ARTÍCULO 30 - BOME-AX-2023-30

BOME EXTRA Nº 9 del jueves, 2 de marzo de 2023

CIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJO DE GOBIERNO - CONSEJO DE GOBIERNO

Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 2 de marzo de 2023, relativo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad para el periodo 2023 - 2025.


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ANUNCIO

El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva ordinaria celebrada el día 02 de marzo de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

PUNTO NOVENO.- PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD PARA EL PERIODO 2023-2025.- El Consejo de Gobierno acuerda aprobar la propuesta de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, que literalmente dice:

“PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2023-2025

El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tiene carácter básico, por lo que todos los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.

La disposición adicional decimotercera de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que los Planes y Programas relativos a políticas públicas que estén previstas en normas legales o reglamentarias tendrán la consideración de Planes Estratégicos de Subvenciones y recogerán el contenido previsto en el art. 8.1 de la ley 38/2003.

Con fecha 31 de diciembre de 2022, finalizó el periodo de vigencia del Plan Estratégico General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2020-2022, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno del día 03 de abril de 2020 y publicado en el Boletín Oficial de Melilla extraordinario 11 del mismo día.

Con fecha 8 de febrero de 2023, se publica en el Boletín Extraordinario núm. 4 Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 6 de febrero de 2023, relativo a la aprobación definitiva de los Presupuestos Generales de la Ciudad Autónoma de Melilla para el ejercicio 2023.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha reforzado el relevante principio de planificación, contemplado en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del sector Público, al dictar que es un requisito esencial y previo a la concesión de cualquier subvención el cumplimiento del Plan Estratégico de Subvenciones, contemplado en el artículo 8.1 de la Ley General de Subvenciones. El tribunal de la Sección Tercera de dicha Sala, , en su sentencia 543/2022, de fecha 9 de mayo, subraya con claridad que el Plan Estratégico de Subvenciones constituye un instrumento de planificación de políticas públicas cuyo objetivo es el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública, cuya aprobación es previa a la regulación de la subvención, constituyendo un requisito             esencial.

Corresponde la aprobación del presente Plan Estratégico de Subvenciones al Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, según lo establecido en el artículo 16.1.17 del Reglamento del Gobierno y de la Administración (BOME extraord. Núm. 2, del 30 de enero de 2017).

Por  lo anterior y de conformidad con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de Gobierno lo siguiente:

La  aprobación del :

PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD PARA EL PERIODO 2023-2025.

PREÁMBULO

El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tiene carácter básico, por lo que todos los Ayuntamientos que pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su correspondiente Plan Estratégico de Subvenciones.

La disposición adicional decimotercera de la citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre, establece que los Planes y programas relativos a políticas públicas que estén previstas en Normas legales o reglamentarias tendrán la consideración de Planes estratégicos de Subvenciones y recogerán el contenido previsto en el art. 8.1 de la ley 38/2003.

Con esta medida, penetran en el área de la actividad administrativa de fomento las técnicas de planificación estratégica propias del sector privado y que han ido incorporándose progresivamente como herramientas de programación y gestión en las dos últimas décadas en el sector público español. Con ello se pretende dar respuesta a las exigencias constitucionales de una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos, coherente, por lo tanto, con el resto de herramientas de programación y planificación presupuestaria o sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo con el artículo 103 de la Constitución, “la Administración Pública sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la ley y al Derecho”, principios ligados a los expresados en el artículo 31.2 de la propia norma constitucional, en relación con el gasto público, al que se le exige realizar “una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía”.

La Ley General de Subvenciones supone un paso más en el proceso de perfeccionamiento y racionalización del sistema económico. Uno de los principios que rige la Ley es el de la trasparencia que, junto con la variedad de instrumentos que 

se articulan en la ley, redunda de forma directa en un incremento de los niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.

En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará posible eliminar las distorsiones e interferencias que pudieran afectar al mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo de solapamiento.

Para mejorar la eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones, con carácter previo a las subvenciones. Recogiendo este imperativo legal, se elabora este documento único que permite establecer la correlación entre los objetivos misionales de la organización en su conjunto, las prioridades políticas determinadas a través e los objetivos generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar ordenadas según la estructura funcional de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad de la  Ciudad Autónoma de Melilla.

Conforme con el artículo 11.4 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones ( Real Decreto 887/2006, de 21 de julio), los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.

El Plan Estratégico General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para el periodo 2020-2022, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno del día 03 de abril de 2020 ( BOME extraordinario 11 del mismo día) finalizó el pasado 31 de diciembre de 2022. Finalizada, pues, la vigencia, la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad requiere la aprobación de nuevo Plan Estratégico para los años 2023, 2024 y 2025, con vocación plurianual y con las revisiones que, en su caso, sean necesarias realizar anualmente.

CAPÍTULO 1

ASPECTOS GENERALES

ARTICULO 1.- El establecimiento de subvenciones por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad durante el período 2023-2025 se ajustará a lo previsto en este Plan Estratégico de Subvenciones.

ARTICULO 2.- El establecimiento efectivo de las subvenciones prevista en este plan estratégico requerirá la inclusión de las consignaciones correspondientes en los presupuestos de la Ciudad Autónoma de Melilla de cada año y la aprobación de las bases y convocatorias, en su caso, reguladoras de su concesión.

ARTICULO 3.- El establecimiento de subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben de las correspondientes subvenciones se acomodarán en cada momento a dichos objetivos.

ARTICULO 4.- La aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus propios términos.

ARTICULO 5.- Son principios generales de este Plan los siguientes:

-       Publicidad y libre concurrencia mediante convocatoria previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad, concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad con lo establecido en la norma aplicable, deberá contar con la debida consignación presupuestaria previa.

-       Concesión conforme a criterios objetivos previamente establecidos en la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por los potenciales beneficiarios.

-       Eficacia en el cumplimiento de los objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos públicos, debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.

-       Control y análisis de la adecuación de los fines de las entidades solicitantes a los principios de igualdad y no discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.

Y de forma específica, verificar de forma constante la pertinencia del Plan Estratégico. A saber:

-       Justificación del Plan.

-       Necesidades de la ciudadanía a las que atiende.

-       Capacidad financiera

-       Explicación de la competencia de esta Administración en la materia.

-       Estudio de la no aplicación de la línea subvencional.

ARTICULO 6.- De acuerdo con lo dispuesto en el art. 5 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005), el órgano que tiene  atribuida la función de desarrollo del mismo y, por tanto, la ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, será el Consejo de Gobierno.

Por tanto,

-       Los programas de subvenciones quedarán condicionadas a la existencia de dotación presupuestaria adecuada y suficiente.

-       Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones o concesiones directas, deberá efectuarse la aprobación del gasto en términos previstos en las normas presupuestarias de la Ciudad Autónoma de Melilla.

-       Y finalmente, y de forma previa al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas o bases reguladoras de la concesión y su convocatoria.

 


CAPITULO 2

BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE LAS SUBVENCIONES

ARTICULO 7.- La Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad concederá subvenciones a favor de personas o Entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines públicos atribuidos a su competencia.

ARTÍCULO 8.- La Ciudad Autónoma de Melilla establecerá anualmente subvenciones en las diferentes áreas entre las que se encuentran:

-       Las de Educación e Igualdad en sus diferentes Líneas de Subvención.

-       Las de  Cultura y Festejos en sus diferentes Líneas de Subvención

-       Las de Relaciones Interculturales en sus diferentes Líneas de Subvención

CAPITULO 3

CONTROL FINANCIERO DE LOS PROGRAMA SUBVENCIONADOS

ARTICULO 9.-  El control financiero de los programas subvencionados y subvenciones otorgadas está encomendado a la Intervención General de la Ciudad Autónoma de Melilla, que al respecto analizará las fechas reales de pago de los importes subvencionados con relación a las fechas previstas en cada expediente, así como los medios de pago utilizados y la correcta justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la obtención de la subvención.

La Intervención General podrá elaborar los modelos de justificación de subvenciones que faciliten la fiscalización de las mismas.

CAPITULO 4

OBJETIVOS

ARTICULO 10.- El presente Plan Estratégico de Subvenciones tiene como objetivo favorecer la participación de entidades y organizaciones, especialmente entidades y colectivos de ciudadanos (Asociaciones relacionadas con la educación, Asociaciones que trabajan en materias de Igualdad,  Cultura, Festejos, Relaciones Interculturales, Centros escolares, etc.) en el ámbito de gestión de la Ciudad Autónoma de Melilla, a través del fortalecimiento de los medios propios de las mismas, así como del fomento de actividades organizadas por esas asociaciones y entes en el ámbito de su actividad que suplen o complementan la actuación de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en las diversas áreas que resultan ser de su competencia a tenor del decreto de distribución de competencias entre consejerías.

Teniendo como objetivos estratégicos los siguientes:

 1º.- Facilitar medios a las entidades y organizaciones arriba referidas para su funcionamiento interno.

2º.- Facilitar la actividad de dichas entidades y organizaciones de tal forma que coadyuven y complementen la actividad propia de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en las áreas competenciales de sus Direcciones Generales.

3º.- Fomentar acciones que resultan de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

4º.-Fomento de la Cultura en cualquiera de sus manifestaciones y fomento y conservación de fiestas populares y/o religiosas atendiendo a la diversidad de nuestra Ciudad.

5º.- Fomento de las actividades que conlleven y fomenten el conocimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, etnológico, bibliográfico y documental.

6º.-Incentivar la investigación sobre los fenómenos multiculturales y sobre los peligros que pudieran acechar a la convivencia basada en el respeto a la diversidad y el pluralismo cultural. 

7º.- Promover acciones, experiencias y proyectos que favorezcan el diálogo intercultural.

8º.-  Fomento de las actividades que conlleven y fomenten el conocimiento y la participación, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda entre todas ellas.

9º.-  Salvaguardar el Patrimonio Cultural Inmaterial de Melilla.

10º.-  Fomento del estudio de las peculiaridades y transmisión del legado de las culturas en Melilla.

CAPITULO 5

LINEAS DE SUBVENCIÓN

ARTICULO 10.- CULTURA Y FESTEJOS LINEAS DE SUBVENCIÓN

Objetivos Estratégicos:

1)     Fomento de la Cultura en cualquiera de sus manifestaciones y fomento y conservación de fiestas populares y/o religiosas atendiendo a la diversidad de nuestra Ciudad.

2)     Fomento de las actividades que conlleven y fomenten el conocimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico, etnológico, bibliográfico y documental.

Línea de subvención 1.ª:

Objetivo Estratégico: Facilitar medios para el desarrollo de sus actividades y estructura interna a las organizaciones cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como impartir conferencias, 

charlas o cursos sobre cualquier aspecto relacionado con la cultura, o bien facilitar los medios a entidades que tengan entre sus fines el fomento, la conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico, paleontológico y etnológico para la realización de actividades que le son propias, en aplicación de lo establecido en el artículo 21.1.14 y 15 de la Ley Orgánica 2/95, de 13 de marzo, que aprueba el Estatuto de Autonomía de Melilla.

Se pretende que tenga especial incidencia la promoción del patrimonio cultural inmaterial, concebido como el conjunto de “usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos, reconocen como parte integrante de su patrimonio cultural”, así como en la promoción de las denominadas industrias culturales, entendidas como aquel sector de la economía que se desarrolla entorno a bienes culturales y servicios culturales, tales como el arte, el entretenimiento, el diseño, la arquitectura, la publicidad, la gastronomía y el turismo cultural.

-       Área de competencia: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

-       Centro Gestor: Dirección General de Cultura y Festejos.

-       Sector al que se dirige la ayuda: Entidades cuyo objeto social sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía, literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.

-       Objetivos y efectos que se pretenden obtener: Dotar a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y desarrollo de sus actividades con el objetivo de:

-       Fomentar la música, la promoción de la creatividad y difusión de la misma, así como la ayuda a sociedades de conciertos, asociaciones musicales, entidades musicológicas, orquestas y conjuntos instrumentales, corales y coreográficos, y la organización y promoción de manifestaciones musicales, entidades musicológicas, orquestas y conservación del folklore.

-       Fomentar el teatro y la promoción de compañías y grupos teatrales, así como el desarrollo y la promoción de toda clase de actividades teatrales, festivales, certámenes, teatro infantil, juvenil y vocacional y el apoyo de manifestaciones cinematográficas en general.

-       Promocionar la cinematografía (Semana del Cine, etc. ) y fomentar toda clase de actividades relacionadas con la creatividad artística en este campo de la cultura, la ayuda a cineclubes y a entidades culturales cinematográficas en general.

-       Promocionar actividades divulgativas sobre nuestra historia, costumbres, tradiciones (cursos de verano, jornadas literarias, de historia, etc.).

-       Fomentar la creación literaria, la promoción del libro y de las ediciones sonoras y audiovisuales, la promoción de los hábitos de lectura, muy en particular en los sectores infantil y juvenil, el apoyo al autor y a su obra, la difusión cultural a través de los libros, de las manifestaciones literarias y la creación y sostenimiento de fonotecas y videotecas.

-       Conservación de las fiestas populares y/o religiosas.

-       Plazo necesario para su consecución: Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.

-       Aportación de otros entes: No se prevé para las actividades concretas subvencionadas.

-       Acciones previstas para los ejercicios 2023, 2024 y 2025. Se prevén las siguientes:

o        Convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a asociaciones de índole cultural domiciliadas en Melilla para la realización de actividades culturales y festivas, con cargo a la partida 14/33401/48900, subvenciones a entidades culturales. Importe total de 75.000,00 €.

o  Fechas de concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

o  Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla. Bases de la convocatoria de ayudas y publicación. Instrucción del procedimiento. Concesión a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

o   Concesión de una subvención directa a cada una de las siguientes asociaciones, a través del convenio de colaboración que se cita, con cargo a la partida 14/33400/48900 (convenios entidades culturales):

§     Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación de Banda de Música, Orquesta Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”, para el fomento de la música como actividad cultural, mediante la promoción de determinadas acciones formativas: 400.000,00 €.

§     Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Agrupación de Cofradías de Semana Santa de Melilla, para la realización de diversas actividades relacionadas con la Semana Santa y las actividades que se realizan a lo largo del año por parte de las distintas cofradías que la conforman: 63.000,00 €.


§     Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada para el Aula Permanente de Formación Abierta: 21.500,00 €.

§     Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Sociedad Cultural Amigos de la Música de Melilla, para la celebración de determinados conciertos: 22.000,00 €.

§     Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Real y Franciscana Congregación de Nuestra Señora Virgen de la Victoria, para llevar todas las actuaciones encaminadas a la conservación de la Imagen de Virgen de la Victoria y su entorno y la exhibición de la Imagen en procesión durante las fiestas patronales de Melilla y las actividades que se realizan a lo largo del año: 13.000,00 €.

§     Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y Asociación Nana, para el desarrollo del proyecto Nana: 50.000,00 €.

§     Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación de Estudios Melillenses, para la reforma y reestructuración de las dependencias de la misma y el fomento de exposiciones y visitas guiadas: 15.000,00 €.

§     Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Oxígeno Laboratorio Cultural, para el desarrollo del proyecto Kahina: 40.000,00 €.

§     Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Jóvenes Artistas Melillenses “El Invernadero”, mediante la promoción de determinadas acciones formativas: 75.000,00 €.

§     Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Colegio Oficial De Arquitectos De Melilla, para la digitalización de los expedientes archivados en su sede con el fin de ponerlos a disposición de la Ciudad así como la realización de aquellos proyectos de colaboración mutua: 25.000,00 €.

§     Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada para llevar a cabo todas aquellas intervenciones arqueológicas que se requieran desde la Consejería (asesoramiento en la creación de un Centro de Estudios Arqueológicos, redacción de informes preventivos, control de actuaciones arqueológicas, intervenciones con carácter de urgencia, difusión, investigación, etc.) : 50.000,00 €.

q               Fechas de concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

q               Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

q     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, formalización de los correspondientes Convenios de colaboración.

-              Seguimiento y evaluación:

-              Seguimiento: Presentación de la memoria anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos y traslado a la intervención general para su fiscalización.

-              Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago.

ARTÍCULO 11.- RELACIONES INTERCULTURALES LINEAS DE SUBVENCIÓN

Objetivos Estratégicos:

1)     Incentivar la investigación sobre los fenómenos multiculturales y sobre los peligros que pudieran acechar a la convivencia basada en el respeto a la diversidad y el pluralismo cultural. 

2)     Promover acciones, experiencias y proyectos que favorezcan el diálogo intercultural.

3)     Fomento de las actividades que conlleven y fomenten el conocimiento y la participación, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda entre todas ellas.

4)     Salvaguardar el Patrimonio Cultural Inmaterial de Melilla.

5)     Fomento del estudio de las peculiaridades y transmisión del legado de las culturas en Melilla.

Línea de subvención 1.ª:

Objetivo estratégico: Impulso de actividades que conlleven y fomenten el conocimiento y la participación, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación más profunda entre todas ellas.

-       Área de competencia: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

-       Centro Gestor: Dirección General de Relaciones Interculturales.

-       Sector al que se dirige la ayuda: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

-       Objetivos y efectos que se pretenden obtener:

o    Posibilitar y fomentar, en la medida de lo posible, la participación de la ciudadanía melillense mediante las actividades llevadas a cabo por asociaciones sin ánimo de lucro relacionadas con la multiculturalidad melillense.

o    Promover, desde una perspectiva intercultural, el conocimiento de las distintas culturas que conviven en la ciudad.


o    Llevar a cabo acciones dirigidas al desarrollo y promoción de la cultura en todas sus manifestaciones, así como el establecimiento de mecanismos y estrategias que contribuyan eficazmente a la preservación y desarrollo del acervo cultural de las comunidades que integran la población melillense, como patrimonio común.

-       Plazo necesario para su consecución: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año se evaluarán los resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.

-       Aportación de otros entes: No se prevé.

-       Plan de acción: Se prevén las siguientes acciones para los ejercicios 2023-2025:

o Convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones a asociaciones de índole cultural domiciliadas en Melilla para la realización de actividades interculturales, con cargo a la partida 14/33701/48900, subvenciones relaciones interculturales. Importe total de 60.000,00 €.

q  Fechas de concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

q  Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla. Bases de la convocatoria de ayudas y publicación. Instrucción del procedimiento. Concesión a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

o   Convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de Becas a la Investigación Científica sobre la Interculturalidad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Melilla, con cargo a la partida 14/33701/48900, subvenciones relaciones interculturales. Importe total de 30.000,00 €.

q  Fechas de concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

q  Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla. Bases de la convocatoria de ayudas y publicación. Instrucción del procedimiento. Concesión a los solicitantes que cumplan los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.

o   Concesión de una subvención directa a cada una de las siguientes asociaciones, a través del convenio de colaboración que se cita, con cargo a las partidas 14/33400/48900 y 14/33400/48000 (convenios entidades culturales):

§  Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Voces Rescatadas, para la creación de un Banco de Memoria Plural que incluya la diversidad de toda la ciudadanía melillense: 10.000,00 €.

§  Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad Autónoma de Madrid, para la investigación, conservación y promoción del patrimonio histórico-artístico, sociológico y etnográfico de la Ciudad Autónoma de Melilla: 10.000,00 €.

§  Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Socio Cultural “Mem Guimel”, para el desarrollo de actividades culturales, de investigación y conservación del patrimonio y difusión de la cultura JudíaSefardí, encaminadas a mejorar el conocimiento de la cultura judía en un aspecto general y la cultura Judía-Sefardí melillense: 30.000,00 €.

§  Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Colegio La Salle El Carmen para el desarrollo de una serie de actividades organizadas por la Asociación Escuela de Flamenco de Melilla, la Asociación Mem Guímel, el Seminario Permanente de Tamazight y la Asociación Proyecto Alfa de manera que puedan hacer uso de las instalaciones del Centro para su uso como “Aulas Interculturales”: 30.000,00 €.

§  Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Fundación Instituto de Cultura Gitana para la realización de determinadas conmemoraciones, cursos de formación y participación en la Semana de la Diversidad Cultural: 30.000,00 €.

§  Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Fundación Euroárabe de Altos Estudios para la realización de determinados programas, en particular el Proyecto de Formación de Formadores del Tamazight; el Proyecto de Curso de Iniciación a la Cultura Amazigh y el Proyecto de Estudio Sociolingüístico de la población Amazigh de Melilla: 30.000,00 €.

§  Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y ACEFOME para la realización de acciones dirigidas al desarrollo y promoción de la Lengua y Cultura Amazigh: 30.000,00 €.

q               Fechas de concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

q               Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

q     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, formalización de los correspondientes Convenios de colaboración.

-                      Seguimiento y evaluación:

-                      Seguimiento: Presentación de la memoria anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos y traslado a la intervención general para su fiscalización.

-                      Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago.


Línea de subvención 2.ª:

Objetivo estratégico: Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de Melilla (PCI).

-                      Área de competencia: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

-                      Centro Gestor: Dirección General de Cultura y Festejos.

-                      Sector al que se dirige la ayuda:

             Organizaciones cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio cultural de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones y entidades que tengan entre sus fines el fomento, la conservación o

enriquecimiento de nuestra Diversidad y Pluralismo Cultural, Religioso y Etnográfico.

             Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones.

-                      Objetivos y efectos que se pretenden obtener:

– Establecer cauces adecuados de transmisión de dicho patrimonio para darlo a conocer y explicar sus contribuciones al acervo cultural melillense con el fin de que permanezca entre las nuevas generaciones, concibiéndolo como un elemento de enriquecimiento.

-                      Plazo necesario para su consecución: Se pretende en principio que su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año se evaluarán los resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de introducir mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.

-                      Aportación de otros entes: No se prevé.

-                      Plan de acción: Se prevén las siguientes acciones para los ejercicios 2023-2025:

o Concesión de una subvención directa a cada una de las siguientes asociaciones, a través del convenio de colaboración que se cita, con cargo a las partidas 14/33400/48900 y 14/33400/48000 (convenios entidades culturales):

§  Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Escuela de Flamenco Ciudad de Melilla, para el sostenimiento y funcionamiento de una Escuela de Flamenco en la Ciudad Autónoma de Melilla, que contribuya a la difusión y preservación de uno de los pocos bienes culturales inmateriales españoles declarados, hasta el momento, Patrimonio de la Humanidad, que hunde sus orígenes y antecedentes en las tradiciones artísticas de tres comunidades que conviven en la ciudad de Melilla: la romanígitana, la amazigh y la judía: 60.000,00 €.

§  Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Sociocultural Rusadir XXI, para su participación en la celebración del Yennayer y colaborar en la puesta en marcha de la Feria Amazigh: 5.000,00 €.

§  Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Melilla para la UNESCO, para el desarrollo de distintas actuaciones y programas relacionadas con las distintas culturas de la ciudad: 10.000,00 €.

§  Convenio de Colaboración entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación COMENZAMOS, para el mantenimiento de la web www.melillainmaterial.com, con cuantas acciones sean necesarias tanto desde el diseño como desde la implementación informática para el funcionamiento de la misma. En cuanto a los contenidos supone una actualización permanente de los mismos, tanto en los apartados del “Atlas de PCI de Melilla”, como en el de “Actualidad Intercultural”, con información audiovisual y por escrito de todos los eventos y manifestaciones relacionadas con los contenidos de la web para el periodo determinado: 15.000,00 €.

q               Fechas de concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

q               Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en los presupuestos.

q     Mecanismo de aplicación: Ley General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla, formalización de los correspondientes Convenios de colaboración.

-                     Seguimiento y evaluación:

-                     Seguimiento: Presentación de la memoria anual de actuaciones llevadas a efecto y justificantes de gastos y traslado a la intervención general para su fiscalización.

-                     Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de tramitación y pago.

ARTICULO 12.- EDUCACIÓN E IGUALDAD LINEAS DE SUBVENCIÓN

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS:

 1º.- Facilitar medios a las entidades y organizaciones relacionadas con la educación o  igualdad/mujer,  para su funcionamiento interno.


2º.- Facilitar la actividad de dichas entidades y organizaciones de tal forma que coadyuven y complementen la actividad propia de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en las áreas competenciales de su Dirección General de Educación e Igualdad.

3º.- Fomentar acciones que resultan de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública relacionadas con las área de Educación e Igualdad.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 1.- “COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA,  ESPECIAL Y EDUCACIÓN DE ADULTOS PÚBLICOS  DE MELILLA”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:

Facilitar medios a las Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla tanto públicos como concertados, para posibilitar su mantenimiento y conservación y con ello su funcionamiento y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias. Dándose así cumplimiento a lo preceptuado por Disposición Adicional Decimoquinta, apartado segundo, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo de Educación.

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centros sostenidos con fondos públicos de Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Facilitar medios a las Centros Públicos y Concertados de Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla, para posibilitar su mantenimiento y conservación y con ello su funcionamiento y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas y a la obligación legal que recae sobre esta administración ( Disposición Adicional 15 Ley Orgánica 2/2006).

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 367.735,69 €.

APLICACIONES RESUPUESTARIAS:14.32301.4800, ,14.32302.4800, ,14.32303.4800, ,14.32304.4800, 14.32305.4800, 14.32306.4800, 14.32307.4800, 14.32308.4800, 14.32309.4800, 14.32310.4800, 14.32311.4800, 14.32312.4800, 14.32313.4800, 14.32314.4800, 14.32315.4800,     14.32316.4800,      14.32317.4800, 14.32318.4800 14.32319.4800.   

APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Educación y Formación Profesional.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a)     Concesión de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar público y concertado de educación infantil, primaria, especial y educación de adultos  por importe variable en atención a número de líneas de alumnado.

b)     Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención  directa en los presupuestos de esta Administración.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 2.- “COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA CONCERTADOS Y PRIVADOS PARA OBRAS Y EQUIPAMIENTOS”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:

Facilitar medios a las Centros concertados y privados de Educación Infantil y  Primaria de Melilla, para posibilitar su equipamiento y obras necesarias y con ello su funcionamiento y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias. Todo ello en atención a que el Ministerio de Educación y Formación Profesional no dota a esos centros privados/concertados de equipamiento ni efectúa obras en los mismos.

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centros privados/concertados de Educación Infantil y Primaria  de Melilla

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Facilitar a las Centros concertados/privados de Educación Infantil y 

Primaria de Melilla, la dotación de equipamiento y realización de obras necesarias y con ello su funcionamiento y el desarrollo de las actividades docentes que le son propias. Ceip La Salle el Carmen, Ceip Nuestra Señora del Buen Consejo, Ceip Enrique Soler y Liceo Sefardí de Melilla.

 


PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 115.000,00 €.

APLICACIONES  PRESUPUESTARIAS: 14.33424.48900, 14.32301.78000, 14.32302.78000   y 14.32303.78000.  APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a)     Concesión de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar concertado/ privado de educación infantil y primaria   por importe variable en atención a número de líneas de alumnado. Ceip La Salle el Carmen, Ceip Nuestra Señora del Buen Consejo, Ceip Enrique Soler y Liceo Sefardí de Melilla.

b)     Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención  directa en los presupuestos de esta Administración.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 3.- “ESCUELA DE BACHILLERATO ARTÍSTICO  MIGUEL MARMOLEJO”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:

Facilitar medios a la entidad Escuela de Bachillerato Artística público de nuestra ciudad, para posibilitar el desarrollo de las actividades docentes que  son propias de una Escuela de Bachillerato Artístico. AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro docente de Melilla, OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Facilitar medios  que requiere el funcionamiento de una Escuela de Bachiller Artístico.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de la entidad subvencionada.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 40.000 €.

APLICACIÓNES PRESUPUESTARIAS: 14.32318.47000 SUBVENCIÓN

DIRECTA GASTOS FUNCIONAMIENTO ESCUELA ARTE MIGUEL MARMOLEJO

APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Educación y Formación Profesional.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a)     Concesión de subvención directa a Escuela de Bachiller Artístico Miguel Marmolejo.

b)     Fechas de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención nominativa directa en los presupuestos de esta Administración.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas.

El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 4.- “ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:

Facilitar medios a las Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo de Melilla para posibilitar su funcionamiento interno y el desarrollo de las actividades educativas que le son propias que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su programa de Escuelas Infantiles de primer ciclo educativo al proporcionales dichas Escuelas a esta Consejería plazas concertadas a incluir en su convocatoria pública anual. AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad .

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:

Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo educativo de Melilla debidamente autorizadas por el Ministerio de Educación  y Formación Profesional.

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Ayudar a las referidas Escuelas Infantiles, como entidades que desempeñan una loable labor educativa y conciliadora de la vida laboral y familiar, al sostenimiento de las actividades que le son propias y que complementan a las de la 

Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, facilitando a ésta un considerable número de plazas concertadas para su inclusión en la convocatoria pública de plazas en Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 750.000 €.

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 32101 47002 CONCIERTOS DIRECTOS PLAZAS ESCUELAS INFANTILES.

APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

A)   Subvención a cada Escuela de Educación Infantil reconocida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante procedimiento de concurrencia competitiva.

B)   Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

C)   Mecanismo de aplicación: Convenio de colaboración o resolución con determinaciones de subvención.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Presentación de memoria anual de actuaciones y gastos con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo de la memorias presentadas.

El centro Gestor elaborará en cada anualidad, en relación con el año precedente, un informe sobre  las subvenciones gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 5.- “CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER GRADO “JOSEFA CALLES””

OBJETIVO ESTRATÉGICO:

Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Centro Asistencial de Melilla, para posibilitar el funcionamiento y  desarrollo de las actividades docentes que  son propias de una Escuela de Educación Infantil de primer grado, la denominada “Josefa Calles”.

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Asistencial de Melilla, OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Facilitar medios  necesarios para el funcionamiento de una Escuela de Educación Infantil de primer grado.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO 2023:  1.384.151,67 euros.

APLICACIÓNES PRESUPUESTARIAS: 14.32101.48900 CENTRO ASISTENCIAL ESCUELA INFANTIL

APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a)     Concesión de subvención directa al  Centro Asistencial  para  gestión de la Escuela de Educación Infantil “Josefa Calles”.

b)     Fechas de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención  directa en los presupuestos de esta Administración.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas.

El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 6.- “ RELIGIOSAS DE MARIA INMACULADA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:

Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Religiosas de Maria Inmaculada de Melilla, para posibilitar el desarrollo de las actividades docentes que  son propias de una Escuela de Educación Infantil de primer ciclo.

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:  Asistencial y educativo de Melilla, Escuela de Educación Infantil.

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:


Facilitar medios  que implican el funcionamiento de una Escuela de Educación Infantil de primer grado.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de la entidad subvencionada, mediante la inclusión en los presupuestos de una subvención directa nominativa.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 65.000 €.

APLICACIÓNES PRESUPUESTARIAS:14.32101.48902 SUBVENCIÓN RELIGIOSAS MARIA INMACULADA ESCUELA INFANTIL

APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a)     Concesión de subvención directa a Religiosas María Inmaculada  para  gestión de la Escuela de Educación Infantil.

b)     Fechas de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención  directa en los presupuestos de esta Administración.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas.

El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 7.- “SUBVENCIONES DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:

Facilitar medios a las familias melillenses con hijos/as a cargo que cursan estudios en algún Colegio de Educación Infantil y Primaria de Melilla para colaborar con ellas en la financiación de los libros y el material didáctico escolar complementario que requieren los estudios de sus hijos e hijas .

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:

Colegios de Educación Infantil y Primaria que participan en los Programas de Reposición de Libros de texto y de Puesta a Disposición de Material escolar complementario, así como consecuentemente las familias melillenses con hijos e hijas que cursan estudios en dichos colegios.

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Dotar a los Colegios de educación Infantil y Primaria y consecuentemente a las familias con hijos e hijas que cursan estudios en los mismos, de los libros y material escolar  mínimo que garantice la asistencia regular en situación óptima de todo su alumnado.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 919.626,62 €.

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 32101 47000 PROGRAMA DISPOSICIÓN MATERIALES 14 32101 22001 PROGRAMA REPOSICIÓN DE LIBROS.

APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a)     Subvención a cada Colegio de Educación Infantil y Primaria que acuerde su participación en el Programa de Reposición de Libros respecto de los libros y Programa de puesta a disposición de  material escolar que se precisen para el curso académico de que se trate teniendo como beneficiarios últimos los alumnos de dichos centros.

b)     Fechas de Concesión: Con anterioridad a la inicio del correspondiente curso escolar.

c)     Mecanismo de aplicación: Bases del Programa, estudio de necesidades de cada centro escolar, resolución.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo y cuantitativo de las necesidades satisfechas.

El centro Gestor elaborará cada anualidad informe sobre los resultados y el impacto de subvenciones gestionadas por el mismo.

 


LÍNEA DE SUBVENCIÓN 8.- “SUBVENCIONES VIAJES DE ESTUDIOS Y ANALOGOS”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:.

Facilitar medios a los Colegios de Educación Infantil y Primaria, a Institutos de Educación Secundaria y Bachillerato y a otras entidades educativas que llevan a cabo actividades extraescolares consistentes en viajes de estudios y/o lúdico-culturales para posibilitar que los escolares melillenses efectúen viajes colectivos fuera de nuestra ciudad teniendo en consideración la dificultades existentes por el enclave geográfico de la misma. Actividades estas subvencionadas que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su área de Educación.

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:  Estudiantes de Melilla a través de los respectivos  Colegios, Institutos y otras Entidades.

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Posibilitar a los estudiantes melillenses la realización de viajes de estudios, etc... que faciliten su educación y formación al margen del esparcimiento lúdico que conlleve. Ello teniendo en consideración el enclave geográfico de nuestra ciudad.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

 Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 80.000 €.

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 32000 48000 SUBVENCIONES VIAJES DE ESTUDIOS Y ANALOGOS.

APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta. PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

A)     Convocatoria pública anual de subvenciones mediante concurrencia competitiva.

B)     Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

C)     C)Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras, Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y convocatoria pública.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Control de gastos previo presupuesto del coste y con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio de las necesidades satisfechas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto de las subvenciones gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 9.- “SUBVENCIÓN CARITAS Interparroquial

COLONIAS URBANAS” OBJETIVO ESTRATÉGICO:

Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Cáritas Interparroquial de nuestra ciudad, para posibilitar el desarrollo de las actividades asistenciales de vacaciones estivales destinadas a escolares pertenecientes a familias desfavorecidas socialmente .

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Escolares sin medios pertenecientes a familias socialmente desfavorecidas de Melilla,

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Facilitar medios  que implican el desarrollo de un programa de verano para escolares pertenecientes a familias desfavorecidas.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de la actuación subvencionada.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 60.000 €.

APLICACIÓNES PRESUPUESTARIAS: 14.32000.48901 SUBVENCIÓN CARITAS INTERPARROQUIAL COLONIAS URBANAS

APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a)     Concesión de subvención directa a la entidad Cáritas Interparroquial.

b)     Fechas de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención nominativa directa en los presupuestos de esta Administración.


SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas.

El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 10.- “SUBVENCIONES ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y FORMATIVAS”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:

Facilitar medios a las Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo actividades educativas y formativas  que tienen como destinatarios  a personas del ámbito educativo o a aquellas que resultan tener necesidades de índole social  para posibilitar su bienestar, formación y consiguiente integración en la sociedad y posible empleabilidad. Actividades estas subvencionadas que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su área de Educación.

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo labores de difusión educativa, formación y atención educativa.

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Dotar a las entidades subvencionadas de los recursos mínimos que se requieren para la realización de sus programas y atividades educativas/formativas.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 50.000 €.

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 32000 48900 SUBVENCIONES ENTIDADES ENSEÑANZA ,  14 33417 48900 SUBV. SAVE THE CHILDREN PROYECTO INTEGRAL MENORES. 14 32321 48000 CONVENIO UNESCO PROYECTOS EDUCACIÓN E IGUALDAD

APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Educación y Formación Profesional.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

A)     Subvención directa a cada entidad que realiza la actividad descrita anteriormente y convocatorias públicas mediante concurrencia competitiva.

B)     Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia.

C)     C)Mecanismo de aplicación: Subvención directa a cada entidad por cuantía precisa para la realización de la actividad educativa formativa con posible inclusión de subvención nominativa en los presupuestos de esta Administración y posibles Convocatorias Públicas mediante concurrencia competitiva.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas . El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados y el impacto de las líneas de subvención gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 11.- “ASOCIACIONES QUE TRABAJA CON ALUMNADO DE EDUCACIÓN INCLUSIVA ”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:

Facilitar medios a las asociaciones y entidades que trabajan en beneficio de alumnado con características eductivas especiales, autismo y otros,  y con ello facilitar su   funcionamiento y el desarrollo de las actividades terapéuticas que lleven a cabo. ( Asociación Teama y Asociación Autismo Melilla)

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones que trabajan con alumnado de educación inclusiva. Autismo y otros.

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Facilitar a las entidades que trabajan en beneficio de alumnado con necesidades especiales, la dotación para su funcionamiento y el desarrollo de las actividades terapéuticas que le son propias.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 65.000,00 €.

APLICACIONES  PRESUPUESTARIAS:  14.23123.48900 y 14.23300.48902. 

 APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.


PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a)     Concesión de una subvención directa nominativa a cada Asociación   por importe variable en atención a número de alumnado atendido y actividades.

b)     Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

c)     Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención  directa en los presupuestos de esta Administración.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones  presentadas.

El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 12.- “SUBVENCIONES PARA ACOGIDA/TUTELA DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO y AGRESIONES SEXUALES”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:.

Facilitar medios a las Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo la gestión de viviendas de acogida o tutela, recursos habitacionales, de mujeres victimas de violencia de género o agresiones sexuales para posibilitar el  funcionamiento de dichos recursos habitaciones y el desarrollo de las actividades sociales de acogimiento  que le son propias que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su programa de atención de mujeres víctimas de maltrato o de agresiones sexuales del área de Igualdad.

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo la gestión de recursos habitacionales, viviendas de acogida o tutela de mujeres victimas de violencia de género y de agresiones sexuales.

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Dotar a las entidades gestoras de recursos habitacionales de mujeres victimas de violencia de género o de agresiones sexuales en Melilla de recursos mínimos que garanticen la correcta asistencia de acogida y tutela a dichas mujeres victimas y a sus hijos e hijas de ella dependientes.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO 2023: 572.500,00 €.

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 23102 47900 SUBVENCION CRUZ ROJA GASTOS DE FUNCIONAMIENTO y 14 23103 47900 SUBVENCION FEDERACIÓN NACIONAL MUJERES EN IGUALDAD. 14 23101 48902 CONVENIO CRUZ ROJA PACTO ESTADO VIOLENCIA DE GENERO

APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Igualdad. Pacto de Estado contra Violencia de Género. PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a) Subvención Directa nominativa a cada entidad que gestiona un centro de acogida/tutela de mujeres víctimas ( Comité de Cruz Roja de Melilla ( 130.000,00 €) y Confederación Nacional de Mujeres en Igualdad ( 150.000€) y Convenio Recurso habitacional Cruz Roja para victimas mediante financiación del  Pacto Estado Violencia Genero ( 292.500 €) .

B) Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.

C)Mecanismo de aplicación: Convenios de colaboración o resolución con determinaciones de concesión, según proceda.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas . El centro Gestor elaborará informe sobre las líneas de subvención gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 13.- “SUBVENCIONES ACTIVIDADES FORMATIVAS , LUDICAS Y TERAPÉUTICAS PARA MUJERES CON NECESIDADES” OBJETIVO ESTRATÉGICO:.

Facilitar medios a las Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo actividades formativas, educativas, lúdicas y terapéuticas que tienen como destinatarias  a mujeres que resultan tener necesidades de índole social  para posibilitar su bienestar, formación y consiguiente integración en la sociedad y posible empleabilidad. Actividades estas subvencionadas que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su área de Igualdad.

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a cabo labores de atención social a mujeres con necesidades.

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:


Dotar a las entidades subvencionadas de los recursos mínimos que se requieren para la realización de programas educativos/formativos, lúdicos y asistenciales que tienen como destinatarias beneficiarias a mujeres con necesidades de integración social facilitando su bienestar,  formación y consecuentemente su empleabilidad e inserción social. PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 210.000 €.

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 23101 48900 SUBVENCIONES

AREA DE LA MUJER, 14 32000 48900 SUBVENCIONES ENTIDADES

ENSEÑANZA y 14 33416 48900 PROYECTO MODA ETICA MUJERES VICTIMAS VIOLENCIA DE GÉNERO. 14 33412 48900 CONVENIO LA SALLE PROYECTO ALFA 14 23101 48901 SUBVENCION ARTETERAPIA

ACME VICTIMAS VIOLENCIA DE GENERO 14 33418 48900 SUBV

BACHAKUMBE PROYECTO MUJERES Y DANZA 14 33421 48900

SUBVENCION MELILLA ACOGE MUJERES EN CONTEXTO DE PROSTITUACIÓN 1433421 78000 SUBVENCION MELILLA ACOGE MUJERES EN CONTEXTO DE PROSTITUACIÓN EQUIPAMIENTO 14 33419 48900 SUBVENCION ASPANIES PROYECTO MUJERES Y DISCAPACIDAD APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Igualdad.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a) Subvención directa a cada entidad que realiza la actividad descrita anteriormente.

B) Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia.

C)Mecanismo de aplicación: Subvención directa a cada entidad por cuantía precisa para la realización de la actividad formativa con posible inclusión de subvención nominativa en los presupuestos de esta Administración.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas . El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados y el impacto de las líneas de subvención gestionadas por el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 14.- “SUBVENCIONES ACTIVIDADES CERTAMENES AREA DE IGUALDAD ”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:

Promover aquellas actividades culturales, mediante certámenes, premios,  que vienen a dignificar el papel de la mujer en la sociedad  resaltando su valía. Actividades estas subvencionadas que coadyuvan y complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su área de Igualdad.

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad. SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas particulares que llevan a cabo labores artísticas culturales.

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Premiar a personas particulares que participen en los oportunos certámenes convocados por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, y que con sus trabajos dignifican el papel de la mujer en la sociedad.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas premiadas.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 25.000 €.

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 23101 48900  SUBVENCIONES AREA DE LA MUJER.

APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta. PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a)     Premios y accésit a participantes en “Premio Internacional de Relato Corto Encarna León” ( 9.000 €) , en Concurso de Arte “Melilla es Mujer” ( 5.000€), en certamen mujer periodístico “Carmen Goes” ( 5.000 €) y Premio certamen igualdad “Clara Campo Amor” ( 6.000 €) 

b)     Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia con motivo de conmemoración del Día Internacional de la Mujer y del Día Mundial contra la violencia de género.

c)     Mecanismo de aplicación: Premios otorgados según fallo de jurados constituidos al efecto tras la oportuna convocatoria de concurrencia competitiva.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Control de gastos con la pertinente acta del fallo del jurado justificativa.

Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas.

El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de las líneas de subvención gestionadas por el mismo.

 


LÍNEA DE SUBVENCIÓN 15.- “PROGRAMA DE VIAJES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE PARA MUJERES CON HIJO A CARGO FAMILIAS MONOPARENTALES”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:.

Favorecer la integración y calidad de vida de las mujeres que se encuentran en situación de precariedad económica y social.

 AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Residentes en la Ciudad de Melilla mujeres de colectivos sociales desfavorecidos con hijos a cargo que constituyen familias monoparentales.

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Proporcionar al colectivo beneficiario la posibilidad de participar en actividades que les permitan el desarrollo de sus habilidades sociales y, por consiguiente, aumentar su autoestima.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 50.000 €.

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14.23101.22699 AREA DE LA MUJER APORTACIÓN DE OTROS ENTES:  No consta. PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

A)     Convocatoria para la selección mediante concurrencia competitiva de los beneficiarios

B)     Fechas de Concesión: Primer semestre del año.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad.

Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas .

La empresa adjudicataria del programa vacacional realizará un estudio evaluativo del evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 16.- “ASOCIACIONES DE PERSONAS LESBIANAS, GAYS, TRANSEXUALES Y BISEXUALES”

OBJETIVO ESTRATÉGICO:.

Facilitar medios a la asociaciones y entidades de personas lesbianas, gays, transexuales y bisexuales, y con ello facilitar su funcionamiento y el desarrollo de las actividades que lleven a cabo como la conmemoración del Día del Orgullo ( Asociación Amlega Melilla) .  AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y entidades de personas lesbianas, gays, transexuales y bisexuales .

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Facilitar a las asociaciones la dotación para su funcionamiento y el desarrollo de las actividades que le son propias como la conmemoración del Día del Orgullo.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 20.000 €.

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14.92409.48902 SUBVENCION DIRECTA AMNLEGA MELILLA

APORTACIÓN DE OTROS ENTES:  No consta.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a) Subvención directa a cada entidad que realiza la actividad descrita anteriormente.

B) Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia.

C)Mecanismo de aplicación: Subvención directa a cada entidad por cuantía precisa para la realización de la actividad formativa con posible inclusión de subvención nominativa en los presupuestos de esta Administración.

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad.

Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas .


La empresa adjudicataria del programa vacacional realizará un estudio evaluativo del evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el mismo.

LÍNEA DE SUBVENCIÓN 17.- ATENCIÓN A PETICIONES SUSCEPTIBLES DE SUBVENCIÓN DIRECTA

OBJETIVO ESTRATÉGICO:.

Atender peticiones de ayuda susceptibles de subvención mediante concesión directa por la concurrencia de circunstancias excepcionales de impiden o dificultan la convocatoria pública o bien mediante su inclusión nominalmente en los presupuestos anuales que correspondan  de esta Ciudad Autónoma de Melilla.

AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

CENTRO GESTOR: Dirección General de Educación e Igualdad, Dirección General de Cultura y Festejos y Dirección General de Relaciones Interculturales.

SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas o entidades que desarrollen actividades de interés general concernientes al ámbito de actuación de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.

Áreas competenciales de sus Direcciones Generales.

OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:

Favorecer e incentivar actividades de interés general.

PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:

Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.

COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:  50.000 € o superior.

APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14.32000.48900 SUBVENCIONES

ENTIDADES ENSEÑANZAS, 14.23101.48900 SUBVENCIONES AREA DE LA MUJER 14 33701 48900 CONVOCATORIA SUBVENCIONES RELACIONES INTERCULTURALES y 14 33401 48900 SUBVENCIONES ENTIDADES CULTURALES o  la que corresponda nominativamente. APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No constan.

PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:

a) Concesión directa

b) Fechas de Concesión: No determinada

SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:

Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad.

Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas.

Este Plan estratégico de subvenciones correspondiente a  la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad se presenta de conformidad con lo preceptuado por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en su artículo 8.1, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones en su artículo 10.1 y  por el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla en su Disposición Adicional Primera ( BOME núm. 4224 de 9 de septiembre de 2005). “

De conformidad con los artículos 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos meses desde la publicación o notificación.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.

Lo que se traslada para su publicación y general conocimiento.

 

Melilla 2 de marzo de 2023,

El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,

Antonio Jesús García Alemany