ARTÍCULO Nº 1 (CVE: BOME-AX-2024-1) DESCARGAR ARTÍCULO
BOME EXTRA Nº 1 - viernes, 5 de enero de 2024 Ir al BOMECIUDAD AUTÓNOMA DE MELILLA - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD - CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIÓN PÚBLICA E IGUALDAD
Orden nº 018, de fecha 4 de enero de 2024, relativa al nombramiento de la Comisión de baremación de la oferta genérica del SEPE de Arquitecto.
El/La titular de la Consejería/Viceconsejería, mediante Orden/Resolución de 04/01/2024, registrada al número 2024000018, en el Libro Oficial de Resoluciones de la Consejería ha dispuesto lo siguiente:
De conformidad con lo dispuesto en las “Bases de la convocatoria para la constitución de Bolsas de Trabajo para contrataciones temporales y nombramientos de funcionarios interinos de la Ciudad Autónoma de Melilla” (artículo 4), en la categoría de Arquitecto, publicadas en el BOME número 6074, de 2 de junio de 2023 y modificación en BOME nº 6110 de 6 de octubre de 2023,
De acuerdo con lo anterior, y visto el expediente 36425/2023, en virtud de las competencias que tengo atribuidas, VENGO EN DISPONER
Que la Comisión de Baremación de la Oferta Genérica del SEPE de ARQUITECTO para la valoración de los méritos de los aspirantes a la mencionada Bolsa de Trabajo estará formado por las siguientes personas:
COMISIÓN TITULAR
PRESIDENTE:
D. Francisco Javier Platero Lázaro
VOCALES:
D. José M. López Jiménez
D. José Fco. Escobar Marcos
Dª. Mª. Paula Calzado Liarte
D. Antonio Valdivieso-Morquecho Escudero
SECRETARIA:
Dª. Francisca Torres Belmonte
COMISIÓN SUPLENTE
PRESIDENTE:
D. José Juan Imbroda Manuel de Villena
VOCALES:
D. Juan I. Rodríguez Salcedo
Dª. Elena Mengual Pintos
D. Andrés Vicente Navarrete Dª. M.ª. Carmen Barranquero Aguilar
SECRETARIA:
Dª. Gema Viñas del Castillo
Publíquese esta Orden en el Boletín Oficial de la Ciudad y Tablón de Anuncios, advirtiendo a los aspirantes que podrán recusar a los componentes de las comisiones por causa legal y procedentes prevista en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Contra esta ORDEN/RESOLUCIÓN, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de la presente.
Dicho recurso podrá presentarse ante esta Consejería o ante el Excmo. Sr. Presidente de la Ciudad Autónoma, como superior jerárquico del que dictó la Resolución recurrida, de conformidad con lo establecido en el artículo 92.1 del Reglamento del Gobierno y de la Administración de la Ciudad Autónoma de Melilla (BOME Extraordinario número 2 de 30 de enero de 2017), y 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE número 236, de 1 de octubre de 2015).
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución será de tres meses. Transcurrido este plazo sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado el recurso de alzada interpuesto.
No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si así lo cree conveniente bajo su responsabilidad.
Lo que se notifica para su conocimiento y efectos oportunos
Melilla, 04 de enero de 2024,
El Secretario Técnico Acctal. de Administración Pública,
Francisco José Rubio Soler