Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la CAM. Bases de Ejecución del Presupuesto de la Ciudad de  Melilla. Formalización y de los correspondientes Convenios de Colaboración.

·         Seguimiento: Justificación a través de facturas de todos los gastos de personal, generales, de reparación y mantenimiento ordinario. Justificación técnica de un informe pormenorizado de las actividades realizadas, detallando el grado de cumplimiento de los compromisos asumidos y el impacto social de los mismos. Traslado a Intervención General para su fiscalización.

·         Evaluación: Aplicación de Indicadores de proceso y de resultado.

-          Número de actividades llevadas a cabo.

-          Grado de cumplimiento de objetivos.

-          Número de personas o pacientes afectados.

-          Plazo de tramitación y pago.

 

ANEXO II

 

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA - ORGÁNICO PROGRAMA ECONÓMICO CL. ESPECÍFICA DENOMINACIÓN

IMPORTE

DIRECCIÓN GENERAL

PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

1

05 23101 48900 CONVENIO CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA

1.688.029,95 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

2

05 23105 48000 CONVENIO SAN VICENTE DE PAUL/ VIRGEN DE LA LUZ

1.050.689,46 €

SERVICIOS SOCIALES / SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

3

05 23106 47900 CONVENIO FUNDACION TUTELAR

29.985,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

4

05 23107 48000 CONVENIO RELIGIOSAS MARIA INMACULADA

338.483,52 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

5

05 23108 48000 CONVENIO CARITAS DIOCESANA/INTERPARROQUIAL MELILLA

305.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

6

05 23109 48000 CONVENIO ASOME

92.209,33 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

7

05 23110 48000 CONVENIO VOLUNTARIADO CRISTIANO DE PRISIONES

25.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

8

05 23111 48000 CONVENIO ASOCIACION FAMILIARES ENFERMOS ALZHEIMER

69.244,56 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

9

05 23112 48000 CONVENIO ASPANIES PLENA INCLUSIÓN MELILLA

303.019,64 €

SERVICIOS SOCIALES/ SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

10

05 31102 48000 CONVENIO A.E.C.C.

117.000,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

11

05 31103 48000 CONVENIO ASOCIACION PROTECTORA DE ANIMALES Y PLANTAS

100.000,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

12

05 31104 48000 CONVENIO COLEGIO OFICIAL VETERINARIOS DE MELILLA

160.600,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

13

05 31101 48000 CONVENIO CRUZ ROJA ESPAÑOLA

206.175,58 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

14

05 23113 48000 CONVENIO ASOCIACION AUTISMO DE MELILLA

104.112,00 €

SERVICIOS SOCIALES/ SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

15

05 23114 48000 CONVENIO ILUSTRE COLEGIO OFICIAL DE PSICÓLOGOS DE MELILLA

10.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

16

05 23115 48000 CONVENIO CLINICA EL SERANIL

35.770,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

17

05 23116 48000 CONVENIO HERMANAS HOSPITALARIAS SAGRADO

270.418,54 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

18

05 23117 48000 CONVENIO HOSPITAL SAN FRANCISCO DE ASIS

735.840,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

19

05 23118 48000 CONVENIO COA

297.755,52 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

20

05 23119 48000 CONVENIO FEAFES MELILLA

103.511,61 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

21

05 23120 48000 CONVENIO TEAMA

66.300,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

BOME-PX-2023-76 Descargar página

22

05 23121 48000 CENTRO ASISTENCIAL SAN JUAN DE DIOS DE MÁLAGA

219.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

23

05 23122 48000 CONVENIO ASOCIACIÓN TUTELAR Y ACCIÓN SOCIAL DE MELILLA (CAPACES)

85.776,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

24

05 23123 48000 CONVENIO BANCO DE ALIMENTOS DE MELILLA

107.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

25

05 23124 48000 CONVENIO AMLEGA

29.979,60 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

26

05 31105 48000 CONVENIO ADOMEL

40.000,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

NOMINATIVA

27

05 23125 48000 CONVENIO MENSAJEROS POR LA PAZ

40.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

NOMINATIVA

28

05 23104 48000 PREVENCION E INSERCION SOCIAL

1.500.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA NO COMPETITIVA

29

05 23100 48000 SUBV. CENTROS POLÍTICAS SOCIALES

100.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

30

05 23100 47900 CONVOCATORIA MANTENIMIENTO PROGRAMA TAXIS ADAPTADOS

10.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITIVA

31

05 23102 48000 SUBV. ORGANISMOS SIN ANIMO LUCRO

224.302,35 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITIVA

32

05 23103 48000 SUBV. A PROGRAMAS DE INTERÉS GRAL. CON CARGO A LA ASIGN. TRIBUT. DEL 0,7% DEL IRPF - AFECTADA

2.093.867,19 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITIVA

33

05 31106 48000 CONVOCATORIA SUBVENCIONES SALUD PÚBLICA, CONSUMO Y BIENESTAR ANIMAL

60.000,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

34

05 31107 48000 SUBVENCIÓN CENTROS SALUD PÚBLICA Y BIENESTAR ANIMAL

40.000,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

35

05 31100 48000 BECAS TALLERES ASISTENCIA Y PREVENCIÓN DE ADICCIONES

50.000,00 €

SALUD PÚBLICA Y CONSUMO

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

36

05 23300 78000 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL CENTROS POLÍTICAS SOCIALES

20.000,00 €

SERVICIOS SOCIALES

CONCURRENCIA COMPETITIVA / NO COMPETITIVA / DIRECTA

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236 de 2 de octubre) y 93 del Reglamento de Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. Núm. 2 de 30 de Enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente acuerdo, del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación o bien podrá interponerse recurso contencioso  administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que le traslado para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla 17 de febrero de 2023,

El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany