ARTÍCULO Nº 425 (CVE: BOME-AX-2023-425) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 88 - martes, 28 de noviembre de 2023 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR
Orden nº 304, de fecha 24 de noviembre de 2023, relativa a las bases de la convocatoria del Concurso de Decoración Navideña de Exteriores de Viviendas 2023.
La Excma. Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor,
mediante Resolución núm. 2023000304 de fecha 24 de noviembre de 2023, ha
resuelto lo siguiente:
ÚNICO:
La aprobación de la Convocatoria del CONCURSO DE DECORACIÓN NAVIDEÑA DE
EXTERIORES DE VIVIENDAS 2023, que se regirá con arreglo a lo siguiente:
BASES DEL CONCURSO DE
DECORACIÓN NAVIDEÑA DE EXTERIORES DE VIVIENDAS 2023
1º.-
Se establecen dos modalidades de participación en el Concurso de Decoración
Navideña de Exteriores:
Viviendas unifamiliares: Podrá concurrir cualquier vecino de la Ciudad
Autónoma de Melilla que disponga en su vivienda de una fachada con vistas a la
vía pública y elementos que se presten a ser decorados como ventanas o
balcones.
Comunidades: Podrá concurrir cualquier comunidad de vecinos de la Ciudad
Autónoma de Melilla que disponga su decoración con vistas a la vía pública.
Quedan excluidas las fachadas de establecimientos empresariales
(comercios, hostelería, etc).
2º.-
Los participantes de la modalidad Viviendas unifamiliares no podrán colaborar
con otros residentes del inmueble en caso de viviendas no unifamiliares, siendo
la participación únicamente permitida a unidades de convivencia. Cada
participante podrá presentar una sola fachada y la decoración debe ajustarse a
las ventanas, balcones y fachadas correspondientes a su vivienda, sin molestar
al vecindario. Las decoraciones tendrán que estar ubicadas en la parte
principal de la fachada y no se permitirán decoraciones en los patios
interiores o en viviendas cuyas fachadas no puedan observarse desde la vía
pública.
La decoración de las Comunidades de Vecinos participantes tendrán que
estas ubicadas de tal forma que sea apreciable desde el exterior de las mismas
y no se permitirán decoraciones en los patios interiores que no puedan
observarse desde la vía pública.
Queda asimismo prohibido incorporar a estas decoraciones materiales que
se estimen peligrosos, caso de velas o pirotecnia, entre otros.
La Ciudad Autónoma de Melilla es no es responsable de los daños o
desperfectos que la decoración pudiera causar. En caso de que sea necesario
contar con algún tipo de autorización para la instalación de la decoración, su
tramitación y/o costes correrá a cargo del interesado.
De existir una decoración que no cumpla con estos requisitos, éstas no
serán valoradas por el Jurado.
3º.-
Sólo se permitirán decoraciones relacionadas con motivos navideños propios de
estas fechas.
4º.-
La decoración deberá estar expuesta para ser observada por el jurado desde el
día 11 de diciembre de 2023 y seguir expuesta hasta el día 6 de enero de 2024.
5º.-
El jurado realizará las visitas a las diferentes fachadas participantes a
partir del día 14 de diciembre de 2023.
6º.-
El jurado, en su labor de selección de los premiados del presente concurso,
valorará fundamentalmente los siguientes factores:
·
Diseño y originalidad
·
Montaje
·
Complejidad
·
Estética
·
Creatividad
·
Ambientación navideña
7º.-
Jurado. El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión
de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor o persona en quien delegue, que
actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de
prestigio en la rama o disciplina del certamen.
Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario
Técnico de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, u otro
funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.
La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de
Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y su composición podrá hacerse pública
en el momento de la emisión del fallo.
8º.-
La inscripción en el concurso se llevará a cabo en las oficinas del Área de
Cultura (C/ Cervantes nº7, horario de 09:00-13:30h de lunes a viernes) o bien
presentarla a través de SEDE ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde
www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado digital válido o
cl@ve firma (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).
Para su presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite
online “INSTANCIA GENERAL”. Debiendo indicar que se presenta al CONCURSO DE
DECORACIÓN NAVIDEÑA DE EXTERIORES DE VIVIENDAS 2023
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día de la
publicación de este anuncio en el Boletín Oficial hasta las 23:59 horas del 11
de diciembre 2023.
9º.-
Se concederán a juicio del Jurado los siguientes premios:
Modalidad Viviendas unifamiliares:
·
Un primer premio de 550 €
·
Un segundo premio de 450 €
·
Un tercer premio de 350 €
·
Tres accésit de 150 €
Modalidad Comunidades de Vecinos:
·
Un primer premio de 700 €
·
Un segundo premio de 600 €
·
Un tercer premio de 500 €
·
Tres accésit de 200 €
Al importe de dichos premios y accésits se les aplicará las retenciones
previstas en la vigente legislación. Desde la Dirección General de Cultura y
Festejos se requerirá, con posterioridad al fallo del Jurado, certificado de
titularidad bancaria a nombre de la persona inscrita, así como una copia del
DNI. En el caso de Comunidades de Vecinos se requerirá certificado de
titularidad bancaria a nombre de la comunidad, así como una copia del CIF.
Los premios o accésit podrán ser declarados desiertos por el jurado.
10º.-
Fallo. El fallo del Jurado será inapelable y se hará público a través de las
redes sociales de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor
durante la celebración de las Fiestas Navideñas. El mismo, de conformidad con
la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para
el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el
ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME
4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.
11º.-
La Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y el Jurado se
reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en
las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso, sin que contra sus
decisiones pueda formularse reclamación alguna.
12º.-
La convocatoria del presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS
SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES
O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U
COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La
inscripción en esta edición del concurso implica la total aceptación por sus
participantes de las presentes bases y convocatoria, así como la resolución por
la organización de cualquier problema no recogido en éstas.
Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad
indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la
misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones
Públicas.
La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá
interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día
siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de
Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que
deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos
Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de
Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).
Melilla 24 de noviembre de 2023,
El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del
Mayor,
Juan León Jaén Lara