ARTÍCULO Nº 332 (CVE: BOME-AX-2023-332) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 53 - viernes, 28 de julio de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA - ASAMBLEA DE MELILLA
Decreto nº 930, de fecha 28 de julio de 2023, relativo al nombramiento del Personal Eventual de Confianza.
El Excmo. Sr. Presidente, por Decreto de fecha 28 de julio de 2023,
registrado al número 2023000930 del Libro Oficial de Resoluciones no
Colegiadas, ha dispuesto lo siguiente:
“Mediante Real Decreto 605/2023 de 7 de julio (BOE nº 162 y BOME
extraordinario nº 43 de 8 de julio de 2023) se ha nombrado Presidente de la
Ciudad de Melilla a don Juan José Imbroda Ortiz quien fue elegido por mayoría
absoluta por la Asamblea melillense en sesión constitutiva celebrada el día 7
de julio de 2023 tomando posesión de su cargo el 8 de julio de 2023.
Los artículos 14.1 y 15 de la Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que
aprueba el Estatuto de Autonomía de
Melilla, disponen que el Presidente de la Ciudad preside la Asamblea, el
Consejo de Gobierno cuya actividad dirige y coordina, ostentando la suprema
representación de la Ciudad y, también, la condición de Alcalde.
El art. 9 f) del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 2 de 30 de enero de 2017) establece
que corresponde al Presidente de la Ciudad ejercer “Las atribuciones que le correspondan como Alcalde,
al amparo de lo dispuesto en el artículo 15 del Estatuto de Autonomía de
Melilla, que se ajustarán a las que ejerza como Presidente de la Ciudad
Autónoma teniendo en cuenta las especialidades derivadas de la organización
propia de la Ciudad que se establecen en el Estatuto y en sus normas de
desarrollo”.
El personal eventual se rige por lo dispuesto en el
artículo 12 del Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de Octubre, por la que
se aprueba el Texto Refundido Estatuto Básico del Empleado Público, definiéndolo como aquel
personal que en virtud de nombramiento y con carácter no permanente, sólo
realiza funciones expresamente calificadas como de confianza o asesoramiento
especial, siendo retribuido con cargo a los créditos presupuestarios
consignados para este fin y siéndole aplicable, en lo que sea adecuado a la
naturaleza de su condición, el régimen general de los funcionarios de carrera.
Además se señala que su nombramiento y cese serán libres, y que éste último
tendrá lugar, en todo caso, cuando se produzca el de la autoridad a la que se
preste la función de confianza o asesoramiento.
Igualmente el artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
aplicable en virtud de la remisión realizada por el art. 31 de la Ley Orgánica
2/1995 de 13 de marzo de Estatuto de Autonomía de Melilla, determina que el
nombramiento y cese de estos empleados es libre y corresponde al Alcalde o al
Presidente de la entidad local correspondiente.
Actualmente existe crédito suficiente en la partida presupuestaria 00/91201/110000
(Personal Eventual Órganos Gobierno) con número RC 12023000019430 de fecha
26/01/2023.
Por todo ello y en uso de las atribuciones conferidas por el
ordenamiento jurídico, y en particular por los artículos 14.1 y 15 de la Ley
Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, que aprueba el
Estatuto de Autonomía de Melilla, el artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y el art. 9 f) del
Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla,
previo informe de fiscalización de la Intervención,
VENGO EN DISPONER lo siguiente:
Primero: El nombramiento, como personal eventual de confianza de
APELLIDOS Y
NOMBRE |
G R |
CATEGORIA |
OLALLA MERCEDES MÁRQUEZ MOHAMED |
C2 |
SECRETARÍA DE CONSEJERÍA |
Segundo: Proceder a la publicación del presente Decreto en el Boletín
Oficial de Melilla y difundir su contenido de conformidad con el principio de
transparencia, mediante su publicación actualizada y permanente en el Portal de
Transparencia de la Ciudad, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 5
y siguientes de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a
la Información y Buen Gobierno y el Reglamento de Transparencia y Acceso a la
Información Pública de la Ciudad Autónoma de Melilla, manteniendo
permanentemente actualizada la información relativa al número, características
y retribuciones de los puestos de trabajo del personal eventual de la Ciudad.
De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de
enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente decreto, que agota la
vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer en el
plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá
interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción
contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la
publicación o notificación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree
conveniente bajo su responsabilidad
Lo que le traslado para su publicación y general conocimiento.
Melilla 28 de julio de
2023,
El Secretario P.A.,
Antonio Jesús García
Alemany