Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 2 de marzo de 2023, relativo al Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad para el periodo 2023 - 2025.
ANUNCIO
El Consejo de Gobierno, en sesión resolutiva
ordinaria celebrada el día 02 de marzo de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:
PUNTO NOVENO.- PLAN ESTRATÉGICO DE
SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD PARA EL PERIODO 2023-2025.- El
Consejo de Gobierno acuerda aprobar la propuesta de la Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad, que literalmente dice:
“PLAN
ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD
DE LA CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA PARA EL PERIODO 2023-2025
El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, tiene carácter básico, por lo que todos los Ayuntamientos que
pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su correspondiente Plan
Estratégico de Subvenciones.
La disposición adicional decimotercera de la citada Ley 38/2003, de 17
de noviembre, establece que los Planes y Programas relativos a políticas
públicas que estén previstas en normas legales o reglamentarias tendrán la
consideración de Planes Estratégicos de Subvenciones y recogerán el contenido
previsto en el art. 8.1 de la ley 38/2003.
Con fecha 31 de diciembre de 2022, finalizó el periodo de vigencia del
Plan Estratégico General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla para
el periodo 2020-2022, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno del día 03
de abril de 2020 y publicado en el Boletín Oficial de Melilla extraordinario 11
del mismo día.
Con fecha 8 de febrero de 2023, se publica en el Boletín Extraordinario
núm. 4 Acuerdo de la Excma. Asamblea de Melilla, de fecha 6 de febrero de 2023,
relativo a la aprobación definitiva de los Presupuestos Generales de la Ciudad
Autónoma de Melilla para el ejercicio 2023.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha
reforzado el relevante principio de planificación, contemplado en la Ley
40/2015 de Régimen Jurídico del sector Público, al dictar que es un requisito
esencial y previo a la concesión de cualquier subvención el cumplimiento del
Plan Estratégico de Subvenciones, contemplado en el artículo 8.1 de la Ley
General de Subvenciones. El tribunal de la Sección Tercera de dicha Sala, , en
su sentencia 543/2022, de fecha 9 de mayo, subraya con claridad que el Plan
Estratégico de Subvenciones constituye un instrumento de planificación de
políticas públicas cuyo objetivo es el fomento de una actividad de utilidad
pública o interés social o de promoción de una finalidad pública, cuya
aprobación es previa a la regulación de la subvención, constituyendo un
requisito esencial.
Corresponde la aprobación del presente Plan Estratégico de Subvenciones
al Consejo de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Melilla, según lo establecido
en el artículo 16.1.17 del Reglamento del Gobierno y de la Administración (BOME
extraord. Núm. 2, del 30 de enero de 2017).
Por lo anterior y de conformidad
con los documentos aportados al expediente, vengo en proponer al Consejo de
Gobierno lo siguiente:
La aprobación del :
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA
CONSEJERÍA DE
EDUCACIÓN, CULTURA, FESTEJOS E IGUALDAD PARA EL PERIODO 2023-2025.
PREÁMBULO
El artículo 8.1 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, tiene carácter básico, por lo que todos los Ayuntamientos que
pretendan otorgar subvenciones deben aprobar su correspondiente Plan
Estratégico de Subvenciones.
La disposición adicional decimotercera de la citada Ley 38/2003, de 17
de noviembre, establece que los Planes y programas relativos a políticas
públicas que estén previstas en Normas legales o reglamentarias tendrán la
consideración de Planes estratégicos de Subvenciones y recogerán el contenido
previsto en el art. 8.1 de la ley 38/2003.
Con esta medida, penetran en el área de la actividad administrativa de
fomento las técnicas de planificación estratégica propias del sector privado y
que han ido incorporándose progresivamente como herramientas de programación y
gestión en las dos últimas décadas en el sector público español. Con ello se
pretende dar respuesta a las exigencias constitucionales de una gestión
eficiente y eficaz de los recursos públicos, coherente, por lo tanto, con el
resto de herramientas de programación y planificación presupuestaria o
sectorial que se puedan aprobar. Así, de acuerdo con el artículo 103 de la
Constitución, “la Administración Pública sirve con objetividad los intereses
generales y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, jerarquía,
descentralización, desconcentración y coordinación con sometimiento pleno a la
ley y al Derecho”, principios ligados a los expresados en el artículo 31.2 de
la propia norma constitucional, en relación con el gasto público, al que se le
exige realizar “una asignación equitativa de los recursos públicos y su
programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía”.
se articulan en la ley, redunda de forma directa en un incremento de los
niveles de eficacia y eficiencia en la gestión del gasto público subvencional.
En este sentido, una mayor información acerca de las subvenciones hará
posible eliminar las distorsiones e interferencias que pudieran afectar al
mercado, además de facilitar la complementariedad y coherencia de las
actuaciones de las distintas Administraciones Públicas evitando cualquier tipo
de solapamiento.
Para mejorar la eficacia, se prevé en la legislación que se proceda a
elaborar un Plan Estratégico de Subvenciones, con carácter previo a las subvenciones.
Recogiendo este imperativo legal, se elabora este documento único que permite
establecer la correlación entre los objetivos misionales de la organización en
su conjunto, las prioridades políticas determinadas a través e los objetivos
generales a conseguir y las actuaciones concretas a desarrollar ordenadas según
la estructura funcional de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad de la Ciudad Autónoma de
Melilla.
Conforme con el artículo 11.4 del Reglamento de la Ley General de
Subvenciones ( Real Decreto 887/2006, de 21 de julio), los planes estratégicos
contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años, salvo que la
especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan
estratégico de duración diferente.
El Plan Estratégico General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla para el periodo 2020-2022, aprobado por acuerdo del Consejo de Gobierno
del día 03 de abril de 2020 ( BOME extraordinario 11 del mismo día) finalizó el
pasado 31 de diciembre de 2022. Finalizada, pues, la vigencia, la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad requiere la aprobación de nuevo Plan
Estratégico para los años 2023, 2024 y 2025, con vocación plurianual y con las
revisiones que, en su caso, sean necesarias realizar anualmente.
CAPÍTULO 1
ASPECTOS GENERALES
ARTICULO 1.- El establecimiento de
subvenciones por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad
durante el período 2023-2025 se ajustará a lo previsto en este Plan Estratégico
de Subvenciones.
ARTICULO 2.- El establecimiento efectivo
de las subvenciones prevista en este plan estratégico requerirá la inclusión de
las consignaciones correspondientes en los presupuestos de la Ciudad Autónoma
de Melilla de cada año y la aprobación de las bases y convocatorias, en su
caso, reguladoras de su concesión.
ARTICULO 3.- El establecimiento de
subvenciones queda supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria, por lo que las consignaciones presupuestarias que se aprueben de
las correspondientes subvenciones se acomodarán en cada momento a dichos
objetivos.
ARTICULO 4.- La aprobación del Plan
Estratégico de Subvenciones no supone la generación de derecho alguno a favor
de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir indemnización o
compensación alguna en caso de que el Plan no se lleve a la práctica en sus
propios términos.
ARTICULO 5.- Son principios generales de
este Plan los siguientes:
-
Publicidad y libre concurrencia mediante convocatoria
previa en la que se garantice la objetividad, transparencia, publicidad,
concurrencia e igualdad en la distribución de fondos públicos, ello sin
perjuicio de la posible concesión directa que, de conformidad con lo
establecido en la norma aplicable, deberá contar con la debida consignación
presupuestaria previa.
-
Concesión conforme a criterios objetivos previamente establecidos en
la convocatoria a fin de garantizar el conocimiento previo de los mismos por
los potenciales beneficiarios.
-
Eficacia en el cumplimiento de los
objetivos marcados y eficiencia en la asignación de recursos
públicos, debiéndose justificar cuantitativa y cualitativamente.
-
Control y análisis de la adecuación
de los fines de las entidades solicitantes a los principios de igualdad y no
discriminación en el ejercicio de las actividades subvencionadas.
Y de forma específica, verificar de forma constante la pertinencia del Plan Estratégico. A saber:
-
Justificación del Plan.
-
Necesidades de la ciudadanía a las que atiende.
-
Capacidad financiera
-
Explicación de la competencia de esta Administración en la materia.
-
Estudio de la no aplicación de la línea subvencional.
ARTICULO 6.- De acuerdo con lo dispuesto
en el art. 5 del Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla (BOME nº 4224, de 09/09/2005), el órgano que tiene atribuida la función de desarrollo del mismo
y, por tanto, la ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones, será el
Consejo de Gobierno.
Por tanto,
-
Los programas de subvenciones quedarán condicionadas a la existencia de
dotación presupuestaria adecuada y suficiente.
-
Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones o concesiones
directas, deberá efectuarse la aprobación del gasto en términos previstos en
las normas presupuestarias de la Ciudad Autónoma de Melilla.
-
Y finalmente, y de forma previa al otorgamiento de las subvenciones,
deberán aprobarse las normas o bases reguladoras de la concesión y su
convocatoria.
CAPITULO 2
BENEFICIARIOS Y MATERIAS DE LAS SUBVENCIONES
ARTICULO 7.- La Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad concederá subvenciones a favor de personas o
Entidades privadas con la finalidad de fomentar la realización de actividades
de utilidad pública o interés social o para promover la consecución de fines
públicos atribuidos a su competencia.
ARTÍCULO
8.- La Ciudad Autónoma de Melilla establecerá
anualmente subvenciones en las diferentes áreas entre las que se encuentran:
-
Las de Educación e Igualdad en sus diferentes Líneas de Subvención.
-
Las de Cultura y Festejos en sus
diferentes Líneas de Subvención
-
Las de Relaciones Interculturales en sus diferentes Líneas de Subvención
CAPITULO 3
CONTROL FINANCIERO DE LOS PROGRAMA SUBVENCIONADOS
ARTICULO 9.- El control financiero de los programas
subvencionados y subvenciones otorgadas está encomendado a la Intervención
General de la Ciudad Autónoma de Melilla, que al respecto analizará las fechas
reales de pago de los importes subvencionados con relación a las fechas
previstas en cada expediente, así como los medios de pago utilizados y la
correcta justificación de los extremos requeridos a cada beneficiario para la
obtención de la subvención.
La Intervención General podrá elaborar los modelos de justificación de
subvenciones que faciliten la fiscalización de las mismas.
CAPITULO 4
OBJETIVOS
ARTICULO 10.- El presente Plan Estratégico
de Subvenciones tiene como objetivo favorecer la participación de entidades y
organizaciones, especialmente entidades y colectivos de ciudadanos
(Asociaciones relacionadas con la educación, Asociaciones que trabajan en
materias de Igualdad, Cultura, Festejos,
Relaciones Interculturales, Centros escolares, etc.) en el ámbito de gestión de
la Ciudad Autónoma de Melilla, a través del fortalecimiento de los medios
propios de las mismas, así como del fomento de actividades organizadas por esas
asociaciones y entes en el ámbito de su actividad que suplen o complementan la
actuación de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en las
diversas áreas que resultan ser de su competencia a tenor del decreto de
distribución de competencias entre consejerías.
Teniendo como objetivos estratégicos los siguientes:
1º.-
Facilitar medios a las entidades y organizaciones arriba referidas para su
funcionamiento interno.
2º.- Facilitar la actividad de dichas entidades y
organizaciones de tal forma que coadyuven y complementen la actividad propia de
la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en las áreas
competenciales de sus Direcciones Generales.
3º.- Fomentar acciones que resultan de utilidad
pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.
4º.-Fomento de la Cultura en cualquiera de sus
manifestaciones y fomento y conservación de fiestas populares y/o religiosas
atendiendo a la diversidad de nuestra Ciudad.
5º.- Fomento de las actividades que conlleven y
fomenten el conocimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental,
arquitectónico, arqueológico, paleontológico, etnológico, bibliográfico y
documental.
6º.-Incentivar la investigación sobre los fenómenos
multiculturales y sobre los peligros que pudieran acechar a la convivencia
basada en el respeto a la diversidad y el pluralismo cultural.
7º.- Promover acciones, experiencias y proyectos
que favorezcan el diálogo intercultural.
8º.- Fomento
de las actividades que conlleven y fomenten el conocimiento y la participación,
por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a modo de interrelación
más profunda entre todas ellas.
9º.-
Salvaguardar el Patrimonio Cultural Inmaterial de Melilla.
10º.-
Fomento del estudio de las peculiaridades y transmisión del legado de
las culturas en Melilla.
CAPITULO 5
LINEAS DE SUBVENCIÓN
ARTICULO 10.- CULTURA Y FESTEJOS LINEAS DE SUBVENCIÓN
Objetivos Estratégicos:
1)
Fomento de la Cultura en cualquiera de sus manifestaciones y fomento y
conservación de fiestas populares y/o religiosas atendiendo a la diversidad de
nuestra Ciudad.
2)
Fomento de las actividades que conlleven y fomenten el conocimiento del
patrimonio histórico, artístico, monumental, arquitectónico, arqueológico,
paleontológico, etnológico, bibliográfico y documental.
Línea de subvención 1.ª:
charlas o cursos sobre cualquier aspecto relacionado con la cultura, o
bien facilitar los medios a entidades que tengan entre sus fines el fomento, la
conservación o enriquecimiento del patrimonio histórico, artístico, monumental,
arquitectónico, arqueológico, paleontológico y etnológico para la realización
de actividades que le son propias, en aplicación de lo establecido en el
artículo 21.1.14 y 15 de la Ley Orgánica 2/95, de 13 de marzo, que aprueba el
Estatuto de Autonomía de Melilla.
Se pretende que tenga especial incidencia la promoción del patrimonio
cultural inmaterial, concebido como el conjunto de “usos, representaciones,
expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y en
algunos casos los individuos, reconocen como parte integrante de su patrimonio
cultural”, así como en la promoción de las denominadas industrias culturales,
entendidas como aquel sector de la economía que se desarrolla entorno a bienes
culturales y servicios culturales, tales como el arte, el entretenimiento, el
diseño, la arquitectura, la publicidad, la gastronomía y el turismo cultural.
-
Área de competencia: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
-
Centro Gestor: Dirección General de
Cultura y Festejos.
-
Sector al que se dirige la ayuda: Entidades cuyo objeto social
sea el fomento de la cultura en cualquiera de sus manifestaciones o la práctica
de actividades relacionadas con la música, teatro, danza, cinematografía,
literatura, pintura, escultura, fotografía, etc., así como aquellas que
fomenten la conservación de fiestas populares y/o religiosas.
-
Objetivos y efectos que se pretenden
obtener: Dotar
a las entidades de índole cultural de medios para su funcionamiento interno y
desarrollo de sus actividades con el objetivo de:
-
Fomentar la música, la promoción de la creatividad y difusión de la
misma, así como la ayuda a sociedades de conciertos, asociaciones musicales,
entidades musicológicas, orquestas y conjuntos instrumentales, corales y
coreográficos, y la organización y promoción de manifestaciones musicales,
entidades musicológicas, orquestas y conservación del folklore.
-
Fomentar el teatro y la promoción de compañías y grupos teatrales, así
como el desarrollo y la promoción de toda clase de actividades teatrales,
festivales, certámenes, teatro infantil, juvenil y vocacional y el apoyo de
manifestaciones cinematográficas en general.
-
Promocionar la cinematografía (Semana del Cine, etc. ) y fomentar toda
clase de actividades relacionadas con la creatividad artística en este campo de
la cultura, la ayuda a cineclubes y a entidades culturales cinematográficas en
general.
-
Promocionar actividades divulgativas sobre nuestra historia, costumbres,
tradiciones (cursos de verano, jornadas literarias, de historia, etc.).
-
Fomentar la creación literaria, la promoción del libro y de las
ediciones sonoras y audiovisuales, la promoción de los hábitos de lectura, muy
en particular en los sectores infantil y juvenil, el apoyo al autor y a su
obra, la difusión cultural a través de los libros, de las manifestaciones
literarias y la creación y sostenimiento de fonotecas y videotecas.
-
Conservación de las fiestas populares y/o religiosas.
-
Plazo necesario para su consecución: Se pretende su
mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual.
-
Aportación de otros entes: No se prevé para las
actividades concretas subvencionadas.
-
Acciones previstas para los
ejercicios 2023, 2024 y 2025. Se prevén las siguientes:
o
Convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones
a asociaciones de índole cultural domiciliadas en Melilla para la realización
de actividades culturales y festivas, con cargo a la partida 14/33401/48900,
subvenciones a entidades culturales. Importe total de 75.000,00 €.
o Fechas de concesión: Primer
semestre de cada ejercicio.
o Mecanismo de aplicación: Ley
General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad
Autónoma de Melilla. Bases de la convocatoria de ayudas y publicación.
Instrucción del procedimiento. Concesión a los solicitantes que cumplan los
requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
o
Concesión de una subvención directa a cada una de las siguientes
asociaciones, a través del convenio de colaboración que se cita, con cargo a la
partida 14/33400/48900 (convenios entidades culturales):
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación de Banda de Música,
Orquesta Sinfónica y Coro “Ciudad de Melilla”, para el fomento de la música
como actividad cultural, mediante la promoción de determinadas acciones
formativas: 400.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Agrupación de Cofradías de Semana
Santa de Melilla, para la realización de diversas actividades relacionadas con
la Semana Santa y las actividades que se realizan a lo largo del año por parte
de las distintas cofradías que la conforman: 63.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada para el Aula
Permanente de Formación Abierta: 21.500,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Sociedad Cultural Amigos de la Música
de Melilla, para la celebración de determinados conciertos: 22.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Real y Franciscana Congregación de
Nuestra Señora Virgen de la Victoria, para llevar todas las actuaciones
encaminadas a la conservación de la Imagen de Virgen de la Victoria y su
entorno y la exhibición de la Imagen en procesión durante las fiestas
patronales de Melilla y las actividades que se realizan a lo largo del año:
13.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y Asociación Nana, para el desarrollo del
proyecto Nana: 50.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación de Estudios Melillenses,
para la reforma y reestructuración de las dependencias de la misma y el fomento
de exposiciones y visitas guiadas: 15.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Oxígeno Laboratorio
Cultural, para el desarrollo del proyecto Kahina: 40.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Jóvenes Artistas Melillenses
“El Invernadero”, mediante la promoción de determinadas acciones formativas:
75.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Colegio Oficial De Arquitectos De
Melilla, para la digitalización de los expedientes archivados en su sede con el
fin de ponerlos a disposición de la Ciudad así como la realización de aquellos
proyectos de colaboración mutua: 25.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad de Granada para llevar a
cabo todas aquellas intervenciones arqueológicas que se requieran desde la
Consejería (asesoramiento en la creación de un Centro de Estudios
Arqueológicos, redacción de informes preventivos, control de actuaciones
arqueológicas, intervenciones con carácter de urgencia, difusión,
investigación, etc.) : 50.000,00 €.
q
Fechas de concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
q
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en
los presupuestos.
q Mecanismo de aplicación: Ley
General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad
Autónoma de Melilla, formalización de los correspondientes Convenios de
colaboración.
-
Seguimiento y evaluación:
-
Seguimiento: Presentación de la memoria anual de actuaciones llevadas a
efecto y justificantes de gastos y traslado a la intervención general para su
fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago.
ARTÍCULO 11.- RELACIONES INTERCULTURALES LINEAS DE SUBVENCIÓN
Objetivos Estratégicos:
1)
Incentivar la investigación sobre los fenómenos multiculturales y sobre
los peligros que pudieran acechar a la convivencia basada en el respeto a la
diversidad y el pluralismo cultural.
2)
Promover acciones, experiencias y proyectos que favorezcan el diálogo
intercultural.
3)
Fomento de las actividades que conlleven y fomenten el conocimiento y la
participación, por todos los melillenses, de las culturas de cada comunidad, a
modo de interrelación más profunda entre todas ellas.
4)
Salvaguardar el Patrimonio Cultural Inmaterial de Melilla.
5)
Fomento del estudio de las peculiaridades y transmisión del legado de
las culturas en Melilla.
Línea de subvención 1.ª:
Objetivo estratégico: Impulso de actividades que conlleven y fomenten el
conocimiento y la participación, por todos los melillenses, de las culturas de
cada comunidad, a modo de interrelación más profunda entre todas ellas.
- Área de competencia: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
- Centro Gestor: Dirección General de Relaciones Interculturales.
- Sector al que se dirige la ayuda: Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y
educativas cuyo objeto social sea el fomento o la realización de actividades
relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad
en cualquiera de sus manifestaciones.
- Objetivos y efectos que se pretenden obtener:
o
Posibilitar y fomentar, en la medida de lo posible, la participación de
la ciudadanía melillense mediante las actividades llevadas a cabo por
asociaciones sin ánimo de lucro relacionadas con la multiculturalidad
melillense.
o
Promover, desde una perspectiva intercultural, el conocimiento de las
distintas culturas que conviven en la ciudad.
o
Llevar a cabo acciones dirigidas al desarrollo y promoción de la cultura
en todas sus manifestaciones, así como el establecimiento de mecanismos y
estrategias que contribuyan eficazmente a la preservación y desarrollo del
acervo cultural de las comunidades que integran la población melillense, como
patrimonio común.
- Plazo necesario para su consecución: Se pretende en principio que su mantenimiento sea
de carácter anual. Al final de cada año se evaluarán los resultados de cada una
de estas líneas de actuación con el fin de introducir mejoras o subsanar las
deficiencias detectadas.
- Aportación de otros entes: No se prevé.
- Plan de acción: Se prevén las siguientes acciones para los ejercicios 2023-2025:
o Convocatoria pública, en régimen de concurrencia
competitiva, de subvenciones a asociaciones de índole cultural domiciliadas en
Melilla para la realización de actividades interculturales, con cargo a la
partida 14/33701/48900, subvenciones relaciones interculturales. Importe total
de 60.000,00 €.
q Fechas de concesión: Primer
semestre de cada ejercicio.
q Mecanismo de aplicación: Ley
General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad
Autónoma de Melilla. Bases de la convocatoria de ayudas y publicación.
Instrucción del procedimiento. Concesión a los solicitantes que cumplan los
requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
o
Convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de Becas a
la Investigación Científica sobre la Interculturalidad en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Melilla, con cargo a la partida 14/33701/48900, subvenciones
relaciones interculturales. Importe total de 30.000,00 €.
q Fechas de concesión: Primer
semestre de cada ejercicio.
q Mecanismo de aplicación: Ley
General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad
Autónoma de Melilla. Bases de la convocatoria de ayudas y publicación.
Instrucción del procedimiento. Concesión a los solicitantes que cumplan los
requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
o
Concesión de una subvención directa a cada una de las siguientes
asociaciones, a través del convenio de colaboración que se cita, con cargo a
las partidas 14/33400/48900 y 14/33400/48000 (convenios entidades culturales):
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Voces Rescatadas, para la
creación de un Banco de Memoria Plural que incluya la diversidad de toda la
ciudadanía melillense: 10.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Universidad Autónoma de Madrid, para
la investigación, conservación y promoción del patrimonio histórico-artístico,
sociológico y etnográfico de la Ciudad Autónoma de Melilla: 10.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Socio Cultural “Mem
Guimel”, para el desarrollo de actividades culturales, de investigación y
conservación del patrimonio y difusión de la cultura JudíaSefardí, encaminadas
a mejorar el conocimiento de la cultura judía en un aspecto general y la
cultura Judía-Sefardí melillense: 30.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y el Colegio La Salle El Carmen para el
desarrollo de una serie de actividades organizadas por la Asociación Escuela de
Flamenco de Melilla, la Asociación Mem Guímel, el Seminario Permanente de
Tamazight y la Asociación Proyecto Alfa de manera que puedan hacer uso de las
instalaciones del Centro para su uso como “Aulas Interculturales”: 30.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Fundación Instituto de Cultura Gitana
para la realización de determinadas conmemoraciones, cursos de formación y
participación en la Semana de la Diversidad Cultural: 30.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Fundación Euroárabe de Altos Estudios
para la realización de determinados programas, en particular el Proyecto de
Formación de Formadores del Tamazight; el Proyecto de Curso de Iniciación a la
Cultura Amazigh y el Proyecto de Estudio Sociolingüístico de la población
Amazigh de Melilla: 30.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y ACEFOME para la realización de acciones
dirigidas al desarrollo y promoción de la Lengua y Cultura Amazigh: 30.000,00
€.
q
Fechas de concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
q
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en
los presupuestos.
q Mecanismo de aplicación: Ley
General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad
Autónoma de Melilla, formalización de los correspondientes Convenios de
colaboración.
-
Seguimiento y evaluación:
-
Seguimiento: Presentación de la memoria anual de actuaciones llevadas a
efecto y justificantes de gastos y traslado a la intervención general para su
fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago.
Línea de subvención 2.ª:
Objetivo estratégico: Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de Melilla
(PCI).
-
Área de competencia: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
-
Centro Gestor: Dirección General de
Cultura y Festejos.
-
Sector al que se dirige la ayuda:
–
Organizaciones cuyo objeto social sea el fomento o la realización de
actividades relacionadas con las distintas Culturas que integran el patrimonio
cultural de la Ciudad en cualquiera de sus manifestaciones y entidades que
tengan entre sus fines el fomento, la conservación o
enriquecimiento de nuestra Diversidad y Pluralismo Cultural, Religioso y
Etnográfico.
–
Organizaciones Culturales, juveniles, sociales y educativas cuyo objeto
social sea el fomento o la realización de actividades relacionadas con las
distintas Culturas que integran el patrimonio de la Ciudad en cualquiera de sus
manifestaciones.
-
Objetivos y efectos que se pretenden
obtener:
– Establecer cauces adecuados de transmisión
de dicho patrimonio para darlo a conocer y explicar sus contribuciones al
acervo cultural melillense con el fin de que permanezca entre las nuevas
generaciones, concibiéndolo como un elemento de enriquecimiento.
-
Plazo necesario para su consecución: Se pretende en principio
que su mantenimiento sea de carácter anual. Al final de cada año se evaluarán
los resultados de cada una de estas líneas de actuación con el fin de
introducir mejoras o subsanar las deficiencias detectadas.
-
Aportación de otros entes: No se prevé.
-
Plan de acción: Se prevén las
siguientes acciones para los ejercicios 2023-2025:
o Concesión de una subvención directa a cada una de
las siguientes asociaciones, a través del convenio de colaboración que se cita,
con cargo a las partidas 14/33400/48900 y 14/33400/48000 (convenios entidades
culturales):
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Escuela de Flamenco Ciudad
de Melilla, para el sostenimiento y funcionamiento de una Escuela de Flamenco
en la Ciudad Autónoma de Melilla, que contribuya a la difusión y preservación
de uno de los pocos bienes culturales inmateriales españoles declarados, hasta
el momento, Patrimonio de la Humanidad, que hunde sus orígenes y antecedentes
en las tradiciones artísticas de tres comunidades que conviven en la ciudad de
Melilla: la romanígitana, la amazigh y la judía: 60.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Sociocultural Rusadir XXI,
para su participación en la celebración del Yennayer y colaborar en la puesta
en marcha de la Feria Amazigh: 5.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación Melilla para la UNESCO,
para el desarrollo de distintas actuaciones y programas relacionadas con las
distintas culturas de la ciudad: 10.000,00 €.
§ Convenio de Colaboración
entre la Ciudad Autónoma de Melilla y la Asociación COMENZAMOS, para el
mantenimiento de la web www.melillainmaterial.com, con cuantas acciones sean
necesarias tanto desde el diseño como desde la implementación informática para
el funcionamiento de la misma. En cuanto a los contenidos supone una
actualización permanente de los mismos, tanto en los apartados del “Atlas de
PCI de Melilla”, como en el de “Actualidad Intercultural”, con información
audiovisual y por escrito de todos los eventos y manifestaciones relacionadas
con los contenidos de la web para el periodo determinado: 15.000,00 €.
q
Fechas de concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
q
Mecanismos de actuación: Inclusión de subvención directa nominativa en
los presupuestos.
q Mecanismo de aplicación: Ley
General de Subvenciones y Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad
Autónoma de Melilla, formalización de los correspondientes Convenios de
colaboración.
-
Seguimiento y evaluación:
-
Seguimiento: Presentación de la memoria anual de actuaciones llevadas a
efecto y justificantes de gastos y traslado a la intervención general para su
fiscalización.
-
Evaluación: Número de actividades llevadas a cabo, grado de cumplimiento
de objetivos, número de participantes en las actividades, etc. Plazo de
tramitación y pago.
ARTICULO 12.- EDUCACIÓN E IGUALDAD LINEAS DE SUBVENCIÓN
OBJETIVOS ESTRATÉGICOS:
1º.- Facilitar medios a las
entidades y organizaciones relacionadas con la educación o igualdad/mujer, para su funcionamiento interno.
2º.- Facilitar la actividad de dichas entidades y organizaciones de tal
forma que coadyuven y complementen la actividad propia de la Consejería de
Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en las áreas competenciales de su
Dirección General de Educación e Igualdad.
3º.- Fomentar acciones que resultan de utilidad pública o interés social
o de promoción de una finalidad pública relacionadas con las área de Educación
e Igualdad.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 1.- “COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL, PRIMARIA, ESPECIAL Y
EDUCACIÓN DE ADULTOS PÚBLICOS DE MELILLA”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Facilitar medios a las Centros Públicos de Educación Infantil, Primaria,
Especial y Educación de Adultos de Melilla tanto públicos como concertados,
para posibilitar su mantenimiento y conservación y con ello su funcionamiento y
el desarrollo de las actividades docentes que le son propias. Dándose así
cumplimiento a lo preceptuado por Disposición Adicional Decimoquinta, apartado
segundo, de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de Mayo de Educación.
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centros sostenidos con
fondos públicos de Educación Infantil, Primaria, Especial y Educación de
Adultos de Melilla
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Facilitar medios a las Centros Públicos y Concertados de Educación
Infantil, Primaria, Especial y Educación de Adultos de Melilla, para
posibilitar su mantenimiento y conservación y con ello su funcionamiento y el
desarrollo de las actividades docentes que le son propias
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la
permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas y a la obligación
legal que recae sobre esta administración ( Disposición Adicional 15 Ley
Orgánica 2/2006).
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 367.735,69 €.
APLICACIONES RESUPUESTARIAS:14.32301.4800, ,14.32302.4800,
,14.32303.4800, ,14.32304.4800, 14.32305.4800, 14.32306.4800, 14.32307.4800,
14.32308.4800, 14.32309.4800, 14.32310.4800, 14.32311.4800, 14.32312.4800,
14.32313.4800, 14.32314.4800, 14.32315.4800,
14.32316.4800, 14.32317.4800,
14.32318.4800 14.32319.4800.
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Educación y
Formación Profesional.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a)
Concesión de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar
público y concertado de educación infantil, primaria, especial y educación de
adultos por importe variable en atención
a número de líneas de alumnado.
b)
Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
c)
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos de esta
Administración.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente
documentación justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas
por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 2.- “COLEGIOS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA CONCERTADOS Y PRIVADOS PARA OBRAS Y EQUIPAMIENTOS”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Facilitar medios a las Centros concertados y privados de Educación
Infantil y Primaria de Melilla, para
posibilitar su equipamiento y obras necesarias y con ello su funcionamiento y
el desarrollo de las actividades docentes que le son propias. Todo ello en
atención a que el Ministerio de Educación y Formación Profesional no dota a
esos centros privados/concertados de equipamiento ni efectúa obras en los
mismos.
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centros privados/concertados
de Educación Infantil y Primaria de
Melilla
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Facilitar a las Centros concertados/privados de Educación Infantil
y
Primaria de Melilla, la dotación de equipamiento y realización de obras
necesarias y con ello su funcionamiento y el desarrollo de las actividades
docentes que le son propias. Ceip La Salle el Carmen, Ceip Nuestra Señora del
Buen Consejo, Ceip Enrique Soler y Liceo Sefardí de Melilla.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual
acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la
permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO:
115.000,00 €.
APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14.33424.48900,
14.32301.78000, 14.32302.78000 y
14.32303.78000. APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a)
Concesión de una subvención directa nominativa a cada Centro escolar
concertado/ privado de educación infantil y primaria por importe variable en atención a número de
líneas de alumnado. Ceip La Salle el Carmen, Ceip Nuestra Señora del Buen
Consejo, Ceip Enrique Soler y Liceo Sefardí de Melilla.
b)
Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
c)
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos de esta
Administración.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente
documentación justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas
por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 3.- “ESCUELA DE BACHILLERATO ARTÍSTICO MIGUEL MARMOLEJO”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Facilitar medios a la entidad Escuela de Bachillerato Artística público
de nuestra ciudad, para posibilitar el desarrollo de las actividades docentes
que son propias de una Escuela de
Bachillerato Artístico. AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura,
Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad. SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro docente de Melilla, OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Facilitar medios que requiere el
funcionamiento de una Escuela de Bachiller Artístico.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la
permanencia de la existencia de la entidad subvencionada.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 40.000 €.
APLICACIÓNES PRESUPUESTARIAS: 14.32318.47000 SUBVENCIÓN
DIRECTA GASTOS FUNCIONAMIENTO ESCUELA ARTE MIGUEL MARMOLEJO
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Educación y
Formación Profesional.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a)
Concesión de subvención directa a Escuela de Bachiller Artístico Miguel
Marmolejo.
b)
Fechas de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.
c)
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención nominativa directa
en los presupuestos de esta Administración.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente
documentación justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones
gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 4.- “ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Facilitar medios a las Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo de
Melilla para posibilitar su funcionamiento interno y el desarrollo de las
actividades educativas que le son propias que coadyuvan y complementan la
actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su
programa de Escuelas Infantiles de primer ciclo educativo al proporcionales
dichas Escuelas a esta Consejería plazas concertadas a incluir en su
convocatoria pública anual. AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad .
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Escuelas de Educación Infantil de primer ciclo educativo de Melilla
debidamente autorizadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad, facilitando a
ésta un considerable número de plazas concertadas para su inclusión en la
convocatoria pública de plazas en Escuelas de Educación Infantil de primer
ciclo.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la
permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 750.000 €.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 32101 47002 CONCIERTOS
DIRECTOS PLAZAS ESCUELAS INFANTILES.
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
A)
Subvención a cada Escuela de Educación Infantil reconocida por el
Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante procedimiento de
concurrencia competitiva.
B)
Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
C)
Mecanismo de aplicación: Convenio de colaboración o resolución con
determinaciones de subvención.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Presentación de memoria anual de actuaciones y gastos con
la pertinente documentación justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo de la memorias presentadas.
El centro Gestor elaborará en cada anualidad, en relación con el año
precedente, un informe sobre las
subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 5.- “CENTRO ASISTENCIAL DE MELILLA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER GRADO “JOSEFA
CALLES””
OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Centro Asistencial
de Melilla, para posibilitar el funcionamiento y desarrollo de las actividades docentes
que son propias de una Escuela de
Educación Infantil de primer grado, la denominada “Josefa Calles”.
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad. SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Centro Asistencial de
Melilla, OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN OBTENER:
Facilitar medios necesarios para
el funcionamiento de una Escuela de Educación Infantil de primer grado.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad anual
acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la
permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO
2023: 1.384.151,67 euros.
APLICACIÓNES PRESUPUESTARIAS: 14.32101.48900 CENTRO
ASISTENCIAL ESCUELA INFANTIL
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a)
Concesión de subvención directa al
Centro Asistencial para gestión de la Escuela de Educación Infantil
“Josefa Calles”.
b)
Fechas de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.
c)
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos de esta
Administración.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente
documentación justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones
gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 6.- “ RELIGIOSAS DE MARIA INMACULADA PARA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Religiosas de Maria
Inmaculada de Melilla, para posibilitar el desarrollo de las actividades
docentes que son propias de una Escuela
de Educación Infantil de primer ciclo.
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad. SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asistencial y educativo de Melilla, Escuela de
Educación Infantil.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Facilitar medios que implican el
funcionamiento de una Escuela de Educación Infantil de primer grado.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la
permanencia de la existencia de la entidad subvencionada, mediante la inclusión
en los presupuestos de una subvención directa nominativa.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 65.000 €.
APLICACIÓNES PRESUPUESTARIAS:14.32101.48902 SUBVENCIÓN RELIGIOSAS MARIA
INMACULADA ESCUELA INFANTIL
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a)
Concesión de subvención directa a Religiosas María Inmaculada para
gestión de la Escuela de Educación Infantil.
b)
Fechas de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.
c)
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos de esta
Administración.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente
documentación justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones
gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 7.- “SUBVENCIONES DE AYUDAS AL ESTUDIO PARA ALUMNADO DE EDUCACIÓN INFANTIL Y PRIMARIA”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Facilitar medios a las familias melillenses con hijos/as a cargo que
cursan estudios en algún Colegio de Educación Infantil y Primaria de Melilla
para colaborar con ellas en la financiación de los libros y el material
didáctico escolar complementario que requieren los estudios de sus hijos e
hijas .
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA:
Colegios de Educación Infantil y Primaria que participan en los
Programas de Reposición de Libros de texto y de Puesta a Disposición de
Material escolar complementario, así como consecuentemente las familias
melillenses con hijos e hijas que cursan estudios en dichos colegios.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Dotar a los Colegios de educación Infantil y Primaria y consecuentemente
a las familias con hijos e hijas que cursan estudios en los mismos, de los
libros y material escolar mínimo que garantice
la asistencia regular en situación óptima de todo su alumnado.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la permanencia
de la existencia de las personas beneficiarias.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 919.626,62 €.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 32101 47000 PROGRAMA
DISPOSICIÓN MATERIALES 14 32101 22001 PROGRAMA REPOSICIÓN DE LIBROS.
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a)
Subvención a cada Colegio de Educación Infantil y Primaria que acuerde
su participación en el Programa de Reposición de Libros respecto de los libros
y Programa de puesta a disposición de
material escolar que se precisen para el curso académico de que se trate
teniendo como beneficiarios últimos los alumnos de dichos centros.
b)
Fechas de Concesión: Con anterioridad a la inicio del correspondiente
curso escolar.
c)
Mecanismo de aplicación: Bases del Programa, estudio de necesidades de
cada centro escolar, resolución.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo y cuantitativo de las necesidades
satisfechas.
El centro Gestor elaborará cada anualidad informe sobre los resultados y
el impacto de subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 8.- “SUBVENCIONES VIAJES DE ESTUDIOS Y ANALOGOS”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:.
Facilitar medios a los Colegios de Educación Infantil y Primaria, a
Institutos de Educación Secundaria y Bachillerato y a otras entidades
educativas que llevan a cabo actividades extraescolares consistentes en viajes
de estudios y/o lúdico-culturales para posibilitar que los escolares
melillenses efectúen viajes colectivos fuera de nuestra ciudad teniendo en
consideración la dificultades existentes por el enclave geográfico de la misma.
Actividades estas subvencionadas que coadyuvan y complementan la actividad de
la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su área de
Educación.
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Estudiantes de Melilla a través de los
respectivos Colegios, Institutos y otras
Entidades.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Posibilitar a los estudiantes melillenses la realización de viajes de estudios,
etc... que faciliten su educación y formación al margen del esparcimiento
lúdico que conlleve. Ello teniendo en consideración el enclave geográfico de
nuestra ciudad.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente
con periodicidad anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta
Administración y a la permanencia de la existencia de las personas
beneficiarias.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 80.000 €.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 32000 48000 SUBVENCIONES
VIAJES DE ESTUDIOS Y ANALOGOS.
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta. PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
A)
Convocatoria pública anual de subvenciones mediante concurrencia
competitiva.
B)
Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
C)
C)Mecanismo de aplicación: Bases reguladoras, Reglamento General de
Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Melilla y convocatoria pública.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Control de gastos previo presupuesto del coste y con la
pertinente documentación justificativa.
Evaluación: Estudio de las necesidades satisfechas.
El centro Gestor elaborará un informe sobre los resultados y el impacto
de las subvenciones gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 9.- “SUBVENCIÓN
CARITAS Interparroquial
COLONIAS URBANAS” OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Facilitar medios a la institución sin ánimo de lucro Cáritas
Interparroquial de nuestra ciudad, para posibilitar el desarrollo de las
actividades asistenciales de vacaciones estivales destinadas a escolares
pertenecientes a familias desfavorecidas socialmente .
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Escolares sin medios pertenecientes
a familias socialmente desfavorecidas de Melilla,
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Facilitar medios que implican el
desarrollo de un programa de verano para escolares pertenecientes a familias
desfavorecidas.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la
permanencia de la existencia de la actuación subvencionada.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 60.000 €.
APLICACIÓNES PRESUPUESTARIAS: 14.32000.48901 SUBVENCIÓN CARITAS
INTERPARROQUIAL COLONIAS URBANAS
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a)
Concesión de subvención directa a la entidad Cáritas Interparroquial.
b)
Fechas de Concesión: Primer Semestre de cada ejercicio.
c)
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención nominativa directa
en los presupuestos de esta Administración.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente
documentación justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de subvenciones
gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 10.- “SUBVENCIONES ACTIVIDADES EDUCATIVAS Y FORMATIVAS”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Facilitar medios a las Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a
cabo actividades educativas y formativas
que tienen como destinatarios a
personas del ámbito educativo o a aquellas que resultan tener necesidades de
índole social para posibilitar su
bienestar, formación y consiguiente integración en la sociedad y posible
empleabilidad. Actividades estas subvencionadas que coadyuvan y complementan la
actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad en su
área de Educación.
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de
Melilla que llevan a cabo labores de difusión educativa, formación y atención
educativa.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Dotar a las entidades subvencionadas de los recursos mínimos que se
requieren para la realización de sus programas y atividades
educativas/formativas.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la
permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 50.000 €.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 32000 48900 SUBVENCIONES
ENTIDADES ENSEÑANZA , 14 33417 48900
SUBV. SAVE THE CHILDREN PROYECTO INTEGRAL MENORES. 14 32321 48000 CONVENIO
UNESCO PROYECTOS EDUCACIÓN E IGUALDAD
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Educación y
Formación Profesional.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
A)
Subvención directa a cada entidad que realiza la actividad descrita
anteriormente y convocatorias públicas mediante concurrencia competitiva.
B)
Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia.
C)
C)Mecanismo de aplicación: Subvención directa a cada entidad por cuantía
precisa para la realización de la actividad educativa formativa con posible
inclusión de subvención nominativa en los presupuestos de esta Administración y
posibles Convocatorias Públicas mediante concurrencia competitiva.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas . El
centro Gestor elaborará informe sobre los resultados y el impacto de las líneas
de subvención gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 11.- “ASOCIACIONES QUE TRABAJA CON ALUMNADO DE EDUCACIÓN INCLUSIVA ”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Facilitar medios a las asociaciones y entidades que trabajan en
beneficio de alumnado con características eductivas especiales, autismo y
otros, y con ello facilitar su funcionamiento y el desarrollo de las
actividades terapéuticas que lleven a cabo. ( Asociación Teama y Asociación
Autismo Melilla)
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad. SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones que trabajan
con alumnado de educación inclusiva. Autismo y otros.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Facilitar a las entidades que trabajan en beneficio de alumnado con
necesidades especiales, la dotación para su funcionamiento y el desarrollo de
las actividades terapéuticas que le son propias.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración, a la
permanencia de la existencia de las entidades subvencionadas.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 65.000,00 €.
APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 14.23123.48900 y 14.23300.48902.
APORTACIÓN
DE OTROS ENTES: No
consta.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a)
Concesión de una subvención directa nominativa a cada Asociación por importe variable en atención a número de
alumnado atendido y actividades.
b)
Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
c)
Mecanismos de actuación: Inclusión de la subvención directa en los presupuestos de esta
Administración.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Presentación de memoria de gastos con la pertinente
documentación justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo de las justificaciones presentadas.
El centro Gestor elaborará un informe sobre las subvenciones gestionadas
por el mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 12.- “SUBVENCIONES PARA ACOGIDA/TUTELA DE MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO y
AGRESIONES SEXUALES”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:.
Facilitar medios a las Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a
cabo la gestión de viviendas de acogida o tutela, recursos habitacionales, de
mujeres victimas de violencia de género o agresiones sexuales para posibilitar
el funcionamiento de dichos recursos
habitaciones y el desarrollo de las actividades sociales de acogimiento que le son propias que coadyuvan y
complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad en su programa de atención de mujeres víctimas de maltrato o de
agresiones sexuales del área de Igualdad.
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de
Melilla que llevan a cabo la gestión de recursos habitacionales, viviendas de
acogida o tutela de mujeres victimas de violencia de género y de agresiones
sexuales.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Dotar a las entidades gestoras de recursos habitacionales de mujeres
victimas de violencia de género o de agresiones sexuales en Melilla de recursos
mínimos que garanticen la correcta asistencia de acogida y tutela a dichas
mujeres victimas y a sus hijos e hijas de ella dependientes.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la
permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO
2023: 572.500,00
€.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 23102 47900 SUBVENCION
CRUZ ROJA GASTOS DE FUNCIONAMIENTO y 14 23103 47900 SUBVENCION FEDERACIÓN
NACIONAL MUJERES EN IGUALDAD. 14 23101 48902 CONVENIO CRUZ ROJA PACTO ESTADO
VIOLENCIA DE GENERO
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Igualdad.
Pacto de Estado contra Violencia de Género. PLAN DE
ACCIÓN: Se
prevén los siguientes:
a) Subvención Directa nominativa a cada entidad que gestiona un centro
de acogida/tutela de mujeres víctimas ( Comité de Cruz Roja de Melilla (
130.000,00 €) y Confederación Nacional de Mujeres en Igualdad ( 150.000€) y
Convenio Recurso habitacional Cruz Roja para victimas mediante financiación
del Pacto Estado Violencia Genero (
292.500 €) .
B) Fechas de Concesión: Primer semestre de cada ejercicio.
C)Mecanismo de aplicación: Convenios de colaboración o resolución con
determinaciones de concesión, según proceda.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas . El
centro Gestor elaborará informe sobre las líneas de subvención gestionadas por
el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 13.- “SUBVENCIONES ACTIVIDADES FORMATIVAS , LUDICAS Y TERAPÉUTICAS PARA MUJERES CON NECESIDADES”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:.
Facilitar medios a las Asociaciones y Entidades de Melilla que llevan a
cabo actividades formativas, educativas, lúdicas y terapéuticas que tienen como
destinatarias a mujeres que resultan
tener necesidades de índole social para
posibilitar su bienestar, formación y consiguiente integración en la sociedad y
posible empleabilidad. Actividades estas subvencionadas que coadyuvan y
complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad en su área de Igualdad.
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y Entidades de
Melilla que llevan a cabo labores de atención social a mujeres con necesidades.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Dotar a las entidades subvencionadas de los recursos mínimos que se
requieren para la realización de programas educativos/formativos, lúdicos y
asistenciales que tienen como destinatarias beneficiarias a mujeres con
necesidades de integración social facilitando su bienestar, formación y consecuentemente su empleabilidad
e inserción social. PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la
permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 210.000 €.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 23101 48900 SUBVENCIONES
AREA DE LA MUJER, 14 32000 48900 SUBVENCIONES ENTIDADES
ENSEÑANZA y 14 33416 48900 PROYECTO MODA ETICA MUJERES VICTIMAS
VIOLENCIA DE GÉNERO. 14 33412 48900 CONVENIO LA SALLE PROYECTO ALFA 14 23101
48901 SUBVENCION ARTETERAPIA
ACME VICTIMAS VIOLENCIA DE GENERO 14 33418 48900 SUBV
BACHAKUMBE PROYECTO MUJERES Y DANZA 14 33421 48900
SUBVENCION MELILLA ACOGE MUJERES
EN CONTEXTO DE PROSTITUACIÓN 1433421 78000 SUBVENCION MELILLA ACOGE MUJERES EN
CONTEXTO DE PROSTITUACIÓN EQUIPAMIENTO 14 33419 48900 SUBVENCION ASPANIES
PROYECTO MUJERES Y DISCAPACIDAD APORTACIÓN DE OTROS ENTES: Ministerio de Igualdad.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a) Subvención directa a cada entidad que realiza la actividad descrita
anteriormente.
B) Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según
conveniencia.
C)Mecanismo de aplicación: Subvención directa a cada entidad por cuantía
precisa para la realización de la actividad formativa con posible inclusión de
subvención nominativa en los presupuestos de esta Administración.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Control de gastos con la pertinente documentación
justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas . El
centro Gestor elaborará informe sobre los resultados y el impacto de las líneas
de subvención gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 14.- “SUBVENCIONES ACTIVIDADES CERTAMENES AREA DE IGUALDAD ”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:
Promover aquellas actividades culturales, mediante certámenes,
premios, que vienen a dignificar el
papel de la mujer en la sociedad
resaltando su valía. Actividades estas subvencionadas que coadyuvan y
complementan la actividad de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad en su área de Igualdad.
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad. SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas particulares que
llevan a cabo labores artísticas culturales.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Premiar a personas particulares que participen en los oportunos
certámenes convocados por la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad, y que con sus trabajos dignifican el papel de la mujer en la
sociedad.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la
permanencia de la existencia de las personas premiadas.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 25.000 €.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14 23101 48900 SUBVENCIONES AREA DE LA MUJER.
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta. PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a)
Premios y accésit a participantes en “Premio Internacional de Relato
Corto Encarna León” ( 9.000 €) , en Concurso de Arte “Melilla es Mujer” (
5.000€), en certamen mujer periodístico “Carmen Goes” ( 5.000 €) y Premio
certamen igualdad “Clara Campo Amor” ( 6.000 €)
b)
Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según conveniencia
con motivo de conmemoración del Día Internacional de la Mujer y del Día Mundial
contra la violencia de género.
c)
Mecanismo de aplicación: Premios otorgados según fallo de jurados
constituidos al efecto tras la oportuna convocatoria de concurrencia
competitiva.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Control de gastos con la pertinente acta del fallo del
jurado justificativa.
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas.
El centro Gestor elaborará informe sobre los resultados de las líneas de
subvención gestionadas por el mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 15.- “PROGRAMA DE VIAJES DE OCIO Y TIEMPO LIBRE PARA MUJERES CON HIJO A CARGO FAMILIAS MONOPARENTALES”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:.
Favorecer la integración y calidad de vida de las mujeres que se
encuentran en situación de precariedad económica y social.
AREA DE
COMPETENCIA: Consejería
de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Residentes en la Ciudad de
Melilla mujeres de colectivos sociales desfavorecidos con hijos a cargo que
constituyen familias monoparentales.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Proporcionar al colectivo beneficiario la posibilidad de participar en
actividades que les permitan el desarrollo de sus habilidades sociales y, por
consiguiente, aumentar su autoestima.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la
permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 50.000 €.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14.23101.22699 AREA DE LA
MUJER APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta. PLAN DE
ACCIÓN: Se
prevén los siguientes:
A)
Convocatoria para la selección mediante concurrencia competitiva de los
beneficiarios
B)
Fechas de Concesión: Primer semestre del año.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad.
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas .
La empresa adjudicataria del programa vacacional realizará un estudio
evaluativo del evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el
mismo.
LÍNEA DE
SUBVENCIÓN 16.- “ASOCIACIONES DE PERSONAS LESBIANAS, GAYS, TRANSEXUALES Y BISEXUALES”
OBJETIVO ESTRATÉGICO:.
Facilitar medios a la asociaciones y entidades de personas lesbianas,
gays, transexuales y bisexuales, y con ello facilitar su funcionamiento y el
desarrollo de las actividades que lleven a cabo como la conmemoración del Día
del Orgullo ( Asociación Amlega Melilla) .
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación, Cultura, Festejos e
Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Asociaciones y entidades de
personas lesbianas, gays, transexuales y bisexuales .
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Facilitar a las asociaciones la dotación para su funcionamiento y el
desarrollo de las actividades que le son propias como la conmemoración del Día
del Orgullo.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la
permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 20.000 €.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14.92409.48902 SUBVENCION DIRECTA
AMNLEGA MELILLA
APORTACIÓN DE OTROS ENTES: No consta.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a) Subvención directa a cada entidad que realiza la actividad descrita
anteriormente.
B) Fechas de Concesión: A lo largo de cada ejercicio, según
conveniencia.
C)Mecanismo de aplicación: Subvención directa a cada entidad por cuantía
precisa para la realización de la actividad formativa con posible inclusión de
subvención nominativa en los presupuestos de esta Administración.
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad.
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas .
La empresa adjudicataria del programa vacacional realizará un estudio
evaluativo del evento, emitiendo informe de incidencias ocurridas durante el
mismo.
LÍNEA DE SUBVENCIÓN 17.- ATENCIÓN A
PETICIONES SUSCEPTIBLES DE SUBVENCIÓN DIRECTA
OBJETIVO ESTRATÉGICO:.
Atender peticiones de ayuda susceptibles de subvención mediante
concesión directa por la concurrencia de circunstancias excepcionales de
impiden o dificultan la convocatoria pública o bien mediante su inclusión
nominalmente en los presupuestos anuales que correspondan de esta Ciudad Autónoma de Melilla.
AREA DE COMPETENCIA: Consejería de Educación,
Cultura, Festejos e Igualdad.
CENTRO GESTOR: Dirección General de
Educación e Igualdad, Dirección General de Cultura y Festejos y Dirección
General de Relaciones Interculturales.
SECTOR AL QUE SE DIRIGE LA AYUDA: Personas o entidades que
desarrollen actividades de interés general concernientes al ámbito de actuación
de la Consejería de Educación, Cultura, Festejos e Igualdad.
Áreas competenciales de sus Direcciones Generales.
OBJETIVOS Y EFECTOS QUE SE PRETENDEN
OBTENER:
Favorecer e incentivar actividades de interés general.
PLAZO NECESARIO PARA SU CONSECUCIÓN:
Se pretende su mantenimiento de carácter permanente con periodicidad
anual acorde a la temporalidad presupuestaria de esta Administración y a la
permanencia de la existencia de las personas beneficiarias.
COSTES PREVISIBLES POR EJERCICIO: 50.000 € o superior.
APLICACIÓN PRESUPUESTARIA: 14.32000.48900 SUBVENCIONES
ENTIDADES ENSEÑANZAS, 14.23101.48900 SUBVENCIONES AREA DE LA MUJER 14
33701 48900 CONVOCATORIA SUBVENCIONES RELACIONES INTERCULTURALES y 14 33401
48900 SUBVENCIONES ENTIDADES CULTURALES o
la que corresponda nominativamente. APORTACIÓN DE
OTROS ENTES: No
constan.
PLAN DE ACCIÓN: Se prevén los siguientes:
a) Concesión directa
b) Fechas de Concesión: No determinada
SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN:
Seguimiento: Seguimiento del desarrollo de la actividad.
Evaluación: Estudio evaluativo de las necesidades satisfechas.
Este Plan estratégico de subvenciones correspondiente a la Consejería de Educación, Cultura, Festejos
e Igualdad se presenta de conformidad con lo preceptuado por la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones en su artículo 8.1, por el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
General de Subvenciones en su artículo 10.1 y
por el Reglamento General de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de
Melilla en su Disposición Adicional Primera ( BOME núm. 4224 de 9 de septiembre
de 2005). “
De conformidad con los artículos 123 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), y 93 del Reglamento
del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME
extra. núm. 2, de 30 de enero de 2017) y demás concordantes, contra el presente
acuerdo del Consejo de Gobierno, que agota la vía administrativa, cabe recurso
potestativo de reposición a interponer ante el propio Consejo de Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Melilla en el plazo de un mes a partir de su publicación o
notificación, o bien, podrá interponerse recurso contencioso administrativo
ante la jurisdicción contenciosa administrativa competente, en el plazo de dos
meses desde la publicación o notificación.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro
recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se traslada para su publicación y
general conocimiento.
Melilla 2 de marzo de 2023,
El Secretario Acctal. del Consejo de Gobierno,
Antonio Jesús García Alemany