ARTÍCULO Nº 417 (CVE: BOME-AX-2023-417) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 88 - martes, 28 de noviembre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
Orden nº 300, de fecha 24 de noviembre de 2023, relativa a las bases de la convocatoria del Concurso de Iluminación Navideña 2023.
La Excma. Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor,
mediante Resolución núm. 2023000300 de fecha 24 de noviembre de 2023, ha
resuelto lo siguiente:
ÚNICO:
La aprobación de la Convocatoria del CONCURSO DE ILUMINACIÓN NAVIDEÑA 2023, que
se regirá con arreglo a lo siguiente:
BASES DEL CONCURSO DE
ILUMINACIÓN NAVIDEÑA 2023
1º.-
Podrán participar en el Concurso de Iluminación Navideña 2023 todas aquellas
entidades, establecimientos comerciales, hosteleros y otros negocios
empresariales que tengan domicilio social o fiscal en la Ciudad Autónoma de
Melilla y dispongan de iluminación navideña exterior y visible desde la vía
pública.
2º.-
Las entidades y comercios participantes deberán limitar su iluminación a las
ventanas, balcones y fachadas correspondientes a su domicilio social o negocio,
sin molestar al vecindario. Las decoraciones tendrán que estar ubicadas en la
parte principal de la fachada y no se permitirán iluminaciones en los patios
interiores o ubicaciones que no puedan observarse desde la vía pública.
Podrá acompañarse la iluminación con otros elementos físicos quedando
prohibido incorporar materiales que se estimen peligrosos, caso de velas o
pirotecnia, entre otros.
La Ciudad Autónoma de Melilla es no es responsable de los daños o
desperfectos que la iluminación o decoración pudieran causar. En caso de que
sea necesario contar con algún tipo de autorización para la instalación de la
iluminación decorativa, su tramitación y/o costes correrán a cargo del
interesado.
De existir una iluminación que no cumpla con estos requisitos, éstas no
serán valoradas por el Jurado.
3º.-
Sólo se permitirán decoraciones relacionadas con motivos navideños propios de
estas fechas.
4º.-
La iluminación deberá estar expuesta para ser observada por el jurado desde el
día 11 de diciembre de 2023 y seguir expuesta hasta el día 6 de enero de 2024.
5º.-
El jurado realizará las visitas para valorar las iluminaciones a partir del día
14 de diciembre de 2023.
6º.-
El jurado, en su labor de selección de los premiados del presente concurso,
valorará fundamentalmente los siguientes factores:
-
Artísticos: diseño, originalidad, montaje, complejidad, estética, y
riqueza artística.
-
Innovación: se valorarán la utilización de técnicas innovadoras y uso de
tecnología en la gestión de la iluminación (ej.: elementos de domótica o
control remoto).
-
Eficiencia energética, sostenibilidad medioambiental y economía
circular: se valorará el uso de elementos de bajo consumo eléctrico como LED y
eficiencia energética, el uso de elementos reutilizables-reciclados-reciclables
y/o de origen natural.
7º.-
Jurado. El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión
de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor o persona en quien delegue, que
actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de
prestigio en la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario
Técnico de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, u otro
funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y su composición podrá hacerse pública
en el momento de la emisión del fallo.
8º.-
La inscripción en el concurso se llevará a cabo en las oficinas del Área de
Cultura (C/
Cervantes nº7, horario de 09:00-13:30h de lunes a viernes) o bien
presentarla a través de SEDE ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde
www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado digital válido o
cl@ve firma (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).
Para su presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite
online “INSTANCIA GENERAL”. Debiendo indicar que se presenta al CONCURSO DE ILUMINACIÓN NAVIDEÑA
2023
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día de la
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial hasta las 23:59 horas del 11
de diciembre 2023.
9º.-
Se concederán a juicio del Jurado los siguientes premios:
·
Un primer premio de 600 €
·
Un segundo premio de 500 €
·
Un tercer premio de 400 €
certificado de titularidad bancaria a nombre de la entidad o comercio
participante, así como una copia del CIF.
Los premios o accésit podrán ser declarados desiertos por el jurado.
10º.-
Fallo. El fallo del Jurado será inapelable y se hará público a través de las
redes sociales de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor
durante la celebración de las Fiestas Navideñas. El mismo, de conformidad con
la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para
el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el
ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME
4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
11º.-
La Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y el Jurado se
reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en
las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso, sin que contra sus
decisiones pueda formularse reclamación alguna.
12º.-
La convocatoria del presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS
SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES
O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U
COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La
inscripción en esta edición del concurso implica la total aceptación por sus
participantes de las presentes bases y convocatoria, así como la resolución por
la organización de cualquier problema no recogido en éstas.
Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad
indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la
misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas.
La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá
interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día
siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que
deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos
Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de
Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 24 de noviembre de 2023,
El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del
Mayor,
Juan León Jaén Lara