ARTÍCULO Nº 25 (CVE: BOME-AX-2023-25) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 8 - martes, 28 de febrero de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE - CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTE
Extracto de la convocatoria de subvenciones institucionales por procedimiento de concurrencia competitiva para la administración y gestión y participación en los campeonatos autonómicos de Clubes Deportivos implantados en la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2023.
TituloES: EXTRACTO DE LA
RESOLUCIÓN DE FECHA 22 DE FEBRERO DE 2023 DEL CONSEJERO DE INFRAESTRUCTURAS,
URBANISMO Y DEPORTE, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES INSTITUCIONALES POR
PROCEDIMIENTO DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN
EN LOS CAMPEONATOS AUTONÓMICOS DE CLUBES DEPORTIVOS IMPLANTADOS EN LA CIUDAD
AUTÓNOMA DE MELILLA PARA EL EJERCICIO 2023
TextoES: BDNS(Identif.):677870
De conformidad con lo previsto
en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo
puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/677870)
Primero.- Bases Reguladoras.-
La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en la misma, de conformidad
con el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de
Subvenciones (en adelante LGS), en las Bases Reguladoras de las subvenciones
institucionales para la administración y gestión y participación en los
campeonatos autonómicos de clubes deportivos implantados en la Ciudad Autónoma
de Melilla y sus Anexos I a IV, publicadas en BOME extraordinario núm. 8 de 4
de mayo de 2017, en el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma
de Melilla, en adelante RGSCAM, en la precitada LGS, en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en el Real Decreto Legislativo
2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales y en las Bases de Ejecución del Presupuesto
General de la Ciudad Autónoma de Melilla.
Segundo.- Créditos
Presupuestarios.- Para hacer frente a los gastos dimanantes de la presente
convocatoria se destinará la cantidad de TRESCIENTOS MIL EUROS (300.000,00 €),
con cargo a la Partida Presupuestaria 06/34100/48900 “Subvenciones al Deporte”,
Rc nº 12023000000216, de fecha 4 de enero de 2023. En cumplimiento de lo
establecido en el artículo 1.5 de las BasesReguladoras, la cantidad destinada
para la presente convocatoria de subvenciones, se distribuirá en los siguientes
porcentajes para cada uno de los proyectos subvencionables a través de la
misma:- Proyecto de administración y gestión del club: 30%- Proyecto de
participación en el campeonato autonómico: 70%
Tercero.- Objeto, condiciones
y finalidad de la concesión.- Conforme establece el artículo 8 del RGSCAM, las
actividades que podrán ser subvencionados, son aquellas que se entienden
englobadas en las áreas d)Deporte: son subvencionables los gastos derivados de
la organización de actos y actividades deportivas o relacionadas con la
promoción del deporte”.
Cuarto.- Requisitos y forma de
acreditarlos.- Las solicitudes para el presente procedimiento de concesión de
subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se presentarán en la
Oficina de Información y Atención al Ciudadano, así como en cualesquiera de los
registros admitidos en la normativa vigente, dirigidas al Excmo. Sr. Consejero
de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte , debiendo reunir los requisitos y
documentación previstos en las Bases Reguladoras de las subvenciones
institucionales para la administración y gestión y participación en los
campeonatos autonómicos de clubes deportivos implantados en la Ciudad Autónoma
de Melilla, así como aquella otra documentación, que de acuerdo con lo
establecido en el artículo 5.1.i) de las citadas bases, de manera específica se
solicite a través de la convocatoria.
federación deportiva
correspondiente, en la que acredite que la entidad solicitante ha llevado a
cabo actividad alguna en los dos años anteriores al de la convocatoria.
Sexto.- Instrucción.- De
acuerdo con el artículo 4.2 de las Bases Reguladoras de las subvenciones
institucionales para la administración y gestión y participación en los
campeonatos autonómicos de clubes deportivos implantados en la Ciudad Autónoma
de Melilla, la instrucción del procedimiento se llevará a efecto por Dª María
Dolores Mariscal García empleada pública de la Consejería de Infraestructura,
Urbanismo y Deporte.
Séptimo.- Criterios de
valoración de las solicitudes.- Los criterios de valoración, de acuerdo con el
artículo 8 de las Bases Reguladoras, serán los que a continuación se
relacionan, correspondiéndoles a cada uno la ponderación siguiente:a)
Administración y gestión del club:(1) Número de deportistas del club participantes
en competición autonómica: hasta 100 puntos, otorgándole la máxima puntuación a
la solicitud que más beneficiarios presente y en proporción al resto de
solicitudes.b) Participación en el campeonato autonómico:1) Número de
deportistas del club participantes en competición autonómica: hasta 60 puntos,
otorgándole la máxima puntuación a la solicitud que más beneficiarios presente
y en proporción al resto de solicitudes.2) Número de técnicos participantes y
titulación de los mismos: hasta 10 puntos, otorgándole a la solicitud que más
técnicos emplee y de mayor titulación la máxima puntuación y en proporción al
resto de solicitudes.3) Grado de cofinanciación: hasta 20 puntos,
correspondiendo la máxima puntuación a aquellas solicitudes que presenten un
50% o más de cofinanciación, disminuyendo 2 puntos la valoración por cada
descenso del 5% en la cofinanciación.4) Grado de implantación del Deporte
Femenino en dicha entidad deportiva: hasta 10 puntos, otorgándole la máxima
puntuación a la solicitud que presente mayor porcentaje de beneficiarias sobre
el total y en proporción al resto de solicitudes.
Octavo.- Órgano colegiado.- De
acuerdo con el artículo 4.2.4 de las Bases Reguladoras, el órgano colegiado
competente para la propuesta de concesión estará compuesto por:o Presidente:
Alfonso Gómez Martínez , Director General de Deportes.o Vocal: Javier Hierro
Moreno, Empleado Público de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y
Deporte.o Vocal: Gerardo Estruch Casals , Empleado Público de la Consejería de
Infraestructuras, Urbanismo y Deporte.o Secretario: José María López López,
Empleado Público de la Consejería de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte.
Noveno.- Órgano competente
para la resolución.- Conforme a lo previsto en el artículo 6.4 de las Bases Reguladoras,
la resolución del procedimiento se dictará, mediante Orden de la Excmo. Sr.
Consejero de Infraestructuras, Urbanismo y Deporte, en el plazo máximo de seis
(6) meses que, por virtud de lo dispuesto en el artículo 17 del RGSCAM, se
computará a partir de la publicación de la presente convocatoria.
Décimo.- Publicidad.- Los
beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la
financiación de los programas, actividades, inversiones o actuaciones de
cualquier índole que se lleven a cabo con empleo de fondos provenientes de
estas subvenciones, incluyendo en todas sus comunicaciones, ya sean por escrito
o a través de medios digitales o informáticos, los logotipos de la imagen
institucional de la Ciudad Autónoma de Melilla incluidos en el Anexo IV de las
bases reguladoras y la leyendasiguiente: “Actividad/Programa subvencionado
por”, insertando a continuación los citados Logotipos. Igualmente, en la
indumentaria de competición con la que se participe en los Campeonatos
Autonómicos, deberá aparecer en lugar preferente y bien visible la palabra
“MELILLA”.
Undécimo.- Justificación.- La
rendición de la cuenta justificativa constituye un acto obligatorio del
beneficiario, en la que se deben incluir, bajo responsabilidad del declarante,
la documentación acreditativa de los gastos efectuados con cargo a la
subvención, presentándose en forma de memoria económica por cada uno de los
apartados subvencionados, utilizando para ello el Anexo 2. El plazo para la
presentación de la justificación de la subvención se establece en tres (3)
meses desde la finalización del ámbito temporal de la misma, quedando fijado en
el 31 de marzo de 2024 la finalización del plazo de presentación de la
justificación.
Lugar de la Firma: MELILLA
Fecha de la Firma: 2023-02-22
Firmante: SR.D. RACHID BUSSIAN MOHAMED, EXCMO. SR. CONSEJERO DE
INFRAESTRUCTURAS, URBANISMO Y DEPORTES