ARTÍCULO Nº 368 (CVE: BOME-AX-2023-368) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 73 - viernes, 6 de octubre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO
Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 4 de octubre de 2023, relativo al nombramiento como Director General Acctal. de Seguridad Ciudadana de D. José Ramón Antequera Sánchez.
El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva
Extraordinaria de carácter urgente celebrada el día 4 de octubre de 2023,
adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:
PUNTO
TERCERO.-
NOMBRAMIENTO COMO DIRECTOR GENERAL ACCTAL. DE SEGURIDAD CIUDADANA DE D. JOSÉ RAMÓN
ANTEQUERA SÁNCHEZ.- El
Consejo de Gobierno acuerda aprobar Propuesta
de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, instando a
la Consejería a que inicie los trámites para cubrir el puesto mediante el
procedimiento reglamentariamente establecido, que literalmente dice:
“
PROPUESTA
NOMBRAMIENTO COMO DIRECTOR GENERAL ACCTAL. DE SEGURIDAD CIUDADANA DE D. JOSÉ
RAMÓN ANTEQUERA SÁNCHEZ.
PRIMERO:
El Consejo de Gobierno, mediante Decreto aprobado en la sesión extraordinaria
de 28 de julio de 2023 (BOME extraordinario núm. 54, de 31 de Julio de 2023)
estableció la distribución de competencias entre las diferentes Consejerías y
la estructura básica de Direcciones Generales que corresponden a cada una de
las Consejerías en las que se estructura la Administración de la Ciudad.
SEGUNDO:
El Artículo 54.3 del REGA, establece el procedimiento a seguir para el
nombramiento de Directores Generales, así como los requisitos necesarios para
ocupar dichos cargos:
“(...)
3. El nombramiento de los Directores Generales, atendiendo a criterios
de mérito, capacidad e idoneidad, se llevará cabo mediante procedimientos que
garanticen la publicidad y concurrencia conforme al artículo 60 del presente
Reglamento, y deberá efectuarse entre
funcionarios de carrera del Estado, de las Comunidades Autónomas, de las
Ciudades Autónomas, de las Entidades Locales o con habilitación de carácter
nacional que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el Subgrupo A1 o A2.
Asimismo y de forma excepcional y en atención a las características
específicas de las funciones de tales órganos directivos, podrá recaer el
nombramiento en personal laboral fijo del Estado, de las Comunidades Autónomas,
de las Ciudades Autónomas y de las Entidades Locales encuadrados en los Grupos
I y II. La designación habrá de efectuarse motivadamente y de acuerdo con
criterios de mérito, capacidad, idoneidad y de competencia profesional en el
desempeño de puestos de responsabilidad."
TERCERO:
El artículo 56.1 del REGA dispone la sustitución de los Directores Generales
para los casos de:"...ausencia,
enfermedad u otro impedimento temporal de los Directores Generales, las
competencias que tengan atribuidas los Directores Generales serán asumidas por otro Director General de la misma
Consejería o por un empleado público de la misma u otra Consejería que reúna
los requisitos establecidos en el artículo 54 del presente Reglamento, previa
autorización o conformidad de los titulares de las Consejerías afectadas.
CUARTO:
Con fecha 26 de septiembre de 2023, se recibe en esta Consejería, Propuesta del
Excmo. Sr. Consejero de Seguridad Ciudadana, que literalmente dice:
”ASUNTO: TRAMITACIÓN NOMBRAMIENTO DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD CIUDADANA
CON CARÁCTER ACCIDENTAL.-
Primero.- La Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, dispone en su art. 16
que el Consejo de Gobierno es el órgano colegiado que ostenta las funciones
ejecutivas y administrativas de la ciudad de Melilla, señalando en su art. 17
que corresponde al Consejo de Gobierno la dirección de la política de la ciudad
y el ejercicio de las funciones ejecutivas y administrativas correspondientes,
sin perjuicio de las competencias reservadas a la Asamblea.
Segundo.- El Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario núm. 2 de 30 de enero de 2017), señala
en su artículo 16.1 que al Consejo de Gobierno tiene entre otras atribuciones:
Aprobar, a propuesta del Presidente, la estructura orgánica de las
Consejerías con indicación del ámbito competencial de las mismas, señalando, al
menos las Viceconsejerías y Direcciones Generales que las compongan.
Posteriormente dicho texto normativo dispone en su art. 48, relativo a
las clases de órganos administrativos, que:
"1. Son órganos superiores de la Administración de la Ciudad
Autónoma de Melilla el Presidente, el Vicepresidente o los Vicepresidentes, el
Consejo de Gobierno, los Consejeros y los Viceconsejeros.
2. Bajo la superior autoridad del Consejero, cada Consejería se
estructura en los siguientes órganos:
a) Secretarias Técnicas, que dependen directamente del Consejero, pero
no se encuentran incardinados en la estructura jerarquizada. b) Direcciones
Generales.
c) Excepcionalmente podrán constituirse órganos con nivel asimilado a
los dos anteriores, los cuales tendrán el mismo estatuto jurídico que éstos,
cualquiera que sea su denominación.
3. Las Consejerías y las Direcciones Generales podrán estructurarse, con
carácter general, en Servicios, Secciones, y Negociados o unidades asimiladas."
Tercero.- En uso de las referidas atribuciones por Acuerdo del Consejo
de Gobierno de fecha 28 de julio de 2023, (BOME. Extraordinario núm, 54, de
fecha 31 de julio de 2023) relativo a la aprobación del Decreto de distribución
de competencias entre las Consejerías de la Ciudad de Melilla, dispuso en lo
referente a la estructura y competencias de los órganos dependientes de la
Consejería de Seguridad Ciudadana, que la misma se compone de los siguientes
órganos:
-
Dirección General de Seguridad Ciudadana.
-
Secretaría Técnica de Seguridad Ciudadana.
Cuarto.- La Dirección General de Ciudadana se encuentra vacante por cese
de la anterior (BOME Nº 6107 - martes, 26 de septiembre de 2023), por lo que se
estima conveniente la cobertura de forma temporal de dicha Dirección General
para el normal funcionamiento de las áreas de gestión correspondientes en tanto
se inicie y se resuelva el procedimiento correspondiente de selección regulados
en el art. 60 del Reglamento de Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma
de Melilla, (BOME Extraordinario núm. 2 Lunes, 30 de enero de 2017) de
conformidad con lo establecido en el artículo 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, que señala, entre otros
supuestos que:
"En la forma que disponga cada Administración Pública, los
titulares de los órganos administrativos podrán ser suplidos temporalmente en
los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad (...)"
Así como lo preceptuado en el artículo 77.1 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la CAM relativo a la sustitución de los Directores Generales
que remite al precitado artículo 13.1 de la Ley 40/2015. Todo ello de
conformidad con las competencias atribuidas a esta Consejería por el art. 33 o)
del Reglamento Gobierno y Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Quinto.- De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de
Gobierno de fecha 28 de julio de 2023, (BOME. Extraordinario núm, 54, de fecha
31 de julio de 2023), a la Consejería de Presidencia, Administración Pública e
Igualdad le corresponde entre otras funciones: " y) La tramitación de
expedientes de designación y cese del personal directivo".
Por todo lo expuesto y mediante el presente oficio, se solicita a la
Consejería de Presidencia, Administración Pública e Igualdad, la incoación del
procedimiento para la cobertura temporal de la Dirección General de Seguridad
Ciudadana, mediante nombramiento como Director General de D. José Ramón
ANTEQUERA SÁNCHEZ, Funcionario de Carrera del Subgrupo A1 de la Ciudad
Autónoma de Melilla, Técnico de la Administración General, que cumple con los
requisitos establecidos en el artículo 54.1 y 54.3 del Reglamento de Gobierno y
Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla. Todo ello de conformidad con
lo establecido en el artículo 13.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, que señala, entre otros supuestos, que los
titulares de los órganos podrán ser suplidos temporalmente en los supuestos de
vacante, así como lo preceptuado en el artículo 77.1 del Reglamento de Gobierno
y Administración de la CAM relativo a la sustitución de los Directores
Generales determinando que desempeñe dicho puesto hasta que sea cubierto por el
procedimiento legalmente establecido.”
QUINTO:
Consta en el Expediente la existencia de crédito en la partida presupuestaria
03/91200/10701 de personal de Alta Dirección RC Genérico n.9
12023000008066 de 10/03/2023.
En vista de lo anteriormente expuesto y
encontrándose vacante el puesto de alta dirección de Director/a General de
Seguridad Ciudadana, considerando la necesidad de cobertura inmediata del
mismo, de cara a poder gestionar las competencias que son propias de dicha
Dirección General, urgencia incompatible con la tramitación del procedimiento
con “publicidad y concurrencia” establecido en el artículo 60 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla y de
conformidad con el artículo 56 del Reglamento del Gobierno y Administración de
la Ciudad Autónoma de Melilla, así como art. 13.1 de la Ley 40/2015 en el que
se regula la suplencia de los órganos administrativos, en virtud de las
competencias que tengo atribuidas,
Y de conformidad con los documentos aportados
al expediente, VENGO EN PROPONER al Consejo de Gobierno lo siguiente:
El nombramiento de D. José Ramón Antequera
Sánchez, funcionario de carrera de la Ciudad Autónoma de Melilla, perteneciente
al Grupo A1, de la Escala de la Administración General, Subescala Técnica, como
Director General Accidental de Seguridad Ciudadana, hasta que se cubra dicho
cargo por el procedimiento reglamentariamente establecido de provisión del
mismo.
"
la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de
un mes a partir de su publicación, o bien, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa
competente, en el plazo de dos meses desde la publicación.
No obstante, podrá utilizar cualquier
otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su
publicación.
Melilla 5 de octubre
de 2023,
El Secretario
Acctal. del Consejo de Gobierno,
Antonio Jesús
García Alemany