ARTÍCULO Nº 355 (CVE: BOME-AX-2023-355) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 67 - viernes, 15 de septiembre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO
Acuerdo de Consejo de Gobierno, de fecha 14 de septiembre de 2023, relativo a la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones 2023-2025.
ANUNCIO
El Consejo de Gobierno en sesión resolutiva
ordinaria celebrada el día 14 de septiembre de 2023, registrado al número 627
de Acuerdos del Consejo de Gobierno, adoptó el siguiente acuerdo:
“El “Plan de Medidas de apoyo económico destinado a las empresas y
familias melillenses en relación al impacto producido por el COVID-19” aprobado
por el Pleno de la Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión de fecha 21 de mayo de
2020, al amparo de lo señalado en el artículo 12.1 letra f) del Estatuto de
Autonomía (BOME Extraordinario Nº 19 de 22 de mayo de 2020), aprobó un sistema
de ayudas centrado en el sostenimiento de los gastos afectos a la actividad
empresarial, esto es, gastos de alquileres de los locales de negocio, gastos
salariales, de funcionamiento, subsidiación de intereses, costes de avales
exigibles IPSI importación, autónomos e incluso una ayuda específica para
bienes perecederos para la hostelería y la restauración.
En desarrollo de este Plan,
el Consejo de Gobierno en sesión celebrada con fecha 6 de julio de 2020, en su
punto décimo noveno, aprobó las bases reguladoras y convocatorias de
subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva del programa de apoyo a
empresas melillenses afectadas por la crisis generada por el Covid-19.
Dichas ayudas se articulaban
en tres fases. Las dos primeras (Línea 1ª, “Plan Soporte” o apoyo al
mantenimiento de la actividad y el empleo durante el período de inactividad y
la Línea 2ª, “Plan Sostiene”, o medidas de apoyo a la recuperación económica una
vez levantado el estado de alarma y reanudada la actividad, con el objetivo de
otorgar liquidez a las pequeñas empresas). La Fase 3ª o “Plan Reinicia” aparece
destinada a la recuperación de las cifras de empleo anteriores al inicio de la
crisis sanitaria.
Posteriormente y para dar
cabida a todas las empresas afectadas por la crisis sanitaria y que no pudieron
acogerse a las líneas anteriores, se establecieron otras dos líneas de ayudas
línea 4 dirigida a autónomos y línea 5 dirigida a aquellas empresas y autónomos
que estuvieron afectados por los nuevos cierres y restricciones establecidas
por las autoridades.
Así mismo y siguiendo las
líneas de actuación del Plan de Medidas de apoyo económico se establecieron
otras dos líneas de ayudas, línea 6 y línea 7 las cuales iban dirigidas, la
línea 6 a todas las empresas en general, salvo aquellas que no se vieron perjudicadas
por el cierre toral de la actividad y en la línea 7 iban dirigidas a las
empresas turísticas, especialmente afectadas por los cierres perimetrales y
restricciones, en concreto a guías turístico, agencias de viajes, ocio nocturno
y hoteles o similares.
Como consecuencia de la
continuidad de la crisis económica derivada de la pandemia, las empresas y
autónomos se han visto afectados en sus ventas, debido a las limitaciones
establecidas por las autoridades, como cierres, reducción de aforo, cierre
perimetral…., el empleo ha sido el principal recorte que ha utilizado el
empresario a fin de seguir desarrollando su actividad, siendo el trabajador el
más afectado por dichas restricciones.
Cabe recordar, por otra
parte, que el propio Plan aprobado por la Asamblea de Melilla aludía, como
disposición común a todas las ayudas citadas, al carácter programático del
mismo, añadiendo que “podría adaptarse en sus concretas acciones y cuantías a
la cambiante evolución normativa estatal, a la programación de la desescalada y
reinicio de la actividad, a las previsiones presupuestarias, y a cuantas
circunstancias sobrevenidas le pudiera afectar”.
Es por ello que, que se
implementó una nueva línea adicional destinada a ayudar a aquellas empresas
que, por diversos motivos, y debido a las nuevas olas y las nuevas
restricciones, que aunque son menos agresivas que las anteriores, se han
perdido competitividad debido al aumento de los costes y la reducción de
empleo, haciendo especial incidencia en aquellas empresas y autónomos que,
debido tanto a la crisis económica como al cierre fronterizo, se han visto
claramente afectadas por la caída de la clientela con el consiguiente descenso
de sus ingresos para mantener el empleo.
Se quiere impulsar a aquellas
empresas que todavía mantienen su empleo y, a las que, en esta situación
difícil crean empleo para seguir con su actividad, ya sea con la creación de
nuevas empresas, diversificando su actividad o ampliando su negocio y que son
el motor de la economía local.
Esta línea se elaboró para
premiar el mantenimiento, especialmente, y la creación del empleo, de forma
adicional, en todas las empresas y autónomos que desarrollen una actividad
económica, siempre que mantuviese el alta en el IAE, al menos, hasta su resolución,
justificación y mantenimiento del empleo y únicamente para las actividades
desarrolladas en la ciudad.
Realizada la
convocatoria de 2022 y viendo la necesidad manifiesta de generar y estabilizar
el empleo, que gracias a este tipo de subvenciones se está parando su
destrucción e incluso reduciendo la tasa de paro, es por ello que se hace
necesaria una nueva convocatoria a fin de terminar con el proceso que se viene
realizando obligado por la crisis sanitaria producida por el COVID 19.
El gobierno de la Ciudad cree
necesario que se abra una nueva convocatoria a fin de llegar a todas aquellas
empresas que por falta de presupuesto en la convocatoria anterior o bien por no
cumplir requisitos meramente administrativos no pudieron beneficiarse de las
ayudas anteriores.
Con esta medida se pretende
estabilizar el empleo e impulsar la creación del mismo a fin de que perdure en
el tiempo y por ende genere riqueza en el tejido productivo de Melilla. Entre
las competencias que el Estatuto de Autonomía atribuye a la Ciudad Autónoma de
Melilla, se encuentra el desarrollo económico de la Ciudad, dentro de los
objetivos, planes y programas aprobados por el Estado, que constitucionalmente
está obligado a promover las condiciones favorables para el progreso social y
económico y con el objetivo último de fomentar medidas de apoyo a los
trabajadores/as autónomos/as, a fin de consolidar el tejido empresarial y
aumentar la competitividad de las mismas mejorando su infraestructura, su
sistema de gestión y control, para adaptarse a los nuevos usos o prácticas
empresariales.
Se hace
necesario está modificación del plan estratégico de subvenciones 2023- 2025,
que incluya la nueva línea de subvención.
En cuanto a las competencias
de la ciudad, hay que señalar que el Estatuto de Autonomía de Melilla, en su
artículo 5.2, dispone que “ las instituciones de la Ciudad de Melilla, dentro
del marco de sus competencias, ejercerán sus poderes, entre otros, con los
siguientes objetivos básicos: Adoptar las medidas que promuevan la inversión y
fomenten el progreso económico y social de Melilla, facilitando el empleo y la
mejora de las condiciones de trabajo ( letra c) , así como “la mejora de las
condiciones de vida, elevación del nivel cultural y de trabajo de todos los
melillenses ( letra a)”.
legislación estatal, el
previsto en el artículo 22.1 Comercio interior (2º) e Industria, a efectos de
impulsar el desarrollo económico de la Ciudad.
Incluso es título
competencial el artículo 25 EA, el cual indica que “la Ciudad de Melilla
ejercerá además todas las competencias que la legislación estatal atribuye a
los Ayuntamientos (…)” , contemplando el art 25.1 de la Ley de Bases de Régimen
Local que “ el Municipio, para la gestión de sus intereses y en el ámbito de
sus competencias, puede promover actividades y prestar los servicios públicos
que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad
vecinal en los términos previstos en este artículo”.
Destacar que el “ Plan de
Medidas de apoyo económico destinado a las empresas y familias melillenses en
relación al impacto producido por el COVID-19” aprobado por el Pleno de la
Ciudad Autónoma de Melilla, en sesión de fecha 21 de mayo de 2020, indica que
el “procedimiento será el de concurrencia no competitiva, al amparo de lo
señalado en el artículo 17.3 letra d) de la Ley General de Subvenciones, la
cual habilita a que las bases reguladoras determinen “el procedimiento de
concesión de subvención”, para las actuaciones derivadas de dicho Plan.
Estas ayudas estaban acogidas
al Marco temporal relativo a las ayudas de estado, que permite a las
autoridades españolas (a nivel nacional, regional y local) conceder ayudas
directas para apoyar a las empresas afectadas por el brote de coronavirus
(Acuerdo de la Comisión Europea de 2 de abril de 2020, publicado en el Diario
Oficial de la Unión Europea DOUE» núm.112, de 4 de abril de 2020;
DOUE-Z2020-70028) y modificaciones y/o ampliaciones posteriores. Este régimen
tenía por objeto apoyar a las empresas que se enfrentan a dificultades debido a
la pérdida de ingresos y liquidez derivada del impacto económico del brote de
coronavirus. En particular, ayudaba a las empresas a cubrir necesidades
inmediatas de capital circulante o inversiones.
Es por ello y tras la
eliminación de dicho Marco temporal el 30 de junio de 2022 se establece como
procedimiento de la presente convocatoria la concurrencia competitiva, al
amparo de lo señalado en el artículo 22.1 de la Ley General de Subvenciones.
Ya se elaboró unas bases
reguladoras acogiéndose al marco temporal por lo que la aprobación de las
presentes bases conlleva la derogación de las anteriores, que se aprobaron de
forma inicial mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 21 de abril de
2022 publicada el BOME Extraordinario nº 19 de 22 de abril de 2022, pasado el
plazo de exposición pública sin que se presentaran alegaciones a las mismas
pasaron a ser definitivas.
No obstante, la crisis
ocasionada por la pandemia ha generado un perjuicio manifiesto en las empresas
de la Ciudad, unido al cierre fronterizo lo que ha provocado que las empresas
se encuentren en una situación de debilidad competitiva y necesitan de forma
urgente este tipo de ayudas, por tanto, debido a las razones de interés público
que lo aconsejan se aplica al procedimiento la tramitación de urgencia,
conforme a lo señalado en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
por el cual se reducirá los plazos establecidos en el procedimiento ordinario,
salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos
Señalar que los nuevos
cambios producidos por las elecciones a la Ciudad Autónoma de Melilla han
provocado una modificación de las estructuras del gobierno de la Ciudad, esta
nueva organización se aprobó en sesión resolutiva ordinaria del Consejo de Gobierno
de fecha 28 de julio de 2023 (BOME Extraordinario núm. 54 de 31 de julio de
2023), mediante el acuerdo del Consejo de Gobierno, relativo al Decreto de
Distribución de Competencias entre las Consejerías de la Ciudad.
En esta nueva estructura del
gobierno de la Ciudad atribuye las competencias de la extinta Consejería de
Economía, Empleo y Comercio a la nueva Consejería de Economía, Comercio,
Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento.
General de Subvenciones (RGS)
y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP),
artículo 16.1. 27º del Reglamento de Gobierno y de la Administración de la Ciudad,
y el artículo 3.1 del “Reglamento por el que se regula el Régimen General de
Subvenciones concedidas por la Ciudad Autónoma de Melilla y gestionadas por su
Sociedad Instrumental Proyecto Melilla S.A.U “(BOME núm. 4399 de 15 de mayo de
2007) y, de forma supletoria, el artículo 5 del Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad
(BOME núm. 4224 de 5 de
septiembre de 2005),
Por todo lo anterior y de
conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al
Consejo de Gobierno lo siguiente.
Modificación del Plan
Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio
2023-2025, con objeto de tramitar la convocatoria de Ayudas en régimen de
concurrencia competitiva de subvenciones al mantenimiento y a la creación de
nuevo empleo en empresas melillenses durante la crisis económica derivada del
COVID 19 (LINEA 8), procediendo a la incorporación de una nueva línea de
subvención de la Consejería de Hacienda, Empleo y Comercio, actual Consejería
de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, que fue
aprobada por el Consejo de Gobierno en sesión ejecutiva ordinaria celebrada el
día 10 de marzo de 2023 y publicada en BOME N.º 6055 de 28 de marzo de 2023,
con el siguiente contenido:
XI.- AYUDAS EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA
DE SUBVENCIONES AL MANTENIMIENTO Y A LA CREACIÓN DE NUEVO EMPLEO EN EMPRESAS
MELILLENSES DURANTE LA CRISIS ECONÓMICA DERIVADA DEL COVID 19 (LINEA 8)
-
OBJETIVO ESTRATÉGICO: El objeto de las ayudas reguladas en las presentes
bases es colaborar en la recuperación económica de las empresas de la C.A. de
Melilla con el consiguiente mantenimiento del empleo por cuenta ajena y el
autoempleo, así como, la creación de nuevo empleo en aquellas empresas que han
sufrido y que siguen sufriendo la crisis económica derivada de la COVID-19
debido a las restricciones impuestas por las autoridades sanitarias.
-
OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Esta línea de ayudas va dirigida a los autónomos y
PYMEs que tengan su domicilio fiscal y social en la Ciudad Autónoma de Melilla,
que desarrollen una actividad económica, que se hayan dado de alta en el IAE
durante el periodo subvencionable. Estas ayudas estarán en todo caso sujetas al
compromiso de mantenimiento de actividad de las empresas y mantenimiento del
empleo, con el fin de garantizar que llevan efectivamente a una mayor capacidad
de producción y empleo en el contexto de la recuperación económica.
-
ÁREA DE COMPETENCIA: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento.
-
CENTRO GESTOR: PROYECTO MELILLA S.A.U.
-
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas las PYMEs
(entidades sujetas al del Impuesto sobre Sociedades), los trabajadores por
cuenta propia (autónomos/as), Comunidades de Bienes, Sociedades Civiles,
Entidades en Régimen de Atribución de Rentas y Sociedades Cooperativas que
tengan su domicilio fiscal y social en la Ciudad Autónoma de Melilla, que
desarrollen una actividad económica, que se hayan dado de alta en el IAE
durante el periodo subvencionable.
(entidades sujetas al del Impuesto sobre
Sociedades), los trabajadores por cuenta propia (autónomos/as), Comunidades de
Bienes, Sociedades Civiles, Entidades en Régimen de Atribución de Rentas y
Sociedades Cooperativas que tengan su domicilio fiscal y social en la Ciudad
Autónoma de Melilla, que desarrollen una actividad económica, que siguen
sufriendo la crisis económica derivada de la COVID19, con el objetivo de evitar
la destrucción de puestos de trabajo.
-
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN: En un primer plazo, las ayudas deberán resolverse
antes del 31 de diciembre de 2023.
-
COSTES PREVISIBLES EJERCICIO 2023: 8.000.000,00 euros.
-
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: Se podrán financiar con la aplicación
presupuestaria PROMESA FONDO APOYO EMPRESARIAL LINEA 8 COMPLEMENTARIA 2023”
08/43300/44902, así como con cualquier otra aplicación presupuestaria que
pudiese aprobarse y tenga como finalidad el establecimiento de un régimen de
subvenciones para el fomento del empleo.
-
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: En la parte que se utilice la aplicación
presupuestaria 08/43300/44902” se podrá financiar
por el Programa Operativo Fondo Social Europeo 2014-2020, mediante
reprogramación derivada de Ayuda a la recuperación para la Cohesión y los
Territorios de Europa (REACT-EU). Asimismo podrá ser susceptible de
financiación por los recursos financieros de otros entes que tengan por
finalidad el fomento del empleo.
-
PLAN DE ACCIÓN: se prevé los siguientes:
a.- Subvención de ayudas en régimen de Concurrencia
competitiva a los beneficiarios.
b.-
Forma de concesión: En concurrencia competitiva.
c.- Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras en régimen
de concurrencia competitiva de subvenciones al mantenimiento y a la creación de
nuevo empleo en empresas melillenses durante la crisis económica derivada del
COVID 19, aprobadas por el Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla
en sesión ejecutiva de fecha 30 de junio de 2022, así como en lo no establecido
en el mismo, en la Orden de Convocatoria.
-
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN: Evaluación mediante comprobación por la oficina
de gestión de ayudas de la sociedad pública instrumental Proyecto Melilla SAU.
No obstante, todas las actuaciones o cometidos que exterioricen una actividad
de la Administración que tenga una directa trascendencia para la situación
jurídica de otros sujetos de derecho, incluida la instrucción de los
procedimientos de concesión de subvenciones y las propuestas de resolución
resultantes, corresponderán a un funcionario de la Consejería de Hacienda,
Empleo y Comercio a determinar en la convocatoria, asistido y auxiliado por la
entidad instrumental Proyecto Melilla SAU.
-
SEGUIMIENTO: Informes de la oficina de gestión de ayudas de la sociedad pública
instrumental Proyecto Melilla S.A.U.
EVALUACIÓN: Consejería de Economía, Comercio, Innovación
Tecnológica, Turismo y de Fomento.”
un mes a partir de su
publicación o notificación o bien podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción
contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la
publicación o notificación.
No obstante, podrá utilizar
cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que le traslado para su
publicación y general conocimiento.
Melilla, 15 de
septiembre de 2023,
El Secretario P.A. El
Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,
P.D. nº 323 de 6 de
septiembre de 2019,
BOME 5685, de 10 de
septiembre de 2019
Antonio Jesús García
Alemany