ARTÍCULO Nº 431 (CVE: BOME-AX-2023-431) DESCARGAR ARTÍCULO

BOME EXTRA Nº 88 - martes, 28 de noviembre de 2023 Ir al BOME

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR - CONSEJERÍA DE CULTURA, PATRIMONIO CULTURAL Y DEL MAYOR


Orden nº 307, de fecha 24 de noviembre de 2023, relativa a las bases de la convocatoria del Concurso de Villancicos 2023.

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La Excma. Sra. Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, mediante Resolución núm. 2023000307 de fecha 24 de noviembre de 2023, ha resuelto lo siguiente:

ÚNICO: La aprobación de la Convocatoria del CONCURSO DE VILLANCICOS 2023, que se regirá con arreglo a lo siguiente:

BASES DEL CONCURSO DE VILLANCICOS 2023

1º.- Podrán concurrir todas las agrupaciones de nuestra ciudad que tengan un número mínimo de doce personas y se inscriban para participar previamente en el concurso. El concurso tendrá lugar el día 16 de diciembre de 2023 en la Plaza de las Culturas, el horario del concurso se comunicará previamente a las agrupaciones participantes.

2º.- El concurso se clasificará en 3 modalidades, cada una de estas deberá estar compuesta por 12 personas:

-       Pastorales: deberá estar compuesto con un mínimo de 12 personas.

-       Coros Navideños: deberá estar compuesto con un mínimo de 12 personas.

-       Coros Navideños Infantiles: En esta modalidad deberá tener un mínimo de 11 niños/as con una edad máxima de 12 años inclusive, pudiendo ir acompañados de un adulto para completar las 12 personas mínimas exigidas en este concurso. Si supera el numero de 12 integrantes menores de 12 años se le permitirá 2 adultos acompañando a este coro.

Como referencia para el cómputo de edades, se tomará la fecha en la que se realice la inscripción en el concurso.

3º.- Tanto la composición como la técnica harán referencia a motivos navideños, se valorará la utilización de instrumentos navideños como zambombas, panderetas, uniformidad, vestimenta y la calidad de las voces.

4º.- La inscripción en el concurso se llevará a cabo en las oficinas del Área de Cultura (C/ Cervantes nº7, horario de 09:00-13:30h de lunes a viernes) o bien presentarla a través de SEDE ELECTRÓNICA, pudiendo acceder desde www.melilla.es, necesitando para su utilización un certificado digital válido o cl@ve firma (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).

Para su presentación vía Sede Electrónica pueden utilizar el trámite online “INSTANCIA GENERAL”. Debiendo indicar que se presenta al CONCURSO DE VILLANCICOS 2023 y a cuál de las 3 modalidades (COROS, COROS INFANTILES o PASTORALES).

El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial hasta las 23:59 horas del 11 de diciembre 2023.

5º.- Se establece un tiempo máximo de quince minutos para el desarrollo de sus temas.

6º.- Las agrupaciones deben interpretar una pieza fijada previamente que se comunicará a la hora de la inscripción.

7º.- Se concederán a juicio del Jurado en las diferentes modalidades:

Un primer premio de 800 €

Un segundo premio de 700 €

Un tercer premio de 600 €

Un cuarto premio de 500 €

Al importe de dichos premios se les aplicará las retenciones previstas en la vigente legislación. Desde la Dirección General de Cultura y Festejos se requerirá, con posterioridad al fallo del Jurado, certificado de titularidad bancaria a nombre de la persona inscrita, así como una copia de DNI. En el caso de que la inscripción en el Concurso la realice una entidad, se requerirá certificado de titularidad bancaria a nombre de la entidad y copia del CIF.

8º.- Jurado. El Órgano Colegiado competente para efectuar la propuesta de concesión de los premios estará constituido por un Jurado integrado por la Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor o persona en quien delegue, que actuará como Presidente, y por un número impar de profesionales o expertos de prestigio en la rama o disciplina del certamen.

Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Secretario Técnico de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor, u otro funcionario habilitado para dar fe de las actuaciones.

La designación del Jurado se efectuará mediante Orden de la Consejera de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y su composición podrá hacerse pública en el momento de la emisión del fallo.

9º.- Fallo. El fallo del Jurado será inapelable y se hará público a través de las redes sociales de la Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor durante la celebración de las Fiestas Navideñas. El mismo, de 
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conformidad con la Base 30ª del apartado II de las Bases Reguladoras de las Subvenciones para el Desarrollo de Proyectos de Interés General y de Certámenes o Concursos en el ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes (BOME 4460 de 14/12/07), se publicará en el Boletín Oficial de Melilla.

10º.- La Consejería de Cultura, Patrimonio Cultural y Del Mayor y el Jurado se reservan el derecho de adoptar cualquier iniciativa que, sin estar regulada en las presentes bases, contribuya al mayor éxito del Concurso, sin que contra sus decisiones pueda formularse reclamación alguna.

11º.- La convocatoria del presente concurso se regirá por las BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DE INTERÉS GENERAL Y DE CERTÁMENES O CONCURSOS EN EL ÁMBITO DE ACTUACIÓN DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN U COLECTIVOS SOCIALES (BOME núm. 4460, de 14 de diciembre de 2007). La inscripción en esta edición del concurso implica la total aceptación por sus participantes de las presentes bases y convocatoria, así como la resolución por la organización de cualquier problema no recogido en éstas.

Estando la presente convocatoria destinada a una pluralidad indeterminada de personas que pudieran estar interesadas en concurrir a la misma, se ordena su publicación, en aplicación del art. 45, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas.

La presente Orden no agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recursos de alzada en el plazo de un mes, a computar al día siguiente de su publicación, ante el Presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla, como Órgano Competente para resolverlos o ante esta Consejera, que deberá elevarlo con su informe a la Presidencia, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativos Común de las Administraciones Públicas y artículo quinto del Reglamento de Organización Administrativa de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extraordinario nº 13 de 7 de mayo de 1999).

 

Melilla 24 de noviembre de 2023,

El Secretario Técnico de Cultura, Patrimonio y del Mayor,

Juan León Jaén Lara