ARTÍCULO Nº 359 (CVE: BOME-AX-2023-359) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 69 - miércoles, 20 de septiembre de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD


Decreto nº 975, de fecha 19 de septiembre de 2023, relativo al nombramiento como Secretario Técnico Accidental de Educación, Deporte y Juventud de D. Joaquín Manuel Ledo Caballero.

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El Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, mediante Decreto de 19/09/2023, registrado al número 2023000975, en el Libro de Oficial de Decretos de la Presidencia ha decretado lo siguiente:

PROPUESTA NOMBRAMIENTO COMO SECRETARIO TÉCNICO ACCTAL. DE EDUCACIÓN, DEPORTE Y JUVENTUD DE D. JOAQUÍN MANUEL LEDO CABALLERO.

PRIMERO: El Consejo de Gobierno, mediante Decreto aprobado en la sesión extraordinaria de 28 de julio de 2023 (BOME extraordinario núm. 54, de 31 de Julio de 2023) estableció la distribución de competencias entre las diferentes Consejerías y la estructura básica de Direcciones Generales que corresponden a cada una de las Consejerías en las que se estructura la Administración de la Ciudad.

SEGUNDO: El Artículo 50.3 del REGA, establece el procedimiento a seguir para el nombramiento de los Secretarios Técnicos, así como los requisitos necesarios para ocupar dichos cargos:

“(...)

3. Los Secretarios Técnicos serán nombrados, mediante el procedimiento señalado en el presente Reglamento para el personal directivo profesional, por el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla entre funcionarios de carrera del Subgrupo A1, Licenciado o Grado en Derecho o equivalente.

Excepcionalmente y para las Consejerías de contenido económico también podrán ser nombrados funcionarios de carrera del Subgrupo A1, Licenciado o Grado en Económicas y Ciencias Empresariales, o en Administración y Dirección de Empresas.

TERCERO: El artículo 52.2 del REGA dispone la sustitución de los Secretarios Técnicos para los casos de: “Que la ausencia se prevea de larga duración, podrán ser suplidos accidentalmente por funcionarios de carrera de la Ciudad Autónoma de los Subgrupos A1 y A2 que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 50.”

CUARTO: Con fecha 6 de septiembre de 2023, se recibe en esta Consejería, Propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Educación, Juventud y Deportes, que literalmente dice:

“INFORME - PROPUESTA PARA EL NOMBRAMIENTO DEL SECRETARIO TÉCNICO ACCIDENTAL DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTE

PRIMERO: el Consejo de Gobierno, mediante Decreto aprobado en la sesión extraordinaria de 28 de julio de 2023 (BOME extraordinario núm. 54, de 31 de Julio de 2023) estableció la distribución de competencias entre las diferentes Consejerías y la estructura básica de Direcciones Generales que corresponden a cada una de las Consejerías en las que se estructura la Administración de la Ciudad.

SEGUNDO: con fecha 28 de agosto de 2023, se publica en el BOME EXTRA Núm. 61, el Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 25 de agosto de 2023, relativo a la modificación de las plantillas de personal de la Ciudad Autónoma de Melilla para el año 2023 (Personal Alta Dirección), en el que consta el puesto de Secretario/a Técnico/a de Educación, Juventud y Deporte.

TERCERO: el Artículo 50.3 del REGA, establece el procedimiento a seguir para el nombramiento de los Secretarios Técnicos, así como los requisitos necesarios para ocupar dichos cargos:

“(...)

3. Los Secretarios Técnicos serán nombrados, mediante el procedimiento señalado en el presente Reglamento para el personal directivo profesional, por el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla entre funcionarios de carrera del Subgrupo A1, Licenciado o Grado en Derecho o equivalente.

CUARTO: el artículo 52.2 del REGA dispone la sustitución de los Secretarios Técnicos para los casos de: “Que la ausencia se prevea de larga duración, podrán ser suplidos accidentalmente por funcionarios de carrera de la Ciudad Autónoma de los Subgrupos A1 y A2 que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 50.”

QUINTO: el puesto de Alta Dirección de Secretario Técnico de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se encuentra vacante, y considerando la necesidad de cobertura inmediata del mismo, de cara a poder gestionar las competencias que son propias de dicha Secretaría Técnica, urgencia incompatible con la tramitación del procedimiento con “publicidad y concurrencia” establecido en el artículo 60 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y de conformidad con el artículo 52 del Reglamento del Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como art.13.1 de la Ley 40/2015 en el que se regula la suplencia de los órganos administrativos.

SEXTO: El funcionario de carrera de la Ciudad Autónoma de Melilla, perteneciente al Grupo A1, de la Escala de la Administración General, Subescala Técnica, D. Joaquín Manuel Ledo Caballero, reúne los requisitos exigidos de conformidad con lo dispuesto por el Art. 50.3 del REGA, disponiendo, a su vez, de una dilatada trayectoria en el desempeño de las responsabilidades inherente al puesto de Secretario Técnico de Consejería, por lo que su perfil profesional resulta idóneo para el mismo.

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De acuerdo con lo anterior, y en virtud de las competencias que tengo atribuidas,

VENGO EN PROPONER:

El nombramiento de D. Joaquín Manuel Ledo Caballero, funcionario de carrera de la Ciudad Autónoma de Melilla, perteneciente al Grupo A1, de la Escala de la Administración General, Subescala Técnica, como Secretario Técnico accidental de Educación, Juventud y Deporte, hasta que se cubra dicho cargo por el procedimiento reglamentariamente establecido de provisión del mismo”.

QUINTO: Consta en el Expediente la existencia de crédito en la partida presupuestaria 03/91200/10701 de personal de Alta Dirección RC Genérico n.9 12023000008066 de 10/03/2023.

En vista de lo anteriormente expuesto y encontrándose vacante la Secretaría Técnica de Educación, Deporte y Juventud de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, considerando la necesidad de cobertura inmediata del mismo, de cara a poder gestionar las competencias que son propias de dicha Secretaría Técnica, urgencia incompatible con la tramitación del procedimiento con “publicidad y concurrencia” establecido en el artículo 60 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y de conformidad con el artículo 52 del Reglamento del Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla, así como art. 13.1 de la Ley 40/2015 en el que se regula la suplencia de los órganos administrativos,   

De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 30387/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER

1.- El nombramiento de D. Joaquín Manuel Ledo Caballero, funcionario de carrera de la Ciudad Autónoma de Melilla, perteneciente al Grupo A1, de la Escala de la Administración General, Subescala Técnica, como Secretario Técnico accidental de Educación, Deporte y Juventud, hasta que se cubra dicho cargo por el procedimiento reglamentariamente establecido de provisión del mismo.

2.- Que se lleve a cabo la tramitación oportuna para la provisión reglamentaria de la Secretaría Técnica de Educación, Deporte y Juventud por la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad.

Contra este DECRETO, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación o su publicación.

Alternativamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de esta notificación o su publicación.

Si se opta por la interposición del recurso de reposición en vía administrativa, transcurrido un mes desde su interposición sin que haya sido resuelto, se entenderá desestimado por silencio administrativo y a partir del día siguiente podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo en el plazo de seis meses.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se notifica para su publicación.

 

Melilla 20 de septiembre de 2023,

El Secretario P.A.,

Antonio Jesús García Alemany