ARTÍCULO Nº 375 (CVE: BOME-AX-2023-375) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 74 - sábado, 7 de octubre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA - PATRONATO DE TURISMO DE MELILLA
Adenda de prórroga al convenio de colaboración entre la Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento, y Africa Travel S.L.
Esta Consejería, por
acuerdo del órgano competente, ha procedido a la aprobación de la ADENDA DE PRÓRROGA
AL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO,
INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, TURISMO Y DE FORMENTO Y AFRICA TRAVEL SL
El CONVENIO AFRICA
TRAVEL PARA EJECUCION DECRETO REGULADOR DE LA BONIFICACIÓN DE PAQUETES
TURÍSTICOS CON DESTINO MELILLA 2021, fue inscrito en el Registro de Convenios
de la Ciudad Autónoma de Melilla con número CON2300153, CON2100119 y los
siguientes datos:
Consejería: CONSEJERIA DE
PRESIDENCIA, ADMIN PÚBLICA E IGUALDAD
Datos de Aprobación:
Órgano Número Fecha Entidad: |
Consejo de Gobierno 2021000627 26/08/2021 ES-B5201044-4 (AFRICA TRAVEL S.L),
ES-B5201044-4 (AFRICA TRAVEL S.L) |
||
Fecha de formalización: |
31/08/2021 |
|
|
De acuerdo con la
normativa vigente de aplicación se procede a su publicación para su general
conocimiento.
Melilla 6 de octubre
de 2023,
El Secretario Técnico
de Patronato de Turismo,
Arturo Jiménez Cano
ANEXO
ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO DE
COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, COMERCIO, INNOVACIÓN TECNOLÓGICA,
TURISMO Y DE FOMENTO Y ÁFRICA TRAVEL S.L.
En
Melilla a 6 de octubre de 2023
REUNIDOS
De una parte, D. Ildefonso Jesús Menéndez Saez, en representación de la siguiente Entidad Colaboradora: ÁFRICA TRAVEL
S.L. con C.I.F. B52010444 y, otra parte, la Ciudad Autónoma de Melilla, representada por el Consejero de
Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento y Presidente
del Patronato de Turismo con CIF S7900010E, en virtud de las atribuciones
que tiene conferidas según Decreto de nombramiento del Presidente de la Ciudad
Autónoma de Melilla, de fecha 10 de julio de 2023 (BOME núm. 45 extraord. de 10
de julio) y al amparo del Decreto de Distribución de Competencias entre
Consejerías y del artículo 33.5 letra j) del Reglamento del Gobierno y de la
Administración de la Ciudad (BOME extraord. núm. 2 de 30 de enero de 2017).
Ambas partes se reconocen mutuamente la
capacidad necesaria para obligar a las entidades respectivas.
EXPONEN
1.
Que ÁFRICA
TRAVEL S.L. y la Ciudad Autónoma de Melilla suscribieron en el 2021 un CONVENIO
DE ADHESIÓN AL PROGRAMA DE BONIFICACIÓN DE PAQUETES TURÍSTICOS CON ÁFRICA
TRAVEL S.L. DESTINO EN MELILLA con fecha de aprobación 26/08/2021
2.
Que la cláusula Décima del Convenio de
Colaboración citado señalaba la posibilidad de prórroga del mismo hasta un
máximo de 6 años
3.
Que el artículo 4 letra b) del Decreto
Regulador de la Bonificación de Paquetes Turísticos con Destino Melilla ,
Decreto núm. 1043 de 23 de agosto de 2021, dispone que “Las cuantías señaladas
podrán ser modificadas mediante Orden del Consejero competente en materia de
Turismo, atendiendo a las circunstancias de prestación del servicio, volumen de
la demanda de ayudas, evolución de los datos turísticos, u otros factores debidamente
motivados, publicándose en el Boletín Oficial de la Ciudad y fijándose en el
convenio con la entidad colaboradora, en su caso”
ACUERDAN
PRIMERO.
OBJETO
1.
Prorrogar el Convenio por dos años, en los
términos señalados en el mismo.
2.
Fijar las nuevas cuantía de la siguiente
manera ( conforme Orden de fecha
5/10/2023 registrada al número 2023000708 relativa a la Convocatoria
extraordinaria de subvenciones para la bonificación de paquetes turísticos con
destino Melilla año 2023, publicada en el BOME EXTRAORDINARIO N º73 de fecha
6/10/2023)
Cuantía y condiciones de las ayudas:
a) Para el transporte marítimo: consistirá en
la aplicación de un descuento por persona de un 75% sobre el importe neto del
precio del billete del trayecto de ida y vuelta desde Málaga, Almería o Motril, con el siguiente límite:
a.
Butaca: 50 euros
b.
Camarote individual: 100 euros
c.
Camarote doble: 80 euros
d.
Camarote triple: 60 euros
e.
Camarote Cuádruple: 50 euros
b) Para el transporte aéreo:
Consistirá en la aplicación de un descuento
del 75% sobre el importe neto del billete por persona para los vuelos de ida y
vuelta desde:
-
Madrid, Barcelona y otros de origen
distinto, con
exclusión de Baleares, Canarias y Ceuta, al disfrutar ya de la bonificación por
residente, con un límite de 400 euros sobre el importe neto del billete por persona para los
vuelos de ida y vuelta.
-
Málaga, con 160 euros de límite sobre el importe neto del billete por persona
para los vuelos de ida y vuelta y
-
Sevilla, Granada y Almería, declaradas de Obligación de Servicio Público
por Acuerdo de Consejo de Ministros, de 5 de octubre de
2018, con un límite de 120 euros sobre
el importe neto del billete por persona para
los vuelos de ida y vuelta.
c) Para
la estancia: en el caso de que durante la estancia Melilla el beneficiario se
aloje en alguna de las modalidades de alojamiento turístico
previstas reglamentariamente, se aplicará un descuento de 40 euros por habitación y día sobre el
importe neto del precio de la estancia en
hoteles de 4 estrellas; 30 euros en hoteles de 3 estrellas; 10 euros por
habitación y día sobre el importe neto del precio de la estancia en el resto de alojamientos turísticos
Con este objeto, las partes firmantes de la
Cátedra suscriben esta Adenda de prórroga en las fechas indicadas al pie de las
firmas.
Por
AFRICA TRAVEL S.L Por
El Consejero de Economía, Comercio,